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firmo, exceptuandole de que se le pudiese pedir por ningu- A. C.
no de sus succesores cosa alguna, segun se contiene en la clau- 1199.
sula de su Real privilegio despachado en Burgos por el mes
de Diciembre del año M. C. LXXV. que dice: Para hace-
ros mayor gracia mandando ordeno, y ordenando mando, que
ningun Rey, Infante, Reyna ó Infanta pida ú obligue á vos,
ó á vuestros bienes ningun donativo ó servicio.

El mismo año M. Č. LXXV. erigió nuestro Príncipe en
el Monasterio del Orden del Cister baxo la regla de S. Benito
10 el lugar de Ovila con consentimiento de Arderico Obispo de
Sigüenza y de su Cabildo, como consta de una escritura de D.
Martin Obispo de la misma Iglesia, succesor de Arderico, en
que se ofrece la clausula siguiente: Pero no se ha de pasar en
silencio, que el lugar de Murel con sus pertenencias, conviene á
15 saber, con Ovila, Murelegio, Alcaramuz, Azagron, la heredad
de Sotodosos y de Santa Maria de Venacalde, con la Serna
de Padiella, y la heredad de Corvensin, y las salinas, y mo-
lino y huerto, con todas las otras pertenencias de los sobredi-
chos lugares, eran de la Iglesia de Sigüenza. Pero despues,
20 consintiendolo nuestro sobredicho predecesor, conviniendo el Ca-
pítulo general Seguntino, hizo trueque con el referido ilustre
Alfonso Rey de Castilla en esta forma: Que el Obispo con el
Capítulo dió á Murel con todos los lugares sobredichos
y sus
pertenencias, y recibió en su recompensa la heredad que dicen
25 Sincopares, puesta sobre la ribera de Tajo en el territorio de
Toledo. Despues, hecha por el sobredicho Rey donacion solemne
al predicho Monasterio del Orden del Cister de estas heredades,
segun se ha dicho, el lugar de Ovila se erigió en Monasterio. Y
habiendole poblado de Monges trahidos del de Valbuena con
30 su primer Abad Pedro, le hizo en adelante varias donaciones
nuestro Príncipe, de que hace memoria 2 Manrique.

En el proprio año solicitó nuestro Rey se reduxesen á la observancia del Cister las Monjas del Monasterio de S. Clemente de Toledo, obteniendo licencia de D. Celebruno su 35 Arzobispo, para que se incorporasen en aquella Orden, se

I Trahela Manrique Annal. Cist. tom. III. cap. 5. num. 6.

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gun

2 El mismo autor en el lugar citado num. 7.

A. C. gun resulta del instrumento de su permiso otorgado á X.
1199. de las Kalendas de Marzo la era M. CC. XIII. que corres-

ponde á XXII. de Abril del año referido. La qual empieza:
Sea notorio á todos asi presentes como futuros, como nos Ce-
lebruno Primado de las Españas, con consentimiento y vo- 5
luntad de todo nuestro Capítulo en obsequio y reverencia del
señor ilustrisimo Alfonso Rey de Castilla y de Toledo, y de
la nobilisima señora Reyna Doña Leonor su muger, que jun
tos nos rogaron con grande instancia, pidiendonos con devo-
tas persuasiones que el Monasterio de Monjas de S. Clemente 10
de la ciudad de Toledo permanezca con voluntad y licencia
nuestra incorporado en la Orden del Cister, &c.

Al año de M. C. LXXVII. refiere 2 Fr. Angel Manri-
que la donacion que hizo el Rey del lugar de Alozen al
Monasterio de nuestra Señora de Monsalud, y copia el pri- 15
vilegio de esta merced, que dice asi: Porque todos los bie-
nes de esta presente vida son caducos, y ningunos de ellos,
fuera de las buenas obras, permanecen, por tanto yo Alfonso
Rey, que especialmente me reconozco obligado á Dios y á San-
ta Maria de Monsalud, porque por los méritos suyos sané 20
del mal de corazon que me fatigó mucho tiempo, y vencí á
los Moros en el sitio de Cuenca, y gané la ciudad, doy á
Dios y á Santa Maria de Monsalud, y al Monasterio que
fundó el Emperador Alonso mi avuelo, y ά á su Abad y Mon-
ges perpetuamente la villa de Alozen con sus términos, y con 25
el mero y mixto imperio, y con las heredades que poseo en
ella. Pero no quiero que por esta donacion el Abad y Mon
ges queden obligados á otra cosa mas que á la de rogar por
mi, por mis padres y por mis hijos, y encomienden a Dios á
los Reyes mis antecesores. Hecha la carta en el Monasterio 30
de Monsalud era M. CC. XV.

