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de la misma calidad, de quien no se ha sabido ni platicado que hubiese entre ellos matrimonio; aunque es verdad que esto se dejaria de saber por no haber tenido ministros que de raiz hubiesen entendido su lengua, por el mal aparejo que tuvieron y estorbo que dieron las minas, y el buscar del oro, y la priesa de consumirlos, que antes los acabaron que se entendiesen bien con ellos. Como quiera que sea, con este motivo de que entre aquellos no se supo que oviese legítimo matrimonio, y ver que muchos de estos tenian muchas mujeres, pensaron algunos (y así lo afirmaban y tenian) que entre estas gentes no habia matrimonio; en tanto grado, que como cosa de burla y risa tenian preguntar si usaban de matrimonio legítimo, y decian: «¿No veis que tienen cuantas quieren, y dejan y toman las que se les antoja?» Por otra parte se hallaba que el comun de la gente vulgar y pobre no tenian ni habian tomado sino sola una mujer, y muchos habia que moraban juntos treinta y cuarenta y cincuenta y mas años haciendo vida maridable, como quien habia contraido verdadero y legítimo matrimonio, y esto daba claro indicio de que lo habia entre ellos, sino que los señores y principales, como poderosos, excederian los límites del uso matrimonial, tomando despues otras, las que se les antojaba. Con este recato, los prudentes ministros no quisieron admitir á la recepcion de este sacramento á los tales que estaban cargados de muchas mujeres, si no fuese con estrecho exámen y averiguacion de si con alguna ó algunas de ellas habian contraido con afecto maridable; y si habia sido esto con mas que una, cuál era la primera. Mas venido á examinar uno de estos, eran tantos los impedimentos y embarazos que se iban descubriendo, que no bastara la ciencia del abad Panormitano para desmarañar y desenredar las tramas y madejas que se hallaban trabadas. Y esto puso en gran cuidado á aquellos benditos padres, y les hizo temer de meterse en aquellas redes, si no fuese con grandísimo tiento. Y así fueron pocos los que de estos enmarañados casaron, hasta el año poco mas ó menos de treinta. Porque realmente entendieron luego á los principios, que estos indios en su infidelidad contraian legítimo matrimonio, por las cerimonias que guardaban en pedir y recebir algunas mujeres, lo que no guardaban con otras que tomaban por mancebas, como se vió esto mas largamente en el libro segundo en el capítulo veinte y cinco, que tracta de sus antiguos casamientos. Y á esta causa no se descuidaron en se apercebir con tiempo para cuando llegasen á verse en estas dificultades; antes desde luego en fin del mismo año en que llegaron á

1530.

1524.

1528.

esta Nueva España, que fué el de mil y quinientos y veinte y cua-
tro, á su pedimento el gobernador D. Fernando Cortés ayuntó en
S. Francisco de México tres ó cuatro letrados que habia en la ciu-
dad, y juntamente con los religiosos comenzaron á tratar de este
negocio, y confirieron sobre el contraer de estos naturales y de sus
casamientos. Mas como entonces faltaba la experiencia, y la lengua
de los indios aun nadie la sabia enteramente para hacer con ellos las
averiguaciones que convenian, no se resolvieron por entonces en
cosa alguna. Despues de esto, aunque en todos los capítulos de los
frailes menores se trataba esta materia, nunca quedaban satisfechos
para alcanzar determinadamente si estos indios tenian ó no tenian
entre sí matrimonio verdadero. Lo mismo sucedió despues que
llegó á México el primero y buen obispo D. Fr. Juan Zumárraga
el año de veinte y ocho, que muchas veces entraba con sus frailes
en sus capítulos y congregaciones, y siempre martillando sobre esta
materia, y á veces juntamente con los letrados de México, los cuales
alegando sus derechos siempre se allegaban á esta opinion, que entre
los indios no habia matrimonio. Pero los frailes que tenian expe-
riencia de los indios, y de cómo se platicaban entre ellos los casa-
mientos, decian lo contrario, que los indios tenian legítimo matri-
monio, y con esto se despedian sin determinarse á una parte ni á
otra. Desde á poco tiempo platicóse la misma materia en un capí-
tulo que se tuvo en S. Francisco de México, y tampoco se declaró
del todo esta dificultad, mas de que se dijo y dió por consejo, que
el que se quisiese casar fuese persuadido que tomase la primera
mujer, mas que no fuese compelido. Despues de todo esto fueron
religiosos por tres veces á España y consultaron con varones doctos
esta materia, y entre ellos con el señor cardenal Cayetano, que á la
sazon era vivo, y conforme á la relacion que se les daba, respon-
dieron, que cuando no supiesen los indios declararse en cuál de las
mujeres fué la que tomaron con afecto matrimonial, se les diese
la que quisiesen. Y dijo el Cayetano, que el escrúpulo que se tenia
de si consentian ó no consentian en modo conyugal, no era sufi-
ciente, ni se debia tener la hora que se juntaban no en modo forni-
cario.' Todos estos mensajeros fueron faltos de bien informar, por-
que ellos carecian de la experiencia que se requeria, que no eran
muy
buenas lenguas, y así no satisfizo la respuesta que enviaron á
las dudas propuestas. Fué por otra parte informado nuestro muy

