Enciclopedia moderna: diccionario universal de literatura, ciencias, artes, agricultura, industria y comercio, Volumen 10

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Establecimiento Tipográfico de Mellado, 1851
 

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Página 213 - Art. 39. El gobierno de SM, salvo el derecho propio de los prelados diocesanos, dictará las disposiciones necesarias para que aquellos entre quienes se hayan distribuido los bienes de las capellanías y fundaciones piadosas aseguren los medios de cumplir las cargas a que dichos bienes estuvieren afectos.
Página 75 - Se devolverán desde luego y sin demora á las mismas, y en su representación á los Prelados diocesanos en cuyo territorio se hallen los conventos ó se hallaban antes de las últimas vicisitudes, los bienes de su pertenencia que están en poder del Gobierno y que no han sido enajenados.
Página 203 - ... los obispos y demás prelados diocesanos encargados por su ministerio de velar sobre la pureza de la doctrina de la fe y de las costumbres, y sobre la educación religiosa de la juventud en el ejercicio de este cargo, aun en las escuelas públicas.
Página 73 - ... los pueblos, se conservará el instituto de las Hijas de la Caridad, bajo la dirección de los Clérigos de San Vicente de Paul, procurando el Gobierno su fomento.
Página 213 - Igualmente administrarán los Prelados diocesanos los fondos del indulto cuadragesimal, aplicándolos á establecimientos de beneficencia y actos de caridad en las diócesis respectivas, con arreglo á las concesiones apostólicas. Las demás facultades apostólicas relativas á este ramo, y...
Página 201 - Que no sólo las Parroquias y Beneficios Curados se confieran en lo futuro como se han conferido en lo pasado, por oposición, y concurso, cuando vaquen en los meses Ordinarios; sino también cuando vaquen en los meses, y casos de las Reservas, aunque la presentación fuese de pertenencia Real, debiéndose en todos estos casos presentar al Ordinario el que el Patrono tuviese por más digno entre los tres, que hubieren sido aprobados por idóneos por los Examinadores Sinodales «ad Curam animarum».
Página 73 - A fin de que en toda la Península haya el número suficiente de ministros y operarios evangélicos de quienes puedan valerse los prelados para hacer misiones en los pueblos de su diócesis...
Página 211 - ... á las necesidades graves y urgentes de la diócesis. Al propio efecto ingresará igualmente en el mencionado fondo de reserva la cantidad correspondiente á la duodécima parte de su dotación anual que satisfarán por una vez dentro del primer año los nuevamente nombrados para prebendas, curatos y otros beneficios, debiendo por tanto cesar todo otro descuento que por cualquier concepto, uso, disposición ó privilegio se hiciese anteriormente.
Página 203 - Jaén y Málaga. De la de Santiago , las de Lugo, Mondoñedo, Orense, Oviedo y Tuy. De la de Sevilla, las de Badajoz, Cádiz, Córdoba é Islas Canarias. De la de Tarragona, las de Barcelona, Gerona, Lérida, Tortosa, Urge!
Página 203 - Ibiza, á la de Mallorca; la de Solsona, á la de Vich; la de Tenerife, á la de Canarias, y la de Tudela, á la de Pamplona. Los Prelados de las Sillas á que se reúne otra añadirán al título de Obispos de la iglesia que presiden el de aquella que se les une.