La irregularidad de este instrumento, y las sospechas que contra su crédito 3 especifica Fr. Angel Manrique que le produce, me dieron bastante motivo para no hacer memoria de

I El mismo en el citado tomo cap.
VI. pag. 27. num. 3.

2 Tomo III. sobre dicho año cap.
8. num. 3. pag. 56.

él

3 Alli num. 4. donde se leen las palabras de Manrique que trahe luego Mondexar sobre la fé del documento de que se trata.

él en el año á que pertenecia. A que debemos añadir no cons- A. C. tar de otro escritor ó escritura hubiese padecido nuestro Prín- 1199. cipe mal de corazon, y mas tanto tiempo como se supone en él; pero á fin de evitar se me arguya de omision, le he copiado 5 entero, para que mejor se perciban las razones, porque le desestima aquel grande y docto escritor, y de que igualmente consta las que yo tuve para no referir las especialidades que se deducen de él en el año que tiene su fecha. Escribe pues Manrique: Hasta aqui he copiado el privilegio del Rey Al10 fonso como me le enviaron del archivo de Monsalud, sin embargo de que me dicen está escrito en lengua vulgar, la qual de ninguna manera estaba en uso en aquel siglo. Demás de esto, las voces mero y mixto imperio y la condicion añadida en el privilegio de que el Convento por aquella donacion no 15 esté obligado á otra cosa mas que á rogar por los Reyes de Castilla, con mas seguridad lo referirá qualquiera á los mas modernos, que aquel antiguo y sencillo, en que asi como se excluyen las cargas de las donaciones, es superflua la excepcion, y no se halla en otro y con razon dexa sospechoso el instru20 mento, y asi no le debemos producir sin esta nota.

CAPITULO LXXV.

CONTINUASE LA MEMORIA DE LA
devocion de nuestro Principe á la Orden
del Cister.

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Orque no excediese el capítulo pasado á los demás precedentes, reservamos para este otras muchas noticias de la magnificencia con que ennobleció nuestro Príncipe la Orden del Cister en sus Reynos hasta el año M. C. XCIX. en 25 que van nuestras memorias, sin que nos parezca necesario detenernos á especificar las muchas y varias donaciones que repetidamente hizo á todos sus Monasterios.

Sea pues la primera el cumplimiento de la promesa que con juramento habia hecho de dar al Monasterio de Quinta

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I Sobre esto hablaremos en las notas posteriores.

na

A. C. na Suarez, y á su Abad D. Martin, los lugares que se con1199. tienen en el privilegio despachado en Soria á I. de Febre

5

ro del año de M. C. LXXXVI. á favor de D. Romero Abad
de S. Cipriano Martir, á donde se habia trasladado poco an-
tes el Monasterio de Quintana, en el qual se lee la clausula
siguiente: Doy á Dios y á Santa Maria, y á vos D. Ro-
mero todo aquello que debaxo de juramento habia prometido dar
al Abad D. Martin vuestro predecesor, conviene á saber, los
castillos de Fresneda con todas sus pertenencias, las sernas
de Villarcayo de Horna y de Cubillos, S. Miguél y S. Andrés 10

de Villanueva.

La razon de tan gran merced y de haber hecho el voto de cumplirla permanece desconocida, aunque no parezca inverisimil la que discurrió Fr. Angel Manrique diciendo, que aquel belicoso y piadoso Príncipe puesto en algun peligro im- 15 ploró las oraciones del siervo de Dios, haciendo voto de le daria todo aquello, si le sucediese, como deseaba.

que

El mismo 2 escritor añade, que habiendo fundado nuestro Príncipe el Monasterio de Murel, le trasladó este mismo año de M. C. LXXXVI. al de Ovila, que, como dexamos visto, 20 era tambien fundacion suya.

