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X.

Rodrigo Alfonso, Merino de Don Gutierre, Obispo de Oviedo, en el Concejo de Quirós requiere a sus vecinos que no paguen al Conde Don Alfonso algunos tributos sino solo à la Iglesia de Oviedo.

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Eta de 1416 años dias del mes de Junio en Arrojo,

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por ante Juan Fernandez de Casares, è por ant Alvar Ps ante Rui Perez de Muriellos Juices, del Concello do Quirós, estando present la mayor parte de los moradores del dicho Concello, pareció Ro. Alfonso, Merino por nuestro Señor el Obispo en el dicho Concello, è mostró, è fizo leer un escrito, que decia asi: Concello è Juices, à omes bonos de Quirós: Yo Rodrigo Alfonso de Rano, vecino del dicho Concello vos digo, que à mí fecieron creyente, que el Conde Don Alfonso que Dios mantenga, vos enviaba pedir una quantia de maravedís, è à ciertos escuderos de pie, è proveidos de todo lo que ellos ovieren menester para un mes vodo esto que vos lo cen viaba pedir por quanto non podia escusar de se servir de nos, è de los otros lugares de suas tierras, è Comiendas ; è vos bien sabedes, que todos los moradores deste Concello, que son de la Eglesia de Oviedo, è nunca osaron pagar nin pagaron ninguna cosa, si non à la dicha Eglesia de Oviedo, è al Obispo de ella, è non à otrò alguno, por que vos digo, è pido, è requiero, è afronto en nome de la dicha Eglesia, è en nome del honrado padre, è Señor D. Gutierre, por la gracia de Dios, Obispo de Oviedo, que no recudades, ni fagades recodir al dicho Señor Conde, ni

à

à otro alguno con ningunos, ni algunos fueros, ni derechos, ni pedidos, ni tributos, salvo à la dicha Eglesia, è al di cho Señor Obispo' della, à quien de derecho sodes tenidos de los pagar. En otra manera non lo faciendo vos asi, protesto, que vos, è, todos vuestros bienes seades tenidos al dicho Señor Obispo para lle pagar las penas que lle de derecho debedes pagar, poniendo el dicho Concello en mal fuero, y en tributo por pagar lo que non debe. E de como vos esto digo, é pido, è requiero, è afronto, pido à este Notario testimonio.

XI

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El Rey Don Enrique escribe al Conde Don Alfonso su hijo que no eche tributos en ciertos Concejos que eran de la Iglesia de Oviedo.

N

AÑO DE 1378.

os el Rey, facemos saber à vos el Conde Don Alfonso mi hijo, è à qualquier ò qualesquier vuestros Merinos, è Oficiales, que por vos andan en renta de Asturias, que nos dixeron que agora quando vos el dicho Conde oviestes de ir è nuestro servicio à la guerra de Navarra, que demandastes à los Concejos de Asturias, que vos diesen ciertos omes de pie de cada Concejo para que fuesen con vusco; è otrosí, que les echastes pedidos de dineros que vos diesen, è entre los otros Concejos que echastes, que vos diesen omes ciertos, è otrosí una quantía de maravedís à los Concejos. de Quirós, è de..........., è de Proaza, en lo qual les fecistes muy gran agravio, por quanto ellos non son del Señorío de Noreña, nin fue acostumbrado que les echasen pedidos nin sirviesen à los Señores que fueron de Noreña, è agora que Gonzalo Suares Arvuello, que

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demandaba à los dichos Concellos los maravedís del dicho pedido, è otrosí una quantía de maravedís por los dichos omes. Porque vos mandamos à vos el dicho Conde è otrosí al dicho Gonzalo Suares, è à qualesquier ò qualquier que lo obiere de recabdar por vos, que non demandedes à los dichos Concejos los dichos maravedís del dicho pedido, ni otrosí de los dichos omes, nin les echedes otros pedidos nin servicios da qui adelant, ca pus ellos nunqua servieron nin pecharon a los Señores de Noreña, nuestra merced es, que non pechen, ni sirvan à vos el dicho Conde. E non fagades ende al so pena de la nuestra merced, si non sed cierto que de lo vuestro les mandaremos pagar toto quanto desta guisa habedes llevado, è llevaredes dellos. Fecha 25. dias de Diciembre Era 1416 años. Nos el Rey.

XII

El Rey Don Enrique escribe à D. Gutierre, Obispo de Oviedo, para que dé cierta Encomienda à dos hijos de Gonzalo Bernaldo de Quirós.

