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que restaba para la deliberacion del príncipe de Saler- | guardar y cumplir, porque la princesa de Salerno no no: para lo que estaba acordado que se viesen él y

se pusiese en rehenes, y el rey de Aragon vino en estos medios. Fué acordado, que se entregasen luego al rey de Aragon Luis y Roberto, hijos del príncipe, y veinte y tres mil marcos de plata: y en lugar de Ra→ mon Berenguer y por los homenajes y castillos, y por las sesenta rebenes de la Proenza, que se habian de entregar al rey de Aragon, y por siete mil marcos de plata que restaban, á cumplimiento de treinta mil, que se debian dar dentro de tres meses, despues que el príncipe fuese puesto en su libertad. En seguridad de todo esto, el rey de Inglaterra puso en rehenes treinta y seis gentiles honi bres de su reino y cuarenta ciudadanos, y se entregaron al rey de Aragon: y prestó el rey de Inglaterra solemne juramento, de no partir de Gascuña, ni de los otros señoríos que tenian en tierra firme: y en caso que pasasen á Inglaterra, daria cuatro grandes de los mas principales de su reino, para que todos estuviesen en rehenes, con las mismas condiciones y pactos que habian de estar detenidos los proenzales, hasta que Ramon Berenguer hijo del príncipe, y los caballeros y lugares de la Proenza se pusiesen en poder del rey de Aragon, y se pagasen los siete mil marcos de plata. La paga deste dinero y la entrega de las rehenes habia de ser en Santa Cristina, que está mas adelante de Campfranch, á las vertientes de los montes, ó en Ainsa, ó donde el rey de Inglaterra eligiese: y para mayor seguridad y firmeza que aquello se cumpliria, fué entre los reyes concordado, que el vizconde de Bearne obligase al rey de Aragon el estado y señorío que tenia en Cataluña, exceptuando Castelvell de Rosanes con sus términos. Tambien por su parte se obligó el príncipe de poner dentro de diez meses en poder del rey de Aragon á su hijo Carlos, que era el primogénito, so la pena de cincuenta mil marcos, que fué declarada en la capitulacion de Oloron : y demás desta suma, cuando no se entregase, habia de pagar setenta mil marcos: y á esto se obligó tambien el rey de Inglaterra, y fué declarado, que la persona de Carlos se entregase entre el Coll de Panizas, Junquera, ó en Santa Cristina: y allí habia de recibir el príncipe á don Ramon Berenguer, de suerte que quedasen tan solamente en rehenes en poder del rey de Aragon, los tres hijos mayores del príncipe que eran Carlos, Luis, y Roberto. Habíase de poner en uno de aquellos lugares el príncipe de Salerno, en caso que por no cumplir lo capitulado volviese á su prision, como estaba ordenado: y quedando el príncipe en poder del rey don Alonso, se habian de poner allí en su libertad sus hijos, y restituir el dinero. Mas no alcanzando de la sede apostólica y del rey de Francia y de Carlos de Valois su hermano, y de sus aliados, la tregua de tres años, que fué concordada en el asiento de Oloron, y en caso que no volviese el príncipe á la prision, fué declarado, que las personas de las rehenes quedasen á merced del rey, con el señorío de la Proenza: y mas cincuenta mil marcos de plata, los cuales en caso que se pusiese su hijo primogénito en poder del rey de

