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CARTAS DE DON DIEGO SAAVEDRA FAJARDO.

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COPIA DE CARTA

DE DON DIEGO SAAVEDRA FAJARDO Á SU MAJESTAD,
EN MUNSTER Á 20 DE NOVIEMBRE DE 1643.

FECHADA

(Archivo general de Simancas.-Secretaría de Estado.-Leg. 2.345.)

SEÑOR.

De un confidente que acompañó hasta Rehalo á los Plenipotenciarios de Francia, he entendido que se detendrian en La Haya por todo Diciembre; pero podria ser que se despachasen ántes, porque estaban muy adelante las instrucciones que aquellos Estados daban á sus Plenipotenciarios; y el intento de los franceses en ir allá, ha sido para penetrarlas y reducirlas á sus consecuencias propias, gobernándose en los tratados de aquí segun la inclinacion de holandeses, á la paz ó á la guerra.

Refiere al mismo confidente haberle dicho Monsieur de Avaux que los españoles deseaban una suspension de armas ó una tregua, pero que ellos no admitirian lo uno ni lo otro, y que solamente tratarian aquí de ajustar la paz ó de continuar la guerra: esto me parece artificio, porque no es de creer que hallándose Francia en posesion de tantas provincias usurpadas, no quiera ganar título con el tiempo, principalmente en los principios de un reinado por tantas causas peligroso, si ya no es que los Consejeros de aquella Reina, interesados en la guerra, quieran romper el tratado de la paz aquí con algun pretexto, sin que la dilacion de una tregua ó suspension de armas tenga sin obrar las armas; á pocos lances de esta negociacion se descubrirán sus designios.

Dice tambien este confidente, que á quien más temen los franceses es al Imperio, y que si viesen estrecharse los tratados de acomodamiento entre los protestantes y el Emperador, caminarian al asiento de la paz, por no quedarse afuera, y así juzga por conveniente que se acepte la negociacion con protestantes: lo que yo sé es que desean la paz, cansados con las calamidades de la guera, y que harán demostracion dello si se persuadiesen aquí. Tambien Vuestra Majestad la desea, porque franceses les tienen persuadidos á lo contrario. Dios guarde, etc.

COPIA DE OTRA CARTA

DE DON DIEGO SAAVEDRA FAJARDO Á SU MAJESTAD, FECHADA EN MUNSTER Á 20 DE NOVIEMBRE DE 1643.

(Archivo general de Simancas. --Secretaría de Estado.-Leg. 2.345.)

SEÑOR.

Considerando el Emperador que no podia deshacer la Dieta de Francafort, y que era de mayor inconveniente que se trasplantase á esta ciudad, donde se confundiria la negociacion, ha tenido por mejor consentir que se ponga en Francafort, y es cierto que desde allí los Electores y Príncipes del Imperio tendrán mucho arbitrio en la negociacion de este Congreso, y que las resoluciones que tomaren no las podremos vencer, de donde resultará, ó no alcanzarse el fin de la paz que se desea, ó haber de recibirla Vuestra Majestad con las leyes que le quisieren dar; y así me ha parecido representar á la prudencia de Vuestra Majestad cuánto importará que, como Príncipe del Imperio, se sirva Vuestra Majestad de nombrar por la Casa y círculo de Borgoña un sujeto de mucha sangre y calidad, como se ha hecho por el pasado, que asista allí por Plenipotenciario de Vuestra Majestad, y tendrá por conveniencia que fuese nacido en los

Estados de Flandes ó en Alemania, con conocimiento de estas lenguas, y, como he escrito al marqués de Tordelaguna y al marqués de Castel-Rodrigo, parece que seria á propósito el Obispo de Bolduque, dando el segundo lugar al Presidente de Lutzemburgh, que tambien concurrió en la Dieta última de Ratisbona. Dios guarde, etc.

COPIA DE OTRA CARTA

DE DON DIEGO SAAVEDRA FAJARDO Á SU MAJESTAD, FECHADA EN MUNSTER Á 21 DE NOVIEMBRE DE 1643.

(Archivo general de Simancas.-Secretaría de Estado.-Leg 2.345.)

SEÑOR.

