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celona Don Raymundo Berenguer IV, de juntar su
exército á la armada genovesa para la conquista de
Tortosa y de las Baleares, año de 1147.

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N. II. Igual pacto y promesas por parte de los genoveses,
año de 1147.

N. III. Cruzada concedida por el papa Eugenio III á los
que fuesen con el conde de Barcelona á la conquista de
Tortosa, año de 1148.

N. IV. Carta de los cónsules de Pisa al conde de Barcelo-
na solicitando su amistad, recordándole servicios, y
rogándole no favoreciese á los genoveses y se opusiese
á sus intentos, hacia el año de 1150.

N. V. Venta hecha por el cónsul genoves al conde de Bar-
celona de la tercera parte de Tortosa con todas sus
pertenencias, año de 1153

N. VI. Convenio entre Don Alfonso II de Aragon y la
república de Génova, de no admitir á los pisanos en
los puertos de sus respectivos dominios, y concediendo
recíproca seguridad y exênciones á sus súbditos, año
de 1167.
N. VII. Promesa del rey Don Alfonso II á los genoveses
de que si los pisanos ó qualquiera otro, excepto el em-
perador de romanos y su hijo, les hiciesen guerra por
haber ellos ofrecido ayudar á la reyna de Arborea, no ad-
mitiria á los pisanos en sus puertos y haria armar con-
tra ellos, año de 1167.

N. VIII. Renovacion de paz y amistad entre los pisanos y

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el rey Don Alfonso II, año de 1176.
N. IX. Convenio entre el rey Don Alfonso II y los geno-
veses restableciendo su paz y amistad, año de 1186. 164
N. X. Escritura que manifiesta haber salvado los prohom-
bres de Barcelona una nave genovesa que perseguian
los pisanos, y negado á estos los víveres que pidieron
en aquel puerto, si ántes no se obligaban á no causar
daño á los vasallos del rey, ni á los genoveses en to-
da la costa de Barcelona, año de 1204.

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N. XI. Tratado que el rey Don Jayme I hizo con Zayen rey moro de Valencia sobre la entrega de aquella ciudad, año de 1238.

N. XII. Breve del papa Inocencio IV instando al rey Don auxiliase la conquista de la tierra san

Jayme I á que ta, año de 1245. N. XII. Escritura por la que reconoce el rey Don Jayme I haber recibido de la ciudad de Barcelona los 800 sueldos que le habia ofrecido para el viage á la tierra santa, año de 1269. N. XIV. Confirmacion y renovacion por el rey Don Jayme I al arraez de Menorca y sus sucesores, de todas las escrituras relativas á la donacion de aquella isla, al tributo que debia pagarle &c. año de 1275N. XV. Capitulaciones entre el rey Don Alonso III y el arraez del castillo de Menorca sobre la entrega de aquella isla, año de 1286. N. XVI. Őrden de Don Alfonso III permitiendo al maestre de los templarios la extraccion y embarco de caballos, efectos y granos para socorro de la tierra santa, año de 1290

N. XVII. Carta del rey Don Jayme II al de los Mogoles enviándole un embaxador para informarse del estado de la tierra santa, y negociar los medios de ayudar á su reconquista, año de 1293.

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175 N. XVIII. Breve del papa Bonifacio VIII expedido á 5 de Abril de 1297, promulgando entredicho y excomunion contra los que hostilmente invadiesen los reynos de Don Jayme II, mientras se emplease en servicio de la Iglesia y de la tierra santa.

178 N. XIX. Breve dado por el mismo papa á 8 del propio mes

mandando á los obispos de Barcelona y Tortosa entre-
gar al rey Don Jayme 11 para los gastos de la arma-

da

, que debia equipar para el servicio de la Iglesia, los productos de las absoluciones que diesen á los que hubiesen auxiliado ó llevado cosas prohibidas á los

sarracenos de Alexandria.

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N. XX. Prohibicion absoluta del rey Don Jayme II á sus vasallos, baxo pena corporal y pérdida de bienes, de ir á comerciar á Alexandría ó Egipto, año de 1302. 180 N. XXI Pasaporte dado á la nave en que volvia á Alexandría el embaxador que el Soldan de Babilonia habia enviado al rey D. Jayme para tratar de la libertad de varios cautivos, de abrir y reedificar las iglesias &c. año de 1305.

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N. XXII. Breve del papa Juan XXII al rey Don Jayme,
permitiéndole enviar una nave con mercaderías no pro-
hibidas y embaxadores al Soldan de Babilonia, año
de 1317.
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N. XXIII. Bula del mismo Papa permitiendo á Don Jay-
me II enviar una nave con sus embaxadores á Ale-
xandría, ú otra parte de Egipto, para hacer nueva
redencion de cautivos y que pudiese llevar algunas
mercaderías no prohibidas, año de 1321.

