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dejó en nombre de V. M. y en su lugar á Alonso Destrada ', y á Rodrigo de Albornoz, tesorero y contador de V. M., y al licenciado Alonso Zuazo por sus tenientes en esta dicha cibdad para administrar justicia, y entender en las otras cosas que tocasen á la gobernacion desta Nueva-España, y cómo por ciertas diferencias que entre los dichos tesorero y contador hobo, el gobernador Hernando Cortés proveyó por sus tenientes á Gonzalo de Salazar y á Pero Almindez Chirino 2, factor y veedor de V. M.

Sucedió, muy poderoso Señor, que cómo el dicho gobernador Hernando Cortés se retardase algunos dias mas de los que parecia que era razon, que no escribió ni envió mensajero á esta cibdad, viendo los dichos Gonzalo de Salazar y Pero Almindez Chirino que tenian algun aparejo para mandar y ser muy aprovechados, hicieron creer, y ansí lo publicaron, que el dicho gobernador, y todos cuantos con él fueron en servicio de V. M. eran muertos; que los indios de las provincias por donde él iba los habian vencido é muerto á todos, y ansí lo hicieron entender y creer á todos los vecinos y moradores de esta dicha Nueva-España. La cual fué ligera cosa de hacer, porque ellos tiniendo la gobernacion de la tierra, á quien acuden todos los mensajeros, así Indios como crisanos, se creyó quellos debian saber la verdad de la muerte de dicho gobernador, y que así debia ser, como publicaron y afirmaron. Crescióles tanto la codicia, que so color de querer servir á V. C. M. con los dineros que creían quel dicho gobernador Hernando Cortés tenia, intentaron, como después lo pusieron por obra, de tomar la casa del dicho gobernador. Un dia juntaron consigo muchos de los vecinos desta cibdad, llamándoles que favoreciesen á la justicia, y con mano armada vinieron á su casa y entraron en ella, y la tomaron con todo cuanto en ella habia, y echaron fuera á todos sus criados, y prendieron á un su mayordomo que se llamaba Rodrigo de Paz, al cual el dicho gobernador Hernando Cortés habia dejado en su casa y facienda y por alguacil mayor en nombre de V. M. en esta Nueva-España, y lo pusieron á cuestion de tormento, solamente porque dijese adonde tenia el dicho gobernador algun oro, porque ellos decian que él tenia trescientos

1 Como si díjera Alonso de Estrada.

2 Decía Cherino, pero debió decir Chirino ó mas bien Chirinos.

mil castellanos, sin tener informacion ni certinidad alguna dello, sino solamente por poder sacar algo del dicho mayordomo para se poder aprovechar dello, como después lo hicieron de todas sus haciendas; y ansí le dieron dos tormentos, el uno de agua, y el otro que le quemaron los pies, de que no podia vivir. Y visto cómo el dicho Rodrigo de Paz no manifestaba cosa alguna de lo que ellos querian, acordaron de le levantar otros crímenes, por donde le condenaron á muerte, y le hicieron ahorcar muy ignominiosa y aviltadamente sentenciándole contra toda justicia, no le habiendo guardado los terminos que las leyes reales de S. M. mandan, ni quiriéndole otorgar la apelacion que para ante V. M. interpuso. Y así apoderados en la casa del gobernador, tomaron muchos bienes muebles que en ella habia para sí, y se servian y sirvieron dellos, y algunos dellos mandaron vender en almonedas públicas como bienes de defunto.