Un confidente escribe de Holanda, que en las instrucciones secretas que dan los Estados á sus Plenipotenciarios, se les ordena que admitan pláticas de una tregua de quince ó diez y seis años, pero no de paz; y como venga en lo primero, parece más fácil, más decente y más del servicio de Vuestra Majestad, porque la paz no la querrán hacer los holandeses sin condiciones y declaraciones que ofenden á la soberanía de Vuestra Majestad, con que se embarazaria el tratado de la paz y el de la tregua, de que me ha parecido avisar luégo á Vuestra Majestad, cuya Católica y Real persona guarde Dios, etc.

COPIA DE OTRA CARTA

DE DON DIEGO SAAVEDRA FAJARDO Á SU MAJESTAD, FECHADA EN MUNSTER A 28 DE NOVIEMBRE DE 1643.

(Archivo general de Simancas.-Secretaría de Estado.-Leg. 2.345.)

SEÑOR.

Segun los avisos de los confidentes de Holanda, están resueltos aquellos Estados á tratar aquí de una suspension de armas con Vuestra Majestad por quince años, que tenga fuerza de tregua; y, á mi juicio, es lo que conviene, porque en ella se pueden excusar algunas condiciones y cláusulas que ofendan á la soberanía de Vuestra Majestad, y seria negocio de pocos lances, que es lo que más ha menester Vuestra Majestad en los aprietos presentes, con que Francia se reduciria á la paz. Tres cosas obligan á los holandeses á la suspension, los daños que reciben en el comercio con las fragatas de Dunquerque, el hallarse muy empeñadas sus compañías y los celos del Príncipe de Orange por el título de Alteza, por el casamiento con la hija del Rey de Inglaterra y por las pláticas con Francia, empezadas en tiempo de Richelieu, y tambien el ver que ha puesto las plazas confinantes con los Países-Bajos en manos de parientes y confidentes suyos, y juzgan que el remedio de todo seria la suspension de armas, para quitárselas al Príncipe de Orange; y teniéndola ya por cierta, han procurado la forma de gobierno, reduciéndola á tres puntos: el de la Religion, de la policía y de la milicia: en el de la Religion quieren que se observen los decretos del Sínodo de Dorth, la union de Utrechz, y en el de la milicia tienen ya resuelto la reformacion y cómo se ha de pagar la gente de las guarniciones. Dios guarde, etc.

COPIA DE CARTA

DE DON DIEGO SAAVEDRA FAJARDO AL MARQUÉS DE CASTELRODRIGO, FECHADA EN 3 DE DICIEMBRE DE 1642.

(Archivo general de Simancas.—Secretaría de Estado.—Leg. 2.345.)

ILMO. Y EXCMO. SEÑOR.

He recibido juntas cuatro cartas de V. E., dos de 21 y 28 de Octubre, y las otras de 4 y 18 de Noviembre, á que respondo por su órden.

La primera, de 21, es respuesta á otras mias; la de 28, contiene el punto de cómo nos hemos de gobernar con los portugueses y catalanes que aquí vienen, y que lo consultemos con el Sr. D. Francisco: así se ha hecho, y S. E. es de parecer que corramos con la declaracion que han hecho los Plenipotenciarios de Francia, que es gente de su séquito, sin darnos por entendidos de otra cosa; esto, señor, fuera bueno si estos tratados se hiciesen aquí, en lugar determinado, donde entrasen á conferir las materias los Ministros de Príncipes que estuviesen legitimados para ello; pero habiéndose de tratar por terceras personas, lo mismo es que estos catalanes y portugueses sean del séquito de los Plenipotenciarios franceses ó nó, porque se entrometerán en todo, y áun darán cartas de creencia los terceros, y entonces no se podrá remediar; y parece hubiera sido acertado mostrar un gran resentimiento en París para que el Cardenal Grimaldi procurase que franceses no los trajesen consigo ni los admitiese aquí al tratado, y creo que se conseguiria; pero ya que no se ha hecho esto, podríamos, é si á V. E. le parece, representar á los interpositores que no oigan á los portugueses y catalanes en materia destos tratados; y, sin embargo, verá V. E. los inconvenientes que nacerán de hallarse en este Congreso.

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