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Véase qué parte se ha de dar á los heridos y de donde se ha de sacar.

DECRETO DE D. JUAN DE AUSTRIA.

En Mesina se hará.

Los esclavos de rescate se entreguen á Gil Dandrade por inventario.

DECRETO DE D. JUAN DE AUSTRIA.

Hágase luego.

¿Qué se dará á los capitanes de infantería?

DECRETO DE D. JUAN DE AUSTRIA.

En Mesina se resolverá.

Está rubricado.

Carta de Felipe II á D. Juan de Zúñiga, su embajador en Roma, sobre el repartimiento de la presa ganada en la batalla de Lepanto.

San Lorenzo 25 de noviembre de 1571..

Esta carta no pertenece á la coleccion de Sans y Barutell. Copióse de un manuscrito de letra del siglo XVI, que se halla en la Biblioteca del Excmo. Sr. Duque de Osuna.

El Rey-D. Juan de Zúñiga del nuestro Consejo y nuestro embajador. Con D. Lope de Figueroa he recibido las últimas cartas que son de 24, 27 y 28 del pasado, á que agora no se podrá responder; pero hacersehá con otro y

satisfará largamente á todo. Y este correo he mandado despachar para enviar alguna provision de dinero á mi hermano, y advertiros aquí de lo que ha pasado, preveniros con brevedad (1), y es que habiendo entendido por cartas de mi hermano de 25 del pasado de Corfú, la particion que se ha hecho de toda la presa de la artillería, galeras y otras cosas que con esta se os envía copia, converná que procureis que se entretenga la declaracion que cerca de esto su Santidad ha de hacer, hasta que se os advierta de lo que acá se ofrecerá y parecerá sobre ello, porque no haga su Santidad alguna declaracion perjudicial en que es menester mirar mucho mas por lo de adelante que por lo presente. Y así os encargo que mireis en esto con cuidado avisándome entre tanto que de acá se os ordena lo demas, lo que cerca dello entendiéredes y se os ofreciere; y para vuestra informacion se os enviarán con esta los capítulos de la instruccion de mi hermano, que tratan desta materia, de lo cual vos habeis de usar y tratar con recato y como de vuestro cuidado fio, siendo menester como de cosa que toca á mi servicio.

En otro particular se ha mirado y considerado mucho y parecido ser de mucha consideracion é importancia, que es en lo que toca á las personas principales y arraeces que se han habido y preso en esta victoria, que convernia que en ninguna manera se disponga de ninguno de ellos, y que será bien ordenarse luego que vos hagais con su. Santidad muy instante oficio para que por su parte ordene que no se rescate ninguno, y le deis á entender el grande inconveniente que seria para lo de adelante si se res

(1) Mejor y advirtiéndoos de lo que ha pasado aquí, preveniros con brevedad etc., y así es probable que dijese el original.

catase ninguno, anteponiéndole lo que ha sucedido á la cristiandad por lo pasado por haberse hecho esto; y este es punto tan importante, que os torno á encargar que en él pongais todo el cuidado posible, y aun quizá seria á propósito por ayudar mas el negocio, advertir á su Santidad que ponga censuras contra quien hubiere hurtado y escondido cualquier persona desta, ó la rescatare ó no la exhibiere; que todavía podrá aprovechar esta diligencia, y con todos los colligados convendrá que ponga su Santidad diligencia en esto.

En lo que se ha de comenzar á mirar desde luego es en lo que se debe hacer el año que viene, y querria yo que su Santidad tratase desto, llevando mas la mira á la sustancia de lo que se puede esperar y hacer, que á las apariencias y estruendo de la general expedicion de aquella junta de galeras, naves, infantería y caballería; que algunas cosas destas no solamente no son necesarias para lo que se ha de poder hacer, pero de embarazo é impedimento: y lo que mas convernia será juntar una gruesa banda de galeras con mucha y muy buena gente en ellas, y con las naves ó otros navíos necesarios para vituallas y municiones, y seguir con esto la victoria y suceso de otros muy buenos efectos que desta tan grande victoria y de haber quebrantado al enemigo las fuerzas de la mar, se pueden esperar como otras veces se os ha escrito. Y ansí os encargo muy de veras que en todo procureis encaminar y persuadir esto, y hacer á su Santidad inteligente de que es lo que conviene para sus santos deseos, y para honra de Dios y bien de la cristiandad. De San Lorenzo á 25 de noviembre 1571-Yo el Rey-Antonio Perez.

Carta de Felipe II á D. Luis de Requesens, en que le dice que por sus cartas ha salido del cuidado en que estaba sobre la certeza de la victoria de Lepanto, y le da gracias por la parte que habia tenido en ella como Lugarteniente de D. Juan de Austria.

San Lorenzo 25 de noviembre de 1571.

El Rey-D. Luis de Requesens, Comendador mayor de Castilla del nuestro Consejo de Estado, Lugarteniente General de la mar. Las cartas que me trujo vuestras Angulo correo, de 26 del pasado, recibí, el cual me sacó del cuidado en que estaba por haber tenido el aviso de la victoria que nuestro Señor habia sido servido de dar á nuestra armada contra la del enemigo, y no tener aviso dello de mi hermano ni vuestro. Despues ha llegado Don Lope de Figueroa, del cual he entendido las particularidades de todo, que á mí me tiene y deja con tanto contento que no lo podré encarescer, porque verdaderamente se ha hecho un negocio muy grande y de mucho servicio y honra de nuestro Señor, y de no menos beneficio de la cristiandad, y de gran contento y consuelo para toda ella; y lo que vos habeis hecho en esta jornada y puesto de trabajo y cuidado, entiendo que debe haber sido una gran parte deste buen suceso; y así os doy muchas gracias por ello. A todo lo demas de vuestras cartas responderé con otro, en que hallo muchas cosas muy bien y prudentemente consideradas y advertidas para lo que se debe proseguir y hacer tras esta victoria, y esto tambien os agradezco mucho, y cierto conviene mirar lo que se debe hacer adelante; y así escribo á D. Juan de Zúñiga, vuestro hermano, lo que acerca desto se me ofrece

conforme à vuestro parecer, que procure que su Santidad entienda que lo que conviene á la cristiandad y al cumplimiento de sus santos deseos, es que se arme una gruesa banda de galeras con mucha y muy buena gente, y con las naves necesarias para las victuallas y municiones por lo que así se podrán hacer muy buenos efectos, y lo demas es cosa de aire y ocasion para que no se haga nada, como mas largo lo escribo á vuestro hermano, y por lo pasado lo he entendido siempre así, al cual vos asistiréis y ayudaréis para este efecto, hallándoos en Roma este invierno como se os tiene advertido y ha parecido que convenia por algunos dias para el bien y enderezo del negocio. De Sant Lorenzo á 25 de noviembre 1571.

De puño propio.

No es nuevo para mí que vos hayais hecho en este negocio lo que siempre soleis en mi servicio, y así os doy muchas gracias por ello, y D. Lope de Figueroa me ha hecho bien larga relacion dello.

Lo que aquí se dice de estar vos en Roma este invierno, no entiendo que sean sino algunos pocos dias dél para tratar de lo que se debe hacer al verano, conforme á los despachos que antes de tener esta buena nueva se enviaron á vuestro hermano, y á lo que agora se le escribe.

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