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cantes de azúcar obtienen á lo mas de dá 8 p.g (1) de azúcar moscavado y 2 á 3 p. 8 de miel sobre el peso de la caña cuando esta planta contiene 18 p. 8 de azúcar puro.

,,Hay pues, y todo el mundo conviene en esto, importantes mejoras que aplicar á estă industria. Sin pretender que sea menester aplicar á ella los aparatos de coccion mas o menos ingeniosos que se han inventado en Francia, y sin que sea aun menester renunciar á la accion directa del fuego sobre las calderas de evaporacion, creo que se obtendria ya una mejora sensible en el rendimiento del azúcar si se llegase á establecer inversamente la disposicion de los aparatos actuales; llevando ràpidamente el guarapo á la ebullicion al salir del trapiche se impediria su fermentacion ulterior: el principio fermentable destruido á los 609 6 709 (1679 1890 F.) se podria luego trabajar con toda seguridad. Se ha visto que el guarapo que ha servido para mis esperiencias no ha pasado por otra prepara

cion.

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El guarapo, pues, llegaria á la caldera espuesta primero á la acción inmediata de la llama y colocada sobre el hogar: el jugo defecado pasaria despues á las otras siguiendo un órden inverso del que se ha adoptado hasta aqui, y el cocimiento se terminaria en la mas lejana. Tal es el principio sobre el cual deberia descanzar la construccion de los trenes de los ingenios: en cuanto á la aplicacion de este principio, y en cuanto á las dificultades prácticas que presentaria, no tengo que ocuparme de ellas aqui."

El autor de la precedente memoria recibió tambien de la Martinica una pequeña porcion de cañas secadas en horno con el objeto de hacer su análisis. El jugo llegó alterado en términos de no poder cristalizarse sino una parte; pero sirvió para obtener otros datos no poco interesantes cuyos resultados darémos á los lectores, 19 Las cañas frescas contienen cien partes de peso.

Agua....

72,0

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30 La composicion de la caña fresca, deducida de los análisis hechos de ella y del guarapo que es la disolucion natural de esos productos solubles se esplicará por los números siguientes:

(1) Este producto equivale de 3 à 43 arrobas por carretada de 8 arrobas que es acaso con muy corta diferencia el producto medio y máximo de azúcar purgado que se saca en nuestros ingenios, pero el de miel es mucho mayor. [T.]

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Suprímese el peso de las sales orgánicas y minerales que es demasiado pequeño para hacer cuenta de él en un análisis de este género.

4o Segun los resultados que preceden la caña dulce fresca debe contener 90 p. 8 de guarapo hecho, añade el autor que no és nuevo, pero al cual los colonos nunca han dado la importancia que merece. Es cierto que los medios que emplean para moler y esprimir la caña están muy lejos de dar esta cantidad: los trapiches mejor construidos y de mas fuerza dan 50 p. 8 de guarapo: en la mayor parte de los ingenios es todavia menor el rendimiento, es decir, que á lo mas se obtiene la mitad del producto que la teoria indica.

,,Las noticias exactas sobre esta materia son muy dificiles de conseguir por que exigen una vigilancia y una atencion que no se acostumbran en las colonias. Asi Mr. Evequin, farmacéutico de Nueva-Orleans que ha hecho algunas indagaciones sobre la caña de azúcar ha juzgado conveniente averiguar por una serie de esperiencias la cantidad de guarapo que se obtiene de ella en los ingenios. Según él 1000 partes de caña de Otaiti molidas en una máquina de la mayor fuerza de la fundicion de West-Point, dieron 560 de guarapo y 440 de bagazo, término medio de cinco esperiencias, y 1000 partes de caña de la cinta dieron 472 de guarapo y $528 de bagazo.

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‚Es asi que añade Mr. Avequin, 1000 libras de caña contienen 907 de jugo, luego la pérdida de guarapo en la práctica es de 407, y equivale á una pérdida en azúcar de 64,08 p. 8. Un habitante que hace anualmente 300 bocoyes de azúcar haria 544 si pudiese estraer todo el jugo que la caña encierra.