el rey de Inglaterra en Campfranch. Fué enviado Pedro Martinez de Artasona al rey de Francia con poder para firmar la tregua, y envióse salvo conducto para que el rey de Inglaterra y los hijos del príncipe pu→ diesen entrar en el reino de Aragon con toda seguridad. Mas atendido que se diferia entregar los rehenes que se habian de dar al rey y en poner en su poder las fortalezas y los lugares de la Proenza, y se ponian por los proenzales mismos diversos estorbos: y no se tenia esperanza de poderse bien resolver, hasta que el príncipe estuviese en su libertad, y aun porque Ramon Berenguer su hijo, que era uno de las rehenes que se daban al rey de Aragon, estaba en aquella sazon muy doliente y en gran peligro de su vida, no se podia traer de la Proenza donde estaba, ni poner en camino: se trató con el rey de Inglaterra, que en su lugar y de los sesenta caballeros proenzales, hiciese entregar à la princesa de Salerno y dos caballeros que eran sobrinos del rey Eduardo, el uno hijo del conde Lirtajuan, y el otro un primo hermano suyo heredero de la casa de Valenza, y á un hijo del conde de Bar, y otro del señor de Licivia, que así se nombra en los mismos asientos: puesto que yo creo, que el heredero de aquella casa era de la de Clarencia: y con estos señores se habian de poner en rehenes otros barones, y gentiles hombres ingleses y de Gascuña, hasta en aquel mismo número. Finalmente se concertaron las vistas, para deliberar en esto, que fuesen en Campfranch, lugar puesto en la cumbre de los Pirineos, á los mismos confines de España y Bearne, y dentro de los límites del reino de Aragon: y el rey de Inglaterra, que estaba con grande deseo de la concor→ dia destos príncipes, sin parar en Campfranch, se vino á Jaca, y entró en aquella ciudad un viernes á diez del mes de setiembre á la tarde. Otro dia por la mañana, entraron en Jaca los arzobispos de Monreal y Ravena, legados de la sede apostólica y presentaron Luego al rey de Aragon una letra del papa, la cual en suma proponia mas amenazas que favores, para animarle á la concordia; que atendido, que tenia preso en su poder por justa guerra á Carlos hijo primogénito del rey de Sicilia, le amonestaba, que luego le pusiese en su libertad y cesase de dar favor y ayuda á su hermano don Jaime, y á los que tenian ocupada la isla de Sicilia: y que dentro de seis meses, despues de la presentacion de aquellas letras, compareciese ante la sede apostólica, para estar á lo que ordenase: por que de otra manera le certificaba, que se procederia contra él por las armas espirituales y temporales, segun la calidad del negocio lo requeria. Estas letras se despacharon en Roma, á quince del mes de marzo, deste año, pocos dias despues de su eleccion, y los legados se detuvieron hasta esta sazon, entendiendo que serian gran parte para inducirle á la deliberacion del príncipe, y trataron de los medios que parecieron ser mas iguales, para que se pusiese el príncipe, sin mas dilacion, en libertad. Volvieron los reyes á Camp-Aragon, dentro del término de los diez meses, quedafranch, á donde fue llevado el príncipe, para que en su presencia se tratase de los medios de la seguridad y firmeza que era necesaria, para que fuese guardado lo que se capituló en Oloron : y como era negocio tan árduo y grande, y en que dependia tanta parte de la paz de la cristiandad, detuviéronse muchos dias en conformarse. Ante todas cosas aprobó el asiento y concórdia que se firmó en Oloron por los reyes, y juró de lo

ban obligados al rey por razon de la tregua de los tres años, y tambien por la ratificacion y seguro de la sede apostólica, que habia de alcanzar el príncipe dentro de un año, para que se tuviese por cierto, que se revocaria la donacion é investidura que se concedió por el papa Martin á Carlos de Valois: porque este príncipe estaba tan puesto en conservarse en el título que tenia de rey, que pensaba sacar alguna buena parte destos

vino á poder del rey de Aragon Ramon Berenguer: y aunque hay variedad entre muy graves autores an tiguos cerca del nombre de los hijos del príncipe, que se dieron en rehenes al rey de Aragon, mas lo cierto es esto. Tambien se entregaron luego las rehenes del rey de Inglaterra, y por esto el príncipe fué allí en Campfranch puesto en su libertad. Entonces partieron por mandado del rey á la Proenza, Ramon de Reus, arcediano de Ribagorza, y Ramon de Molina, y llevaban poder para nombrar los caballeros de la Proenza y Folcalquer, que se daban en rehenes: y habian de visitar á Ramon Berenguer, y en caso que no estuviesen para partir, habian de traer informacion del impedi→ mento. En estas vistas se concertó el matrimonio de Leonor hija mayor del rey Eduardo, con el rey de Aragon, lo cual fué procurado por el rey de Inglaterra, pareciéndole, que este deudo le era muy provechoso para favorecerse de la casa de Aragon contra el rey de Francia, y el rey se aficionó mucho á efectuarlo, por convenirle por la misma razon la amistad de aquel príncipe, y por contemplacion de la reina doña Leonor mujer del rey Eduardo, que fué hija del rey don Fernando, que ganó á Córdoba y Sevilla, y de la reina doña Juana su segunda mujer y única hija de Sil mon conde de Pontis, y fué esta reina doña Leonor muy excelente princesa. Despedidas las vistas, el rey de Inglaterra llevó consigo al príncipe de Salerno, y el rey se volvió á Jaca, donde quedó don Alonso bijo del infante don Fernando, ya con título y dignidad real, y juntos se vinieron para Daroca: porque se trató de mover la guerra por aquellas fronteras contra el rey de Castilla, y con ellos iban el vizconde de Bearne, y don Diego Lopez de Haro señor de Vizcaya, y don Diego su tio.

