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docientos cincuenta mil escudos de á diez reales de España, y no parece mucho, porque los dos bajeles de Holanda y Inglaterra les hacen de costa á razon de ochocientos mil escudos al año.

En las mismas cartas y en otras de 8 me avisan que la gente veneciana que ocupaba los puertos arc hiducales del Friuli los habia dejado, retirándose á los confines á donde se habian alojado muy despacio, de que estaban con mucho recelo los vasallos del rey Ferdinando, y no sin causa muy razonable. Dios guarde, etc.

Intolerable insolencia me parece la que hacen venecianos con el capitan del galeon dese reino, y V. E. lo habrá visto en la copia de un papel que escribió desde la cárcel. Dios provea de remedio en tanto daño y vituperio como el que se padece, y no dudaría dello si V. E. pudiese, etc.

DCXVIII.

Copia de carta original del duque de Osuna á Antonio de Aroztegui. De Nápoles á 10 de setiembre de 1618.

Sobre el mismo asunto.

Archivo general de Simancas.-Estado.-Legajo n. 1881.

Despues de haber escrito el despacho que lleva este correo, he recibido la carta de Vm. de 8 del pasado, y estimo en lo que debo el cuidado que V. M. tiene de favorecerme con ellas en todas ocasiones. Al marqués de Santa Cruz espero con mucho deseo, y espero que acertarémos con lo que pasare por nuestras manos. Vm. verá á lo que

se atreven venecianos, y si no se da el remedio á tiempo se perderá mucho en todo. S. M. lo mande considerar, que yo estoy muy resuelto á no moverme á nada, si no me lo ordenare. Dios guarde á Vm. muchos años. Nápoles 10 de setiembre, 1618.-El duque y conde de Ureña. Señor Antonio de Aroztegui.

Sobre.-A Antonio de Aroztegui, del Consejo de S. M. y su secretario de Estado.-Madrid.

DCXIX.

Copia de carta original del duque de Osuna á S. M. De Nápoles á 10 de setiembre de 1618.

Revelacion de un delito.

Archivo general de Simancas.-Estado.-Legajo n. 1881.

SEÑOR.

De unos dias á esta parte se han comenzado á revelar algunas materias de nefandos en gente particular. Voy en ellas con el tiento que se debe; y con no haber comenzado á escribir, pienso que se anticiparán las quejas como lo han hecho algunos en las fugas. Lo que puedo asegurar á V. M. es, que bien contra mi voluntad se me ha venido á las manos sin buscallo; pero no sé que pueda en este estado disimular. Lo que tendria á particular merced de V. M. seria que en este delito se me diese por sospechoso, porque confieso á V. M. que ofensas á mi persona no me mueven el ánimo con nadie que las diga ni las haga; y en este

ɔaso me siento inquietar mas de lo que es justo. Bien es verdad que no llega á desear hallar culpado en él á nadie, pero sí á exceder en el castigo mas de lo que las leyes disponen. Esto se remediaria con mandar V. M. que yo no me hallase en la vista de tales causas, ó que viniese algun juez de esa corte que diese satisfaccion å las partes, y esto tendria por lo mas acertado por muchos respectos, que siendo necesario informaré á V. M. Dios guarde la católica persona de V. M. muchos años como la cristiandad ha menester. Nápoles 10 de setiembre, 1618.-El duque y conde de Ureña.

Sobre. Al rey nuestro señor, en manos de Antonio de Aroztegui, su secretario de Estado.

DECRETO.

A consulta, y que siendo S. M. servido se podria remitir al Consejo de Italia todo lo tocante á esta materia, por ser mas propio de ella, advirtiendo que se vaya con mucho tiento, como se ha hecho por lo pasado respecto de las consideraciones que se deja entender.-Está rubricado.

DCXX.

Copia de carta descifrada del marqués de Bedmar á S. M. De Milan á 13 de setiembre de 1618.

Recibida á 24 de octubre.

Expone los motivos que tuvo para su repentina salida de Venecia.

Archivo general de Simancas.-Estado.- Legajo n. 195.

SEÑOR.

He visto lo que V. M. se sirve de mandarme decir en carta de 1.o deste acerca de mi salida de Venecia, y puedo certificar á V. M. que las causas en que se fundó aquella resolucion fueron mas urgentes y precisas de lo que se podia representar por escrito; y habiéndose juntado á ellas el parecer de ministros tan graves, y de otras personas muy prudentes y confidentes, que estaban sobre el hecho,pareció que se habia tomado el expediente que convenia, y yo quedé mas confirmado en aquella opinion con la carta que V. M. me mandó eserebir á veinte y ocho de junio, pareciéndome que conformaba con su real intencion, que era de apartarme muy aprisa con toda mi casa de los accidentes que se podian esperar de la maldad de venecianos, y el haberlo ya hecho, y despues dél, dado el mayor impetu de la furia de aquel pueblo; y habiéndome despedido de aquella república, y salido públicamente por medio de la ciudad, sin mostrar temor de nuevos movimientos, y otras consideraciones que corrian muchos dias antes, y

enlónces con mayor fuerza, y se tenian por ciertas sobre mi venida á este Estado, y el secreto con que se trató dello quitaron totalmente cualquiera sospecha de que yo saliese por otra causa; demás de que nadie tuvo jamás por cierta la conjuracion; y sabiendo venecianos que era falsa no podian imaginar que yo me iba por haber tenido parte en ella, ni nadie lo ha sospechado ni dicho hasta agora en aquella ciudad, ni fuera della. El aventurar y poner la vida por el servicio de V. M. y de su real corona es cosa muy antigua y continuada en mi casa, y la primera que se ha empeñado siempre á los hijos della despues de las obligaciones del xpino, y yo he deseado siempre muchas ocasiones de hacerlo, no solo por lo sobredicho y por mi obligacion natural de fidelidad y vasallaje, sino por particular devocion y amor entrañable del servicio de V. M., y así pareció conveniente apartarse diestramente de los desacatos del pueblo de Venecia, sobre que despues de sucedidos no se podia tomar resolucion que no trujese consigo gravísimos inconvenientes de cualquiera manera que fuese; y así espero que V. M. se tendrá por servido dello y de la intencion con que se hizo, que fué enderezada á excusar muchas cosas que no convenia entrar en ellas.

Yo he tenido algunos achaques que me han estorbado el viaje de Venecia; y siendo necesario mucho caudal para hacer el de Flandes, y ajustar mis cosas acá como conviene, ha sido forzoso esperar socorros de mi casa, y una gruesa suma que he de haber en Nápoles de mi sueldo y gastos de la embajada, en cuya cobranza hay los impedimentos y dilaciones que trae consigo lo semejante, y allí particularmente; y así parece que conviene esperarlo para en despidiéndome de la república, seguir luego mi camino sin haberme de detener en otra parte de Italia si fuere po

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