Memorial literario instructivo y curioso de la Corte de Madrid, Volumen 19

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En la Imprenta Real, 1790

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Pasajes populares

Página 490 - ... se proceda con arreglo a lo determinado por las leyes a la formación y determinación del proceso, e imposición de la pena correspondiente, según la gravedad y circunstancias del delito, observándose en todo lo que las mismas leyes disponen sobre las causas de los delincuentes de estado libre...
Página 487 - Haciendas, o por estar éstas inmediatas a las Poblaciones, quieran pasarlos al Hospital, deberá contribuir el Dueño para su asistencia con la cuota diaria que señale la Justicia, en el modo y forma prevenido en el capitulo segundo; siendo asimismo de obligación del Dueño costear el entierro del que falleciere.
Página 490 - ... por quien se halle presente a la comisión del delito, deberá el injuriado o persona que lo represente, dar parte a la justicia para que con audiencia del dueño del esclavo, si no lo desampara antes de contestar la demanda y no es interesado en la acusación, y en todos casos con la del procurador síndico, en calidad de protector de los esclavos, se proceda con arreglo a lo determinado por las leyes...
Página 487 - Todos los dueños de esclavos deberán darles habitaciones distintas para los dos sexos, no siendo casados, y que sean cómodas y suficientes para que se liberten de las intemperies, con camas, en alto; mantas o ropa necesaria, y con separación para cada uno, y cuando más dos en un cuarto...
Página 495 - Síndico, se nombre una persona, o personas de carácter y conducta, que tres veces en el año visiten y reconozcan las Haciendas, y se informen de si se observa lo prevenido en esta Instrucción, dando parte de lo que noten, para que actuada la competente justificación, se ponga remedio con audiencia...
Página 482 - ... disposiciones de las leyes insertas en dichas colecciones y mucho menos en las cédulas generales y particulares y ordenanzas municipales aprobadas para diversas provincias, teniendo presente que por esta causa, no obstante lo mandado por mis Augustos Predecesores sobre la educación, trato y ocupación de los esclavos, se han introducido por sus dueños y mayordomos algunos abusos poco conformes y aun opuestos al sistema de la legislación y demás providencias generales y particulares tomadas...
Página 497 - ... a quien anualmente se le deberán remitir, acompañándole testimonio del producto de las multas y de su inversión con los documentos justificativos de cargo y data.
Página 495 - Villa respectiva, promueva el que se indague si los amos o Mayordomos faltan en todo, o en parte a sus respectivas obligaciones, sin que por defecto de justificación de la noticia, o denuncia reservada dada por el Eclesiástico por razón de su ministerio, o por queja de los esclavos, quede responsable...
Página 491 - Caxa de multas, de que después se tratará. Y en caso de que las multas antecedentes no produzcan el debido efecto, y se verificase reincidencia, se procederá contra el culpado a la...
Página 485 - La primera y principal ocupación de los esclavos debe ser la agricultura y demás labores del campo y no los oficios de vida sedentaria...

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