reinos con favor de la Iglesia. Usóse de otra cautela | pusieron en rehenes fueron Luis y Roberto, y despuesen estos artículos, que he querido referir tan particularmente, porque se entienda, con cuanta sutileza se trataban en aquellos tiempos semejantes negocios, que hicieron jurar al rey de Aragon, que tendria en depósito aquel dinero, que se le habia de entregar, y que no gastaria parte de los treinta mil marcos de plata, ni permitiria que se tocase á ellos hasta tanto que el príncipe hubiese incidido en la pena. Fué tambien concordado, que el príncipe diese tregua al rey por tres años desde el dia de su deliberacion adelante por todos sus estados y señoríos: y declaróse, que en caso que Ramon Berenguer muriese, el príncipe pusiese en rehenes su hijo el cuarto: y por aquella causa no fuesen detenidas todas las rehenes del rey de Inglaterra, sino solas quince, y estas fuesen las que el rey de Aragon escogiese, y quedasen en su poder hasta que el hijo del príncipe fuese entregado, y si Carlos Martelo, que era el hijo mayor del príncipe, muriese dentro de los diez meses, sucediese en su lugar como primogé nito Luis, y restasen Roberto y Ramon Berenguer sus hermanos en aquel mismo estado y condicion que entonces quedaban Luis y Roberto. Esto fué jurado por el rey de Aragon, y por los ricos hombres de su consejo, y por los procuradores de la ciudad de Barcelona, Lérida, Huesca, Jaca, Girona, Cervera, Momblanc y Villafranca: y el príncipe se obligó de renovar la jura dentro de tres dias, despues que estuviese con el rey de Inglaterra en Gascuña en su libertad. Juró todo lo contenido en estos artículos ante Jos reyes, en el palacio donde el rey de Aragon posaba, á veinte y nueve del mes de octubre deste año de mil doscientos ochenta y ocho. Tuvo el príncipe de Salerno de la princesa María su mujer, hija de Estevan quinto rey de Ungría, siete hijos varones y cinco hijas: el primero se llamó Carlos Martelo, que fué rey de Ungría, y tuvo por el derecho y sucesion de aquel reino grandes guerras, que duraron para él y sus sucesores luengos tiempos. El segundo fué Luis, que despues renunció el siglo y entró en religion, en la orden de los frailes menores, y fué obispo de Tolosa, y por su santa vida y gran religion fué puesto en el número de los santos. Roberto duque de Calabria fué en órden el tercero, y sucedió despues en los principados de Capua y Salerno, y en los ducados de Pulla y Calabria, y se intituló rey de Jerusalen y Sicilia. Fué el cuarto Ramon Berenguer, que pretendió su→ ceder en el condado de la Proenza, y tras esto Filipo - príncipe de Taranto y Juan príncipe de la Morea y duque de Durazo, y Pedro que fué conde de Gravina. De las hijas, la primera, que se llamó Clemencia, casó con Carlos de Valois, hermano de Filipo rey de Francia, y llevó en dole el condado de Anjous. Otras tres que fueron Blanca, Leonor y María, casaron todas en la casa de Aragon: las dos primeras con los dos reyes hermanos, que fueron don Jaime y don Fadrique : y María casó con el infante don Sancho, que fué rey de Mallorca: y despues de la muerte del rey su marido, casó segunda vez con don Jaime, señor de Ejérica, que fué nieto de don Jaime señor de Ejérica, hijo del rey don Jaime : y por parte de su madre que fué doña Beatriz de Lauria, era tambien nieto del almirante Roger de Lauria. La quinta fué madama Beatriz, que casó con Azo marqués de Ferrara, y despues con Beltran de Baucio conde de Monte Escayoso, y no dejando hijos deste matrimonio, tercera vez casó con Umberto delfin de Viena. Destos hijos los que luego se

CAP. CV.-Que el rey mandó desafiar al rey de Castilla, y de la embajada que se envió al papa.