,,Se notará desde luego la concordancia de los resultados de Mr. Avequin con los mios en cuanto a las proporciones de guarapo y parte leñosa que la caña contiene. Es pues evidente que esta parte tan importante del trabajo colonial, la estraccion del jugo deja infinitamente que desear. Aun admitiendo que el tejido á la vez resistente y esponjoso de la p'anta impida el que la espresion aun por trapiches mas poderosos que los que se usan, dé un rendimiento superior al que hoy se obtiene, pudiérase sin duda disminuir la pérdida enorme que se sufre en el sistema actual, sumergiendo el bagazo al salir del trapiche en agua fria, y aun mejor en agua irbiendo para esprimirlo segunda vez. Acaso tambien la desecacion del sol, y los lavados metódicos pudieran emplearse en ese

bagazo ya estrujado y seco por la presion que sufrió la prime

ra vez.

,,En resumen se vé cuan fecundos pueden ser en consecuencias favorables á los ingenios de azúcar los hechos que preceden. Ojalá se aprovechen, en fin, de los conocimientos que puede proporcionarles la ciencia, y de las riquezas que la naturaleza les ha prodigado. Yo no temo decirlo al concluir: en mi opinion si la remolacha se cultivase en las colonias no daria azúcar por el método que alli se trabaja la caña, y si esta planta existiese en Francia la cantidad de azúcar que se sacaria de ella sería tal que bien pronto este alimento estaria al alcance de todas las clases de la Sociedad."

APUNTES

PARA

LA HISTORIA DE LA ISLA DE CUBA. (1)

Espediente que siguieron los vecinos de S. Juan de los Remedios del Cryo, con motivo á la pretendida traslacion de aquel pueblo á la villa de Santa Clara.

Atesta lo.-Teniendo las Santas imájenes fuera del peligro de los piratas por haberse informado de que aquella villa estaba vituperada y su Santo Temp'o espuesto á qué lo poseyesen dichos enemigos, como en efecto se espresa haber entrado en aquella poblacion, segun lo manifiestan los instrumentos que van relacionados, y en virtud de lo pedido doy la presente firmada de mi mano de dos testigos de asistencia, en esta villa de Sta. Clara en 17 de diciembre de 1765 años de que asi lo certifico.-Antonio Cansi. Pedro de Berinduaga.-Joaquin de Salamanca.

y

P.ticion.-D. Miguel de Garro y Bolivar, procurador ge

[1] Una persona respetable nos ha favorecido desde S. Juan de los Remedios con este curioso documen o tan cruelmente taladrado por la polilla y de tan mala y antic ada escritura, que en muchas partes hemos tenido que detenernos para adivinar los conceptos y hacer la copia. Su lenguage natural y sencillo propio de aquellos tiempos, la idea que dan de sus habitantes esos pueblos que hoy figuran en mas alta categoría, los productos de sus haciendas ganaderas y aquella ferocidad de partidos que la civilizacion ha suavisado entre los hombres, todo, lo mas insignificante, será un manantial para nuestros sucesores que emprendan la grandiosa obra de cordinar la Historia del pais.-EE.

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neral en esta ciudad por lo que toca al bien público de ella, como mejor proceda de derecho, y sin perjuicio de cualquie ra que me asista digo: Que á mi noticia es venido, que VS. tiene mandado por auto proveido, se quite y demuela la vi lla de San Juan de los Remedios del Cayo y se traslade á la nueva poblacion titulada Santa Clara, en el sitio que llaman Antonio Diaz, y que esta resolucion ha tenido su origen de una cédula de S. M. por la cual se sirve mandar, que siendo ciertas las hostilidades que padecen los vecinos de la dicha villa de los enemigos piratas que infestaban estas costas, se proceda á la referida mudanza, para lo cual se han formado autos ante Bernardo Ojeda escribano mayor de gobierno á que me refiero, y en justicia VS. se ha de servir, hablando con la moderacion y reverencia que debo, reponer el auto ó autos en que se manda proceder á la dicha demolicion y la dicha mudanza absoluta, sobreseyendo en su ejecucion, y mandando se recojan el mandamiento ó mandamientos que se hubiesen despachados para el efecto y que no se use de ellos, manteniendo y conservando los vecinos de dicha villa antigua en ella, y que no se innove hasta la resolucion de S. M. que se debe hacer, por lo que resulta de los dichos autos en favor de su Real servicio y utilidad de los vecinos de esta dicha ciudad é Isla, y por que una de las razones capitales que huvo y se reconoció por la esperiencia en la de Sto. Domingo de la Española, para que los franceses se apoderasen y poblacen alguna parte de ella congravísimo detrimento de sus moradores y deservicio de S. M. fue et que le mandasen despoblar los lugares de la costa, por que luego que aconteció se sitiaron en ellos los franceses, movimiento el mas pernicioso que se ha podido encontrar por hal arse la dicha ciudad de Sto. Domingo sitiada en rigoroso ataque. Como todo lo referido es público y notorio, y en caso necesario lo justificaré con cuyo ejemplar sale por irrefragable consecuencia puede acontecer lo mismo en nuestra isla de Cuba y esperimentar con el tiempo los mismos perjuicios que se han representado, de suerte que cotejados estos con los que se han ocacionado á la dicha villa de S. Juan de los Remedios con las dichas invaciones son de ménos consecuencia que aquellos, por que estos miran al particular y esotros al comun de mas de ser muy verosímil el poderse remediar las hostilidades que se han reconocido con gente y armas, y poniéndose persona de valor y esperiencia que gobierne aquellos vecinos, pues no es crédito de las armas de S. M. que por escusarse de la ocasion le muden las vecindades y desamparen los sitios que tienen ocupados los vasallos de S. M. con tan caduca antigüedad, siendo cierto que solo por la conservacion de la Iglesia su católica resolucion ha de mantener la vecindad aunque no concurriese el fundamento tan grave que llevo espresado y consecuencia perniciosa que puede

