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La segunda circunstancia sobre que funda el despacho de M. Guizot la defensa del gobierno francés en este negocio, se ha realizado, como llevo dicho, despues del advenimiento del actual ministerio de S. M.

M. Guizot dice que poco tiempo despues que tuvo lugar entre Lord Aberden y el gobierno francés la comunicacion arriba mencionada, dejó aquel el ministerio, y que los informes recibidos por el gobierno francés no le dejaron duda alguna de que los pasos que se daban con objeto del matrimonio de la Reina con el príncipe Leopoldo de Sajonia-Coburgo, se proseguian con actividad. Sin duda eran exactos estos informes, y no fué difícil procurárselos al gobierno francés. Se proseguian con actividad las diligencias; & pero dónde y para vencer qué obstáculos? Si el gobierno de S. M. no ha sido mal informado, los pasos se daban especialmente en París por el marqués de Miraflores (1), enviado por la corte de España en mision particular cerca del Rey de los franceses, para tratar de obtener el que S. M. cesase de oponerse á un matrimonio que el marqués presentaba como vivamente deseado por la corte de Madrid. Pero esta mision enteramente fundada sobre la suposicion de que el matrimonio Coburgo no podia verificarse sin el asentimiento del Rey de los franceses, no ofrecia ninguna excusa para faltar al empeño mencionado arriba.

"En medio de esta situacion y de la solicitud que nos inspiraba," dice M. Guizot, recibió por el conde de Jarnac mi despacho de 19 de julio á Mr. Bulwer. Este despacho añade, designaba por primera vez al príncipe Leopoldo

(1) V. el discurso del señor Marqués de Miraflores pronunciado en el Senado el dia 1.o de febrero de 1847, que se pone al fin de este Apéndice.

como uno de los tres candidatos restantes á la mano de la Reina, y cuyo nombre figuraba al frente de esta enumeracion. Ciertamente, no espresaba el despacho ninguna preferencia en favor del príncipe Leopoldo, segun lo reconoce M. Guizot; pero por otra parte, se alega que tampoco se presentaba ninguna objecion contra él, y el pasaje en que se dice "que el gobierno de S. M. no puede hacer mas que expresar sus sinceros votos de que la eleccion recaiga sobre aquel candidato que ofrezca mas probabilidades de asegurar la dicha de la Reina y la prosperidad de la nacion Española:" este pasaje, repito, era á los ojos del gobierno francés una recomendacion tan clara, bien que indirecta, del príncipe Coburgo, que el despacho debia solo con el simple acto de dejarlo pasar (laisser aller) producir el matrimonio sin ningun apoyo directo ó cooperacion activa del gobierno inglés. Y se pretende que este despacho autorizaba al gobierno francés á tomar sus medidas de precaucion relativamente á los dos matrimonios.

En primer lugar, debe observarse que si el conocimiento del despacho de 19 de julio por la corte de España debia producir el efecto de hacer probable el matrimonio Coburgo, aquella corte debia este conocimiento al conde Bresson que se lo comunicó, y no á M. Bulwer, á quien se decia en él que el gobierno de S. M. no le encargaba diese paso alguno en el asunto. De este modo, si el conocimiento que tuvo la córte de España de este documento, constituia un peligro á los ojos del gobierno francés, este peligro era obra de su propio agente, y no puede ser alegado en defensa suya.

En cuanto á la asercion de que el príncipe Leopoldo no habia sido jamás mencionado antes oficialmente como uno de los candidatos á la mano de la Reina, y que la

mencion que de él se hacia en esta calidad en el despacho citado, le daba alguna ventaja que antes no poseia, me contentaré con observar que si se considera que casi todos las periódicos de Europa habian designado ya á aquel príncipe con esta calidad : que el Memorandum de 27 de febrero de 1846 estaba fundado sobre la suposicion, no solo de que se sabia que era uno de los candidatos, sino de que probablemente seria el preferido; que los deseos conocidos de la corte de Madrid, relativamente á él, habian sido en una época subsecuente á la primavera de aquel año, el motivo de una intimacion oficial y amenazadora de M. Bresson al gobierno español, en consecuencia de la cual juzgó este necesario hacer al inglés una comunicacion oficial, á la cual contestó del mismo modo Lord Aberdeen en 25 de junio: y que ademas, al mismo tiempo que yo escribia mi despacho de julio habia en París un enviado español, cuya mision era negociar con el gobierno francés con motivo del casamiento del príncipe Leopoldo con la Reina de España: no es fácil comprender como la simple mencion del nombre de aquel príncipe en un despacho que no estaba destinado á publicarse y que no tenia mas objeto que la informacion particular del ministro de S. M. en Madrid, podia modificar en manera alguna la posicion del príncipe relativamente á la cuestion del matrimonio. Pero se dice que el despacho de 19 de julio no expresaba ninguna objecion contra el príncipe Leopoldo. Sin duda que no. El gobierno de S. M. se ha conformado extrictamente con respecto á esto, á la línea juiciosa seguida por sus predecesores: ha creido que ningun gobierno tenia derecho para oponerse á que un príncipe se presentase como candidato á la mano de la Reina de un pais independiente, á menos que

