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la reina doña Sancha su madre. Fué este príncipe muy valeroso y de gran cortesía y mesura, y el primero de los reyes de Aragon, que mereció el renombre de Católico,

justicia, repartió las mas de aquellas rentas entre los ricos hombres, y dióselas por juro de heredad; y de setecientas caballerías que habia en aquel tiempo en el reino, ó se dieron por el rey, ó se enagenaron y vendieron, que no quedaron sino ciento y treinta. Con esto, como los ricos hombres comenzaron á atender á lo particular, fueron perdiendo de su autoridad y preeminencia, y se fué cada dia mas fundando la jurisdiccion del justicia de Aragon, que en el tiempo de las guerras pasadas, y en la conquista de los moros, no podia tener tanta fuerza y autoridad como en tiempo de paz. Llamábanle entonces el justicia mayor, y nó de Aragon, y desde que era nombrado y proveido por el rey, no se acostumbraba revocar del cargo que tenia, sino por muy justa causa, ó culpa, que mereciese pena, y solia juzgar en presencia del rey, ó por órden suya, estando ausente, y para cualquiera sentencia definitiva 6 interlocutoria, el rey y todos los demás barones (debajo de cuyo nombre se entendian los obispos, y los caudillos de los caballeros, que llamaban ricos hombres) que se hallaban en corte presentes, deliberaban sobre la tal sentencia en general, y declarabase lo que el rey y la mayor parte de los barones determinaban, para que el justicia mayor del reino lo pronunciase. Desta sentencia se podia apelar para el rey, y siendo por él determinado, ó por otro por su mandado, si el rey queria, podia haber recurso de aquella segunda sentencia á su persona real por via de suplicacion, y si era causa, que tocaba al rey, no habia de asistir al consejo. De manera que lo que quedaba á los ricos hombres era esta autoridad de ser, no solo del consejo del rey en todos los negocios que se ofrecian, pero principalmente todas las ciudades, y villas del reino, así mayores como menores, se les señalaban para el sueldo de los caballeros, que eran sus vasallos, y ellos nombraban en las ciudades los zalmedinas, que eran jueces ordinarios, y en las villas sus bailes, y cuanto se iba disminuyendo de las caba

CAP. LXIV.-Que los ricos hombres dejaron el señorio que tenian en feudo en las principales ciudades del reino, y se cometió la jurisdiccion al justicia de Aragon. Hubo en tiempo deste príncipe gran mudanza en el estado del reino, perdiendo los ricos hombres la mayor parte de la preeminencia y jurisdiccion que tenian; la cual se fué adquiriendo á la jurisdiccion del justicia de Aragon. Esto fué, que por dejar los ricos hombres estados á sus sucesores por patrimonio y juro de heredad, perdiendo la preeminencia que tenian, siendo señores en todos los feudos que llamaba honores, y aunque aquellos se trocaban muy fácilmente, como al rey parecia; pero no se podian repartir sino entre ellos mismos, y despues de su muerte entre sus hijos y parientes mas cercanos, que sucedian de los primeros conquistadores; y eran los mas principales, y de mayor nobleza, á quien llamaron ricos hombres. Estos tenian el señorío en todas las principales ciudades y villas del reino, como se iban ganando de los infieles, y se repartian entre ellos las rentas, para que las distribuyesen entre los caballeros que ordinariamente se acaudillaban por los ricos hombres, y se llamaban sus vasallos, aunque estaba en su mano despedirse, y seguir al rico hombre que quisiesen; y aquel sueldo y beneficio militar que llevaba el caballero, del rico hombre, se llamó en Aragon honor. Por aquella órden ninguna cosa podia hacer el rey en paz, ni en guerra, que no fuese por acuerdo y consejo de sus ricos hombres; y aunque su principal jurisdiccion, era ser como capitanes de las ciudades, y villas que tenian en honor, y estos cargos se mudaban ordinariamente; pero tenia á❘ su mano toda la caballería de su reino, y los caballeros con poder seguir á quien mejor les estuviese, eran mas estimados y favorecidos, y siempre era preferi-llerías, iban perdiendo en su jurisdiccion, y llamaban do el mas valeroso. Con esto estaban las cosas de la guerra muy en órden, y podian mas las armas; y los ricos hombres eran los principales en el consejo, y por quien se gobernaba todo, y llamarse señores en las principales ciudades del reino, tenia orígen de los tiempos antiguos en el imperio romano, que llamaban señores, no solamente á los mas ancianos, pero á los que eran mayores en señorío. Pero como lo de Cataluña, y lo que hoy se llama Aragon, se hubiese ganado de los moros, y la conquista se fuese estrechando por los reyes de Castilla, y por nuestras fronteras, atendian los ricos hombres mas á dejar estado á sus des cendientes por patrimonio y juro de heredad, que á conservarse en la preeminencia que tuvieron sus antecesores en la paz y la guerra, y curaron poco de la jurisdiccion y señorío que tenian sus honores, porque aquello era mas administracion y cargo de gobierno, y procuraron de heredarse en las rentas que eran feudales, y de honor, para dejarlas perpetuamente á sus sucesores, y el rey tomó á su mano la juris-los infanzones, como escribe Vidal de Cañellas, obispo diccion ordinaria y extraordinaria. Esto se introdujo desde el principio de su reinado, y cuando tomó los honores á su mano en las primeras cortes que tuvo en Daroca, para repartirlas entre los ricos hombres, como era costumbre, pareciendo que era mas autoridad de su jurisdiccion real quitarles el señorío que tenian en las principales ciudades del reino, que como está dicho, no era otro, que gobierno y administracion de