A este proprio año pertenece la fundacion del insigne y Real Monasterio de Religiosas de Santa Maria de las Huelgas de Burgos, de que dexamos hecha memoria, y en que consagró nuestro Príncipe á la Infanta 3 Doña Constanza su 25 hija, y cuyos grandes privilegios, donaciones y prerogotivas, pedian muy particular y especial historia: por cuya razon, y no ser tan proprias de la nuestra, la reservamos para quien de proposito se dedicáre á escribirla.

4 Tambien debiera tener lugar en este capítulo, si cupie 30 ra en él, la fundacion y gran magnificencia con que enrique

1 Vease entero en Manrique t. III. al año M. C. LXXXVI. cap. 9. n. 5. pag. 181.

2 Alli mismo num. 6.

3 Consta de una memoria antigua que cita Nuñez de Castro en la Crón. cap. XXXVI. p. 149. que dice: Nobilissima Infans Constantia famula

ció.

Dei, & virgo mundissima, monacha
Sanctæ Mariæ Regalis & Abbatisa,
illustris Alfonsi Regis Castellæ (filia)
obiit ara M. CC. LXXXI.

4 Nuñez de Castro dedicó tambien
el cap. XL. de su Crónica á manifestar
lo que favoreció D. Alfonso la Orden
de la Caballeria de Calatrava.

ció nuestro Príncipe la esclarecida Orden de Calatrava, como A. C. una de las mas ilustres filiaciones de la del Cister; pero fue- 1199. ra de los tres escritores que hasta ahora han tratado muy de proposito de ella, conviene á saber, Francisco Rades de 5 Andrada, 2 Francisco Caro de Torres, y el P. Ramon Zapater, está formando una cumplidisima historia suya 3 D. Luis de Salazar y Castro, caballero y Procurador general suyo, por cuya razon escusaremos gastar el tiempo á los lectores en repetir lo que con mas extension se hallará en ellos.

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Lo que no se puede omitir en credito de la gran devocion y zelo que mantuvo siempre D. Alonso á la sagrada religion del Cister, es el repetir aqui, que sin embargo de estar fundada la de S. Julian del Pereyro, que hoy se conserva continuada con el nombre de Alcántara, en el Reyno de 15 Leon, (con cuyo Príncipe mantuvo el nuestro tan cruda y porfiada guerra) porque seguia la regla de S. Bernardo, aun que independiente de la jurisdiccion de sus Prelados, la hizo merced del lugar de Truxillo, por cuya razon se llamó algun tiempo la Orden de Truxillo, como dexamos advertido.

I En la Crónica de las tres Ordenes y Caballerias de Santiago, Calatrava y Alcántara, impresa en Toledo en M. D. LXXII. fol. De este autor hablan con mucho elogio Gonzalo Argote de Molina en el prólogo á su Nobleza de la Andaluzia, y Ambrosio de Morales en el Discurso de las Antigüedades, lib. IX. pag. 240.

2 En la Historia de las mismas Ordenes desde su fundacion hasta Felipe II. en Madrid año de M. DC. XXIX. Como tuvo tan buena guia como Rades, hizo este autor una obra apreciable.

3 Esta obra, que hubiera sido sin duda la mejor en su género por la gran diligencia y erudicion que se observa en las demás de Salazar, no sabemos que se hubiese concluido. Gerardo Ernesto de Franckenau su grande

amigo en la Bibliotheca Hispanica hi-
storico-genealogico-heraldica, impre-
sa en Lipsia año M. DCC. XXIV. 4.
en la pag. 295. menciona entre los es-
critos de Salazar la Historia de los
Comendadores de Santiago con sus
genealogias y armas, desde que los
Maestrazgos entraron en la adminis
tracion de los Reyes Católicos; y aña-
de: Opus duorum voluminum in fo-
lio, quamquam adhuc imperfectum,
sed quod historiam status hodierni
trium Hispania equestrium Ordinum,
puta D. Jacobi, Calatravensis, Al-
cantarensisque affatim suppeditabit,
& illustriores "Hispania familias
tantum non omnes complectetur. La
obra que insinúa el Marqués, compre-
henderia tambien el estado antiguo de
las tres Ordenes Militares, y asi pare-
ce distinta de esta.

CA

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