1 Así el MS.: tal vez vez debe leerse ni se debia tenerlo ahora, etc.

lacion

santo padre Paulo tercio de estas dificultades, y conforme á la re-
que se
se le dió, envió una bula ó breve en que mandaba que
al que viniere á la fe, se le dé la primera de muchas mujeres. Y en
caso que no se sepa declarar cuál es la primera, se le dé la que él
quisiere. Y que aunque sea verdad que fué otra la primera, en caso
de dubda quede satisfecha la conciencia. Todo esto es conforme á
derecho y declaraciones de doctores. Ni el Papa podia hacer en
este caso otra cosa, porque presupuesto que era matrimonio, no ha-
bia dispensacion. Y son de notar estas respuestas, y en especial la
del Sumo Pontífice (que es de creer seria del Espíritu Santo), que
en ninguna de ellas se pone dubda, si habia ó no habia matrimonio
entre los indios, aunque los que hicieron la relacion no sabian todos
los ritos y cerimonias que los indios guardaban en sus casamientos.
Ni tampoco eran de los que favorecian mucho la parte afirmativa,
que habia matrimonio legítimo entre los indios.

Es la de arriba,

Cap. 37.

CAPÍTULO XLVIII.

En que se prosigue y concluye la misma materia del santo sacramento
del matrimonio.

LLEGADA á México y vista la bula del Sumo Pontífice Paulo tercio, el obispo hizo junta en su casa de los religiosos doctos de las tres órdenes, y de los letrados que habia en México, y no una vez, sino muchas, y con lo que allí se consultó y altercó, fueron todos á casa del virey D. Antonio de Mendoza, y en ambas partes se dió entera noticia y larga relacion de los ritos y cerimonias que usaban estos indios en sus casamientos en tiempo de su infidelidad. Y los que mas noticia tenian de las cerimonias y ritos de otros infieles (entre los cuales hay matrimonio) tambien lo declararon. Y mirádolo todo, y pensado bien con mucho acuerdo, determinóse allí que sin alguna duda los naturales de la Nueva España tenian legítimo matrimonio y como tal usaban de él, y con esto quedó quitada la duda que antes se tenia. La mayor dificultad que se hallaba para venir á determinar esto, y la objecion que los de la opinion contraria ponian, era haberse visto por experiencia que muchas veces estos indios dejaban las mujeres que primero habian recebido, y no con mucha causa, sino como se les antojaba, y lo mismo hacian ellas, que los dejaban á ellos. Para respuesta y solucion de este

Dificultades que se deben notar para tierras nuevas cerca del matrimonio.

