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dora del orden y el espejo vivo del estado social. Si carece del apoyo nacional, no existirá á pesar de las combinaciones mas ingeniosas, de las medidas mas rígidas y de las argucias mas sutiles.

y

La precipitacion en variar con frecuencia los artículos de una Constitucion, ademas de ser peligrosa, puede llegar á ser muy temible funesta. De todos modos debe descansar en el consentimiento general espresado por los medios legales y por los órganos puros de la verdadera opinion pública. Toda variacion en este punto es muy delicada, aun cuando abrace intereses sociales de suma importancia, porque perjudica y ofende otros derechos que son su fuerte contrapeso. En fin, no diré que un gobierno no haga en union con la asamblea deliberante una variacion necesaria en un artículo de la carta constitucional, especialmente si corta evidentemente en su orígen una grande calamidad social ó un escándalo público ó una reaccion sangrienta; pero debe hacerla, consultando al pais, cediendo á convicciones profundas y sirviendo solo á los intereses públicos.

Esta teoria tomada en su sentido propio es verdadera y racional. El abuso puede hacerla peligrosa; el interes puede desvirtuarla y la ceguedad llegará á desacreditarla y cor

romperla en circunstancias especiales y en casos determinados.

Sentados los preliminares que manifiestan el espiritu particular de la Constitucion de 1837, la causa de su formacion y las consecuencias políticas que se derivan de este hermoso código fundamental, paso á hacer la esplicacion teórica de sus artículos, siguiendo el orden de los títulos y limitándome á breves observaciones que demuestran su bondad intrínseca y su perfeccion relativa; pero elevandome á las consideraciones generales del derecho político constitucional con la mayor rigidez filosófica y ajustado criterio, para formar bien el entendimiento de la juventud en la línea de las doctrinas políticas.

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TITULO I.

DE LOS ESPAÑOLES.

ARTICULO PRIMERO.

Son españoles:

1.° Todas las personas nacidas en España. 2.° Los hijos de padre o madre españoles, aunque hayan nacido fuera de España.

3.

Los estranjeros que hayan obtenido carta de naturaleza.

4.° Los que sin ella hayan ganado vecindad en cualquier pueblo de la monarquía.

La calidad de español se pierde por ad-' quirir naturaleza en pais estrangero; y por admitir empleo de otro gobierno sin licencia del rey.

En este titulo se establecen dos puntos importantes: 1.o el carácter particular que designa y distingue á los españoles: 2.° su estado político.

Desde luego se advierte en las palabras de todo este título que la Constitucion de 1837 no se propone dar definiciones científicas y esplicar teorias abstractas como la de 1812, que empieza analizando bajo un aspecto doctrinal quiénes son españoles, sino que contiene disposiciones legislativas y preceptos correspondientes á un código fundamental. Partiendo de esta observacion, debe saberse que limitando la calidad de español á los términos que designaba la definicion del código gaditano, eran escluidos del número y categoría de españoles las personas que ahora pueden serlo. segun la Constitucion de 1837. Una definicion filosófica y teórica no puede ser una ley política, y no debe tampoco respetarse como precepto absoluto y principio de gobierno práctico de una nacion. Los legisladores de 1837 conocieron esta verdad y salvaron los inconvenientes que en este punto ofrecia la Constitucion de 1812, conservando empero

todo el espíritu de su doctrina. La Constitucion de Cádiz reune todos los defectos de las constituciones antiguas, y no abrazalos medios de gobierno que han establecido las modernas. Esta imperfeccion depende de la influencia del tiempo, de los inconvenientes y atraso de la ilustracion, del fanatismo político de ciertos hombres y de los desvaríos y exaltacion de las asambleas legislativas. La escuela de Benjamin Constant, desacreditada ya entre los hombres pensadores, contribuyó á persuadir

que si fuera posible que el género humano obedeciese á una misma Constitucion, convertiria esta misma Constitucion al género humano en un gran pueblo. Este error gravisimo que ha hecho despedazar muchas naciones en guerras civiles muy sangrientas y en el dia contribuye á aumentar las escenas lamentables de la América, enseña á los pueblos y á las naciones modernas la saludable máxima de que las constituciones son resultados necesarios del estado social y del progreso nacional. Es, pues, necesario modelar las constituciones á las costumbres, tradiciones y estado de las sociedades y á las prácticas sancionadas por el tiempo y la esperiencia de otros pueblos. Las constituciones mas o menos democráticas que ensayaron la asamblea constituyente, la legisla tiva y convencional francesa, cayeron en desu

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