Las leyes fundamentales de la monarquía española segun fueron antiguamente y segun conviene que sean en la época actual, Volumen 2

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Imp. y libreria de Pablo Riera, 1843
 

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Página 121 - Los reyes nuestros progenitores establecieron por leyes y ordenanzas fechas en Cortes que no se echasen ni repartiesen ningunos pechos, servicios, pedidos, ni monedas, ni otros tributos nuevos, especial ni generalmente, en todos nuestros reinos, sin que primeramente sean llamados a Cortes los procuradores de todas las ciudades y villas de nuestros reinos, y sean otorgados por los dichos procuradores que a las Cortes vinieren.
Página 121 - Los Reyes nuestros progenitores «establecieron por leyes y ordenanzas fechas en «Cortes que no se echasen ni repartiesen ningunos « pechos , servicios , pedidos ni monedas , ni otros «tributos nuevos especial ni generalmente en todos «nuestros Reinos, sin que primeramente sean lla«mados á Cortes los Procuradores de todas las « Ciudades y Villas de nuestros Reinos , y sean «otorgados por los dichos Procuradores, etc.
Página 135 - Estas y otras circunstancias produjeron la siguiente (1) ley: "mandamos que para expedición y egecucion de lo otorgado a nos en cortes, residan dos de los procuradores de cortes por el tiempo que fuere necesario. Los cuales diputados ansi mesmo entiendan libremente en administrar y beneficiar lo tocante al encabezamiento general y que los nuestros contadores no les impidan en la administración de sus oficios.
Página 248 - ... aquí dimana que todos tienen una especie de interés personal en su ejecución y en protegerla y apoyarla. Aunque falte el ministro que promovió la idea, quedan los demás para continuarla y sostenerla con el sucesor, como que saben los motivos de su establecimiento, y así viene á ser la Junta un depositario inmortal de las providencias generales, que cuidará de su observancia y...
Página 134 - ... 2. Ya antes un barón religioso y erudito (1) había declamado con igual celo que vehemencia contra este desorden y mostró a los reyes la injusticia de semejante procedimiento. "Procurará el príncipe cuanto pudiere escusar las vejaciones de la cobranza y ahorrar de la muchedumbre de tesoreros, recetores, comisarios y otros ministros que tienen destruidos los pueblos con insolencia y son causa de que el real que se...
Página 302 - Los negocios más importantes, los asuntos más arduos y complicados, y que hoy causan pleitos interminables, se concluían con admirable brevedad. Como las leyes eran unas actas conocidas por todos y que nadie podía ignorar...
Página 89 - Todos los españoles pueden imprimir y publicar libremente sus ideas sin previa censura , con sujecion á las leyes.
Página 302 - En los tiempos anteriores a don Alonso el Sabio no se conocieron en él abogados ni voceros de oficio; ocho siglos habían pasado sin que en los juzgados del Reino resonasen las voces de estos defensores ni se oyesen los informes y arengas de los letrados. El Imperio gótico, aunque tan vasto y dilatado, y los reinos de León y Castilla, no echaron de menos esos oficiales públicos; prueba que una gran nación, cuando sus leyes son breves y sencillas, bien puede pasar sin oradores y abogados. 20....
Página 136 - Cortes por provincias, y no por provincias que resulten de una nueva division de territorio, sino por las que se distinguen por la diversidad de usos, costumbres y carácter de sus habitantes, y por la variedad de circunstancias que son efecto del clima y de otras causas naturales.
Página 302 - Derecho autorizadas por la ley, otros tantos recursos para eternizar los litigios y prolongarlos más que las vidas de los hombres. 19. Luego que las leyes de Partida introdujeron en nuestros juzgados el orden judicial, fórmulas, minucias y supersticiosas solemnidades del Derecho romano, ¿qué mudanza y trastorno no experimentaron los tribunales de la nación y los intereses y derechos del ciudadano?

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