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entonces villas mayores á Calatayud, Daroca, Teruel, Ejea, Borja, Barbastro, Uncastillo. Despues desta jurisdiccion real, que estaba fundada con esta órden, habia otra de grande autoridad, que era la del mayordomo del rey y del reino, que tenia en el consejo v juzgado, despues del rey el principal lugar, y podia conocer de todas las causas y querellas, así de los infanzones, como de los otros, salvo en ciertos casos del estado de los infanzones, que se reservaban al conocimiento del rey. Pero siempre el mayordomo, en lo que juzgaba, tomaba por su acompañado al justicia mayor del reino, ó otro juez de los que estaban puestos por el rey en las ciudades y villas reales, y tenía esta preeminencia, que en cualquiera ciudad ó villa, á donde se hallaba elmayordomo, habia de cesar el juicio y determinacion de las causas, si él lo mandaba. Conservóse en este reino mas que en otro de España, desde lo muy antiguo el nombre de infanzones, que señalaba nobleza de muy gran linaje, y tuvo principio del nombre de

de Huesca, que fué el mas grave autor que hubo en todo este reino, en declarar sus leyes cuando se establecieron en tiempo del rey don Jaime el primero, que son las primeras que se hallan deste tiempo. Este autor, que es tan grave, escribe, que así como á los hijos de los reyes en su niñez y primeros años, era costumbre en España de llamar los infantes, y aunque no alcanzasen la dignidad de rey, se quedaban

