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gobierno francés ha declarado haber hecho al de S. M., de que los dos obrasen de acuerdo en lo que hace relacion á los consejos que se debian dar á la corte de Madrid acerca del matrimonio de la Reina Isabel; porque aparece que al mismo tiempo que el encargado de negocios de Francia en Londres pedia que el gobierno inglés le diese á conocer su opinion sobre este asunto con el objeto, segun decia, de que si los dos gobiernos podian ponerse de acuerdo, diesen cada uno por su parte el mismo consejo, el embajador de Francia en Madrid habia recibido ya instrucciones de su propio gobierno que lo autorizaban para tratar de concluir el matrimonio de la Reina con un candidato ya especialmente designado; de lo cual se deduce que la cuestion sobre la cual el encargado de negocios de Francia ofrecia deliberar en Londres, se habia decidido ya por las instrucciones dirigidas al embaja– dor de Madrid.

Es verdad que el gobierno francés no habia hecho ninguna proposicion formal y explícita al de S. M. acerca de este asunto; pero hé aquí sobre poco mas o menos lo que ha pasado:

El dia siguiente al en que dirigí á Mr. Bulwer mi despacho número 6, del 13 de julio, enseñé una copia de este despacho al conde de Jarnac para explicarle la manera con que el gobierno de S. M. consideraba la cuestion del matrimonio de la Reina Isabel y el estado de cosas de España, y le entregué el mismo despacho para que pudiese remitir confidencialmente copia á su gobierno.

El conde de Jarnac hizo muchas observaciones sobre este despacho, y expresó ciertas objeciones tanto en lo que hacia relacion al matrimonio de la Reina de España, como por lo que tocaba á la situacion política del mismo pais.

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Sobre este último punto manifestó temores de que las observaciones acerca del sistema de gobierno que ha valecido en España desde hace muchos años, produjesen efectos desagradables si llegaban á ser conocidas en este pais; pero es de creer que el gobierno francés no participase de estos temores, puesto que envió una copia de este despacho, aunque se le habia comunicado confidencialmente á M. Bresson, quien le dió á conocer á muchas personas en Madrid.

En cuanto á la primera parte de mi despacho, el conde de Jarnac observó que le parecia que se ponia por ella en primer lugar al príncipe Leopoldo de Sajonia Coburgo, como candidato á la mano de la Reina Isabel, mientras aparecia excluido de la lista el conde de Trápani; que esto no estaba de acuerdo con lo que habia tenido lugar entre el gobierno francés y el anterior ministerio de S. M., entre los cuales se habia convenido que por una parte el gobierno francés retiraria de la lista de los candidatos al duque de Montpensier ó cualquier otro hijo del Rey de los franceses; que por la otra el gobierno británico retiraria al príncipe de Coburgo, y que se recomendaria por esposo de la Reina de España á algun descendiente de Felipe V.

Yo respondí que no encontraba en el Foreign-Office ningun vestigio de semejante convencion.

Que me parecia que el principio adoptado por el gobierno de S. M. era el siguiente: que excepto en el caso en que la reina de España debiese contraer matrimonio con un príncipe francés, en cuyo caso el gobierno británico tendria el derecho incontestable de presentar objeciones fundadas en razones políticas, el matrimonio de la Reina de España era una cuestion española,

en la cual ningun gobierno extranjero estaba autorizado á mezclarse de manera que influyese en la eleccion de la Reina, ya para que esta recayese en un Borbon, ó ya sobre cualquier otro príncipe; que en su consecuencia el gobierno británico no se opondria á que la eleccion recayese sobre un descendiente de Felipe V, ni trataria de imponer como el gobierno francés, semejante restriccion; que el príncipe Leopoldo de Sajonia Coburgo no era un candidato presentado y sostenido por el gobierno británico, y que por el contrario este tenia fuertes razones para creer que un principe español seria el marido mas conveniente para la Reina, y que entre los principes españoles, don Enrique era el que en su concepto debia ser preferido.

