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aquí hicieron con Ginoveses, sobre que han hecho gran instancia ellos y la Reina mi hermana; y puesto que por el primer capítulo de la carta de 8 de noviembre os hice saber lo que importaba mandase (1) de dar órden en que se cumpliesen allá cuatrocientos mil escudos que aquí se tomaron á cambio para pagar la caballería alemana, y que de las consignaciones que ya estaban dadas á los mercaderes se suspendiesen por rata lo que á cada uno le cupiese, por lo que de nuevo se añadió al duplicado que fué á 12 del dicho, os escribimos luego que llegó aquí la nueva que era venido el galeon de D. Alvaro Bazan y que se esperaban las otras naos de las Indias con tres millones de oro, que aunque pensaba que por causa de la plática de Inglaterra terníades fin de tomar alguna cuantidad, me parecia que lo debíades hacer de lo que venia para Nos, aunque estuviese consignado, y de pasageros y mercaderes que lo pudiesen sufrir. Despues habiéndose tomado resolucion en lo de Inglaterra y sabido que las naos eran arribado con tan gran suma, os escribimos expresamente que para necesidad tan evidente y causa tan importante proveyésedes que tomase (2) de los mercaderes caudalosos y pasageros buena parte de lo que traian, de manera que por lo menos trujésedes con vos un millon cumplido allende de lo que por vuestro estado os está señalado y de los dichos cuatrocientos mil escudos que se habian de remitir allá para tenerlo aqui de respecto, tomando solamente lo que fuese menester para lo de Inglaterra, segun lo habreis visto; y esto último entendimos y se habia de entender que era de los pasageros y mercaderes que lo traian de las Indias, y creo que se pudiera bien (1) Mandascis.

(2) Que se tomase, ό que tomascis.

hacer y no faltó tiempo segun el aviso se dió, sino que os lo estorbarian é impedirian con título de la cédula que está dada, que pienso, aunque no se me acuerda, que fué por sola aquella vez, ó que se podia limitar así, y no me maravillo porque estando yo en esos reinos lo han hecho conmigo ofreciéndoseme cosas muy importantes poniendo hartos inconvenientes; y los dichos Esquetes han hecho instancia para que se les quite el embargo en la consignacion que les habia dado sobre el oro que vino de Indias para lo del cambio de los seiscientos mil escudos y que se les vuelvan y restituyan otros septenta mil ducados que se tomaban (1) á Baltasar Esquet, y solamente apuntais que se ha tratado que se les detengan hasta 250 ó 364 mil ducados y vuelvan otros setenta y dos mil setecientos que habian cobrado en cuenta de lo que vino en la flota, lo cual es diferente de lo que ellos dicen y deben pretender; y por esto miraréis de acomodar lo mejor que pudiere (2) dándoles alguna presente (3) por haber de servir para lo destos estados; que de otra manera con dificultad se podria sostener por estar tan alcanzados por las guerras pasadas y por la obligacion que hay de sostenerla al presente, procurando de acrescentar lo que montare lo que les mandáredes restituir para que en todo caso traigais el millon cumplido, ó que por lo menos no falte sino lo que se ha de tomar para la expedicion de la armada, vendiendo para ello que queda (4) de las alcabalas y tercias y el juro que hubiere como escribís que forzosamente se ha de hacer por no haber otro remedio; y si

(1) Tomaron.

(2) Que se pudiere.

(3) Alguna cantidad de presente.

(4) Lo que queda.

juncto con esto podríades en esta sazon ser ayudado por via de empréstido como otras veces se ha hecho, y dejando tal órden que ya que no lo podais traer todo luego, pueda venir con brevedad en vuestro seguimiento.