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con aquel nombre, y de allí se siguió que los que por razon de su origen merecian ser reyes y no lo podian ser, no to stendo, se llamasen infantes, como leemos de los de Lara y Carrion, que por ser del mas alto linaje que habia en Castilla y suceder de los reyes, los llamaron infantes, y por esta causa á los que sucedian de tales linajes y casas, afirma este autor, que por la costumbre de España llamaron infanzones, como descendientes de infantes, y corrompido el vocablo se dijeron ermunios, como libres y exentos de todo género de servicio, y despues quedó este nombre á todos los que gozaban desta franqueza, diferenciándolos de los que pechaban, que llamaron en este reino de signo servicio, y fueron despues en Aragon los infanzones el mismo estado y condicion de gente, que allá en Cataluña llamaron hombres de paraje y en el reino de Castilla y Leon hijos dalgo. Por este camino todo lo que se fué adquiriendo en particular por los ricos hombres, lo iban perdiendo los caballeros y la gente de guerra, con quien ellos eran obligados á repartir las rentas de sus honores, que llamaban caballerías, y se fué cada dia mas fundando la jurisdiccion del justicia de Aragon, cuando mas se iban asentando las cosas del rei no, y se subreseía en las armas, y se tuvo aquel magistrado como muro y defensa contra toda opresion y fuerza, así de los reyes, como de los ricos hombres, que dieron autoridad y fuerzas á este magistrado, para impedir que no se hiciese violencia ni agravio ninguno. Porque como juzgaban, que los que podian suceder de allí adelante en el reino, no serian siempre tales, ni tan excelentes príncipes como los que se elegian con acuerdo y voluntad de todos, y temian, que con ambicion é insolencia quebrantarian todos sus fueros y costumbres, atendieron con suma diligencia á establecer y fundar ley, que tuviese perpétuamente vigor y fuerzas, y hablase con una misma voz, á quien obedeciesen todos generalmente sin eximir á ninguno, porque ni el uso de muy luengos siglos, que suele ser el enmendador y reformador de las leyes, pudiese derogaria, y ordenaron que este magistrado estuviese tan atado y constreñido á resistir á toda fuerza é injusticia, con remedios jurídicos y necesarios, que no le hallaron otro nombre mas conveniente que el de la misma justicia, porque fuese amparo y defensa de todos. Los que han tratado del origen deste magistrado, le comparan á la tribunicia potestad de la república romana, y á los eforos del reino de Lacedemonia, porque tiene con ellos harta semejanza, y por su causa se refrena y modera el pueblo, y como en la guerra al capitan siempre se le representa que va á su riesgo y corre el mayor peligro, y los soldados no tienen tanta cuenta con lo que aventuran, de la misma manera el pueblo incitado y revuelto, faltándole caudillo, no considera los peligros, y lijeramente se arroja, y no solo no huye las ocasiones, pero busca las mayores di ficultades; mas estando debajo de maestro como de ayo, casi siempre es semejante al que le rige, y así los que instituyeron este magistrado, tuvieron gran cuenta con que no fuese sedicioso este oficio, como lo fué el de los tribunos del pueblo romano, que eran los caudillos de todas las revueltas y deliberaciones del pueblo, y se proveyó que el justicia de Aragon fuese caballero y se nombrase por el rey, y nó por votos ni ambicion popular, y fué tanto mas necesario remedio, cuanto eran en aquellos tiempos mas roderosos los ricos hombres, que no quedaron tan

contentos con lo que se les daba, que no lo pretendiesen todo, y así de aquí adelante los reyes tuvieron cuenta con hacer nuevos estados, y dar gran lugar á los caballeros que eran de su casa y sus privados, que por esta causa llamaron mesnaderos, á quien se dieron rentas, para que ellos las repar tiesen entre los caballeros que les pareciesen, y se llamaron caballerías de mesnada; aunque esto fué con gran sentimiento de los ricos hombres, que pretendian que no se podian repartir sino entre ellos.

CAP. LXV.-De la diferencia que hubo entre la reina doña Maria y don Guillen de Mompeller su hermano, sobre el señorio de Mompeller.

La reina doña María mujer del rey don Pedro, en esta sazon estaba en Roma, á donde habia ido por la causa del divorcio, y despues que tuvo sentencia en su favor, se detuvo por razon de un pleito que le habia movido Guillen de Mompeller su hermano, al cual hubo el señor de Mompeller en doña Inés hija de un rico hombre de Castilla, con la cual se casó, siendo viva su primera mujer, hija del emperador de Constantinopla, madre de la reina, y pretendia que debía suceder en el señorío de Mompeller á su padre por ser varon. Este pleito se trató ante el papa Inocencio, y la reina defendia su derecho, diciendo ser su hermano bastardo, nacido de matrimonio no legitimo, y así fué declarado por decretal del papa, por la cual fueron dados los hijos del señor de Mompeller y de doña Inés por bastardos y nacidos en adulterio. Eran los hijos del señor de Mompeller, Guillen de Mompeller y don Bernardo Guillen, y á don Bernardo Guillen dió el rey don Jaime gran estado en su reino, y le casó con doña Jusiana, hija de Ponce Ugo, hermano del conde de Ampurias, que por caute de la madre era del linaje de Entenza. Tuvo otro hijo el señor de Mompeller, que se crió en casa del rey don Pedro y se llamó Ramon de Mompeller, y creo que es éste el que en la historia del rey don Jaime se dice que le llamaban Tortoseta.