Estando el rey en Daroca á siete del mes de diciem→ bre deste año, y con él don Alonso hijo del infante don Fernando, y don Gaston vizconde de Bearne y don Diego Lopez de Haro, para mover la guerra contra el rey don Sancho, contra quien se confederaron, ratificaron de nuevo la concordia que entre sí tenian, y juraron, que en ningun tiempo harian paz ni concordia con don Sancho, sino en conformidad de todos, y dello se hicieron pleito homenaje. De allí escribió el rey de Aragon á muchos ricos hombres y caballeros, y ciudades de los reinos de Castilla y Leon, publicando la empresa que había tomado, y ofreciendo, que si siguiesen á don Alonso, rey que llamaban de Castilla, contra don Sancho su tio, y tomasen su voz, haria merced de las villas y rentas que hubiesen tenido aquellos á quien se quitaron en tiempo del rey don Alonso su abuelo, de la misma suerte que las poseyeron y gozaron en su vida, obligándose el rey de Aragon, que se les cumplirian cualesquiera privilegios y gracias que les concediese don Alonso. Por este tiempo el rey don Sancho se vió con don Dionis rey de Portugal en Sabulgar, adonde hubo sospecha que se confederaron, y que el rey don Dionis le hizo oferta de socorro y ayuda contra el rey de Aragon su cuñado. Entretanto que lo de la guerra se ponia en orden, partió el rey de Daroca para Valencia: y mediado el mes de diciembre, desde Teruel envió con un caballero de su casa llamado Pedro de Aivar, à desafiar al rey de Castilla: el cual fué con otro caballero de don

Artal de Alagon al obispo don Fortuño de Vergua: y se entregasen á los de la union los castillos de Játiva, Ujon y Monclús, que aun no se habian dado á los alcaides que los debian tener, y se pagasen las tenencias de aqueHos castillos, y de los otros que estaban ya en su poder, y se restituyesen luego las expoliaciones notorias, y señaladamente aquellas que se habian sentenciado por el justicia de Aragon, con consejo de la corte, y pusieron otras demandas de particulares agravios y quejas que habia en el reino. Siendo enviados estos mensajeros por este efecto á ocho de marzo del año de mił doscientos ochenta y nueve, se ayuntaron los ricos hombres y caballeros, y los procuradores de las ciudades y villas de la jura, y determinaron, que atento que los castillos que se pusieron por parte del rey en rehenes, y se entregaron á los de la union, habian recaido en su libre disposicion, para hacer dellos á sú voluntad, pues el rey no habia llamado, ni mandado ayuntar la corte en Zaragoza en la fiesta de Todos Santos pasada, ni habia hecho jurar á los consejos de los lugares, cuyos eran los castillos, las cosas que debian guardar: y tambien porque no mandaba guardar el fuero de Aragon en el reino de Valencia, y las sentencias dadas por el justicia de Aragon con consejo de la corte no se ejecutaban, y habiéndole señalado consejeros, con parecer de los cuales debia gobernar y proveer las cosas del estado de sus reinos, y sin su consejo mandó soltar al príncipe de Salerno, y desafiaron al rey de Castilla, y se envió solemne embajada á la corte romana, y se innovaron otras cosas de muy grande peligro y perjuicio del reino, lo cual sin su consejo no se debiera hacer, y por estas causas se obligaron aquellos castillos en rehenes, por todas estas razones se diesen y librasen los castillos, á quien los tuviese en nombre de todo el reino. En esta determinacion se resolvieron aquellos ricos hombres, que á esto se habian

Alonso, que iba para el mismo efecto y estando en la ciudad de Palencia, en nombre de ambos desafiaron al rey don Sancho y á todos los de su opinion y valía, con término de treinta dias, dentro de los cuales se apercibiesen y pusiesen en guarda los lugares de las fronteras, y el rey de Castilla con otros dos caballeros les envió su desafío, en nombre de los reinos de Castilla y Leon: y el rey de Aragon en aquel auto usó de un comedimiento que en la carta que lle→ vaba Pedro de Aivar, de creencia, no quitaba al rey don Sancho el nombre y título de rey, por no estar aun fuera de su amistad, ni haberle desafiado hasta entónces. Tenia el rey llamadas cortes generales de todos sus reinos y señoríos, para la villa de Monzon, por tratar principalmente cerca de lo que tocaba á la paz y concordia general y como no se le dió salvo conducto del papa, para enviar sus embajadores solemnes, como era necesario, y no podian ir seguramente por causa de las gentes del rey de Francia, envió con un caballero de su casa, llamado Ramon de Riaria, á suplicar al papa, tuviese por bien de prorogar aquel término que los legados le señalaron, para que compareciese en la curia romana: y dende á pocos días fueron con la embajada don Galcerán de Timor, don Gilabert de Cruillas, micer Pedro Costa y micer Bernardo Guillen de Pinels, de su consejo. A éstos se dió comision, que en caso que pareciese á los letrados de Barcelona, que el rey debia, conforme á derecho, ofrecer de estar á juicio y determinacion del papa y de la sede apostólica, que ellos en su nombre se obligasen, que ante él proseguiria su justicia en la corte romana. Llegado el rey á Valencia, tuvo aviso de los embajadores que fuéron á la Proenza, de la dolencia de Ramon Berenguer, y que con grande instancia le pedia y rogaba el príncipe, que en su lugar tuviese por bien de recibir quince caballeros de los mas principales de la Proenza allende de los otros setenta, hasta la fiesta de la Resurreccion : por-juntado, que eran don Bernardo Guillen de Entenza, que para entonces se le entregaria, si estuviese para ello y puesto que en el consejo del rey hubo grande duda, de lo que cerca desto se debia proveer, porque el príncipe no escribió sobre ello, túvolo el rey por bien no innovando en los otros términos, principal mente del año, dentro del cual, despues de la deliberacion del príncipe, habia de ser entregado su hijo primogénito.