argumento se vino á averiguar, que este modo tan fácil de repudio que se experimentó en los indios, solamente lo habian usado despues que fueron subjetos á los españoles, porque entonces comenzó á perderse entre ellos el concierto y policía, y el rigor de la justicia que antes tenian. Y perdido el temor cobraron atrevimiento para alargarse y extenderse á su voluntad en lo que antes pocas veces se les permitia. Porque puesto ser verdad que en tiempo de su infidelidad usaron el repudio, fué, segun pareció, en algunas provincias por via de sentencia de los jueces que determinaban los demas pleitos. Y aunque en otras partes no aguardaban sentencia, súpose que era raro el repudio, y no por leves ocasiones, sino por adulterio ó por semejante causa. Antes donde iba el negocio por judicatura, lo evitaban cuanto era posible. Y así se halló y averiguó en Tezcuco (donde estaban las leyes de estos naturales mas en su vigor), , que en semejantes casos de discordia entre marido y mujer, se procedia en esta forma. Que llegadas ambas partes ante los jueces en su sala, oian primero al querellante, y hecha su plática y dicha la queja, preguntaban luego al otro si era aquello verdad, y si pasaba así como delante de ellos se habia propuesto la queja. Preguntaban tambien de qué manera se habian ayuntado: si habia sido en modo matrimonial, de consentimiento y licencia de sus padres y con las cerimonias usadas, ó por modo fornicario de amancebados. Y si era por modo de amancebados, hacian poco caso de que se apartasen ó quedasen juntos; pero si eran casados segun sus ritos. matrimoniales, una y dos y muchas veces trabajaban-de los concertar, mas nunca consentian que se apartasen. Porque les parecia, y así lo tenian heredado de sus antecesores, que una cosa que pasó en público en vista del pueblo con tanto acuerdo y con tan solemnes cerimonias, era mal hecho dar lugar á que se deshiciese, y que era mal ejemplo y perjuicio de toda la república. Con todo, se apartaban algunos de hecho, y en el pueblo era murmurado y tenido por caso feo. Y decian: «¿Cómo quebrantó aquel ó aquella la palabra, y cómo no han tenido vergüenza de haber dado tan mal ejemplo á todo el pueblo?» Y aunque con algunos se disimulaba por ser principales y tener favor, á otros echábanlos algunos dias en la cárcel, y despues quemábanles los cabellos con resina y tea, y así andaban con los cabellos quemados, como en nuestra España anda señalado el que dos veces se casa. Otra razon alegaban de su parte los que decian que entre estos indios no habia matrimonio, que era decir, que el matrimonio ha de ser entre legítimas personas; es á

saber, que no estén impedidas por parentesco en los grados prohibidos, y que estos no hacian diferencia de parienta, porque se hallaban algunos que hacian vida con sus propias hermanas, y otros con sus madrastras, y aun quisieron decir que con sus suegras. Mas los que esto alegaron no tuvieron razon. Lo uno, porque querian obligar á estos en su infidelidad á la ley divina positiva (como es la mosáica y evangélica, de que ellos nunca tuvieron noticia), no estando obligados los infieles á mas que á la divina natural, que es entre los ascendientes y descendientes. De suerte que si estos indios tuvieran por costumbre lícita y usada casarse con sus hermanas, fuera lícito y legítimo su matrimonio, y venidos á la fe no los apartaran, sino que los dejaran juntos como antes estaban. Lo otro, no tuvieron razon en alegar esto para probar que no tenian verdadero matrimonio, porque de los singulares (dice el Filósofo) no hay ciencia, ni se han de traer á consecuencia los casos particulares, que no hacen costumbre. Si se hallaron algunos indios casados con sus hermanas, fueron solos cuatro ó cinco, y á estos los apartaron, porque en ninguna provincia de la Nueva España se halló tal costumbre de poderse casar hermano con hermana, ni el tal ayuntamiento se tuvo por lícito ni permitido, sino por malo y reprobado y digno de castigo. Y si alguno tal se permitia ó disimulaba, era por defecto de justicia, ó porque era señor ó muy principal, á quien muchas veces no tocan las leyes (conforme al dicho vulgar), que van do quieren los reyes. Cuanto á la madrastra, es tambien verdad que entre los señores y principales personas (que usaban de muchas mujeres) habia una manera de costumbre, que muerto el padre, el hijo mayor y principal que quedaba con el señorío, ó con la casa y herencia, tomaba por suyas las mujeres ó mancebas que dejaba. Y esta costumbre era mas ó menos en unas provincias que en otras, y en las principales y cabeceras de otras (como era México y Tezcuco) poco se usaba. En otras provincias á do mas se usaba, era de esta manera: que el hijo sucesor del padre tomaba aquellas mujeres de su padre en quien no habia habido hijos, cuasi como para despertar, levantar ó renovar la generacion que habia faltado en el padre, como entre los hebreos lo hacia el hermano con su hermano difunto. Y esta costumbre, aunque se usaba, no se tenia por buena ni lícita, mas antes cuanto mas cerca de la cabeza, que son México y Tezcuco, tanto mas se tenia por no lícita, y así le decian en su lengua, Totetzauh, que quiere decir «nuestro prodigio, » como quien dice: prodigio es para nosotros y cosa espantosa. Y estas mujeres

Deuter. 25.

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