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llegado hasta aquel agradable punto de vista que nuestros deseos se habian prometido ; pero no lo es menos que este atraso, mas que á nuestra desidia, se debe imputar á la impor tancia, á la estension, y á la perplejidad de las materias que contenian. ¡Cuánto estudio, cuánta meditacion, cuánto trabajo no se ha empleado en ilustrarlas! Cuántas luces, cuántos conocimientos, cuántas verdades no se han descubierto y adquirido acerca de ellas!

Es menester confesarlo en obsequio de los que tan útilmente se ocuparon en los varios espedientes ocurridos este año: á medida que la Sociedad ha ido aumentando sus conocimien tos, rectificando sus principios, fijando y mejorando sus máximas, sus pasos han sido á la verdad mas lentos, mas detenidos, pero tambien han sido mas seguros, mas iguales y mas bien encaminados á su término. Una nueva luz se derrama sobre todas las partes de la economía pública: todo se sujeta al análisis y al cálculo, todo se reduce á sus puros y verdaderos principios; y la filosofía llevando de la mano al celo y al patriotismo les indica las anchas sendas que les tenian abiertas la preocupacion y el error, y los aparta de ellas para guiarlos al bien por el camino de la verdad.

¡Qué esperanzas no deben inspirarnos tan felices disposiciones, unidas al celo del ilustre personaje nombrado para llevarlos á sazon (5), y á la sabiduria del digno magistrado (6) elegido para subrogarle en sus forzosas ausencias, y auxiliarle en tan importante ministerio! Parece que el cielo ha señalado en ellos la época de nuestra gloria: la Sociedad ha enriquecido considerablemente el patrimonio de sus conocimientos ; el celo de sus individuos ha despertado y puéstose en accion; los tribunales la honran con su confianza; el alto ministerio la anima con su proteccion, y el público la premia con su estimacion y sus aplausos: todo, todo le es favorable en este instante, y todo abre à vuestros ojos una nueva perspectiva de prosperidad, que debe servir de estímulo à vuestro celo y de apoyo á vuestra constancia.

En cuanto á mí, restituido á la condicion de individuo particular, la más proporcionada á la corta estension de mis talentos, y á la moderacion de mi carácter, volveré con nuevo ardor á asociarme à vuestras tareas, y trataré así de saciar la

única ambicion de que es capaz mı alma: la de tener alguna parte en el aplauso y en la gloria que debe resultaros de promover la pública felicidad.

DISCURSO (7)

Pronunciado sobre una Compañía de Seguros.

SEÑORES tengo el honor de presentaros las resultas de las conferencias, cálculos y operaciones de la comision que habeis nombrado en vuestra primera sesion, y la de anunciaros, si no el pronto, á lo menos el mas cabal desempeño de todos sus encargos. Era imposible que un objeto tan importante, tan difícil, y sobre todo tan nuevo entre nosotros, en el cual no basta reunir las luces y principios económicos, sin consultar tambien la opinion, y hasta las preocupaciones públicas acerca de la materia de Seguros, pudiese arreglarse en pocos dias; y lo era mucho mas que en materia tan vasta y oscura, pudiese hallarse aquella unidad de dictámenes, que solo encuentran Ja buena fe y el celo público en las de comun y no dudosa utilidad. Sin embargo, es preciso hacer justicia á las luces y actividad de la comision; y si yo puedo atribuirme la gloria da haberla desembarazado de las principales, dificultades que se opusieron á sus operaciones, no puedo negarle la que tan justamente se debe á la constancia é infatigable aplicacion que manifestó en su desempeño; ni tampoco dejar de atribuir al Excmo. Sr. Duque de Osuna, su presidente, la gran parte que le cabe en esta alabanza, por haber agotado todos los medios de conciliacion que pudo sugerirle su celo, dignándose de acordar conmigo los que eran mas necesarios para lograr un fin tan deseado.

Por lo demas, la Junta que debe juzgar estas operaciones de la comision, conocerá todo el mérito de ellas en el resultado que se le va á presentar. Verá primero una ordenanza, en que se ha procurado reunir cuanto la esperiencia y el estudio de las naciones comerciantes han enseñado en esta materia. Las prevenciones para el arreglo de los Seguros terrestres y marítimos demostrarán que si por una parte se ha echado mano de todos los arbitrios imaginables para atraer á los ase

guradores por medio de una perspectiva de utilidad y seguridad reunidas, por otra no se han perdido jamás de vista estos objetos en favor de los accionistas. La póliza es conforme á estos principios, y acomodada á los usos mercantiles generalmente 'reconocidos en las plazas de Europa; y el reglamento de oficinas presenta el espíritu y gerarquía del cuerpo, y fija sobre los mejores principios de subordinacion, vigilancia y publicidad, su gobierno interior y público. Todo, finalmente, descubrirá á los ojos de la Junta cuán deudora se debe creer de reconocimiento y alabanza á unos individuos, que sin otro interés que el del bien comun y de este cuerpo, han consagrado sus luces y desvelos al desempeño de los encargos que se dignó confiarles.