Procedió tanto, muy católico Señor, la tirania con que comenzaron á gobernar que á unos prometiéndo les darian gran cantidad de indios que los sirviesen, en que pueden ser muy aprovechados, y á otros en eso mismo poniéndoles muy grandes temores, los forzaron á que se les pasasen á ellos, porque mejor pudiesen llevar adelante su mal propósito y obra. Los cuales viendo la muerte de Rodrigo de Paz, y con cuanta crueldad comenzaban á gobernar, y cómo á unos prendian, y á otros quitaban los Indios, y á otros hacian estar huidos en las Iglesias é monesterios, é cómo publicaban que en voz y servicio de V. M. querian hacer todas sus cosas, y que para tomar la tierra y prender al dicho góbernador tenian poder y mandamiento de V. C. M., y que le mostrarian cuando bien se les estuviese, fué forzado obedecerlos en todo cuanto quisieron mandar, y no fué ninguno poderoso, ni los dichos Rodrigo de Albornoz ni Alonso Destrada, oficiales de V. M., de poderles resistir ni ir á la mano en cosa que quisiesen facer, no embargante que manifiestamente pareció que gobernaban por tirania.

Y estando ansí apoderados de la justicia y de la gobernacion, como á V. M. hemos fecho relacion, luego pusieron por obra de quitar los indios, y los quitaron al dicho gobernador, y algunos

'Es decir « vilmente », pues como hidalgo, que era, debieron degollarle.

dellos repartian entre los vecinos desta Nueva-España, y todos los mas tomaron y aplicaron para si y se servian dellos; y dejaron las faciendas del dicho gobernador, sus ganados y esclavos, y otras granjerias desamparadas y perdidas, sin que los que las tenian á cargo les pudiesen poner remedio alguno; de que el dicho gobernador recibió gran daño y perjuício del estrago y perdimiento que en sus haciendas se hizo, no habiendo consideracion con cuanto trabajo habia conquistado y pacificado y poblado en nombre de V. M. aquestas partes, cuanto á su costa, y hasta los tiempos de agora con cuan poco provecho; no habiendo ansí mesmo memoria ni consideracion que tenia herederos que debiesen haber sus bienes, ya que él fuera muerto. De donde paresció claramente que la intencion que al principio publicaron de servir á V. M. fué mas verdaderamente de querer hartar su codicia de los bienes que en esta tierra pudieran adquirir. Y ansí mismo repartieron y dieron los Indios de todos aquellos que fueron en compañía del dicho gobernador á servir á V. M., y por la misma manera dejaron sus faciendas desamparadas y sin remedio alguno, á cuya causa les hicieron gran daño y perjuicio, y les vendieron sus casas á muy bajos precios é muy barato, de forma que venidos no hallaron reparo alguno para sus personas.

Después de lo cual, muy poderoso Señor, para hacer entender á las gentes que lo que hacian era en servicio de V. C. Ces. M, llamaron é hicieron juntar á los procuradores de las cibdades é villas desta Nueva-España, diciendo que querian hacer relacion á V. M. de las cosas en ella sucedidas que á su real servicio tocaban, principalmente queriendo encarecer los grandes servicios á V. M, hechos por el dicho gobernador Hernando Cortés, y queriendo encargar que á V. M. se hiciese relacion que lo quellos hacian era mucho en su real servicio, porque habiéndose informado de los dichos procuradores, toviese V. M. ocasion é fuese servido de les hacer merced de la gobernacion desta tierra é de otras grandes mercedes, como ellos lo encaminaban. E desta causa, juntos los dichos procuradores, les hizo que firmasen ciertos capítulos que los dichos Gonzalo de Salazar y Pero Almindez Chirino hicieron muy á su provecho, los cuales, aunque los dichos procuradores los firmaron, fué mas por el temor de su crueldad é tiránica gobernacion que no de su volundad, mayormente que á los mas dellos