CAP. CVI. De la declaracion que hicieron los de la
union, para que se jurase el fuero de Aragon en el
reino de Valencia, á los ricos hombres, mesnaderos y
caballeros, que lo quisiesen seguir, y hubiese un ma-
gistrado que fuese justicia general de aquel reino.
En la ausencia que el rey hizo de Aragon, al tiempo
que fué à Valencia, dejó por procurador del reino, co-
mo se llamaba entonces, al infante don Pedro su her-
mano y mientras se ponian en órden las cosas de la
guerra y la gente se iba juntando, los de la union que
estaban en Zaragoza, enviaron á don Pedro Jordan de
Peña, señor de Arenos, Gil de Vidaure, Juan Bernal-
do y Miguel Lopez de Lovera, para que suplicasen al
rey, que mandase á los jueces y oficiales del reino de
Valencia, que guardasen los fueros y costumbres del
reino de Aragon, á todos los naturales y habitadores
de aquel reino, segun se contenia en el privilegio que
sobre esto habia otorgado y jurado y mandase luego
restituir la villa y castillo de Albalate del Obispo, al ca-
pítulo de la iglesia mayor de Zaragoza y se hiciese en-
mienda de los daños que se hicieron por la gente de don

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don Pedro Fernandez señor de Ijar, don Pedro Cornel, don Jimeno de Urrea, don Pedro Jordan de Peña, y los jurados y consejo de Zaragoza, y se obligaron en conformidad, que ayudarian por todo su poder á las personas á quien los castillos se entregasen, en nom→ bre del reino : y que seguirian una misma voz y consejo sobre esta querella, y se dieron rehenes. Don Bernardo Guillen de Entenza puso en rehenes á Bernardo Guillen su hijo, don Jimeno de Urrea á Jimeno de Urrea su hijo, don Pedro Fernandez señor de ljar en su nombre, y por don Pedro Jordan de Peña, á Pedro Fernandez su hijo, don Pedro Cornel à doña Urraca Artal su hija y los jurados y consejo de Zaragoza pusieron á Juan Gil, hijo de Guillen de Lison, Ramon hijo de Arnaldo Aimerique y á don Baldovin hijo de Gil Baldovin. Pusiéronse estas rehenes con tal condicion, que el que contra aquello fuese, quedase por traidor manifiesto, y fuesen destruidas sus personas y bienes; declarando que les quedase reservado, que en caso que el rey cumpliese aquellas demandas, le pudiesen dar por libre, cuanto á haber incurrido en perder los castillos, y quedasen como primero obligados á la ejecucion de lo concedido por los privilegios de la union, haciendo el rey primero mudar los oficiales de su casa, y mandando revocar todas las donaciones de las villas y heredamientos que hizo en los reinos de Aragon y Valencia, y en el condado de Ribagorza, despues que el rey don Pedro su padre murió. Declaraban que estuviesen obligados los castillos hasta que le compeliesen á jurar y guardar el fuero de Aragon en

Roberto hijos del príncipe estuviesen en el castillo de Siurana, con solos tres caballeros franceses de su servicio: y se dió cargo de su guarda á doce caballeros como le tuvieron de la persona del príncipe su padre: y mandó el rey que el castillo se entregase por Bernardo de Mompahon, que lo tenia, á Bernardo de Peratallada, en nombre de don Gilabert de Cruillas su padre, haciendo homenaje á Bernardo de Mompahon que se lo restituiria despues que los hijos del príncipe estuviesen en libertad. Los veinte caballeros, rehenes de Marsella, se pusieron en Barcelona, y los de quince años abajo se encomendaron á ciudadanos, y los otros se incluyeron en el castillo nuevo dentro en la misma ciudad con sus guardas, y las sesenta rehenes y otras que se entregaron por ciertas villas de la Proenza, se repartieron en Lérida y Momblanch, y estuvieron con guardas á buen recaudo.

