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esto los ayuntamientos no tienen la autoridad conveniente, ni son tenidos en lo que seria razon, de cuya causa los caballeros y gente principal que acostumbraban á servir los dichos oficios se van sustrayendo del servicio de ellos, y dejándolos en personas que los quieren por sus particulares aprovechamientos. Y porque no se puede negar, sino que en tanto cuanto fuere posible que los regidores y personas que gobernaren los pueblos, sean de los mas ricos y mas principales de ellos, serán las repúblicas mejor y con mas autoridad gobernadas; á V. M. suplicamos mande que de aqui adelante, á lo menos en las ciudades y villas que tienen voto en córtes, no pueda ser regidor ni tener oficio con voto en el ayuntamiento ningun hombre que no sea hidalgo de sangre, y limpio, ni ninguno que haya tenido tienda pública de trato y mercancía, vendiendo por menudo, ni å la vara, ni haya sido oficial mecánico, ni escribano, ni procurador, aunque tenga las cualidades dichas; pero que sus hijos y descendientes, teniéndolas, no se escluyan, porque con esto necesariamente vendrian los oficios á servirse por personas de quien los pueblos no se deshonren de ser mandados, y que no tendrian parientes tratantes, ni arrendadores, á quien favorecer y ayudar. A esto vos respondemos, que en la provision de los oficios de regimientos se terna el cuidado que convenga para que sean proveidos en ellos personas de la idoneidad y habilidad y cualidades que para semejantes oficios se requiere.>>

Esta peticion necesitaría un difuso comentario, si se hubiesen de desenvolver y manifestar todos los errores que contiene. La calidad de hidalguía pedida por aquellas córtes en los regidores y demás vocales de los ayuntamientos, sobre ser contraria á la constitucion primitiva de las municipalidades, aun cuando la nobleza estuvo en su mayor auge, tiraba á destruir y acabar de aniquilar la corta representacion é influjo que le quedaba al estado general en el gobierno.

La mitad de oficios en los ayuntamientos habia equilibrado hasta entonces de algun modo la preponderancia de la nobleza, y conservado á la autoridad real su mas firme apoyo en la opinion y fuerza del pueblo. Privado este del derecho de entrar en los ayuntamientos y en las córtes ¿que le faltaba para volver á ser esclavo?

No hay duda en que seria mas conveniente que los regidores fueran ricos, porque la pobreza en los empleados públicos es una tentacion muy vehemente para el cohecho y prostitucion de sus deberes. Mas tambien es indudable que vinculada la mayor parte de la propiedad territorial, y habiendo cesado los copiosos medios de hacer fortuna que presentaba en los siglos anteriores la milicia, apenas se encontraban ya otros que el foro, el comercio y los oficios mecánicos para enriquecerse.

Por otra parte, en la clase de la nobleza habia muy pocos ricos, porque estancados los bienes en los primogénitos, los demás hermanos vivian en la indigencia, y tanto mas vicioso cuanto las opiniones caballerescas, retrayéndolos del trabajo, fomentaban la ociosidad, y su orgullo, sus enlaces y conexiones los fiaban para no temer ni respetar á la justicia.

Por consiguiente, para formar los ayuntamientos únicamente de nobles, era necesario, o llenarlos de personas tan corrompidas como los mas viles plebeyos, ó estancar tales oficios en muy pocas familias, y vincular en ellas el gobierno municipal, la representacion nacional y los derechos. mas sagrados de los pueblos.

Fuera de esto, la hidalguía no infunde por sí ni aptitud para los oficios de república, ni providad y pureza en las costumbres. Todo esto es obra de la educacion, que por desgracia estaba generalmente descuidada y mal dirigida, y mucho mas la de los mayorazgos, á quien apenas se les enseñaba á leer y escribir, y menos las ciencias y artes útiles.

¿Y porque se habian de deshonrar los ayuntamientos de tener entre sus individuos á mercaderes, artesanos y curiales? Ningun trabajo ni ocupacion útil á la sociedad debe reputarse por vil ni indecorosa. Las preocupaciones vulgares sobre la calificacion de tales oficios han sido una de las principales causas de su imperfeccion; del odio al trabajo y amor á la olgazanería, polilla la mas voraz y destructora de la opulencia y fuerza inespugnable á que sin ella pudo haber llegado la poblacion de esta península.

