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Episcopus Cordubensis (que era el presidente del Consejo), Licenciatus Zapata, Ferdinandus Tello Licenciatus, Licenciatus Muxica, doctor Carvajal, Licenciatus de Santiago: registrada etc. (1).

Desde este tiempo hasta el año 1518, casi todas las memorias que tenemos del Sr. Carvajal se le deben al mismo en los Anales, que acompañan; y pudiéndose leer

(1) En Lucio Marineo Siculo (Hist. de reb. Hispan., lib. 21, fol. 126, edition. Complutens., ann. 1530) está celebrado-Fernandus Tellius Licenciatus, vir ingenio magnus et genere nobilis, patria hispalensis. Segun lo cual parece era de los Tellos, familia ilustre de Sevilla. Vivia todavía (aunque á mi entender jubilado, á principios de enero de 1521, y tenia una hija casada en Valladolid con Andrés de Ribera, Caballero Regidor de la ciudad y á la sazon Alcaide de la fortaleza de Fuentes de Valdeopero cerca de Palencia, donde en aquel tiempo revuelto de guerras civiles los sorprendió á todos tres y á su familia una mañana aquel loco obispo de Zamora D. Antonio de Acuña; y habiéndolos hecho prisioneros, los envió á Valladolid á disposicion de la Junta de las Comunidades (Sandov. Hist. de Cárlos V, lib. 8, §. 14, tom. 1.o). En Lucio Marinio Siculo (donde arriba) están nombrados con elogio de su literatura los demás consejeros, que aun lo eran el año 1517 en tiempo del gobierno del cardenal Ximenez, Zapata, Muxica (guipuzcoano), nuestro Carvajal y otros que allí podrán verse. En cuyo género de esplendidez otros habrá habido mas escasos que este escritor siciliano, el cual conoció á. pocos que no alabase, aun á algunos fuera de la marca de sus méritos. Como forastero necesitó buscar la gracia de los naturales por la afectacion de un linaje de un génio así captatorio. De que proviene que los elogios de su historia no hayan podido deslumbrar á los prudentes conocedores de su patria, donde como en todas habia por entonces bueno y malo. ¿Qué mas quisiéramos los españoles que hallar verificados por aquel tiempo unos mayores tan buenos y tan santos como él nos los pinta al lib. 5, fol. 22, cap. de Hispanorum sobrietate et aliis virtutibus? Bueno fuera haberlos tenido así; pero entretanto habrémos de esperar testimonios de mas gravedad, y no deslumbrarnos en las funciones de un mero parásito en esta parte.

en ellos, seria duplicidad repetirlas. Véase en el prólogo donde asegura que despues que murió la Reina en Medina del Campo el año 1504, hasta que el Rey falleció en Madrigalejo el dia 23 de enero de 1516, nunca se apartó de su compañía. Refiere haber intervenido en los testamentos de uno y otro; y en dicho año 1516, cuando el Rey habia de otorgar el suyo, la consulta que hizo secreta al licenciado Zapata, á él, que eran sus relatores refrendarios y de su Consejo de la Cámara, y al licenciado Vargas, su tesorero, sobre el modo de disponerle con la mayor prudencia y acierto como en efecto se logró dándole ellos la instruccion conveniente, que el capít. 2 de aquel año individualiza muy por menor. En el 3 cuenta la junta que hicieron en la misma casa donde el Rey murió luego al punto que espiró S. A. sobre el modo de entenderse con el dean de Lovaina, que habia venido á estar á la vista de todo y á representar á su amo el sucesor y Príncipe D. Carlos, el cual se hallaba distante de allí; y como habiéndose resuelto darle parte de la muerte del Rey é invitarle al acto de la apertura del testamento, fueron nombrados para llevarle esta legacía el mismo señor Carvajal y el licenciado Vargas, que caminando de noche, por la mañana le hallaron en el camino, y el doctor Carvajal fué el ponente, haciéndole una relacion, circunstanciada.

En el cap. 10 dice, cuando se supo que el Príncipe sucesor, sin embargo del dictámen contrario del Consejo, habia tomado en Flandes título de Rey de Castilla y Leon, viviendo la propietaria Reina, su madre, y pudiendo esto no parecer bien á los Reinos, por no degradarle ni desagradarse ya en tal estado, fué mencster persuadir y afectar que esto era lo conveniente y útil en las cir

cunstancias. Y como para dictar las razones que luego se habian de motivar en una provision pública, anunciando á los Reinos esta resolucion, y que no la extrañasen, era necesario mandárselas discurrir á un labio muy persuasivo y elocuente; dieron los gobernadores y el Consejo esta comision al doctor Galindez Carvajal, como al que entre ellos sobresalia mas en estas prendas; el cual en desempeño mostró bien la facilidad con que en ciertos casos las cosas inciertas se podian aparentar ciertas con el auxilio de una fucada retórica, dictándolo la necesidad y la paz de toda una monarquía. Por fin, él intervino por su ministerio en casi todos los sucesos de estos años, y en el de 1517 á principios de octubre, él mismo se cuenta caminando con su compañero el licenciado Zapata á recibir el Príncipe D. Cárlos á Aguilar de Campo cuando vino la primera vez á estos reinos á coronarse, con lo demás que les sucedió y se tocará adelante. En 16 de diciembre del año siguiente 1518, once meses despues de haberle jurado, estando el Consejo en Avila, libró allí la cédula sobrecarta impresa en las ordenanzas de la chancillería de Valladolid, lib. 1.o, tít. 2, fol. 25, para que el presidente y oidores no se advocasen las causas criminales. Y uno de los consejeros que la firman es el doctor Carvajal.

