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LA fundacion de este Monasterio, que tambien es

tuvo dentro de Leon, consta por una escritura del año de 1042. (1). Refiérese en ella, que los fundadores fueron el Infante Don Ordoño, hijo bastardo del Rey Don Vermudo II. y su muger Doña Fronilde, hija del Conde Pelagio. Pusieron su Monasterio de santa María baxo la proteccion del Obispo Don Cypriano, y le ofrecieron muchas posesiones y alhajas, con que le dotaron, y enriquecieron magníficamente. Hicieron tambien dueña y señora del Monasterio á una sobrina suya llamada Marina, que debia ya vivir en él, previniendo, que si perseveraba en castidad, y en la santa vida Monástica, que habia emprendido segun la Regla de san Benito, tuviese el dominio y posesion subordinada siempre á la direccion del Obispo al qual despues de su muerte habia de dexar quieto é íntegro el Monasterio (2). Algunos años antes de la data de esta donacion estaba fundado el Monasterio; porque en el de 1037. hallamos otra escritura, que le supone existente, y manifiesta que era dúplice (3). Así lo declara el donante, que era un Presbítero, por nombre Hecta, natural de Numancia, ó Zamora. Dice, que habiendo salido de su pátria, dexando allí sus hermanos, sobrinos, y demás parientes, se fue á Leon, donde se presentó al Obispo Servando, que presidia en aquella Sede. Este le recibió benignamente, y le instruyó con mucha caridad y misericordia. Retiróse despues Hecta al Monasterio de santa María, y luego sirvió al Con

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1) Véase Tomo XXXVI. Apend. XX. pag. XLI. (2) Tomo XXXV. pag. 60. y 61. (3) Allí, pag. 54.

,

de Fernando Lainez, por cuyo medio ganó muchos bienes de fortuna. De aquí pasó á servir á su señor y gran Rey (así le llama) Don Vermudo; y éste le hizo merced de la villa de Mataplana, que poseyó hasta que fue herido de una llaga mortal, que le puso en tal extremo, que hubo de llamar á Theodomiro, Abad del Monasterio de santa María, para que le confesase. Entonces le visitó toda la Comunidad del mismo Monasterio, y eligiendo por sus testamentarios á Don Muza, y á Doña Gudina Abadesa, dió la mitad de la expresada villa al Monasterio dando que enterrasen en él su cuerpo. De todo lo qual se hizo público instrumento á 18. de Agosto de la Era 1075. y firmaron el Obispo Servando, el Abad Theodomiro, la Abadesa Gudina, &c.

man

Parece que el Monasterio de santa María fue creciendo en rentas, pues en el año de 1057. se encuentran varias escrituras de donacion, que se guardan en el Archivo de la santa Iglesia en el legajo 5. de pergaminos sueltos. Nómbrase el Abad Diego, á quien con sus Monges se hicieron las donaciones (1).

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La fundacion del Monasterio de san Román, y su

A

agregacion á la Catedral se sabe por una escritura, que existe en aquel Archivo, cuya data es de 28. de Septiembre del año de 1047. (2) En ella se refiere lo siguiente: Assur Didaz, y su muger Doña Justa servian con gran fidelidad al Rey Don Fernando, y á la Reyna Doña Sancha; y deseosos de vivir en la ciudad de Leon, suplicaron se les diese en ella sitio para hacer sus casas. Dióseles un solar junto á la puer

(1) Tomo XXXV. pag. 82. (2) Allí, pag. 63.

ta Cauriense, arrimado al muro antiquísimo dentro de la ciudad, y en él fabricaron unos palacios magníficos, y con grandes comodidades para su habitacion. Pasado algun tiempo enfermó Assur Didaz, y dispuso que de sus casas se hiciese un Monasterio dedicado á san Román, y á todos los Mártyres, del que hace donacion á la Iglesia de santa María llamándola Sede antiquísima, y á su Obispo Cypriano. Al pie de la escritura se lee esta cláusula: Habeat Monasterium Lazaro Diaconus in diebus suis, & post obitum suum relinquet eum ad Sedem San&tæ Mariæ secundum desuper, &c. El fundador de el Mona sterio de san Román Assur Didaz fue padre del célebre Conde Pedro Ansuriz, llamado vulgarmente Peranzules; pero no le tuvo en la Condesa Doña Justa, que fue segunda muger, sino en Doña Eilo, con quien estuvo antes casado. Véanse las Advertencias al Tomo XXXV. de la España Sagrada, que están al principio del Tomo XXXVI. de la misma obra.