Y cuanto al cambio de los cuatrocientos mil escudos para lo de Alemania, antes que se me respondiese á lo que acerca desto os escribí se habian concluido algunos asientos, y despues con la certinidad que dieron los del Consejo de Hacienda otros algunos de que se han dado á las partes los asientos y despachos necesarios como Eraso ha avisado y por ellos se verá; y aun antes que llegase este último aviso de la imposibilidad que hay de poderlos concluir por las causas que escribís se habia tomado todo el cumplimiento. Por lo cual os ruego afectuosamente mandeis que en todo caso se cumpla conforme á lo prometido porque totalmente seria romper el crédito y destruir los mercaderes con quienes se ha tratado á buena fe, y otros que dependen dellos.

En lo que toca á las ferias y moderacion de los cambios y en que haya dinero en el reino, aunque todas son cosas trabajosas y dificultosas, es muy bien que se tracte y platique y remedie en todo lo posible juntamente con lo de los bancos.

A su Santidad se escribirá luego sobre la bulla de los medios fructos, y se hará instancia para que se despache con brevedad.

Lo que escribió (1) que se tomase á cambio en la feria, fué porque estrechando allá el dinero se remite á mas moderado precio, y entonces á larga (2) acá se negocia

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mas aventajado porque hace (1) su cuenta que de allá les vuelve el dinero con mucho daño, y esta es la causa porque anda agora para Villalon á sesenta y dos gruesos poco mas, que es cosa que nunca se ha visto habiendo tanta abundancia de dinero en Enveres, aunque bien se entiende que principalmente depende de la conformidad que hay entre los mercaderes de tener estrecho lo de aquí para esos reinos, porque lo de Italia y Alemaña anda sin ninguna comparacion mucho mas aventajado. Pero ya que los cambios son hechos aquí, no hay que hablar en ello-Nuestro Señor guarde etc.—De Bruselas á 21 de febrero de 1554-Yo el Rey.

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Carta del embajador de Inglaterra á su Majestad.
Año 1554 (*).

Archivo de Simancas-Estado-Correspondencia de Inglaterra-Legajo 808.

Da cuenta á Carlos V. de como se iban apaciguando las alteraciones de Inglaterra, de las inteligencias de los franceses y complicidad de Madama Isabel en la conspiracion, y de como habia aconsejado que se hiciese justicia severa contra los culpables.

Sire-la Reina de Inglaterra me ha mandado esta mañana que viniese á ella para me advertir como el Consejo ha mandado que Cortenay sea preso y puesto en la Torre de Londres porque Vietez sin cuestion ó tormento (1) le ha condenado y á otros muchos que habia de la conjuracion como Piqueran y Poigny, y no han hallado

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al dicho Piqueran, antes se ha escapado en Francia como se dice, con Caropin y un oficial del Consejo de la dicha Señora, llamado Omaste, y como el dicho Consejo ha mandado que los dos médicos de la dicha Reina fuesen á madama Isabel para ver si ella está aun mala, ó si ella finge su mal, y por saber qué personas tiene ella en su casa, y si ella no está mala. El almirante Hasting y Cornualla son diputados para la ir á prender y la llevar por fuerza para la encerrar en la torre, y demas desto ella me ha dicho que madama de Cleves era de la parte y practicaba con el Duque de Cleves por ayudar á la dicha Isabel, que son empresas forjadas y persuadidas por el Rey de Francia, para las cuales el embajador de Francia ha habido audiencia este dia; mas yo no sé aun lo que él habrá enteramente negociado; declarándome como Dios ha permitido milagrosamente como la empresa se haya descubierto y que ella (1) tenga medio de la estorbar por castigo de los autores y culpables y remediar á todos los desiños por buena providencia; otramente la heregía tornara al dicho reino y la dicha Señora fué (2) repuñada de su estado, y el reino reducido á la voluntad de los franceses, teniendo absolutamente determinado de hacer justicia severa y ejemplar y asegurar con fuerzas para lo venidero.

A lo cual yo respondí que ha mas de tres meses que yo habia entendido bien y descubierto los humores de muchos, y habia dicho que habian habido (3) mucha dilacion y negligencia, mayormente que V. M. por mis precedientes letras habia podido comprender la prática; y

(1) La Reina de Inglaterra.

(2) Quizá: fuera.

(3) Que habia habido.

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