Pasemos ya á ver sus adelantamientos en la historia. En este ramo además de la genealogía de su linaje que hemos dicho escribió el señor Galindez el año 1505 (sobre que no tenemos que añadir) conociendo la falta que hacian las crónicas, que no estaban publicadas de algunos reinados anteriores, para que los ministros de gobierno las tuviesen presentes y todos los demás se aprovechasen de sus luces, emprendió el arreglo y correc

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cion de ellas para darlas á la imprenta á beneficio público. Eran estas crónicas no publicadas las de los Reyes D. Enrique III, D. Juan II, (mas dilatada que todas) D. Enrique IV y de los mismos Reyes Católicos, ninguna de ellas concluida por el autor que la emprendió, menos las dos encontradas de D. Enrique IV, la una de Diego Enriquez del Castillo, su capellan y apasionado, y la otra del clérigo Alonso de Palencia su enemigo. Y así dice Zurita en el prólogo al libro de las Emiendas. "El « doctor Lorenzo Galindez de Carvajal, postreramente en tiempo del Rey Católico se hizo censor y juez para en« mendar los escritos de los coronistas que fueron de los « Reyes D. Juan el II y Don Enrique su hijo, que por le: «tras y autoridad lo podia muy bien ser." No habia de haber dicho solo censor y juez, sino en parte tambien editor. Pero la expresion del mismo señor Galindez en el prólogo á su edicion de la del Rey D. Juan II (de que hablarémos) es que procede "no como cronista, que este « nombre quede á los autores ya dichos (diranse luego) « que fueron varones prudentes y graves y de grande au«< toridad, y á otros, que esto dignamente tenian por principal oficio; mas si mis trabajos tal nombre merecen, • como censor de las otras corónicas de estos reinos y << desta, porque asi me fué mandado, que las corrigiese " y emendase (1)."

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(1) De este encargo que tuvo el Sr. Galindez han hablado los señores Cerdá, Llaguno y Sempere: el 1. en su Plan para la nueva edicion de las crónicas publicada en Madrid sin su nombre año 1778, pág. 2: el 2.o en el Prólogo á la del Rey D. Pedro publicada allí el año siguiente, página 4: y el 3.o en su Bibliot. de escritor. del reinado de Cárlos III, tom. 3.o, pág. 149, y no cabe la duda que dice el primero de estos eruditos sobre si fué Fernando el Católico, ó Cárlos V su nieto, quien se le hizo; pues el

Entre estas crónicas no publicadas eligió para empezar la de D. Juan Il como mas difusa y de mayor número de varios y encontrados sucesos; ó porque, como él dice, empieza por ella la cuarta parte ó cuarta época de las crónicas. Por el largo reinado de aquel Rey esta sola se levanta unos cuarenta y ocho años, la mitad casi de un siglo; con que, hecho el trabajo de esta, poco mas quedaba para todas las otras. Esta crónica habia sido escrita por muchos y á pedazos, tomándolo unos donde lo dejaron los otros ó como á cada cual le pareció; y lo que acaso es peor, sintiendo de diverso modo en muchos puntos peligrosos de los que dan ó quitan fama, los cuales no debieran opinarse, sino referirse por los historiadores sinceramente como pasaron, dejando el juicio á los prudentes y sabios, porque en una misma historia esta conducta trae á los venideros y que han de distar del tiempo del suceso para no poderle averiguar á fondo con testigos de probidad á la sazon existentes, el inconveniente, gravísimo que ya apuntó Josefo, de dejarles en lugar de claridad una grande confusion: magnam confusionem querentibus veritatem reliquerunt.

Alvar García de Santa María, hermano, no hijo (1)

Emperador aun no habia llegado á España al tiempo que ya tenia bajo la prensa en Logroño la Crónica de D. Juan II y Claros varones de Guzman con sus correcciones y adiciones. Fué, pues, el autor de esta ilustre providencia del Rey Católico, y por tal se debe predicar con preferencia al nieto.

(1) El moderno editor valenciano de la Crónica del Rey Don Juan II, de que aquí se va hablando, hallándole bien nombrado en el texto de ella al año 1444, cap 13, pág. 481, col. 2 de su edicion y en todas, hermano de D. Pablo obispo de Búrgos, y con el elogio, que era hombre de muy grande autoridad, é de muy buen saber, lo corrigió al pié poniendo la nota debe decir hijo. E hijo le

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