año siguiente 1518, en XVI folios. Se reimprimió despues en Sevilla con otras composiciones del autor, año de 1546, segun el P. Sarmiento: y tercera vez en Alcalá á diligencia de su hijo Don Sancho de Castilla, abad deCabañas, capellan del Rey D. Felipe II, año de 1564; no 1554 como se lée en la Biblioteca de D. Nicolás Antonio, acaso por error mas de la imprenta que suyo. En todas tres ediciones (que son las únicas de que tengo noticia) acompaña á este, otro tratado del mismo autor, titulado―Teórica de las virtudes en coplas de arle humilde con comento, dividido en VII partes. Este fué dedicado por él á su hermano D. Alonso de Castilla, obispo de Calahorra, cuyas memorias son célebres en Gil Gonzalez Tejada, y especialmente en Cascales cuando refiere sus ascendientes. Abraza XXIX folios. Siguen el Tratado de Amicicia: el Diálogo entre la miseria humana y el consuelo; y la Inquisicion de la felicidad por metáfora (todos poéticos que hacen subir el libro á 38 folios. Este se acabó de imprimir la primera vez en Murcia por el mismo Jorge Costilla á 4 de agosto de 1518, y siempre corrió encuadernado con el antecedente, hasta que despues fueron incluidos bajo una misma edicion en las dos que he insinuado. Esta primera se debe haber hecho rara, pues no hallo quien diga haberla visto, siendo así que la tengo en las manos, como puede conocerse por mi informe. A no ser el P. Sarmiento que parece vió la segunda, y es el único en quien hallo noticia della, los demás todos recurren á la tercera que debe ser mas comun. Esta cita el P. Fernando de Avila, esta Nuñez de Castro, esta el Dr. Domer. , pues, D. Francisco de Castilla en la ci Lo que dice, pues, tada Práctica, hablando del Rey D. Pedro su ascendiente, y del Rey D. Enrique II, fol. 14 de la 1.a edicion, es esto que se sigue. El gran Rey D. Pedro que el vulgo reprueba No curo daquellas, mas yo me remito Por ella nos muestra la culpa y delito Pues sumo los Reyes preclaros, no quiero caer en la culpa de malos jueces que privan la fama de buenos á veces Don Pedro en Castilla por ser justiciero Por buen fundamento de benignidad Presume el vasallo cobrar libertad mediante sus fuerzas no siendo obediente y así los supremos darán justamente castigo de muerte por ley de verdad. Segun la grandeza de su corazon y esfuerzo en las armas y ardid en la guerra ganára del Rey de Granada la tierra si no lo estorbára su misma nacion. Y porque su fama no tenga razon sospecha diciendo, que hago mi parte prosigo mostrando su gran estandarte que va por las tierras del Rey de Aragon. Ganó Tarazona y Ariza y el Muel y Calatayud, Cariñena y la Muela; ganó Guardamar y con ella Orihuela, tambien á Molviedro, Segorve y Teruel. De sus hijos presos en Soria y Curiel deciende el linaje que es hoy de Castilla despues quen aquella fraterna rencilla fenece su vida por trato en Montiel. EL REY DON ENRIQUE EL SEGUNDO. Del Rey D. Enrique Segundo conviene que diga los dotes que tuvo á natura largueza y esfuerzo, solercia y cordura le dieron la fama preclara que tiene. Los mas de los Grandes quel reino sosteine con ricos estados de gran patrimonio de sus gratitudes darán testimonio por bien que su turvia sequela condone. Con lengua de Tulio, con verso de Ovidio. con prosa elegante de Quintiliano, si fuera posible, quisiera mi mano hacelle escusable de su fratricidio. Con sus valedores secaces yo lidio quen crímen de lesa Real Majestad propuestas las honras y fidelidad cayeron culpados en tal homicidio. Si Duque, ni Conde, Marqués ni Prefeto rehuye el dominio de su Soberano legítimo, entiendo, no digo tirano, no salva su culpa con su Rey eleto. Los súbditos fieles ternan por decreto seguir á sus Reyes con toda obediencia si no la tuvieren en prestando paciencia serán retratados de culpa y defeto. Conozcan sus faltas aquellos culpados Las ricas Potencias y grandes Estados no saben ni quieren vivir sojuzgados. ¿QUÉ JUICIO MErece el presenTE TESTIMONIO de este autor? Este exámen es preciso en cada uno de los testigos que deponen en el proceso contra el señor Ayala, siguiendo el buen órden de los juicios forenses en que se hace el mismo escrutinio, y tanto se crée á los testigos examinados cuanto ellos merecen se les crea segun sus excepciones ó sus circunstancias. Empezando, pues, por el presente como el primero de todos en órden, se debe considerar que ya nos viene tachado lo uno por doméstico y lo otro por principal interesado en la causa. El mismo se reconoce con esta excepcion, y por ella de poco influjo en este negocio, pues se le ha oido decir en la 5. octava Y porque su fama no tenga razon Y en la siguiente: De sus hijos presos en Soria y Curiel deciende el linaje ques hoy en Castilla, Reconócelo tambien (como luego verémos) su sobrino el dean de Toledo D. Diego de Castilla, cuando citó las coplas callando su nombre, porque no desmereciesen publicándose de autor tan parcial y doméstico. Aun el P. Fernando de Avila el mas acérrimo, y acaso el mas ingenioso y hábil apologista que ha tenido el Rey D. Pedro con todo lo que favorece á los Castillas, y procura deprimir la autoridad de Ayala, conoció que D. Francisco era un testigo muy débil. Habiendo copiado sus tres primeras octavas, pág. 55 de su Arbitrio entre el Marte Francés y las vindicias gálicas, prosigue número 213: No niego que D. Francisco de Castilla era testigo apasionado y sospechoso por ser tercero nieto del Rey D. Pedro. |