CAP. LXVI. De la embajada que los ricos hombres de Aragon y Cataluña enviaron al papa y de la venida del legado apostólico á Cataluña y como fué jurado el infante por los catalanes y aragoneses en cortes.

Despues de la batalla, en la cual murió el rey don Pedro, don Nuño Sanchez y don Guillen de Moncada, don Guillen vizconde de Cardona, padre de don Ramon Folch, y los ricos hombres de Cataluña y Aragon, que allí se hallaron, comenzaron á acaudillar sus gentes, y hacer guerra al conde de Monforte desde Narbona y de otros lugares de aquella comarca, y de parte del reino de Aragon y Cataluña, enviaron á don Jimeno Cornel, á don Guillen de Cervera y al maestre del Temple, y á un caballero que se crió en la casa del rey don Pedro, á quien él había hecho mucha merced, que se llamaba don Pedro Ahones, para suplicar al papa mandase les fuese entregado el infante, pues era su rey y señor natural, que al tiempo de la muerte del rey su padre estaba en Carcasona, á donde el conde Simon de Monforte le mandaba criar; y si el conde no le quisiese dar, don Pedro Ahones desafiase al conde, y le reptase de traidor en nombre de toda la tierra. Fué tambien enviado, segun el arzobispo don Rodrigo escribe al papa, para solicitar se entregase la persona del infante á los suyos, Hispan obispo de Albarracin, que en este hecho

gentes de su opinion, teniendo esperanza en la division que habia entre los ricos hombres que se apoderarian de la mayor parte de la tierra, porque cada uno dellos tenia fin de reinar. Fueron allí celebradas cortes, y considerada la edad del infante, y las alteraciones y guerras que habia en el reino, trató el legado que todos hiciesen homenaje, y prestasen juramento de fidelidad al infante, aunque segun el legado escribe al conde de Monforte, no se hallaba en memoria de aquellos tiempos que aragoneses ni catalanes, de ningun estado 6 condicion que fuesen, hubiesen hecho esta salva ó juramento á ninguno de los reyes y condes pasados, y desde entonces se introdujo esta costumbre, que se guardó con los reyes que despues sucedieron, confirmando primero, y jurando ellos de guardar los fueros, usos y costumbres, y otros privilegios que sus predecesores habian otorgado. Juntos en el palacio real juraron, que le tendrian y obedecerian por rey, y defenderian su persona y estado, teniéndole en los brazos Aspargo arzobispo de Tarragona, que era del linaje de la Barca, muy conjunto en parentesco con el rey. Despues de concluidas las cortes, entendió el legado con gran diligencia en apaciguar las disensiones y discordias que habia entre los ricos hombres y caballeros, y entre algunos pueblos del reino, y que fuese nom

