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ros que se refugiaron en las montañas, acabó de reducir la isla el domingo de ramos del año siguiente, permaneciendo en ella hasta el dia de San Simon y San Júdas en que se embarcó para volver á Cataluña (1).

73. Asegurada Mallorca y estando otra vez allí el rey Don Jayme el año de 1232, por consejo de Fray Ramon de Serra maestre del Temple, envió á este con Don Bernardo de Santa Eugenia y Don Pedro Masa á Menorca, cuyos naturales se gober naban como república desde la pérdida de Mallorca, á intimarles se le entregasen. Para que hiciese mas fuerza este mensage se situó el rey en el cabo de Pera, de donde se descubre claramente la parte occidental de Menorca, y de noche mandó encender muchas hogueras para dar á entender que tenia allí acampado un exército numeroso. Amedrentados los moros se rindiéron baxo

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de ciertos pactos y condiciones , por las quales se reconoció la isla feudataria de la corona de Aragon (2). Fué despues entregada en feudo por el mismo rey al arraez Abohezmen Zayc Ibnehaquin y á su hijo y sucesores. No hemos podido encontrar el documento primitivo de esta cesion; pero puede suplir su falta otro de 1275 por el qual confirma el rey Don Jayme al expresado arraez y sucesores todas las escrituras é instrumentos relativos á la donacion y concesion y á los tributos que le debian pagar (3). Así permaneció gobernada esta isla hasta que el rey Don Alonso III, noticioso del pérfido y falso trato que traia su arraez con los moros y otros enemigos suyos, creyó tan urgente sujetarla , que resolvió pasar en persona con una expedicion en lo mas áspero del invierno á fines de 1285. La armada salió de Rózas (4) en número de 122 velas y entró en el puerto de Mahon:

do á esta curiosa investigacion toda la luz necesaria reuniendo las autoridades y documentos que la apoyan y comprueban.

(1) Crón. del rey Don Jayme escrita por el mismo, cap. 53, fol. 20. v. Tomic, Conq. é Hist. dels reys de Aragó, cap. 38. Zurita, Anal. lib. III, cap. 4 y sigs. Dameto, Hist. de las Baleares, lib II, tit. 1, §. 12.

(2) Biblioteca de los PP. dominicos de Barcelona, tom. 6, ms. intitulado Serra de Cataluña, y copia en la colec. de Sans, art. 2, núm. 6. Zurita, Anal. lib. III, cap. 14. Dameto, lib. II, tit. 2, §. 8.

(3) Véase el apéndice núm. XIV.

(4) Carbonell dice (Crón. d' Españe, fol. 83) que el armamento salió de Port fanL

los isleños se recogiéron en el castillo de San Agaiz, donde sitiados por el rey hubiéron al fin de entregarle la fortaleza y toda la isla el 21 de Enero de 1286, como consta de las mismas capitulaciones que publicamos para ilustrar este puntó tan obscuro aún entre los mejores historiadores; pues Zurita señala esta conquista en el año de 1287, Muntaner, Carbonell y Capmany en 1288; y solo Dameto juzgó con acierto en vista de un privilegio que otorgó el rey Don Alonso á los religiosos de San Antonio despues de la conquista, cuya data es en Ciudadela á las calendas de Marzo de 1286 (1).

74. Despues de la conquista de Mallorca en 1230 y de haberse reducido Menorca á feudataria dos años despues, como permaneciesen Ibiza y Formentera en poder de moros, de donde salian los piratas á infestar los mares de Cataluña y Valencia, Don Guillen de Mongri, dignidad de sacristan de la iglesia de Gerona y electo arzobispo de Tarragona, juntó sus deudos y amigos, y auxîliado de los condes de Rosellon y de Urgel pasó con una buena armada de naves catalanas á aquellas islas, arrojó de ellas á los moros y las pobló de catalanes, habiendo sido el primero que subió al muro de Ibiza un soldado natural de Lérida llamado Juan Chico. Esta expedicion se concluyó en 1235 segun Zurita y otras memorias, y pudo emprenderse en el año anterior en que la colocan Dameto y el P. Mariana (2).

