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en egecucion la expulsion de los moriscos, donde no tan solamente resplandeció su cristianísimo celo sino el amor grande que tiene á estos sus reinos, pues para excusar el daño y perturbacion que se podia tener de tratar con el rigor merecido á gente tan endurecida, y que habia conspirado contra Dios y su Rey y señor natural, pues posponiendo el interes que de sus haciendas le podia venir, pues por estar convencidos de delitos tan graves las pudiera aplicar todas para sí, quiso S. M. que la expulsion se hiciese con la suavidad, forma y modo que habeis visto, con que estos reinos han quedado y se hallan libres del peligro en que estaban, acudiendo á todo S. M. con el continuo cuidado que sabeis, no perdonando ningun trabajo ni impidiéndole este cuidado las ocasiones presentes por grandes que han sido, y asi por la divina misericorda en tiempo en que tanta parte de la cristiandad está inficionada y dañada se conserva y mantiene la verdadera y católica y santa fe y religion cristiana y la obediencia de la santa sede apostólica romana con tanta pureza y con tan grande egemplo como es notorio.

Y siendo como es la justicia despues de la religion la primera y principal obligacion y parte virtual que los Príncipes tienen, S. M. ha tenido y tiene gran cuenta y cuidado con lo que toca á la administracion della, y se ha administrado y egercido y administra y egerce con la igualdad y rectitud que todos sabeis, de manera que en los felices tiempos de S. M. florece là justicia y tiene su lugar cuanto en otros algunos de que depende la siguridad, paz y quietud y reposo con que en estos reinos se vive. Asimismo ha tenido y tiene S. M. mucha cuenta y cuidado de la defensa destos reinos suyos y de los súditos y naturales dellos proveyendo lo que ha parecido convenir en la tierra y en la mar, puestos y fronteras, presidios y guarniciones, y en el sostenimiento y entretenimiento de las guardas de gente de guerra y artillería que en ellos y estos reinos tiene, y ha hecho y hace todo lo que le ha sido posible para que sus galeras y armadas esten en la órden que conviene para resistir á los males

y daños que los cosarios, piratas é infieles y enemigos de la cristiandad hacen y pretenden hacer en estos reinos, y para la guarda y seguridad de las flotas que han venido y vienen de las Indias y conservacion del trato y comercio dellas, que como negocio de tanta importancia ha sido necesario acudir á esto en estos tiempos con mayor cuidado y vigilancia, y tener como se ha tenido cuatro escuadras muy bien aprestadas y puestas á punto de que han resultado tan buenos efectos como habreis entendido, no siendo poco de estimar el que los dias pasados se tuvo á vista de las islas Filipinas, pues estando muy gran número de enemigos piratas y cosarios pretendiendo de invadirlas y ofenderlas y damnificarlas, por las grandes prevenciones y armada que por órden de S. M. se juntó para la defensa dellas, fueron rotos y desbarados, con que no solamente quedaron libres del peligro que las amenazaba, sino que se aseguró la conservacion de todas aquellas islas, por estar como estan los naturales dellas del trance y suceso.

Y para que para cosas tan precisas y necesarias not falte, tiene S. M., como se hizo saber en las últimas cortes al reino, mandado consignar y consignado el dinero y sueldo necesario para todas ellas y para la paga de la gente de los dichos presidios, fronteras y armada del mar Océano y de los gastos ordinarios de su Real casa y criados della y salarios de los del consejo y tribunales y otros gastos ordinarios, para que por ninguna cosa ni accidente que se ofrezca no se pueda tocar á estas consignaciones ni distribuirse en otra cosa, sino que esten siempre fijas y permanentes para estos efectos y gastos tan forzosos y precisos.

No solo S. M. ha proveido en lo que toca á la defensa y guarda de sus fuerzas, puertos y fronteras, sino asimismo atendiendo á los muchos males, daños, robos que los moros cosarios de Alarache y otros que alli se acogian, hacian en los que iban destos reinos y venian á ellos por mar, y cuanto infestaban aquellos mares, impedian la navegacion y comercio dellos y cuan peligro

so y perjudicial era aquel paso y acogida para estos reinos, súbditos y naturales dellos por el sitio y asiento donde aquella fuerza y puerto está : S. M. como teneis entendido, por diversas veces mandó juntar gruesas armadas para expugnarle hasta que fue nuestro señor Dios servido de que al principio deste año se apoderase como se apoderó dél con tan grandes gastos y tan á costa de su Real hacienda como es notorio, para cuya conservacion y defensa se van haciendo las prevenciones de gente, artillería y municiones y demas cosas necesarias.

