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mas seres que le rodean, y ve el lugar y funciones que le fueron señalados en el órden general de la creacion. De aquí de. duce el conocimiento de sus derechos y sus obligaciones, y concluye que solo llenando fielmente estas, y cuidando de no traspasar aquellos, puede alcanzar su perfeccion y felicidad, y concurrir á la felicidad general, que están contenidas en el mismo órden.

Por último, por el estudio de sí mismo se elevará no solo á la verdadera idea de la virtud, sino tambien á la de aquellas modificaciones que se refieren á su conducta pública y privada, y que se distinguen con los nombres de virtudes particulares. Hallará que la conformidad de sus acciones con ellas, constituye la perfeccion de su ser, pues que ellas contienen la expresion individual de la voluntad del supremo Legislador. Y en fin, hallará una íntima conviccion de que solo este camino le puede conducir al sumo bien, que es el último término de su felicidad (29).

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Al Illmo. Sr. D. Pedro Rodriguez de Campomanes, remitiendo el proyecto de erarios públicos (30).

ILLMO. SEÑOR :

m UY Señor mio: acabo de leer la cuarta parte del Apén

odice á la Educacion popular que V. S. I. ha publicado, y tomo la pluma para darle una noticia, que comprendo le será muy apreciable, acompañándola de un libro que no celebrará menos. ¡ Ojalá hubiera sabido antes que V. S. I. carecia de uno y otro, para haberle hecho esta comunicacion en tiempo mas oportuno!

En la nota 274 del citado Apéndice habla V. S. I. del proyecto de erarios públicos (31), y de los documentos relativos á él, dándolos como perdidos; pero no lo están. Yo poseo este tesoro, que no debe ser muy comun, pues se ha ocultado á la vasta erudicion de V. S. I., y tal cual es le pongo desde luego en sus manos, seguro de que sabrá hacer de sus riquezas mejor uso que nadie.

¿Pero me atreveré con esta ocasion á exponer á V. S. I. mi dictámen sobre este libro, ó por mejor decir, sobre el proyecto que contiene? Bien sé que escribo al mejor economista de nuestro siglo; pero no importa; V. S. I. leerá mis ideas, y si fuesen erradas, las rectificará, instruyéndome con sus advertencias.

Si no me engaño, el proyecto de erarios públicos era imposible en la época y bajo la forma en que fué propuesto. Cuando no lo fuese, parece tan complicado, que en un tiempo en que no se conocian aun los buenos principios de economía

política, difícilmente se hallaria una cabeza capaz de reducirle á práctica; pero si á pesar de todo se hubiese realizado, las consecuencias, en mi opinion, hubieran sido muy funes

tas.

Las grandes utilidades que de una parte ofrecia este proyecto, y de otra la extrema necesidad de remedio en que se hallaban los males públicos, cegaron los ojos de todos los ministros de aquel tiempo: no se halló entre ellos quien no aprobase una novedad tan peligrosa. Las únicas oposiciones que tuvo que sufrir procedieron de un genovés, á quien acaso dictaba los argumentos, mas que la razon, el afecto á su país. Propuesto desde el año de 1591; tenidas sobre su utilidad muchas conferencias; adoptado por las ciudades del reino; presentado á las Córtes de Madrid de 1617, y pedida su aprobacion : el Cobierno mandó examinarle, y lo hizo una Junta de ministros creada para el caso. Convinieron todos en sus utilidades; y aunque Don Juan Centurion, marqués de Estepa, las puso en duda, y combatió con muchos no despreciables argumentos, fueron rebatidas sus razones por los contadores Luis Valle de la Cerda y Francisco Salablanca; y finalmente triunfó el proyecto, y se mandó establecer en 1622, mas de 31 años despues de su invencion.

No puedo negar que en aquella época habia en España algunos conocimientos económicos. Las obras de Moncada y Navarrete, que son de aquel tiempo, lo convencen, y aun tambien la de que vamos hablando. Valle de la Cerda y Salablanca eran muy hábiles calculistas, y no carecian de buenas ideas. ¿Pero en qué consistió que todos creyeron, no solo posibles, si no beneficiosos los erarios? Que todos esperasen de su establecimiento el remedio de los males comunes?

Cuando fuese justa la desigualdad activa y pasiva del rédito establecida en favor de los erarios; cuando no fuese contrario á la buena política el monopolio que pretendian hacer de la facultad de dar y tomar á censo, de seguir el giro dentro y fuera del reino, y de reconcentrar en sí la mayor parte de la riqueza nacional: ¿no es claro que este establecimiento hubiera zozobrado en la experiencia?