Añadí que estas ideas se habian puesto en conocimiento de Mr. Bulwer por mi predecesor, y que el conde de Jarnac veria que confirmaba al principio de mi despacho, y refiriéndome á ellas, las instrucciones dadas sobre este punto por el anterior gobierno de S. M. ; que era pues imposible que Mr. Bulwer supusiese que la sola circunstancia de la mencion hecha por mí de un príncipe de Coburgo, como uno de los candidatos á la mano de la Reina, pudiera ser interpretada, como la expresion de las intenciones que tuviera el gobierno británico de apoyar ó representar á este príncipe, y que á lo sumo mis comunicaciones particulares á Mr. Bulwer tendrian por objeto evitar la posibilidad de semejante error.

Pero yo dije que entre las relaciones de parentesco del príncipe de Coburgo con la familia real de Inglaterra, y las del duque de Montpensier con la familia real de Francia, no existia una paridad suficiente para motivar un convenio, como el que el conde de Jarnac pretendia que se

habia hecho.

El duque de Montpensier es francés é hijo del Rey de los franceses: el príncipe de Coburgo no es inglés y sí solamente primo de la Reina de Inglaterra, mientras que su hermano se ha casado con una hija y su hermana con un hijo del Rey de los franceses. Sus relaciones de parentesco con la familia real de Francia son, pues, tan íntimas, y acaso mas, como sus relaciones de parentesco con la familia real de Inglaterra, y es imposible, cualquiera que sea el punto de vista bajo el cual se mire la cuestion, considerarle como un candidato inglés, y hacer de su exclusion por la Inglaterra una condicion de la exclusion por la Francia del duque de Montpensier.

Observé que si se hubiera tratado del príncipe Jorje de Cambridge se habria podido establecer cierta paridad entre él y el duque de Montpensier; pero que yo habia comprendido siempre que, cuando hace mas de tres años, y antes que se hablase del príncipe de Coburgo como candidato, el gobierno francés propuso y adoptó el principio de que la eleccion de la Reina de España se limitase á un descendiente de Felipe V, el mismo gobierno francés habia hecho notar que excluia por ella á todos los hijos del Rey de los franceses y que por consiguiente la decision tomada por este de que el duque de Montpensier no se presentara como candidato á la mano de la Reina, no hacia parte de ningun convenio relativo al príncipe de Coburgo, en quien en aquella época no se habia pensado para candidato; sino que esa decision era el resultado de un sentimiento espontáneo que hacia comprender al Rey de los franceses lo que debia la Francia á la fe de las estipulaciones de los tratados de Utrecht', y á la justa importancia dada por otros estados al mantenimiento del equilibrio europeo.

Dije ademas, que empleando la palabra candidato para designar al príncipe Leopoldo, como uno de los príncipes indicados públicamente como esposos posibles de la Reina de España, hacia uso de esta palabra en su acepcion habitual y familiar, y que de aquí no se deducia que el príncipe de Coburgo fuese puesto en primer lugar por el gobierno británico, ni menos que este príncipe hubiese hecho personalmente gestion alguna en este sentido. Pero al mismo tiempo dije muy claramente al conde de Jarnac y le repetí despues en otras muchas ocasiones, que la opinion de lord John Russell, la mia y la de aquellos de nuestros colegas que habian tenido tiempo para ocuparse en los asuntos de España, era la misma que la del anterior gobierno de S. M.; es decir, que la eleccion de un príncipe español seria la mas prudente que podia hacer la Reina de España, y que don Enrique parecia ser el príncipe español mas á propósito para marido de la Reina Isabel.

Es pues imposible que ya el conde de Jarnac, ya el ministro francés, hayan podido tener la menor duda sobre las opiniones del gobierno británico acerca de la mejor eleccion que pudiera hacer la Reina de España, desde el momento en que hubo comunicaciones sobre este punto entre los dos gobiernos.

El conde de Jarnac dijo entonces y ha repetido en muchas ocasiones, que el gobierno de S. M. haria una cosa muy agradable al gobierno francés si quisiese dar órden á Mr. Bulwer para obrar realmente en el sentido de sus ideas, recomendando á un príncipe que llenase la condicion francesa de ser descendiente de Felipe V., y que fuese al mismo tiempo príncipe español, puesto que parecia que nosotros dábamos importancia á esta última condicion.

M. de Jarnac dijo tambien posteriormente que si el go

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