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Asimismo á S. M. por refrenar los animos de algunos Príncipes y potentados amigos de novedades, cuyas prevenciones y aparatos de guerra daban algun cuidado á estos reinos y á los demas que S. M. tiene y posee, le fue forzoso juntar como juntó en los estados de Lombardía el año pasado grueso egército y sustentarle muchos meses con que todo se quietó y allanó, habiéndose pocos dias antes deshecho otro que habia mandado juntar y tener á punto para lo que se pudiera ofrecer en la ocasion y diferencia que hubo entre su Santidad y la república veneciana, procurando S. M. mostrar el cierto ainparo y defensa que tiene en S. M. la sede apostólica, y juntainente con esto conservar la paz y tranquilidad de que tantos años á esta parte por la divina misericordia se ha gozado en aquellos estados tan conveniente y necesaria para todo como se deja considerar.

En todo lo cual S. M. ha hecho y hace tan grandes gastos sin los que de poco acá se han ofrecido sin poderse escusar, ni menos los hechos en Flandes por ser de tal importancia la reduccion de aquellas provincias á la obediencia debida á Dios y á S. M. que todos se deben tener por muy bien empleados, pues redundan tan en su servicio, defensa de la santa fe católica y beneficio destos reinos , que con esto se vive en ellos con la paz y reposo que S. M. desea.

Todo lo cual ha mandado. S. M. que se os diga y refiera para que sepais el estado en que las cosas se hallan, y que los émulos de su grandeza no dejan de maquinar

contra ella en diversas partes, y los inconvenientes grandes que podrian resultar de no tener S. M. la fuerza y facultad que son menester para acudir á las obligaciones que como Rey y señor tiene de conservar su autoridad procurando la defensa de nuestra santa fe católica y la obediencia de la iglesia romana y la guarda y conservacion de sus reinos: y, asi os encarga mucho que como tan leales y fioles vasallos y con el amor, voluntad y cuidado que S. M. entiende teneis á su servicio y del bien y beneficio público; y siguiendo el egemplo y fidelidad con que estos reinos y los súbditos, y naturales dellos hau acostumbrado á servir siempre á S. M. y á los Reyes sus decesores. de gloriosa memoria, y considerando el término en que todo se halla y lo que es nenester para ocurrir á tantas cosas, lo mireis, trateis y platiqueis y deis órden como S. M. sea servido y socorrido, advirtiendo juntamente lo que os pareciere convenir al bien y beneficio público destos reinos que S. M. tanto desea y procura, en lo cual tiene por cierto hareis como de tan fieles y leales vasallos. se puede esperar.

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que

D. Martin Alonso de Salinas, procurador de cortes de la ciudad de Burgos, respondió á S. M. á la proposicion en nombre del reino es lo que se sigue.

SEÑOR:

Considerando estos caballeros en que V. M. como en

columna firme ha sido Dios nuestro Señor servido de asentar el grave peso de la religion, y de poner para. sustenella en su benigno pecho la clemencia y la justicia, el raro valor para defensa de la católica iglesia, por cuyas heróicas virtudes y gloriosos méritos descansan en paz y quietud sus súbditos y vasallos, justamente una 'y mil veces se alegran y regocijan, y dan infinitas gracias á la Magestad del cielo por tan, soberano beneficio.

Reconocen estos reinos el paternal amor con que V. M. los ama, pues, pudiendo con la lastimosa merte

de la serenísima Reina nuestra señora que en tan tiernos años con 'universal dolor de toda la cristiandad nos desamparó yéndose á gozar entre los bienaventurados del merecido premio de sus esclarecidas virtudes, suspender los demas negocios y acompañar su muerte con soledad, se ha servido de convocarlos y proponerles el estado general de las cosas y en particular las de su Real patrimonio y -hacienda, en las cuales estriban no solo la seguridad destos reinos sino los de toda la católica iglesia y el castigo, terror y espanto de sus enemigos.

Para tratar dellas se juntarán estos caballeros cuando V. M. les diere licencia con sumo deseo de acertar lo que sea mas servicio de Dios nuestro Señor, de V. M. y bien público, y estarán siempre suplicando á la divi、 na clemencia guarde á V. M. muchos años en compañía del serenísimo Príncipe nuestro señor y esclarecidos infantes para que egerciten las virtudes de que les dotó la Magestad del cielo, fuentes de otros muchos y movi mientos de los reinos, firmeza y hermosura de edificacion, políticos en gloria suya, en buena ventura de sus vasallos, en envidia de otros reinos, en esplendor de otros Príncipes y en admiracion de todos.

NUM. XLVII.

Cómo se hacen las cortes.

S. M. despacha sus cédulas de llamamiento para todas las ciudades y villas que tienen voto en cortes, en que les manda envien para ellas sus procuradores con poderes bastantes, y les señala día cierto en que tienen de comenzar, y las ciudades y villas en cumplimiento de esto los envian, con los cuales en el principio, medio y fin de las dichas cortes y en el hacerse de ellas se tiene el órden siguiente.

En llegando algunos de los procuradores, los suben algunos de los señores que asisten á las cortes ó el secretario del Rey ó otro de su cámara á besarle las manos,

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