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ocacionarse, y en esta atencion-A VS. pido y suplico se sirva matidar hacer y determinar segun y como llevo pedido, y que para justificacion de lo alegado se despache suplicatoria para que el Sr. Ldo. D. Gerónimo de Córdova del consejo de S. M. y oidor mas antiguo de la Real Audiencia de la dicha ciudad de Sto. Domingo, se sirva testificar ó dar su parecer sobre lo contenido en este escrito, insertándose en el suplicatorio que se despachare; y de lo contrario, omiso ó denegado, hablando con el mismo respeto, protesto todos los daños y perjuicios que se causaren al bien público, y que se me dé testimonio de este mi pedimento y lo que á éi se proveyere: pido justicia y juro lo necesario &c.-D. Miguel de Garro.

Diligencia.-En la Habana en 8 de febrero de 1691 años D. Miguel de Garro, procurador general de esta ciudad de quien está firmada esta peticion me la entregó diciendo que habiéndola entregado á Bernardo de Ojeda, escribano de gobernacion se la volvió diciendo que la firmase abogado, y habiendo quedado para ese efecto en mi poder lo pongo por diligencia de que doy fé.Leonardo de Heredia, notario público.

Peticion.-Jacinto de Rojas vecino de San Juan de los Remedios de Cayo, por lo que á mí toca y en nombre de los demas vecinos de ella, digo: Que á nuestro derecho conviene que el pre< sente notario nos dé testimonio de las personas que están empadronadas en la dicha villa, y asi mismo en la de la nueva poblacion de Sta. Clara, segun el que se hizo este presente año por el cura Bdo. de dicha villa de San Juan de los Remedios, y para este efecto A VS. Illma. pido y suplico se sirva mandar se nos dé el dicho testimonio y que para el efecto se le entregue á dicho presente Notario los dichos padrones, y que fecho se ponga con los demas recaudos que tengo presentados para que de todo se me dé el testimonio que tengo pedido y està mandado, que será justicia la que pido &c.-Jacinto de Rojas.

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Decreto.-Désele el testimonio que pide y obre lo que hubiere lugar de derecho y se ponga con los recaudos que refiere.-Diego, Obispo de Santiago de Cuba.-Proveyólo el Illmo. Sr. Dr. D. Diego Evelino de Compostela, obispo de esta isla de Santiago de Cuba, Jamaica y la Florida, del Consejo de S. M. &c. que lo firmò en la Habana en 10 de junio de 1691 años.-Leonardo de Heredia, notario público.

Testimonio de los padrones.-Leonardo de Heredia, notario público del juzgado eclesiástico de esta ciudad de la Habana, como mejor puedo y debo doy fé y verdadero testimonio, que por el padron de la villa de San Juan de los Remedios del Cayo, fecho por Gaspar Martinez de Meza, prebístero cura interino de la dicha villa, conste y parece haber en ella, 86 casas de la habitacion de

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