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timadas por sentencia de 5 de Julio de 1568 dada en Madrid por los licenciados Morillas, Fuenmayor, Castilla y Ortiz.

Volvió à suplicar D. Atanasio segunda vez y fianza de 1.500 doblas por no haberse declarado nada respecto de la dote y arras de D. Margarita Saludes, su madre, consistentes en 10.000 francos moneda de Francia, mil piezas de oro y 5.000 florines, para cuyo pago decía estaba hipotecada la villa de Salvatierra, y por auto de 14 de Octubre de 1568 los señores del Consejo de S. M. desestimaron la petición de referido D. Atanasio de Ayala.

Como se vẻ gran trabajo costó á nuestra querida villa emanciparse de la Casa de Ayala á la cual fue donada injustamente.

Obra en el archivo de esta villa de Salvatierra, una Real Cédula de 17 de Diciembre de 1520, en que se detalla el origen de las Comunidades, sus excesos en Avila y Tordesillas, sus disposiciones rebeldes é infieles de que hemos dado alguna noticia, ocupando las rentas reales y demás excesos con la prisión del Consejo desobedeciendo las órdenes reales. Es un docuimento importante en que se relata todo el desarrollo del movimiento y en que termina confiscándose los bienes de los rebeldes aunque fueran de mayorazgo y ofreciendo que en ningún tiempo les serían devueltos.

La ejecutoria obtenida por la villa de Salvatie

rra con los descendientes del comunero D. Pedro de Ayala, acerca de la sucesión en dicho estado, sus bienes y término, conservada asi bien en nuestro archivo, fué pregonada en esta villa el día 25 de Julio de 1569, à son de clarines y pregones, bandera desplegada y con festejos al efecto organizados para celebrar triunfo tan señalado y bien tan grande, diguo remate del pleito que duró 41 años.

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Sería á no dudarlo falta imperdonable omitir en estos apuntes el privilegio del Emperador por el cual se concedió á Salvatierra el titulo honroso de Leal villa, por cuya razón copiamos el pergamino conservado en nuestro archivo y es del tenor siguiente:

«D. Carlos por la Divina clemencia el Emperador siempe augusto Rey de alemania: Doña Joana su madre y el mismo Don carlos Por la misma gracia Reyes de castilla de aragón de navarra de granada de toledo de valencia de galizia de mallona de sevilla de cerdeña de cerdona de corcega de murcia de Jaen de los algarbes de algecira de gibraltar de las islas de canaria de las indias islas y tierra firme del mar oceano archiduques de austria duques de borgoña y de bravant condes

de barcelona de flandes y de tirol señores de Vizcaya y de molinå duques de atenas y de neopatria condes De Rosellou y de cerdania marqueses de cristan.......; Por quanto en tiempo de los movymyentos y levantamientos pasados de Comunidad que hovo en estos nuestros Reynos y señorios estando yo el rey ausente dellos, por que D Pedro de Ayala conde que fué de la villa de Salvatierra de Alava estaba revelado y contra nuestro servicio y obediencia en favor de lo que se decía junta que estaba en la villa de Tordesillas, la dicha villa de Salvatierra y los vecinos y moradores della cumpliendo como que debian á nuestro servicio se alzaron y levantaron contra el dicho Don Pedro por nuestra corona Real, el cual por esta causa con mucha gente que traia llamándose el capitan della en nuestro deservicio la cercó y convatió y ellos se defendieron y en el dicho cerco fueron quemadas en los arrabales de la dicha villa muchas casas y recibieron otros daños y continuando la dicha su fidelidad nos sirvieron en todo lo que se ofreció de nuestro servicio y por los delitos y excesos que el dicho Don Pedro de Ayala en el dicho tiempo contra nuestro servicio sus bienes y estado fueron confiscados en nuestra Cámara y patrimonio Real y están incorporados en ellas y de la dicha encorporación especialmente la dicha villa de Salvatierra tiene cartas y privilegios firmados de mano

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