Todavía, si cabe, es mas reparable otra condicion que puso el reino junto en córtes el año 1650, para otorgar un servicio estraordinario entre las que llamaron del quinto gènero. «Que por los grandes inconvenientes que se siguen y han esperimentado de que se acreciente el número de los reinos y provincias que tienen voto en córtes, y los muchos gastos que se siguen de ello así á la hacienda real de S. M. como al reino, se pone por condicion que en ningun tiempo se ha de poder dar voto en córtes á ninguna ciudad, villa ni lugar de estos reinos; ni se ha de acrecentar el número de votos que al presente hay en el de Galicia, sin que por esta condicion adquiera ni se le atribuya derecho alguno á Galicia sin perjuicio de la ejecutoria del consejo (1).»

¡Asi los que se decian procuradores y representantes de toda la nacion, llegaron á olvidar y desconocer los fueros antiguos y derechos mas constitucionales de los pueblos! Si las córtes fueran tan útiles, como se creia, para el bien comun, ¿que gastos eran mas justos que los que se ecsigieran para el decoro de sus vocales? ¿Y con que justicia se pactaba para el otorgamiento de un servicio estraordinario la degradacion y privacion á los contribuyentes de una preeminencia que habian gozado muchos siglos? El gobierno hizo bien poco caso de aquella condicion. Al año siguiente vendio dos votos, uno á la provincia de Estremadura, y otro á la ciudad de Palencia, que le costó ochenta mil ducados (2).

CAPITULO IV.

Reinado de Carlos V. Comunidades de Castilla. Sábia politica de aquel rey en la amnistía á los comuneros. Sus desavenencias con la córté de Roma. Nuevas leyes sobre los recursos de fuerza y retencion de bulas.

Con la muerte de la reina D.a Isabel esta península volvió á verse atormentada de nuevas discordias y convulsiones. Su hija y heredera D.3 Juana se encontraba en Flandes con el archiduque D. Felipe su marido. D. Fernando el católico procuraba diferir la venida de su Gerno para continuar en el mando por sí solo, hasta que al fin tuvo que cedérselo, y que contentarse con los estados de Aragon é Italia, de los que era propietario; con los maestrazgos de las tres órdenes militares, y con otros legados que le habia hecho en su testamento la difunta reina.

(1) Escrituras de millones. Quinto Jénero. Condicion 78.

(2) Historia de Palencia por D. Pedro Fernandez del Pulgar, t. 4, 1. 3.

Para mayor desgracia de esta monarquía, D. Juana se habia vuelto loca. D. Felipe trataba de que se declarára legalmente su demencia, para reinar por sí solo; y habia ganado ya á muchos grandes para que cooperáran á tal declaracion. Sin embargo de eso las córtes del año 1506 no lo consintieron; proclamaron á su esposa propietaria de estos reinos, y á su 'hijo el infante D. Cárlos por su legítimo heredero.

Los cortesanos de D. Felipe, por la mayor parte flamencos, lejos de procurar captarse la voluntad de los castellanos los exasperaban mucho mas, removiendo á los correjidores puestos por D. Fernando, y vendiendo los correjimientos y otros empleos públicamente.

De resultas de aquellas novedades se habia principiado ya una conspiracion contra el gobierno. El arzobispo de Sevilla, el duque da Medinasidonia, los condes de Ureña y de Cabra, y el marqués de Priego se habian coligado con el protesto de poner en libertad, á Doña Juana que estaba presa de órden de su marido.

La temprana muerte de D. Felipe en el año de 106 contuvo los progresos de aquella conspiracion; pero dió al mismo tiempo motivos para otros acaecimientos mucho mas notables. Los grandes y los prelados formaron un nuevo consejo de rejencia, compuesto de siete señores, incluso en ellos el arzobispo de Toledo. Aquel consejo pidió á la reina Doña Juana su autorizacion; pero su respuesta fuè, que tendría gran consuelo viendo á su padre. El arzobispo, el almirante, el condestable, y otros señores eran de parecer que se llamára á D. Fernando; mas el duque de Nájera, el marqués de Villena y el conde de Benavente querían que viniera el emperador Maximiliano á tomar la rejencia, como abuelo y tutor del príncipe D. Cárlos. Otros deseaban que gobernára el príncipe niño, acompañado de las personas que se nombráran para su direccion. Cada cual consultaba lo que convenía mas á sus intereses que al bien público.