CAP. CVIII. De las personas que se eligieron para el consejo del rey y para oficiales de su casa y de los lugares que siguieron en el reino de Valencia el fuero de Aragon. Partió el rey de Valencia para Zaragoza en fin del mes de enero, y siendo ayuntados los ricos hombres y caballeros y procuradores de las villas de la union en la iglesia de San Salvador, en presencia del rey, dieron por escrito las mismas demandas, y el rey las tuvo por justas, y juró de las cumplir á consejo de los mismos de la union. Despues á instancia y requerimiento del rey se nombraron algunos ricos hombres y caba→ lleros, para que asistiesen ordinariamente á su conse

el reino de Valencia, y entonces moderaron que no se juzgase por él generalmente, como ántes pretendian: sino á los ricos hombres, mesnaderos y caballeros, y á las personas que lo quisiesen seguir y guardar, teniendo en ellos tal órden, que los ricos hombres que estaban heredados en el reino de Valencia, que entonces se hallaban en Zaragoza presentes á estos ordenamientos, eligiesen de los caballeros é infanzones heredados en el mismo reino, y pusiesen uno en cada ciudad 6 villa donde hubiese justicia, y fuesen como asesores, para que juntamente con los justicias, jurasen de guardar y ejercer el fuero de Aragon en su jurisdiccion á los ricos hombres y caballeros, y otras personas heredadas en aquel reino, que lo quisiesen seguir, y á sus gentes y criados, hasta la fiesta de Navidad siguiente. Cumplido aquel tiempo los ricos hombres del reino habian de hacer eleccion de otras personas de los caballeros é infanzones heredados en aquel reino, y los que fuesen elegidos por ellos ó por la mayor parte, se confirmasen por el rey ó por su procurador del reino de Valencia en su ausencia, y fuesen justicias de aquella ciudad ó villa donde fuesen elegidos, y jurasen de guardar y ejercer los fueros, usos y costumbres del reino de Aragon en todo el reino de Valencia á los ricos hombres y personas que por ellos quisiesen ser juzgados hasta la otra fiesta de Navidad. Habíase de dar á cada uno un asesor, cual fuese nombrado por el consejo de la misma villa 6 lu gar donde fuese justicia. Desta misma manera cuando los vecinos de las ciudades ó villas de aquel reino fuesen justicias, cada uno dellos habia de tener por ase-jo: y juraron de aconsejarle bien y lealmente á provesor un caballero ó infanzon, cual fuese elegido y nombrado por los ricos hombres ó por la mayor parte de llos. Fué acordado que siempre que á los ricos hombres bien visto fuese, se congregasen consejos generales en la ciudad de Valencia y en cada una de las villas y lugares del reino, y al consejo que quisiese ser juzgado por fuero de Aragon, le fuese jurado y guardado de la misma manera que á los ricos hombres y caballeros é infanzones del reino de Valencia, y á sus criados y allegados. Si por ventura, habiéndose ayuntado consejo, la mayor parte no quisiese recibir el fuero de Aragon, ni ser juzgado por él, de allí adelante nunca lo pudiesen tener: ni los de la jura de la union del reino de Aragon fuesen obligados de procurar que les fuese jurado ó guardado. Para saber cuáles de los consejos del reino de Valencia querian haber fuero de Aragon, se determinó que fuesen enviados á ello dog caballeros ú otras dos personas naturales del reino, sin sospecha, y en presencia dellos se juntasen los consejos: y proveyeron que los ricos hombres de Valencia que entonces estaban en Zaragoza, nombrasen dos caballeros heredados en aquel reino, y el rey eligiese uno por justicia general del reino de Valencia, y conociese de los pleitos de apelaciones de aquel reino por fuero de Aragon.

CAP. CVII.-Que Luis y Roberto, hijos del principe de Salerno se pusieron en el castillo de Siurana, y las rehenes que se trujeron de la Proenza serepartieron en Barcelona, Lérida y Momblanch.

