Seis semanas en la prensa: reportajes y recuerdos

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Rosay, 1902 - 127 páginas
 

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Pasajes populares

Página 102 - ... se hiciere en conformidad al contrato existente sobre venta de un millón de toneladas, sea que ella se verifique en virtud de otro contrato o por cuenta propia del Gobierno de Chile.
Página 102 - Art. 7°. La obligación que el gobierno de Chile acepta, según el artículo 4°, de entregar el cincuenta por ciento del producto líquido del guano de las covaderas en actual explotación, subsistirá, sea que esta explotación se hiciere en conformidad al contrato existente sobre...
Página 102 - Fuera de las declaraciones consignadas en los artículos precedentes, y de las obligaciones que el gobierno de Chile tiene espontáneamente aceptadas- en el supremo decreto de 28 de marzo de 1882, que reglamentó la propiedad salitrera de Tarapacá, el expresado gobierno de Chile no reconoce créditos de ninguna clase que afecten a los nuevos territorios que adquiere por el presente tratado, cualquiera que sea su naturaleza y procedencia.
Página 102 - En conformidad a lo dispuesto en el supremo decreto de 9 de febrero de 1882, por el cual el Gobierno de Chile ordenó la venta de un millón de toneladas de guano, el producto líquido de esta...
Página 102 - Lo estipulado en el inciso precedente regirá, asimismo, con las existencias de guano ya descubiertas que pudieran quedar en las islas de Lobos, cuando llegue el evento de entregarse esas islas al gobierno del Perú, en conformidad a lo establecido en la cláusula novena del presente tratado. Artículo sexto. — Los acreedores peruanos, a quienes se concede el beneficio* a que se refiere el artículo 4...
Página 102 - ... anterior, el gobierno de Chile continuará entregando a los acreedores peruanos el cincuenta por ciento del producto líquido del guano, tal como se establece en el mencionado artículo 13, hasta que se extinga la deuda o se agoten las covaderas en actual explotación.
Página 102 - Terminada la venta del millón de toneladas a que se refiere el inciso anterior, el Gobierno de Chile continuará entregando a los acreedores peruanos el...
Página 101 - El di« cho decreto de 9 de febrero de 1882 « ordenó la venta de un millón de to« neladas de guano, y en el artículo « 13 se estableció que el precio líquido « del guano, deducidos los gastos de « de extracción, ensaye, peso, embaí « que, sueldos de empleados que vigi...
Página 102 - Si se descubrieren en los territorios que quedan del dominio del Perú, covaderas o yacimientos de guano, a fin de evitar que los gobiernos de Chile y el.
Página 101 - ... diversas operaciones, y los demás que se causen hasta dejar la especie al costado del buque cargador, se distribuirá por partes iguales entre el Gobierno de Chile y aquellos acreedores del Gobierno del Perú cuyos títulos de crédito aparecieren sustentados con la garantía de esta substancia.

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