é á todos no les dejaron ver lo que en los dichos capítulos se contenia, no pudiendo hacer otra cosa sino firmallas por el cruel castigo é sinjusticia que dellos esperaban. E por la misma forma é manera tuvieron manera y cautela para hacer confirmar á el regimiento desta cibdad los dichos capítulos, sin que pusiesen lo que en ellos convenia hasta después de ser enviados á V. M., por lo cual este dicho regimiento y cabildo desta dicha cibdad queriendo declarar á V. S. M. la verdad, agora que somos informados della decimos y afirmamos que lo contenido en los capítulos que los procuradores de las cibdades é villas desta Nueva-España firmaron, y nosotros confirmamos por la manera que á V. M. hemos hecho relacion, no embargante que algunos dellos parece que serian para su real servicio cumplideros al bien y pro comun de los vecinos desta Nueva-España, porque ya otras veces por el dicho señor Hernando Cortés é por los dichos concejos han sido platicados á V. M. y los demas que clara Ꭹ manifiestamente parescerá ser ordenados con pasion y con voluntad de perjudicar á algunas particulares personas, especialmente á la persona del dicho gobernador y á los dichos tesorero y contador, que son en si ningunos, como hechos y ordenados solamente por los dichos Gonzalo de Salazar y Pero Almindez á su solo propósito y provecho: y por tales este dicho regimiento, si necesario es, al presente los revocamos, por no haber sido instruidos é informados, como á V. S. M. hemos hecho relacion, de lo en ello acontecido.

Y porque V. S. M. sea informado cómo todo lo hecho por los dichos Gonzalo de Salazar y Pero Almindez Chirino fué mal fundado y no con la intencion de servir á V. M. que publicaron, sabrán que todas sus cosas é males que en esta dicha Nueva-España hicieron, como á V. M. hemos hecho relacion, fueron por consejo y parescer solamente de un Diego de Ocaña, natural de la cibdad de Sevilla, que trajó en esta Nueva-España provision de V. M. de su escribano de la gobernacion della, persona de muy baja manera, hombre que ha seido reconciliado él é muchos de los de su linaje, inclinado manifiestamente á todo mal hacer, encaminando las cosas que por el dicho Gonzalo de Salazar y Pero Almindez Chirino le eran encomendadas y cometidas solamente á su sabor

'Sin duda por judayzante ó hereje.

y provecho dél, no mirando ni acatando en cosa alguna al servicio V. M. sino su propio interese; porque después de ser manifestados sus males, se ha hallado haber hecho y llevado muy grandes cohechos á las personas que antellos y antél parescieron á pedir su justicia, quebrantado las ordenanzas y aranceles que en nombre de V. M. en este caso estan hechas; porque se halla haber adquirido en el dicho su oficio por los dichos cohechos en espacio de seis meses que lo usó este, tres mil y tantos pesos de oro; donde claramente paresce que personas que tan gran cargo tomaron sobre sí de gobernar en nombre de V. M. esta tierra, é consejarse é regirse por hombre de tan baja suerte y mala maña, tan inclinado á mal hacer, y siendo muchas vezes dello acusado, que lo que hicieron fué mas por codicia de mandar y adquirir, que por servir á V. S. M. como publicaron. Por manos deste Diego de Ocaña fueron concertados y hechos todos los capítulos de que á V. M. hemos hecho relacion que carescieron de la verdad; y este los andaba á firmar de casa en casa, sin querer mostrar lo que en ellos estaba puesto, sin poder ser apremiado á que los mostráse, porque solamente de conocerlo, ó por algunas señales inducia á los dichos Gonzalo de Salazar y Pero Almindez á que quitasen á las tales personas los indios que tenian, y los enviasen presos, y les fuesen secrestados sus bienes, como de hecho pasó.

Otrosi V. C. M. sabrá que por los dichos Gonzalo de Salazar y Pero Almindez, por haber tomado en si la gobernacion de la tierra, como sustenientes que el dicho gobernador tenia puestos en las villas y en otras partes desta Nueva-España, y los indios naturales della siendo acostumbrados y hechos al dulce y buen tratamiento que por el dicho gobernador y por los dichos sus tenientes y justicia les era fecho, y viendose después presos y fatigados y maltratados de los dichos Gonzalo de Salazar y Pero Almindez, y de las personas que en su lugar tenian puestas, por la mucha cantidad de oro y de las otras cosas que solian tributarles, y porque los prendian y apremiaban á que los diesen, andaban muy corridos y alcanzados y con mucha voluntad de se alzar contra los españoles, y ansí lo pusieron por obra en ciertas provincias desta Nueva-España que han por nombre la provincia de Guatlan, y la provincia de Guazacualco, y en ciertas partes de la provincia de

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