75. Libre por estos medios y segura la navegacion del Mediterráneo era ya muy conocido á principios del siglo XIII el comercio directo de los barceloneses con Berbería y Egipto; y debió contribuir poderosamente á engrandecerlo con gran aumento de su marina y navegacion la providencia del rey

gos; pero Nicolao Specialis ( lib. rer. sicul. tom. 10, pág. 950), supone que la conquista se hizo siendo aún infante Don Alfonso, y que la expedicion salió de Rózas. Esto opinó tambien Capmany y parece mas verosímil (Mem. sobre la mar. de Barc. tom. I, pág. 135, nota núm. 26 ).

(1) Véase el apéndice núm. XV. Carbonell, Crón. d' Espagne, fol. 8g. Zurita, An. lib. IV, cap. 88. Dameto, lib. III, tít. 2, § 4. Capmany, Mem. de la mar, de Barcel. tom. I, cap. 3, pág. 135.

(2) Biblioteca de los padres dominicos de Barcelona, tomo 12, intitulado Serra de Cataluña; y copia en la coleccion de Sans, artículo 2, número 5. Zurita, An. lib. III, cap. 20. Dameto lib. II, tít. 2, § 9. Mariana, Hist. de Esp. lib. XII. cap. 16.

Don Jayme I, dada en Monzon á 12 de Octubre de 1227, prohibiendo á toda embarcacion extrangera tomar en Barcelona cargamento para Siria, Egipto y Berbería mientras hubiese en su puerto nave nacional dispuesta y propià para aquel viage (1).

76. Las conseqüencias correspondiéron á lo atinado de tan política como sabia disposicion, pues á poco tiempo ya hubo necesidad de establecer cónsules de comercio en casi todas las escalas de ultramar para proteger á los navegantes nacionales: tratóse de repoblar la isla de Gérbes despues de haberla conquistado , para que fuese escala y depósito de los mercaderes que venian del Egipto y de otros puertos de levante : establecióse lonja de contratacion en Alexandría, al modo que la tenian los venecianos, los genoveses sin emgenoveses, marselleses otras naciones: y y bargo de que las bulas prohibitivas de la santa sede, las guerras entre catalanes y genoveses, la tiranía y mala fe de algunos soldanes , y tal vez los excesivos derechos que se exîgian de los permisos o licencias, ó las exôrbitantes multas que se imponian á los infractores eran otras tantas trabas que entorpecian el curso de esta contratacion; el amor á las grandes ganancias y ganancias y el interes privado de los negociantes prevaleciéron de tal manera que no solo excitáron los zelos y la rivalidad de los genoveses y demas potencias marítimas sino que los empeñáron algunas veces en disensiones y guerras, en las quales desplegáron los reyes de Aragon todo el poder y fuerza de su marina, y todo el valor, destreza y conocimientos naúticos de sus vasallos (2).

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77. Pero este comercio tan activo como lucroso no se limitó á solo los paises de ultramar, baxo cuya denominacion se comprehendian entonces las escalas ó puertos de la Siria, de la Armenia menor, de la Cilicia, Chipre, Ródas Candía y Egipto, sino que se propagó en el mismo siglo XII y principios del siguiente por las demas islas y costas del Archipiélago, de la Romanía, de la Italia, de la Sicilia, Cerdeña y Malta, de Languedoc y Provenza, de Berbería, de los reynos de Andalucía, de Castilla

(1) Capmany, Mem. de Barc. colecc. diplom. tom. II, núm. 4, pág. 11. Véase en el apéndice la ilustracion sobre esta providencia del rey Don Jayme. (2) Capmany, Mem. de Barc. tomo I, parte 2, lib. 1, cap. 2.

y Portugal, de la isla y reyno de Inglaterra, y de las ciudades y puertos de Flándes; y aunque este espíritu activo é industrioso se comunicó á otras provincias marítimas de España en el Océano, la falta de memorias ó la incuria de nuestros escritores ha hecho que no se tengan noticias circunstanciadas de su navegacion y tráfico á levante hasta principios del siglo XIV (1).