Estando el rey en Valencia, vinieron á su corte embajadores del príncipe de Salerno, que fueron un varon llamado Ramon de Porceleto y un religioso que se decia fray Bernardo de la órden de Cister, y trujeron las sesenta rehenes de la Proenza, y otros veinte caballeros de Marsella. Entonces se dió órden que Luis y

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cho y utilidad del reino, en aquellos casos y en todos los otros hechos y negocios en que fuesen por él requeridos. Los que fueron nombrados para esto eran don Pedro señor de Ayerve, don Pedro Fernandez señor de Ijar, don Bernardo Guillen de Entenza, don Pedro Cornel, don Jimeno de Urrea, don Pedro Jordan de Peña señor de Arenos, Amor Dionis, Jimeno Cornel, don Juan de Vidaure en nombre de don Jaime, señor de Ejérica, Pedro Jimenez de Iranzo en lugar de don Jaime Perez señor de Segorbe, hermano del rey. De los mesnaderos don Guillen de Alcalá señor de Quinto, don Gil de Vidaure, don Jimen Perez de Pina. Hecha esta jura, y tomado asiento en las demandas y agravios, aquellos mismos ricos hombres y personas que estaban en esta junta, eligieron oficiales que tuviesen cargo del gobierno del reino de Aragon y de Ribagorza, y de la casa y servicio del rey, y fueron presentados por los de la corte al rey, y por él se admitieron en posesion de sus oficios en esta manera. Don Miguel Jimenez de Urrea, rico y poderoso hombre, fué nombrado por canciller, y Martin Perez de Huesca juez de la casa del rey, Iñigo Lopez de Jaca por tesorero, y Juan de Figueras repostero y camarero, Arnaldo de Aimerich escribano de racion, y en otros oficios de la casa Ponce Baldovin, Estevan de Marcuello, Miguel de Faraz, Aznar de Luesia y Ruiz Sanchez de Vergas portero mayor, y Gil Martinez de Atienza alguacil. Pero en lo general del reino se nombraron personas que tuviesen cargo de seguir los malhechores y castigar los delitos por sus provincias, que llamaban sobrejunteros, y fueron señalados estos caballeros. En la sobrejuntería de Alcañiz, Pedro Maza de las Cellas: en la de Tarazona, Rui Sanchez de Pomar: en Jaca, Garci Garces de A razuri: en Sobrarbe y Ribagorza, don Gombal de Entenza: en la sobrejuntería, que llamaban de Transduerta, don Gombal de Tramacet: y

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CAP. CIX.-De la entrada del rey de Aragon en Castilla, y de la batalla que venció don Diego Lopez de Haro á Rui Paez de Sotomayor.

por sobrejuntero de todo el reino de Valencia fué nombrado Martin Ruiz de Foces: y este caballero en todos los negocios que ocurriesen, habia de usar de su jurisdiccion, como los sobrejunteros de Aragon, que tenian muy ampliada jurisdiccion en sus provincias. Fué ordenado en esta junta, que las personas del consejo del rey que se nombraron por la corte y union, quedasen en el consejo del rey y usasen de su oficio, como en el privilegio se contenia, hasta la primera corte general que se habia de congregar en Zaragoza: y de allí adelante fuesen elegidos otros por la corte. Los que entonces se nombraron de los ricos hombres, fueron don Pedro Fernandez señor de Ijar y don Jimeno de Urrea: y de los mesnaderos Gil de Vidaure, y Pedro Maza de las Cellas, Jimen Perez de Pina y Alonso de Castelnou, y de los caballeros Jimen Perez de Salanova y Fortun Sanchez de Vera, y por el reino de Valencia asistian en la corte dos caballeros, que eran Sancho Perez de Lienda y Gonzalo Jimenez de Pancisa. Por Zaragoza Juan Bernardo y Miguel Lopez de Lobera, y Arnaldo de Luch, y sendos procurado- | res de las ciudades del reino que tenian voto en las cortes. Estos determinaron, que atendido que el rey no podia ir al reino de Valencia por la guerra que se habia de hacer al rey de Castilla, para ordenar que se cumpliese allí lo que tocaba á la observancia del fuero de Aragon, que el rey mandase dar á los de la union los castillos de Morella y Murviedro, con tal condicion, que si de allí á la pascua del Espíritu Santo siguiente, no hubiese mandado jurar á los oficiales del reino de Valencia y á las ciudades y villas de aquel reino que juzgarian por el fuero de Aragon, y le guardarian inviolablemente segun estaba ordenado, y el rey lo habia jurado, y no se cumpliese que el rey fuese personalmente á mandarlo ejecutar. Con esto tambien proveyeron y ordenaron que los que tuviesen aquellos castillos y los otros que se entregaron á los de la union, pudiesen forzar y apremiar á los rebeldes del reino de Valencia, haciendo guerra de los mismos castillos con el rey y sin él, hasta compelir á que jurasen los oficiales. Pero esto tardó mucho en asentarse, y quedaron declarados los lugares y villas que siguieron nuestro fuero y estuvieron debajo del hasta nuestros tiempos. Estos fueron del val de Chelva, Chelva, Orijilla, Domenjo, Aguillas, Tueja, Berujet, Sinarcas, y de la baronía de Arenos, Villa-hermosa, la puebla de Arenos, Zucaria, Ludient, el castillo de Villamalef, Torrechiva, Espadilia y Balat. De la baronía de Ejérica, Bivel, la villa del Toro, Caudel, Novalichas, Benafer, Pina las Barracas: seguia el mismo fuero, la tenencia de Alcalaten, con sus villas y lugares, que son Lucena, el Alcora, las Useras, Chodes, Figueruelas, las Torrecellas: y tambien con estos el lugar de Almazora, la puebla de Benaguacil, y Benaguacil: segun pareció por investigacion y reconocimiento que se mandó hacer en nuestros tiempos en las cortes que el rey don Carlos tuvo á los aragoneses, al principio de su reinado. Juntamente con estos estatutos fué proveido, que se basteciesen los castillos de la frontera de Aragon, contra Castilla y Navarra, especialmente Tarazona, Sos, Tiermas y Salvatierra, y la corona del Vayo, a donde mandaron subir todos los de la villa: y se proveyó gente en los lugares y castillos mas comarcanos, que estaban en defensa: y sacaron la gente de los que no se podian defender, y se entraron con los ganados la tierra á dentro.