fué muy gran parte, y fué enviado segun algunos autores escriben, á instancia de don Pedro Fernandez de Azagra señor de Albarrazin, que con gran solicitud procuró su deliberacion, porque don Sancho, conde de Rosellon, y el infante don Fernando, tios del rey, andaban alterando y conmoviendo la gente del reino, pensando cada uno que le competia la suce→ sion del reino; no embargante que estaba ya declarado, que el matrimonio de la reina doña María habia | sido segun órden y disposicion de la Iglesia, y tenian puesto en division y bando los ricos hombres y ciuda des del reino. Los que seguían la parte del infante, querian que se declarase por legítimo sucesor en el reino; y aunque el rey don Alonso su padre le habia dedicado para la Iglesia, y era abad de Montaragon, y llevaba las rentas eclesiásticas, él se trataba como muy aficionado á las armas, y seguíanle los mas de los ricos hombres de Aragon. Otros tomaron la voz del conde don Sancho, que pretendia ser el legítimo sucesor. Pero don Pedro Fernandez, que fué hijo de don Fernan Ruiz, y las mismas ciudades y villas del reino resistian á su pretension, teniendo por legítimo sucesor al in- | fante don Jaime. El papa por estorbar los inconvenientes y daños que se podian seguir, no se entregando el infante á sus naturales, cometió este negocio á Pedro Benaventano diacono cardenal, legado apostólico, quebrado procurador y lugarteniente general, durante la por el mismo tiempo habia tenido en Mompeller concilio provincial, en el cual concurrieron los arzobispos de Narbona, Aux, Ebrun, Arles y Achs, y veinte y ocho obispos, y gran número de abades y prelados de otras iglesias: y proveyó sus letras con grandes censuras, para que el conde Simon de Monforte entregase la persona del infante. En aquel concilio se deliberó, que se diese al conde Simon de Monforte la ciudad de Tolosa, que se habia puesto en mano del legado, y otras ciudades y castillos, , y todos en conformidad eligieron al conde por príncipe y señor de toda aquella tierra; y por esta causa enviaron al papa Inocencio al arzobispo de Ebrun, para que suplicase en su nombre, que confirmase la eleccion. Entonces por medio de este legado mandó el papa al conde Simon de Monforte, que diese al infante para que se trujese á su reino, y se pusiese en fiel guarda de sus súbditos, recibiendo primero de ellos juramento de fidelidad que guardarian su persona y estado. Fué traido el infante hasta Narbona, á donde le salieron á recibir muchos de los ricos hombres de Cataluña, y todos los síndicos de las ciudades y villas. Era segun en su historia se escribe, en aquella sazon, de edad de seis años y cuatro meses; y vino el legado con él, y trajo juntamente consigo á don Ramon Berenguer, conde de la Proenza su primo, hijo del conde don Alonso, que tambien era de muy poca edad, y pareció que se criasen juntos. Llegados à Cataluña en el año de mil doscientos y catorce, el legado entendió en apaciguar algunos escándalos y alteraciones que habia en la tierra; y de acuerdo de los prelados y ricos hombres fué determinado que se llamasen todos los aragoneses y catalanes á cortes á la ciudad de Lérida, en nombre del infante, y para esto se hicieron nuevos sellos, á donde llegó el legado con el infante, y con el conde de la Proenza, antes de la fiesta de nuestra Señora de agosto, y fueron recibidos con gran regocijo del pueblo. Concurrieron todos los prelados, ricos hombres, varones y caballeros, y diez personas de cada una de las ciudades, villas y lugares principales, excepto el conde don Sancho, y el infante don Fernando tios del infante, que andaban en asonadas con las

menor edad del rey, y en proveer las fronteras contra los moros, y porque se entendió que el infante don Fernando y el conde don Sancho pretendian apoderarse del rey desde que entraron en Cataluña, se determinaron, que la crianza y guarda de su persona se encomendase al maestre del Temple, que se decia Guillen de Monredon, y era natural de Osona y maestre de aquella órden en Aragon y Cataluña, y así se hizo, y llevaron al rey á Monzon para que lo tuviese en el castillo, que era muy fuerte, con el conde de la Proenza su primo, que era entonces de edad de nueve años. Entónces, segun se refiere en la historia antigua de Aragon, nombró el legado tres gobernadores, y el uno fué para Cataluña, y los otros para este reino, y se concordó, que el uno destos dos tuviese el gobierno de las ciudades y villas que hay desde Ebro hasta los montes Pirineos, y éste, escribe aquel autor, que fué don Pedro Abones, y el otro gobernase la tierra desta parte del rio hasta Castilla, con las fronteras que tenian contra los moros, y que éste fué don Pedro Fernandez de Azagra, y que sobre todos fué nombrado por procurador general el conde don Sancho, y que esto se ordenó con consentimiento de los pueblos. En el mismo tiempo los que tenian el gobierno de Zaragoza, se concordaron con don Sancho rey de Navarra, para que pudiesen entrar libremente los del un reino al otro, porque no se hiciesen guerra sin que interviniese en ella el rey don Jaime. Murió don Alonso rey de Castilla, segun parece en anales antiguos á cinco del mes de octubre deste año, y el postrero del mismo mes falleció la reina doña Leonor su mujer, y quedó sucesor en el reino de Castilla y de Toledo don Enrique su hijo de muy poca edad, y fué el primero deste nombre que se le dió por Enrique rey de Inglaterra su abuelo, padre de la reina doña Leonor su madre. En el reino de Leon y Galicia reina ba don Alonso su tio, que estaba casado con la reina doña Berenguela hermana del mismo rey don Enrique. Este rey de Leon despues de la paz que asentó con el rey don Alonso su primo, habia entrado por las fronteras de su reino á correr tierras de moros, llevando consigo á don Diego Lopez de Haro,

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