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mas señalada que en grandes tiempos se huviese visto jamás. Fue tan suntuoso en esto, y preciarse de tener grandes, y muy ricos aparatos de caza, así de montería, como de todo género de buelo de falcones, que en solo esto expendía gran parte de sus rentas, y no se contentaba de ocuparse en estos exercicios, como otros Príncipes, si no se conociese que en todo eran sus cosas tan singulares, y raras, y de tan excesivo precio, que en ninguna otra parte se pudiesen, no solamente igualar, pero ni aun hallar. Con esto fue sumamente dado á todo género de música, y correspondia bien á su muger, que tenia en su casa muchas damas, hijas de los principales Señores de estos Reynos; y havia tanto estudio, y cuidado en favorecer toda gentileza, y cortesanía , y cortesanía, que ordinariamente era seguida la Corte del Rey, como la del mayor Príncipe que havia en la Christiandad. Mas introduxose tanto exceso en esto, que toda la vida se pasaba en danzas, y salas de damas; y en lugar de las armas, y exercicios de guerra, que eran los ordinarios pasatiempos de los Príncipes pasados, sucedieron las trovas, y poesía vulgar, y el arte de ella, que llamaban la gaya ciencia, de la qual se comenzaron á instituir Escuelas públicas y lo que en tiempos pasados havia sido un muy honesto exercicio, que era alivio de los trabajos de la guerra, en que

de antiguo se señalaron en la lengua lemosina muchos ingenios muy excelentes de Caballeros de Rosellon, y del Ampurdan, que imitáron las trovas de los Proenzales; vino á envilecerse en tanto grado, que todos parescian juglares. Para mayor declaracion de ésto, bastárá referir lo que afirma aquel fámoso caballero de estos mismos tiempos, D. Enrique de Villena, que para fundar en su Reyno una gran Escuela de aquella gaya ciencia, á imitacion de los proenzales, y para traher los mas excelentes Maestros que havia de ella, se embió por el Rey una solemne embaxada á Francia: lo que es tanto de maravillar, prevaleciendo las armas en sus Estados. Concurrió en el mismo tiempo Venceslao, Rey de Romanos, y de Boemia, que como en competencia, se deleytaba en los mismos pasatiempos, y fue muy aficionado al Rey de Aragon: y por el mes de Julio de este año embió un su camarero, que se llamaba Roberto de Praga, para que se informase de la órden de la casa, y Corte del Rey. Esto era por los años de 1398.

Gaspar Escolano refiere algunas Leyes suntuarias expedidas en Valencia, en tiempos anteriores al de los Reyes Catholicos.

,,En el año de 1372, dice, por el desorden de las estrenas, que en competencia daban los padrinos á sus ahijados en el baptismo, se hizo establecimiento, que no pu

ni

diesen pasar de medio florin. En el año 1382, se mandó, que sin excepcion de personas, y condicion, nadie vistiese paño de oro, plata, quitado acetoni de la Romania. Tambien que en ningun vestido ni calzas se echasen perlas, piedras preciosas, pasamanes, bordados, ni otra guarnicion de oro, ó plata: sino solo pasamanes, y trenzas de seda.

„Otra tanta tasa se puso en lo demás. Y porque la forma de publicar estas constituciones obligase á mayor religion, y observancia, fueron llevadas á la Iglesia mayor, y juraron públicamente de hacerlas observar el Bayle, Almotacen, y otros ministros á quien 'tocaba. Traspasó luego el año siguiente esta reformacion una dama principal, que heredó el atrevimiento de la madre Eva, llamada Doña Blanca, muger de D. Pedro Sanchez de Calatayud, y sacó á una fiesta no sé que vestido contra orden de la Pragmatica: por lo qual fue castigada con la pena, sin que ruegos de poderosos, ni la calidad de su casa, pudieren alcanzar remision alguna. En el año 1410, se bolvió á renovar, y se guar dó tan inviolablemente, que habiendo el Rey D. Fernando el I en el año 1415 casado á su hijo primogenito D. Alfonso con la Reyna Doña Mariana, hermana del Rey D. Juan de Castilla; y celebrándose las Reales bodas en esta Ciudad de Valencia, tuvieron necesidad los nobles de pedir á la Ciudad por

merced, que en ocasion tan privilegiada dispensase en la reforma de trages..

,,Quanto á los gastos de las bodas, en el año de 1372, puso el Consejo tasa en la volatería. En el de 1384, limitó el número de los combidados, que no pudiesen exceder de diez por cada una de las partes. En el de 1432 establecio que nadie fuese osado de dar ferias, ni joya alguna, por estrenas, á la desposada; y que el dia de la boda so-los los desposados bebiesen en copa de plata. A todos estos desordenes, connaturales á la liberalidad Valenciana acudian aquellos cuerdos Senadores con el remedio debido. Pero, como no sea posible echarle al rio compuertas, ni puertas al campo, puertas al campo, así no lo ha sido, ni lo será enfrenar, ni reprimir pechos tan de suyo pródigos en honrarse."

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