no fuese por razones políticas concernientes al equilibrio del poder, razones que he espuesto á Mr. Bulwer en mi despacho de 19 de julio; y como estas razones no podian aplicarse al príncipe Leopoldo de Coburgo, el gobierno actual lo mismo que el precedente, no ha visto motivo alguno para oponerse á su candidatura á la mano de la Reina de España. Pero el despacho decia positivamente que el gobierno de S. M. no estaba dispuesto á apoyar activamente á ninguno de los candidatos que allí se mencionaban. Ademas remitia yo á Mr. Bulwer á las instrucciones que habia recibido de mi predecesor sobre la cuestion del matrimonio: y en el número de estas instrucciones estaba la comunicacion que se le hizo de una copia de la nota dirigida en 25 de junio de 1846 por Lord Aberdeen al duque de Sotomayor, y en la cual decia el primero que "cuando la alianza de la Reina de España con el conde de Trápani llegó á hacerse manifiestamente odiosa á la nacion española, se aventuró el gobierno inglés aunque sin ningun candidato ni preferencia inglesa, á indicar al infante D. Enrique como el príncipe sobre quien debia recaer de preferencia la eleccion, porque era el que parecia deber ser mas agradable al pueblo español." Y sin embargo el gobierno francés quiere dar á entender que un despacho que contenia el pasaje á que se ha aludido mas arriba, y que remitia á Mr. Bulwer á esta última esposicion del pensamiento del gobierno precedente, como adoptado por el actual, debe ser considerado como un apoyo indirecto dado á la alianza de la Reina de España con el príncipe Leopoldo de Sajonia Coburgo. M. Guizot admite que la buena fe exije que no se trate de obtener por medios indirectos lo que no se quiere obtener directamente; y el gobierno de S. M. no puede prescindir de expresar

alguna sorpresa al ver la insinuacion destituida de fundamento contenida en el pasaje que ha ocasionado estas observaciones; tanto mas, cuanto que M. Guizot en el párrafo que sigue inmediatamente, concede de un modo positivo que el gobierno de S. M. no tenia ninguna intencion de presentar ni recomendar al príncipe Leopoldo de Sajonia Coburgo.

Admitir esto, es reconocer la exacta verdad. El gobierno inglés no presentó ni recomendó jamás á aquel príncipe como candidato á la mano de la Reina de España, y no ha dado paso alguno para favorecer su matrimonio con aquella soberana. Si siendo este príncipe objeto de la eleccion de la corte de Madrid, hubiese sido al mismo tiempo deseado por la gran mayoría del pueblo español, y si su union con la Reina no hubiese suscitado á la España ningun embarazo en sus relaciones exteriores, el gobierno inglés habria dado con gusto todos los pasos que le hubiesen sido posibles para facilitar un arreglo semejante. Pero inclinado á dudar, por lo que habia pasado con respecto al conde de Trápani, de que ningun príncipe extranjero pudiese ser agradable á la nacion española, y viendo que las objeciones expresadas por el Rey de los franceses con respecto al príncipe Leopoldo, por infundadas, injustas é insostenibles que fuesen en derecho público, podrian sin embargo, en el caso de que aquel príncipe llegase á ser marido de la Reina, alterar de un modo desagradable las relaciones entre España y Francia, el gobierno inglés desde el momento en que fué abandonado el matrimonio Trápani, sostuvo firme y constantemente la opinion de que era de desear en interés de España, el que la eleccion de la Reina recayese en un príncipe español.

Es cierto que en la época en que los ministros actua

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