En los principios de la guerra entre Aragon y Castilla, don Alonso que se llamaba rey de Castilla y Leon, se confederó con Alamir Mahomat Abenazar, rey de Granada: porque se obligó de hacer guerra contra el rey don Sancho, y el rey de Aragon se aseguró que la concordia que entre ellos se firmaba, le seria guardada y se cumpliria: y le ayudaria con todo su poder guardando el rey de Granada lo que estaba entre ellos capitulado. No pasaron muchos dias despues que don Alonso tomó el título de rey, que murió don Diego Lopez, de Haro señor de Vizcaya, hijo del conde don Lope, que era principal de los ricos hombres de Castilla, de los declarados contra el rey don Sancho, que estaba ya apoderado del señorío de Vizcaya, y cobró los castillos de la corona real, que se encomendaron al conde en tenencia. Luego el rey de Castilla mandó hacer llamamiento general de los caballeros é hijosdalgo de sus reinos, y proveyó que se juntasen con él en Almazan, á donde concurrieron grandes compañías de gentes de armas, y ginetes, y mucho número de peones, y se juntó un grueso ejército. El rey de Aragon y don Alonso, y el vizconde de Bearne partieron de Zaragoza para Calatayud en fin de abril, á donde estaban juntos muchos ricos hombres y gente de caballo, y las compañías de las ciudades y villas destos reinos. Entonces estando en aquella villa de Calatayud, á veinte y seis dias del mes de junio considerando don Alonso que el rey de Aragon era el que hacia la guerra á su enemigo con toda su pujanza, y que sin su ayuda por otra via no podria salir con aquella empresa, y que en ella ponia su persona y estado, en reconocimiento desto hizo al rey de Aragon donacion del reino de Murcia, con las ciudades de Murcia y Cartajena, y esto se hizo con gran secreto, que no intervinieron en esto sino dos caballeros vasallos del rey de Aragon, que eran Pedro Martinez de Artasona y Fernan Perez de Pina: y dos notarios que testificaron la donacion. Toda esta gente y la que se iba juntando, que cada dia llegaba de Cataluña y del reino de Valencia, se repartió por los lugares de aquella frontera: y el rey se pasó á Terrer, a donde dió orden que se hiciese alarde de la gente con determinacion de apresurar la entrada en Castilla. Por este mismo tiempo el rey don Sancho tenia concertado de verse con el rey de Francia en Bayona, y dejó en su lugar por capitan general de toda la gente, que se habia juntado en aquellas fronteras contra Aragon, á don Alonso hermano de la reina doña María su mujer: Y por principales de su consejo á don Juan Alonso de Haro y á don Juan Fernandez de Limia y viniéronse acercando á la frontera, hasta llegar á Montagudo. El ejército del rey de Aragon pasó de Hariza á Monreal, y en aquellos lugares estuvieron ambos ejércitos bien juntos, mas de veinte dias, poniéndose en órden para la batalla. Refiere el autor de la historia del rey don Sancho, que el rey de Francia se escusaba de venir á verse con el rey de Castilla, porque entendió, que tenia la guerra en discrimen de llegar á batalla y que quiso esperar lo que de aquella jornada sucederia, y por esta causa fué forzado el rey don Sancho volverse á su real; pero lo que parece cierto es, que se vieron ambos reyes en Bayona, y allí se confederaron de manera, que el rey de Francia desistió de dar favor á

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