El articulo III del Tratado de Ancón

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Imprimerie Coueslant, 1919 - 311 páginas
 

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Página 64 - No hay tal cosa, Chilel ha ocupado el litoral y se ha apoderado de él con el mismo título con que Alemania anexó al imperio la Alsacia y la Lorena, con el mismo título con el que los Estados Unidos de la América del Norte han tomado Puerto Rico. Nuestros derechos nacen de la victoria, la ley suprema de las naciones".
Página 22 - El territorio de las provincias de Tacna y Arica, que limita por el norte con el río Sama desde su nacimiento en las cordilleras limítrofes con Bolivia hasta su desembocadura en el mar, por el sur con la quebrada y río de Camaro.
Página 49 - Si a consecuencia del plebiscito que haya de tener lugar, en conformidad al Tratado de Ancón, o a virtud de arreglos directos, adquiriese la República de Chile dominio y soberanía permanente sobre los territorios de Tacna y Arica, se obliga a transferirlos a la Re'pública de Bolivia...
Página 22 - Expirado este plazo un plebiscito decidirá, en votación popular, si el territorio de las provincias referidas queda definitivamente del dominio y soberanía de Chile, o si continúa siendo parte del territorio peruano. Aquel de los dos países a cuyo favor queden anexadas las provincias de Tacna y Arica...
Página 220 - Mientras no se ajuste un tratado especial, las relaciones mercantiles entre ambos países subsistirán en el mismo estado en que se encontraban antes del 5 de abril de 1879.
Página 217 - Quienes después de haberse comunicado sus Plenos Poderes y de haberlos hallado en buena y debida forma, han convenido en los artículos siguientes: Artículo I.
Página 220 - ... de ratificado el presente Tratado, en la forma establecida por convenciones recientes ajustadas entre Chile y los Gobiernos de Inglaterra, Francia e Italia.
Página 7 - Las altas partes contratantes se unen y ligan para garantizar mutuamente su independencia, su soberanía y la integridad de sus territorios respectivos, obligándose en los términos del presente tratado a defenderse de toda agresión exterior, bien sea de uno u otros estados independientes, o de fuerza sin bandera que no obedezca a ningún poder reconocido.
Página 29 - Un protocolo especial, que se considerará como parte integrante del presente tratado, establecerá la forma en que el plebiscito deba tener lugar y los términos y plazos en que hayan de pagarse los diez millones por el país que quede dueño de las provincias de Tacna y Arica.
Página 228 - El individuo a quien se hubiere negado la inscripción tendrá derecho a que se le dé copia de esa parte del acta, autorizada, por el secretario.

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