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das las herencias de su padre y madre y dar dello escritura dentro de cuarenta dias, reservándose las sucesiones y herencias colaterales.

Que se le dará en joyas hasta en valor de cincuenta mil escudos, y que se le darán para ella y sus herederos.

Que S. M. le señalará entretenimiento conforme á la calidad de su persona etc. consinando sobre villas y lugares etc., y ella proveerá los oficios y beneficios de los tales lugares con que los dé á naturales.

Que habrá la tercia parte de lo que monta su dote por arras, y podrá disponer dellas en caso de disolucion del matrimonio, y le serán asinadas como el mismo dote.

Que en caso de solucion del matrimonio se podrá volver á Francia libremente con todos sus criados, hacienda y joyas sin que le pongan impedimento alguno.

Que se haya de dar escritura de seguridad de todo esto, firmada de S. M. y sellada con su sello, antes de la solemnizacion del matrimonio, con las obligaciones

necesarias.

Que la Reina haya de ser traidą á costa del Rey Cristianísimo hasta las fronteras de España ó de Flandes donde su Majestad Católica mas quisiere y escogiere.

Que hará recebir allí honorablemente y la tratará como á Princesa de tan alta casa y parentela.

Otorgóse todo esto en París á 20 de junio del año 1559 por el Rey y Reina Cristianísimos, y por el Duque de Alba como procurador del Rey nuestro Señor.

Relacion que dió el Embajador del Cristianisimo Rey de Francia, que reside en esta córte.

El Señor Conde de Buendía llegó en esta Córte del

Cristianísimo Rey á los 26 del mes pasado, al cual halló en Balleri, ques una casa del Señor Marichal de Santandrés; y habiendo S. M. Cristianísima determinado de despachar para que se tornase dos ó tres dias despues de manera que no podrá tardar de ser brevemente por acá, el Cristianísimo Rey partió luego del dicho Balleri á ir á tener la fiesta de Todos Santos á Blois, donde se deterná solamente cuatro ó cinco dias para dende allí irse á Ambroise (1) y á Touis (2) y á Bateleraut (3) é á Portiers á conducir y encaminar la Católica Reina su hermana.

En la dicha Portiers tomará licencia de S. M. y dará órden en que sea en Bayona dentro de los cuatro ó cinco de deciembre á lo mas tarde para desde allí continuar sus jornadas la via de Pamplona, al lugar y plaza desta frontera que á los señores comunes Diputados parecerá.

A fin (4) que la Católica Reina sea acompañada como pertenece á hermana y mujer de tan grandes Reyes, el Rey de Navarra, que nosotros llamamos, el Reverendísimo Cardenal de Borbon su hermano, el Señor Príncipe de la Rocha Surion é Madama Serieux acompañarán, trairán y entregarán la dicha Católica Reina á los señores Diputados de S. M. Católica, y desde allí los dichos Rey de Navarra, é Cardenal é otros Príncipes y Señores venidos en esta jornada se tornarán, y cesándoles el poder; y la Reina Católica pasará acompañada y seguida de su gente ordinaria y del dicho Señor Príncipe de la Rocha Surion y de la dicha dama Serieux, los cuales sin mas detenerse habiendo hecho el acompañamiento á la dicha

(1) Amboise.

(2) Tours.

(3) Así el ms.

4) En lugar de A fin como debe decir, el ms. pone La fin.

dama hasta Guadalajara, se volverán su camino á Francia. El Embajador de Francia escribirá luego in continente para que se envíe memorial menudo de aquellos á quien converná dar aposento á fin que se provea con tiempo y antes que la dicha dama sea en Pamplona.

por

Cuanto al poder que S. M. Católica desea que envíe el Cristianísimo Rey para que por virtud de aquel se satisfaga á los artículos del trato en lo concerniente á lo demas de la dicha dama, el dicho Embajador habrá el di– cho poder para entender en ello á su espacio cuando á S. M. plugiere y le fuere mas cómodo despues del matrimonio consumado.

Relacion de las jornadas que la Reina de España ha de hacer para ir desde Portiers á Pamplona, que enviaron de Francia.

Desde Portiers á Union (1) hay.
De Union á Chamay (2)

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La Reina podrá partir á doce deste mes de noviembre y podrá llegar á Roncesvalles á 15 de deciembreEraso.

Lo que S. M. católica ha acordado y determinado cerca de la venida de la Católica Reina Isabel su muger á estos reinos de España, es lo siguiente.

Lo primero por el gran deseo que S. M. tiene de ver y tener á la Católica Reina en estos reinos con toda la brevedad posible, pide con toda instancia al Cristianísimo Rey su hermano y á la Cristianísima Reina su hermana y madre, que provean y den órden como en todo caso la di

(1) Quizá: Captieux.
(2) Será: Roquefort.
(3) Tal vez: Villeneuve.
(4) Quizá: Aire.
(5) Quizá Sallies.

cha Católica Reina parta luego y á tiempo que ser pueda y sea en Bayona en fin del mes de noviembre primero venidero, de que terné mucho contentamiento y de allí pasará y verná á San Juan de Pie del Puerto que parece ser el mas cómodo y llano camino, como se verá por la relacion que se ha dado al Embajador para que la envíe.

Llegada la dicha Católica Reina á la raya que divide á Francia de España, los señores Diputados que vernán en su acompañamiento y servicio la entregarán como se suele y acostumbra hacer en semejantes casos, á los señores Cardenal de Burgos y al Duque del Infantazgo á quien S. M. principalmente envía para que la reciban, sirvan y acompañen hasta la ciudad de Guadalajara donde SS. MM. se casarán y velarán con la bendicion de nuestro Señor; la dicha entrega se hará con la solemnidad y en la forma que se suele en estos reinos sin que haya dilacion ni dificultad y como se contiene en la dicha capitulacion.

y

Hecha la dicha entrega los Diputados se podrán volver á Francia como se suele hacer, y la dicha Católica Reina traer sus criados ordenados como está declarado y apuntado en las relaciones y memoriales que se hicieron é dieron en Francia al Duque de Alba y al Príncipe de Eboli, Rui Gomez de Silva, hasta que ambas Majestades estando juntos vean y ordenen en esto lo que se debe buenamente hacer; y los oficios principales de mayordomo mayor y Camarero mayor y Caballerizo mayor y maestresalas, que son cargos que no sufren dilacion para que el servicio de la dicha Católica Reina vaya en estos reinos como conviene, S. M. los tiene ya proveidos y declarados, y la comenzarán desde luego á servir como de palabra se trató y quedó concertado.

Y conforme al tratado de la paz el dicho Cristianísimo

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