N. XXIV. Provision de Don Jayme II concediendo á sus
vasallos embarcarse y llevar dinero y otras cosas en
la nave fletada para llevar los embaxadores que el
rey de Francia enviaba al Soldan de Babilonia, res-
pecto á que el Papa á instancias del mismo rey, y
siendo esta nave de vasallo aragones, permitia que
llevase algunos mercaderes, año de 1327.
N. XXV. Carta de Don Pedro IV aprobando y confir-
mando el nombramiento de cónsul en Siria, Armenia
y demas estados del Soldan de Babilonia, que los con-

selleres de Barcelona habian hecho en Arnaldo de Mar-
celló, año de 1579.

N. XXVI. Privilegios concedidos á la gente de mar por
algunos reyes de Castilla. Por San Fernando en la
Carta-puebla de Sevilla, año de 1250, pág. 189=Por
Don Sancho IV año de 1288, para que los cómitres
de Sevilla sean libres de todos pechos. Extendió esta
gracia á las viudas é hijos de los cómitres Don Alon-

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so XI en 1334. 192 = De Don Fernando IV año
de 1310, para que solo puedan ser juzgados en los
hechos de mar por los alcaldes que ellos elijan, llevan-
do las apelaciones al capitan, y de este al almirante, 194.
De Don Juan I año de 1379, libertando de aloja-
miento y huéspedes las casas de los cómitres de Servi-
lla y las de sus viudas. 198 = Extracto de una or-
den del rey Don Enrique III año de 1398, para que
los navíos de sus vasallos sean preferidos en los fleta-
mentos á los extrangeros. 199 = Cédula del rey Don
Juan II de 26 de Abril de 1452, para que los có-
mitres de Sevilla sean libres y puedan traer armas
para su defensa. 200 = Privilegios de los reyes cató-
licos de 15 de Mayo de 1492, para que no paren
perjuicio á dichos cómitres los repartimientos y ser-
vicios que les tocáron para la guerra de Granada,
ántes bien se les cumplan las exênciones que gozaban

anteriormente, 203.

MEMORIA III. Sobre las apariciones y el culto de Nuestra
Señora de Guadalupe de México, por Don Juan Bau-
tista Muñoz.
Tres clases de hechos que deben distinguirse para la creen-
cia: juicio ó duda que ha de dárseles: número 1 = Re-
lacion de las apariciones de Nuestra Señora de Gua-
dalupe, segun Don Mariano Fernandez de Echever-
ría y Veitia. 2 á 9 = Conformidad substancial de es-
ta relacion con la de otros historiadores. 10 = Hasta
mediados del siglo XVII no se publicó relacion al-
guna de este suceso extraordinario, ni noticia alguna
en los autores, cartas y documentos. II = Prueba to
mada del silencio del Padre Torquemada. 12 = Silen-
cio del Padre Luis de Cisneros. 13 = La semilla de
la narracion de las apariciones empezó á echarse á
principios del siglo XVII, y llegó á perfeccion há-
cia fines del mismo. 14 Particularidades inventa-
Tom- V.

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das en los últimos tiempos. Juicio de Becerra Tanco sobre ellas. 15 = Noticias auténticas de lo que se entendia en México en 1531, segun carta del Virey Don Martin Enriquez. 16 y 17 = Orígen y motivo de haberse fabricado la hermita en el cerro de Tepeyacac, y causa de concurrir á ella con devocion los naturales, segun el Padre Sahagun que residió allí desde 1529. 18 y 19 Cómo nació la tradicion popular de las apariciones, segun se infiere de un pasage del Padre Sahagun adulterado por Cabrera, 20. Apoyan estas dos conjeturas dos inscripciones, una mexicana y otra castellana, modernas y llenas de errores. 21 Errores de un testamento moderno en que se hace mencion de la aparicion de la Virgen de Guadalupe. 22 Modo con que pudo empezar el cuento por una pintura. 23= Conjetura de que nació en la imaginacion de los indios por los años de 1629 á 34, Y motivo que dió ocasion á que se propagase. 24 = Circunspeccion, reserva ó desconfianza que mostró la silla apostólica sobre las apariciones, en el decreto de 2 de Julio de 1757. 25 = Cómo fué creciendo y purificándose el culto á la Virgen de Guadalupe. Fábrica primitiva de la iglesia y aumentos que fué recibiendo. 26 Aumento de la poblacion de Guadalupe. Parroquia, cura y capellanes para su servicio. Quantiosas limosnas que recibe. Erígese en colegiata. Dotaciones del abad, canónigos y demas empleados ; el pueblo pasó á ser villa independiente. La Virgen de Gua dalupe jurada patrona de México en 1737 y de Nueva-España en 1747. En 1754 se concedió rezo propio, el que despues se extendió á todos los dominios del rey. 27= Alhajas que enriquecen el templo. El culto que se dá á la Virgen desde los años próximos á la conquista es justo y razonable y no tiene que ver con la opinion de las apariciones, 28.

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