Faltando al gobierno la union y la fuerza necesaria para hacerse respetar y obedecer, entró otra vez el desórden en todas las clases. La rejencia expidió una provision convocando á cirtes, y muchas ciudades no la cumplimentaron En Madrid los Zapatas y los Arias, amotinaron el pueblo, por ser los unos partidarios, y los otros enemigos del rey Fernando. En Toledo los Silvas movieron otro motin para sostener al correjidor depuesto por la rejencia. En Avila, Ubeda y otras ciudades se vieron los mismos alborotos. El conde de Lemos se apoderó por fuerza de Ponferrada, prestando que habia sido despojado injustamente de aquella villa por los reyes católicos. El marqués de Villena levantó tropas para tomarse por sí mismo satisfaccion de pretendidos agravios á su casa. Este mismo, el almirante, el conde de Benavente y otros grandes se juntaron y coligaron en Grijota para oponerse á la rejencia de D. Fernando, hasta que se les diera satisfaccion de las quejas que proponian; pero la consumada política de aquel rey con la del cardenal Cisneros, pudieron calmar algun tanto aquellas turbulencias, hasta que con la venida de D. Cárlos, renovándose las mismas causas, esto es, el acompañamiento y el favor de los cortesanos extranjeros, se reprodujeron efectos iguales, ó tanto peores, cuando era mucho mayor el poder de su amo, proclamando ya emperador de Alemania, que el de su padre Felipe, y el de su desgraciada madre Doña Juana la Loca.

«La privanza de Mr. de Xeures era tanta, dice el P. Sandoval, que mas parecia ser Xeures el rey, y el rey su hijo, que no ser Xeures vasa

llo y criado como lo era. No habia puerta ni oido en el rey mas que para quien Xeures quería. Lo que se despachaba bien, decia Xeures,que él lo hacia, y para sí solo quería el agradecimiento: lo que salia mal cargábalo al rey, y que el rey lo habia querido así...

«Hallaron los flamencos los ánimos de los españoles bien dispuestos para todo mal, con mucha ambicion y poca amistad entre sí, porque unos eran de la devocion del rey D. Fernando el Católico, otros del rey D. Felipe el Hermoso, que fueron una manera de bandos que en los ánimos de muchos duraron dias.

«Era segundo privado del emperador su gran chanciller Mercurino Gatinara. Y como ni el reinar, ni el privar con los reyes sufre compañía ni igualdad, no se podian ver Xeures y el chanciller, que cada uno dellos presumia tanto que á solas quería mandar y mas que el otro.

«Estos se hicieron cabezas de los dos bandos, y los enconaron mas de lo que estaban. Xeures favorecia á los que eran del rey D. Fernando y el chanciller á los del rey D. Felipe. Y todo era (como dicen) mal para para el cántaro, que la triste España lo padecia. Xeures, vendia cuanto podia, mercedes, oficios obispados, dignidades: el chanciller los correjimientos y otros oficios. De manera que faltaba la justicia y sobraba la avaricia. Solo el dinero era el poderoso y que se pesaba, que méritos no se conocian. Todo se vendia, como en los tiempos de Catalina en Roma. Estaban encarnizados los flamencos con el oro fino y plata virjen que de las indias venia, y los pobres españolos ciegos en darlo todo por sus pretensiones (1) que era comun proverbio llamar el flamenco, al español mi indio. Y decian la verdad, porque los indios no daban tanto oro á los españoles como los españoles á los flamencos, y llegó á tanta rotura y publicidad, que se cantaba por las calles.

Doblon de á dos norabuena estés,
Pues con vos no topó Xeures.

«Despues de esto, tenian los flamencos en tan poco á los españoles, que los trataban como esclavos, y los mandaban como á unas bestias, y les entraban las casas, tomaban las mujeres, robaban la hacienda, y no habia justicia para ellos....>>

Las piraterías de los extranjeros dieron ó aumentaron los motivos de descontento general, que al fin produjo las comunidades de Castilla y la germanía de Valencia, cuya historia interesantísima puede leerse en el mismo Sandoval.

