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nes, que por nos cerca dello están dadas. Y sabiendo vos, como sabeis, que el Cuzco lo descubrió y conquistó el Marqués don Francisco Pizarro, y en su nombre ha estado. Por ende yo vos mando, que si cuando esta recibiéredes, no lo hubiéredes hecho, luego como la recibais, torneis y restituyais la dicha ciudad del Cuzco al dicho Marqués don Francisco Pizarro, y hagais tornar y restituir cualesquier bienes, y hacienda, oro y plata, y otras cosas que se hubieren tomado á Hernando Pizarro, y á las personas que con él estaban suyos, y del dicho Marqués, y luego sin dilacion alguna solteis libremente los que dellos tuviéredes presos. Y si pretendeis que la dicha ciudad del Cuzco cae en los límites de vuestra gobernacion, dareis la informacion dello ante el Obispo de la dicha ciudad del Cuzco, y Licenciado de La Gama, á quien mandamos enviar comision para que la reciban y envien, que venida, yo la mandaré ver con toda brevedad, y guardarse en ello vuestra justicia, y por mi servicio, que de aquí adelante esteis siempre en toda paz, conformidad, y amor con el dicho Marqués don Francisco Pizarro, y ambos os conformeis para las cosas de nuestro servicio, como hasta aquí lo habeis hecho, porque demas de haber mejor efecto las cosas desas provincias, estando ambos conformes, yo me terné dello por muy servido, y tened por cierto, que yo tendré siempre memoria de los servicios que me habeis hecho, de que estoy bien informado, para honrar vuestras personas como vuestros servicios y trabajos lo merecen. De Barcelona á catorce de marzo de quinientos y treinta y ocho años. Firmada y refrendada de los dichos.

14 de Marzo de 1538

XXX.-Real cédula a Francisco Pizarro sobre la misma materia de la anterior.

El Rey.-Marqués don Francisco Pizarro, nuestro gobernador de la provincia del Pirú, por algunas relaciones que nos han sido enviadas desas partes, habíamos entendido la venida del Mariscal don Diego de Almagro, de que por las nuevas que acá se habian dicho, he holgado mucho, como quiera que si es verdad (lo que

no creo) que ha hecho lo que acá se ha escrito que hizo en el Cuzco, y en la prision de Hernando Pizarro vuestro hermano, y las otras personas que allí estaban, y en saquealles sus haciendas con mano armada, nos habemos tenido dello por deservidos, especialmente por ser contra las provisiones, que por nos cerca dello están dadas, y así lo he enviado á mandar por mi cédula, que va con esta, que si cuando la recibiese no la hubiese hecho, luego que la vea, os torne, y restituya la dicha ciudad del Cuzco, y haga tornar y restituir cualesquier bienes, y hacienda, oro, y plata, y otras cosas que se hubieren tomado al dicho Hernando Pizarro, y las personas que con él estaban, y luego sin dilacion alguna suelte libremente los que dellos tuviere presos. Y si pretende que la dicha ciudad del Cuzco cae en los límites de su gobernacion, dé la informacion dello ante el Obispo de la ciudad del Cuzco, y Licenciado de La Gama, á quien mandamos enviar comision para que lo reciban, y envien, que venida, yo la mandaré ver con toda brevedad, y le guardaré en ello su justicia, y que de aquí adelante está siempre en toda paz y conformidad, y amor con vos, y que ambos os conformeis para las cosas de nuestro servicio, como hasta aquí lo habeis hecho: porque demas de haber mejor efecto las cosas de esas provincias, estando ambos conformes, yo me terné dello por muy servido. A vos os ruego y encargo, que por vuesta parte procureis así se haga, como por otras os tenemos escrito, y avisarmeis particularmente de lo que en ello se hiciere, y del estado de las cosas desas provincias, como lo soleis hacer. De Barcelona á catorce de marzo de mil y quinientos y treinta y ocho años. Firmada, refrendada y sellada. de los dichos.

14 de Marzo de 1538

XXXI.-Real cédula para que D. Alonso Enriquez se vaya a los reinos de España.

(Archivo de Indias, 109-7-1.)

EL REY.-Don Alonso Enriquez, porque á mi servicio conviene que vengais á estos Reynos y salgais de esas tierras, yo vos mando que en el primer navio que partiere de la isla ó provincia donde

estuvieredes, os hagais á la vela y vengais á nuestra corte á os presentar ante nuestro Consejo Real de las Indias, personalmente, que venido, ellos os dirán para lo que sois llamado, y si ansí no lo hicieredes y cumplieredes, mandamos á qualquiera nuestras justicias de las nuestras Indias que vos compelan y apremien á ello. De Barcelona, á 14 de Marzo de 1538 años.-Yo EL REY.Por mandado de S. M.-Cobos, comendador mayor. Señalada del Cardenal de Siguenza.