Tal es, señores, la idea que debo presentaros de los objetos que nos han de ocupar en esta sesion. Reducido por la naturaleza del encargo con que la piedad del Rey me ha honrado, á presidirla, ni debeis esperar de mí sino aquel auxilio que puede prestar la autoridad en favor de la libertad, la concordia y el buen órden, ni yo tengo derecho á exigir otra cosa de vosotros. Nadie sino vosotros mismos es dueño de vuestros intereses, y la seguridad de ellos, que debe ser vuestro primer objeto, lo será tambien de mi celo en este dia. ¡ Dichoso yo si logrando fundar sobre el buen desempeño de mi comision el sólido establecimiento de una compañía tan importante, me hiciese acreedor á la benevolencia de mis compatriotas, que es, ha sido, y será siempre el único objeto de mi ambicion!

DISCURSO

Para ilustrar la materia de un informe pedido por el Real y Supremo Consejo de Castilla á la Sociedad económica de Madrid, sobre el establecimiento de un Monte-pio para los nobles de la Corte (8).

SEÑORES:

EN la Junta del sábado anterior tuve el honor de hacer algunas reflexiones acerca de los inconvenientes que pudieran resultar del establecimiento del Monte-pio para los nobles de

Madrid, cuyas ordenanzas se sirvió remitir el Consejo á nuestro informe ahora vengo á reproducir y amplificar estas mismas reflexiones, para persuadir á la Sociedad que este Monte no parece acreedor á la suprema aprobacion de aquel tribunal, por ser un establecimiento inconstitucional, inútil á la misma nobleza para quien se forma, y perjudicial al Estado.

Pero antes de hablar en este delicado asunto, me ha de per

mitir la Sociedad que haga dos protestas: la una, de que el dictámen que llevo insinuado, lejos de ser sugerido por alguna aversion á la nobleza, es inspirado por el mismo respeto que profeso á esta clase, contra la cual seria temeridad creer preocupado á un hombre, que babiendo nacido en una de las mas antiguas familias de Asturias, y hallándose adornado con enlaces y distinciones que atestiguan el lustre de su cuna, debe estar á cubierto de la nota de parcialidad contra la misma clase que ocupa en el Estado. La otra, que para poner en claro mis ideas, será preciso subir hasta el origen mismo de la nobleza; buscar su esencia en nuestra antigua constitucion, y derivar de estas fuentes todos los principios que deben servir de apoyo á mi dictámen. Aunque este cuidado podrá parecer superfluo, espero que el efecto haga ver cuanta claridad resul. ta de él á mis ideas. Ninguna diligencia creo escusada, cuando voy a sostener una proposicion que tiene apariencias de paradoja; á desentrañar las verdades que le sirven de apoyo, y á sacarlas del caos en que las han sepultado la preocupacion y la ignorancia. La nobleza, señores, examina da en su acepcion política, no es otra cosa que una cualidad accidental, que coloca al ciudadano en aquella clase de la sociedad que se distingue de las otras por sus funciones peculiares, sus títulos de honor, sus privilegios y sus prerogativas.

Llámola cualidad accidental, porque no fué establecida por la naturaleza, sino por el arbitrio; porque es independiente de las perfecciones naturales del individuo que la posee, y porque habiendo sido inventada por la opinion, fué autorizada por las leyes, y dirigida por los legisladores al complemento de la constitucion política de las monarquías.

A los que poseian esta cualidad; esto es, al cuerpo de la nobleza, fió la antigua constitucion de Castilla la defensa del Estado. Esta era su funcion peculiar, Los nobles poseian las dis

tinciones de su clase, con el gravámen de velar continuamente sobre la pública seguridad. Yo subiré, como he prometido, al orígen de las cosas, para hacerme entender.

En tres clases dividió nuestra antigua constitucion los individuos del Estado: la clase de oradores, esto es, el clero ; la clase de defensores, esto es, la nobleza; la clase de labradores, esto es, el pueblo.

La primera tiene á su cargo las cosas pertenecientes á la religion, y á sus individuos toca levantar las manos al cielo para rogar contínuamente al Altísimo por la salud del Estado: por eso se llaman oradores.

La segunda debe por instituto velar por la conservacion del mismo Estado, y á sus individuos toca la defensa del príncipe, del pueblo, y de la religion: por eso se han llamado defen

sores.

A los individuos de la tercera toca cultivar la tierra, laborear sus productos, y hacer que abunden todas las cosas necesarias á la conservacion de los miembros del Estado: por eso se llamaron labradores. Tal es la division señalada en una de las leyes de Partida, cuyas palabras acotaremos despues (9).

Esta constitucion, nacida con el trono de Asturias, y consolidada despues de la reunion del condado de Castilla á la corona de Leon, siguió acaso en esta division de las clases, mas bien la necesidad que la razon.

Se profesaba generalmente en el Estado el cristianismo: segun él era menester señalar á sus ministros una gerarquía separada; y por eso se formó la clase de oradores.

Estaban los dominios de España ocupados por los Sarracenos: era preciso hacerles frente á todas horas con las armas en la mano, ó para estender sobre ellos las conquistas, ó á lo me. nos para arredrarlos del pais restaurado: es to pedia una clase de defensores.

Los que estaban continuamente dedicados al culto del Altísimo, y los que tenian siempre la espada desenvainada contra los enemigos del Estado, ni podian cultivar la tierra, ní ejer. citar la industria: era pues necesaria otra clase de hombres dedicados á proveer á los demas de las cosas necesarias al uso de la vida, y sobre este principio se estableció la clase llamada de labradores.

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