Entre los sucesos de aquella revolucion es muy notable el modo con que la terminó la sábia política del jóven emperador. Mandó construir un gran tablado en la plaza de Valladolid, adornado magníficamente con colgaduras de seda y oro, y bien alfombrado, en el cual se puso un sitial para su persona, y al lado bancos ricamente cubiertos para los grandes y los consejeros. Sentado en su silla dió la órden á un escribano de cámara para que hiciera relacion del proceso formado contra los comuneros, y en seguida leer el acta de su perdon. En esta, despues de hacerse mencion de los mas notables delitos cometidos por las comunidades, decia; «que

(1) Un autor de aquellos tiempos calculaba que habian salido de España para Flandes dos mil y quinientos millones de oro, Sandoval, ibid.

de su propio motu, cierta ciencia y deliberada voluntad y poderío real absoluto, perdonaba desde entonces y para siempre jamás à todas las ciudades, villas y lugares, concejos y universidades, y á las personas particulares dellas, de cualquier estado y preeminencia, dignidad, condicion, ó calidad que fueran, eclesiásticas, religiosas y seglares que hubieran incurrido en los crímenes lesæ majestatis, y en todos los otros excesos, levantamientos, sediciones, confederaciones, ligas y conjuraciones contra la corona real; porque su intencion y deliberada voluntad era de perdonarlos todos, del caso mayor al menor, y que ni entonces, ni de allí adelante se procediera ni á pedimento suyo, ni de su procurador fiscal, ni de parte ni de oficio, ú otra manera alguna contra ellos, ni contra sus bienes criminalmente. Que los procesos pendientes á instancia de partes y no sentenciados en cuanto a lo criminal, los anulaba, como si nunca se hubieran hecho ni comenzado. Que quitaba á los procesados, sus hijos y descendientes toda mácula é infamia en que hubieran incurrido por sus delitos. Los reponia en el estado en que estaban antes de haberse comenzado aquellos crímenes, y mandaba devolverles los bienes que por ellos se les hubieran secuestrado, reservando solamente á las partes que hubieran sido agraviadas por ellos el derecho de reclamar civilmente y sin otra pena alguna la restitucion de los bienes de que hubieran sido despojados(1).»>

Tal fué la generosa amnistía concedida por Carlos V á los comuneros, de la cual fueron esceptuados sesenta ú ochenta personas; mas aun á la mayor parte de estas las fué indultando despues, y reponiéndolas en la honra y estimacion que antes tenian.

Para manifestar con mas solemnidad la satisfaccion con que quedaba por aquel acto generoso de su clemencia, mandó que dos dias despues se hiciesen en Valladolid fiestas de cañas y toros, y una justa real, en la que salió él mismo disfrazado, corrió y quebró algunas lanzas con los mas diestros caballeros.

En mayor comprobacion de la sinceridad con que fuè concedida aquella amnistía, puede citarse otro hecho bien notable. Hernando de Avalos, uno de los proscriptos, caballero de Toledo, habia sido uno de los comuneros mas exaltados; pero confiando en la clemencia del emperador, andaba de oculto en la corte para solicitar su indulto. Un consejero que supo donde paraba, pensando hacer un gran servicio, lo delató al emperador, y viendo que no se tomaba providencia para su prision, pareciéndole que no habría entendido su delacion, ó se le habría olvidado aquella noticia, volvió á repetírsela. El emperador le respondió con enfado: «Mejor hubiérades hecho en avisar á Hernando de Avalos que se fuese, que no á mí que lo mandara prénder.» A otros que le decian que eran pocos los ajusticiados, les contestó, basta ya no se derrame mas sangre. Con tan prudente y humana política, aunque era extranjero, supo conquistar bien presto el amor de los españoles, con el cual fue creciendo la paz interior y la prosperidad de que gozaron en su reinado. Todavía fuera mayor y mas duradera, si la viciosa jurisprudencia de aquel tiempo no diera lugar á las desavenencias y discordias lastimosas entre las dos córtes imperial y pontificia.

La prision de Francisco I, rey de Francia, hecha en el año de 1525, habia dado gran pena á Clemente VII y demás soberanos de Europa, cre

(1) Sandoval, historia del emperador Cárlos V, lib. 9, § 30 y sig.

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