14 de Marzo y 31 de Mayo de 1538

XXXII.—Real cédula al Obispo del Cuzco y al licenciado Antonio de la Gama, sobre que entiendan en las diferencias que habia entre Francisco Pizarro y Diego de Almagro

(Archivo de Indias)

Don Carlos, etc. A vos el reverendo en Cristo padre Obispo del Cuzco, y licenciado Antonio de la Gama, salud é gracia: Bien sabeis como nos mandamos dar y dimos para vosotros una carta y comision firmada de mí el Rey, sellada con nuestro sello, por la cual os mandamos que os informasedes de lo que entre Hernando de Pizarro y el adelantado don Diego de Almagro y las otras personas que con él estaban en la dicha ciudad del Cuzco, y al tiempo que el dicho adelantado vino á la ciudad del Cuzco y cómo y de qué manera entró en ella, y qué personas fueron en saquear al dicho Hernando Pizarro y á las otras personas que con él estaban en la dicha ciudad del Cuzco, y por qué causa y razon lo hicieron, y de otras cosas en la dicha nuestra provision contenidas, el tenor de la cual es este que se sigue: Don Cárlos, etc. A vos el reverendo in Cristo padre Obispo del Cuzco y licenciado de la Gama, salud é gracia. Sepades que por algunas relaciones que de esas partes han venido habemos sido informados que, volviendo el mariscal don Diego de Almagro de la jornada á que habia ido á conquistar la tierra y provincias de su gobernacion, se vino á la ciudad del Cuzco, donde estaba Hernando Pizarro, hermano del marques don Francisco Pizarro, con otros españoles en su compañia, que habian ido por el oro que en la dicha ciudad estaba

recojido nuestro, y pidió al dicho Hernando Pizarro que le entregase la dicha ciudad del Cuzco, diciendo caer en los límites y demarcacion de su gobernacion de la provincia de Toledo, y porque el dicho Hernando Pizarro no lo quiso hacer, el dicho mariscal y la jente que con él venia, con mano armada y con grande escándalo y alboroto, entró en la dicha ciudad del Cuzco y se apoderó en ella y prendió al dicho Hernando Pizarro y á los nuestros oficiales que en ella estaban, con otras personas principales, y los saquearon á todos, tomándoles y robándoles todo el oro y plata y armas y caballos y otras cosas que tenian, de todo lo cual, habiendo ansi pasado, nos tenemos por deservidos, y porque queremos ser informados cómo y de qué manera lo susodicho ha pasado y de los daños y robos que en ellos se han hecho y en cuál de las dichas gobernaciones cae la dicha ciudad del Cuzco; por esta nuestra carta vos mandamos que luego que veais lo susodicho y llamadas é oidas las partes, os informeis y sepais muy particularmente de todo lo que entre los dichos Hernando Pizarro y el mariscal don Diego de Almagro y las otras personas que con ellos estaban, pasó al tiempo que el dicho mariscal vino á la dicha ciudad del Cuzco y cómo y de qué manera entró en ella y qué personas fueron en saquear al dicho Hernando Pizarro y á los otros que con él estaban en la dicha ciudad, y por qué causa y razon lo hicieron, y quién les dió para ello consejo, favor y ayuda, y especialmente procureis de saber y averiguar qué cantidad fué lo que ansi saquearon y robaron y á qué personas, declarando lo que á cada uno fué tomado, pudiéndose saber y averiguar, para que le sea tornado y restituido por las personas que fueron en el dicho saco y robo, y esto hecho vos informeis é sepais por todas las vias é maneras que mejor pudieredes saber la verdad, ansi por las informaciones de testigos que por las partes os serán presentadas, como por lo que de vuestro oficio os pareciere que debais de recibir, en cuál de las dichas gobernaciones cae la dicha eiudad del Cuzco, tomando para ello personas sin sospecha que lo sepan y entiendan los límites y demarcacion de cada una de las dichas gobernaciones, y la dicha informacion, habida y sabida la verdad, escripta en limpio y firmada de vuestros nombres y signada del escribano ante quien pasare, cerrada y sellada en ma

nera que haga fé, la invieis duplicada en los primeros navíos que para estos reinos vinieren á los del nuestro Consejo Real de las Indias para que lo mandemos ver y proveer cerca dello. Por esta nuestra carta vos damos poder cumplido con todas sus incidencias y dependeneias. Dada en Barcelona, á quatorce dias del mes de Marzo del nacimiento de Nuestro Salvador Jesucristo, de mill quinientos é treinta é ocho años.-YO EL REY.-Yo Francisco de los Cobos, comendador mayor de Leon, secretario de sus cesáreas católicas majestades, la fize escribir por su mandado. Fra. Cardinalis Saguntinus. Y porque despues que mandamos dar la dicha nuestra carta habemos mas largamente entendido lo que pasó en la dicha cibdad del Cuzco despues de la venida de el dicho adelantado, así de la prision del dicho Hernando Pizarro y de las otras personas, como en saquear y tomar sus haciendas y hacer otros delitos é insultos, de que siendo ansi, nos terniamos por muy deservidos, y tenemos voluntad de lo mandar castigar y queremos ser informados larga y particularmente de todo lo que en ello pasó; y visto en nuestro Consejo de las Indias, confiando de vosotros que sois tales personas que guardareis nuestro servicio y el derecho á cada una de las partes, fué acordado que vos lo debiamos de encomendar, como por la presente vos lo encomendamos y cometemos, porque vos mandamos que veais la dicha nuestra carta suso incorporada, y luego que la recibais, sin poner en ello escusa ni dilacion alguna, como cosa que veis que tanto importa á nuestro servicio y pacificacion de esas provincias y ejecucion de nuestra justicia, entendais en cumplir con toda brevedad lo que por ella se vos comete y manda, y la informacion que sobre ello hobieredes, la enviad en los primeros navíos al dicho nuestro Consejo de Indias, y si por acaso por ausencia o ocupacion de alguno de vosotros, no podieredes juntamente entender en ello, mandamos que el uno de vosotros lo pueda hacer. Dada en la eibdad de Barcelona, á veinte é dos dias del mes de Abrill de mill é quinientos é treinta é ocho años, la cual mandamos sacar por duplicada de nuestros libros de las Indias, en la villa de Valladolid, á treinta y un dias del mes de Mayo, año del nascimiento de Nuestro Salvador Jesucristo de mill é quinientos y treinta é ocho años. Yo LA REINA.-Yo Juan Vasquez de Molina, secretario de

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