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L Rey Don Ramiro HI. donó en el año de 977. al Monasterio de los santos Facundo y Primitivo uno que estaba en Leon con la advocacion de San An dres, cuyo sitio señala la escritura con estos límites: A parte Oriente ad illam portam S. Mariæ Regula; ad occidentalem vero per illam Eglesiam S. Michaeli; ad meridiem & septentrionalem partem de calle ad callem (1).

(1) Tomo XXXIV. pag. 288.

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3

MONASTERIO

DE CANÓNIGOS REGLARES DE CARVAJAL:

SU TRASLACION Á LEON

AL REAL MONASTERIO DE SAN ISIDRO.

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Espues que el Obispo de Leon Don Diego introduxo en su Iglesia nuevo género de vida, moderando la disciplina que se habia observado en los siglos anteriores (1), y consistia en vivir segun las costumbres Monásticas, no teniendo cosa propia, y gozando las Prebendas con dependencia del Obispo, quedó solo algun vestigio de la vida comun, como era el uso de una misma cocina y refectorio, y aún éste dexado al arbitrio de los Canónigos, segun el testamento del Obispo Don Arias, que hablando de los asistentes á la mesa comun, dice: Qui adfuerint ad libitum suum. Aunque el referido Don Diego se propuso para su proyecto los santos motivos que declara en su testamento, que abaxo se cita; con todo eso algunos Canónigos de espíritu fervoroso no estaban satisfechos con el nuevo sistema, y deseaban vida mas regular y perfecta. Tenian éstos presente lo que el Papa Alexandro II. estableció por influxo de san Pedro Damian en el Canon IV. del Concilio celebrado en Roma en el siglo anterior año de 1063. en que se determinó, que los Clerigos viviesen como Religiosos, no solo comiendo juntos, y durmiendo en una misma casa, sino tambien careciendo de toda propiedad, é imitando con todas sus fuerzas la vida comun y Apos

(1). Véase el instrumento de esta disposicion Tomo XXXV. de la España Sagrada, Apend. IV. pag. 417.

tólica, por cuyo medio conseguirian mas fácilmente la perfeccion de esta vida, y el premio de la pátria celestial. Uno de los que mas deseaban cumplir exâctamente lo establecido en este Canon, era Don Pedro Arias, Prior de la santa Iglesia de Leon; el qual con su compañero Alvaro Martin Muñoz hicieron presentes sus buenos deseos al Obispo Don Juan, quien los oyó benignamente, y les concedió todo quanto era necesario para exercitarse en la virtud, hasta lle-gar á la perfeccion á que aspiraban sus ansias.

En el dia 24. de Febrero del año 1144. firmó el Obispo junto con su Cabildo la escritura de fundacion (1) de un Monasterio, que allí se llama Canóniga regular, cuyo establecimiento dice se dirigia á honra de Dios, de la gloriosa Virgen María, y de la santa Sede Legionense. El sitio señalado para esta casa fue en la ribera del rio Vernesga en territorio propio de la Iglesia de Leon, y en el lugar, que hasta ahora conserva el nombre de Carvajal; y el fin de esta obra era que los Canónigos de la Catedral, ú 2 otras personas, que quisiesen hacer vida mas religiosa, libre de los negocios del siglo, pudiesen cumplir sus santos deseos, observando en el referido lugar la Regla de N. P. S. Agustin, como la mas acomodada á la perfeccion Apostólica. Los privilegios que les concedió el Obispo son, que los Canónigos retirados á aquel Convento pudiesen gozar en él las mismas Prebendas , que tenian en la Catedral, á excepcion de quatro Dignidades, que eran Deanato, Arcedianato, Cantoría y Sacristanía, dándoles todas las rentas de las dichas Prebendas para que pudiesen sustentarse en Carvajal ellos, y las demás personas, que abrazasen la vida comun. Concedióles tambien,

(1) Véase España Sagrada Tomo XXXVI. Apend. LIV. pag. CXV.

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