Un banco público en una nacion pobre, no solo de dinero, sino de arbitrios para adquirirlo; en una nacion, que segun la

cédula del Señor D. Felipe IV, daba las últimas boqueadas, ¿no era la mayor de todas las quimeras ?

¿Por qué medios conseguiria esta nacion la confianza pública, única fuente de donde podria refluir á los erarios la riqueza de los particulares? El poco dinero que habia entonces, residia en los asentistas y negociantes extranjeros. Esta es una verdad que resulta de la cédula citada, y de otros mil escritos y documentos de aquella época. El Gobierno quiso por entonces arrancar los asientos de manos extranjeras; pero dice Moncada que no lo pudo conseguir porque los españoles no tenian dinero. Dice tambien Moncada, que los extranjeros hacian por sí cinco de las seis partes del comercio de España; y nueve de las diez del de Indias; con que eran dueños de casi todo el dinero de la nacion. ¿Pues cómo se podria esperar que le diesen para enriquecer el banco público ?

Si los extranjeros domiciliados en el reino no llevaban su dinero á los erarios, menos lo llevarian los que vivian fuera de él. La autoridad, la persuasion, ó el ejemplo, podrian mover á los primeros ; ¿ pero quién removeria la desconfianza de los segundos?

Esta desconfianza no podia desvanecerse ni con la demostracion de las ventajas del establecimiento, ni con las seguridades ofrecidas por el reino y la corona. Todos saben y todos creen que en las necesidades públicas y extremas la falta de medios absuelve al estado de toda obligacion. El estado estaba entonces tan cerca de este caso, que establecia los erarios para prevenirle: ¿pues cómo se fiarian de sus ofertas el natural ni el extranjero?

Seria preciso recurrir á los medios de coaccion, para llevar á los erarios el dinero ocioso; pero esta coaccion aumentaria la desconfianza. Todos esconderian su dinero; la escasez de la especie se aumentaria en realidad y en aprension, y por consecuencia vendrian á ser frecuentes las usuras; la circulacion se haria mas lenta y reducida, y todo, menos el dinero, caeria en desprecio.

Pero supongamos por un instante establecidos los erarios con el dinero ocioso de la nacion, y veamos si eran capaces de aumentarle. Ello es cierto que, por falta de gente, y por la decadencia de la agricultura, comercio é industria, estaba

España entonces precisada á surtirse del extranjero, y retribuirle en especie lo que tomaba de él en mercaderías. Los erarios no podian estorbar esta salida del dinero nacional, y mucho menos atraer el extranjero sino por medio del fomento de la agricultura, la industria y el comercio. Pero estos ramos, lejos de fomentarse, debian correr con mas celeridad á su ruina por el establecimiento de los erarios.

Primeramente, perderia la agricultura en este establecimien to, pues á pocos años de establecidos los erarios, era preciso que se hallasen sujetas á censo la mayor parte de las fincas y posesiones del reino. Con esto se disminuiria la propiedad del particular, subiria exorbitantemente el valor de las tierras, y no pudiendo subir á proporcion el de los granos por la tiranía dominante de la tasa, era preciso que se perdiesen los labradores y que quedasen sin cultivo las provincias. Quien leyere con reflexion la obra del licenciado Perez Vizcaino, penetrará mejor las perniciosas consecuencias que ha producido á la na. cion el establecimiento de los censos desde aquella época (32).

Tambien perderian el comercio interior y la industria; pues suponiendo en crédito los erarios, y asegurada la confianza pública en su buena versacion y manejo, muchos, que de otro modo invertirian su dinero en algun tráfico útil, lo llevarian al punto al erario, donde sin riesgo alguno aseguraba un cinco por ciento anual.

Bien conocian esto los mismos autores del proyecto, sin prever sus malas consecuencias. Así el contador Salablanca, dice, respondiendo á D. Juan Centurion, á la pág. 44 de las oposiciones, que fundados los erarios estarán las cosas en estado que de necesidad habrán de acudir á ellos con su dinero, no solo los que no tratan y han de emplearle en juros, y en censos y otras haciendas, pero aun los mercaderes y hombres de negocios, por la poca demanda y valor que el dinero tendrá por otra via. ¿Quién no ve que este efecto de los erarios seria perniciosísimo á la industria?

En efecto, cuanto menor y menos vivo fuese el tráfico interior, tanto menos circularian los géneros comerciables, y tanto mas bajarian en estimacion y en precio; con lo que las artes, la industria, el comercio interior y el exterior por consiguiente, debian perder en el establecimiento de los erarios.

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