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78. Sin embargo sabemos que nuestros reyes de Astúrias y de Leon durante los siglos IX, X y XI, para defenderse de las incursiones que hacian por mar en sus estados los normandos y sarracenos, prefiriéron fortificar los puertos y las costas á establecer fuerzas navales que hubieran sido mas eficaces (2); por cuya razon se hallaban tan atrasados en la marina los habitantes de aquellos reynos, que el célebre arzobispo de Santiago Don Diego Gelmirez, lastimado de los daños que sufrian sus diocesanos, hizo venir de Génova y de Pisa con espléndidos regalos y crecidos señalamientos varios constructores y marinos acreditados para fabricar y dirigir por los años. de 1115 y 1120 algunas galeras, que tripuladas con gente del pais, hiciéron respetar sus costas ahuyentando de ellas las esquadras sarracenas, quemando ó apresando sus naves y tomándoles muchas riquezas (3). Estas campañas fuéron la escuela de los marinos de Galicia, y probablemente de los de las provincias inmediatas, pues ni hay memoria positiva de ningun armamento ni expedicion considerable de mar anterior á esta época, ni era natural que el arzobispo de Santiago si hubiera hallado dentro del reyno y mas próxîmos hábiles marineros y constructores, recurriese á las repúblicas de Italia con tan crecidos dispendios, quando los genoveses y pisanos, habiendo extendido su crédito y sus relaciones desde la primera cruzada zaban á visitar las costas de Cataluña y emprender la conquista de las Baleares con el auxilio del conde de Barcelona.

comen

79. Así es que los guipuzcoanos, tan zelosos de sus antigüe

Crón. gen.

(1) Capmany, Mem. de Barc. tom. 1, parte 2, lib. I, caps. 2 y sig. (2) Risco, Esp. sag. tom. 37, trat. 73, caps. 23, 24 y 25. Morales, de Esp. lib. XVI, cap. 34. Florez, Esp. sag. tom. 19, trat. 59, cap. 6; y tom 22, trat. 61, cap. 5.

(3) Hist. Compostelana, lib. I, cap. 103; y lib. II, caps. 21 y 76 en el tomo 20 de la Esp. sagrada.

dades, solo datan el principio y la actividad de su comercio marítimo desde la mitad de aquel siglo pues aunque en varios diplomas del siguiente se supone ya muy antigua entre ellos la pesca de la ballena, y muchos pueblos de aquella provincia, como Fuenterrabía, Guetaria, Motrico y otros, conservan en sus escudos de armas una ballena como timbre de su industria y orígen de su prosperidad; estas memorias , que solo indican su aplicacion á esta clase de pesquería, no prueban ciertamente su tráfico y relaciones mercantiles con otros pueblos, ni pueden referirse á época muy anterior al siglo XII. El documento mas decisivo en esta materia es el fuero dado á San Sebastian hácia el año de 1180 por el rey D. Sancho el sabio de Navarra, y confirmado por D. Alonso VIII de Castilla en el de 1202, porque en él se contienen las leyes de comercio marítimo mas antiguas de nuestra nacion; se especifican los géneros y mercaderías que entraban en aquel puerto y salian de él; se mencionan las relaciones que tenia con otros ya famosos por su tráfico mercantil como Bayona y la Rochela; y particularmente trata del establecimiento de un almirantazgo en la misma ciudad, quizá el mas .antiguo del reyno, señalándose los derechos que sobre el hierro se pagaban al almirante nombre que suena aquí por primera vez en instrumentos públicos, porque así en Castilla y en Aragon como en Francia, Inglaterra y Nápoles no se estableciéron almirantes hasta muy entrado el siglo XIII. Este fuero se comunicó despues á muchos de los pueblos marítimos de Guipúzcoa, que todos eran comerciantes (1); y en el de Santander dado por Don Alonso VIII á 11 de Julio de 1187 hay bastantes indicios del tráfico de mar que ya se hacia por aquel puerto (2): con cuyos exemplos y prerogativas los naturales de las costas inmediatas de Vizcaya y la Montaña, que ya tenian crédito de hábiles marineros á princi

:

(1) Diccion. geog. hist. de Esp. por la real Acad. de la Hist. secc. 1, tom. I, art. Guipúzcoa; y tom. II, art. San Sebastian: cuyo fuero se publicó en los apéndices. pág. 541 del tomo II. Reimprimióle Don Juan Antonio Llorente en la pág. 244 del tomo IV de sus Noticias históricas de las provincias vascongadas, señalándole por carecer de fecha el original, la del año de 1180 con sólidos fundamentos.

(2) En la misma obra tom. IV, pág. 305 se publicó tambien el fuero de Santander.

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