N

AÑO DE 1379...:

os el Rey, facemos saber à vos el Obispo de Oviedo, que bien sabedes en como por otro nuestro alvalá, vos enviamos rogar è mandar, que diesedes à Gutier Gonzalez, è Lope Gso. fijos de Gonzalo Bernaldo de Quirós la Encomienda de los Concejos de Quirós, &c. que son de vuestra Eglesia por la ellos tobiesen, porque vos rogamos è mandamos que lo querades asi facer, è que fagades dar a los dichos Gutier Gonzalez, è Lope Gso. la Encomienda de los dichos Concejos, ca ellos son tales que guardarán, è defenderán, è faran à vos, è à vuestra Eglesia aquel servicio que fue siempre acostumbrado de facer segun, que

lo

lo fizo el dicho Gonzalo Bernaldo en su vida, è los otros Comenderos que tobieron los dichos Llogares. E en esto nos faredes placer è servicio, è gradecervoslo hemos mu'cho. Fecha 22. dias de Febrero Era, de 1417 años. Nos el Rey.

NOTA.

El Obispo de Oviedo, estando en Valladolid, dió en las casas donde posaba dos cartas de Encomiendas, una del Concejo de Quirós, y de Santianes à Gutier Gonzalez de Quirós, hijo de Gonzalo Bernaldo, y otra del Concejo de Lagneo à Pedro Roiz, Alguacil mayor del Conde Don Alfonso, en la misma forma que el Obispo Don Sancho dió á Alvar Perez Osorio la carta de Encomienda, que se puede ver en la pag. Fueron dadas en 12. de Junio de la Era 1418. año de 1380.

XIII.

Carta hecha en tiempo del Obispo Don Gutierre, por la que constan los fueros que se debian al Obispo de Oviedo en las tierras que eran de su Iglesia.

Gutier

AÑO DE 1380.

Utier Alvares de Villar jurado, è preguntado si sabia por vista, ò por oida, ò por cierta creencia quáles è quántos eran los fueros è derechos que debian en el dicho Concello de Quirós al Obispo de Oviedo, de quién è cómo los usaban pasar en los tiempos pasados fasta aqui à los Comenderos que foran en el dicho Concello por los Obispos que foran de Oviedo. Dixo, que fora con su padre Alvar Suarez, que era Merino por Gutier Gonzalez, è vira levar è forar con él en levar la me

éran,

rinería à los foreros que morian maneros en Quirós los quatro quintos de haber moble sacando ende la ropa que traya cobierta, è que vira è fora en levar à cada forero que moria en el dicho Concello las fosaderas, હૈ que fora en sacar por mandado de su padre, è que vira levar por enforcion una emina de pan al que tenia dos bues, è tres celemines al que tenia uno. E otros tres celemines de pan al que cababa con un fesorio, è estos que debian et dicho fuero de enforcion, dixo, que eran foreros ciertos, que otros foreros habia, y que non debian este fuero, è estos deste fuero, dixo, que habian algunas fillas, que las non casaban con ome fijodalgo sin facer fuer cierto de boda: è si las casasen sin bodar las que pagaban once maravedis è quarta. E otrosí dixo, que el que moria manero, que pagaba por la heredat, è por los techos once maravedis é quarta. Esto todo dixo que vira, è que vira mas à los Bernaldos que foran por Bernaldo, è Gutier Gonzalez pedir yentares à los foreros, è ellos pagarlos: è que vira mas cada año por Caliendas Marzas de seis sesmas que habia en el Concello pagar cada sesma dos carneros, è vira mas è fors el levar una emina de cebada à cada forero que tenia dos bues, è tres celemines al que tenia uno, è otros trés al que cababa con un fesorio; è dixo, que vira mas à los foreros, que debian el fuero de la inforcion venir à facer todo lo que lles mandaba Gutier Gonzalez, è Pedro Bernaldo, è que eran Comenderos, è mas quando venia año de mont, que daba cada forero de la inforcion un puerco al Comendero, è que y era mas pobre, que daba medio puerco.

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Alfonso Gonzalez de Ricabo jurado, è preguntado por las dichas preguntas, dixo: que oyera à Diego Rodriguez de Quintana, que el Concello de Quirós que daba al Castiello de Genestazo, que solia estar poblado por el Obispo de Oviedo dos pares de abarcas, è cinco panes de ordio, é que vira el Comendero de Quirós dar quando venia guerra de Moros al Obispo de Oviedo un ome de caballo armado è proveído por la Comienda que levaba del dicho Obispo. Gonzalo Garcia de Salcedo jurado, è preguntado, dixos

que

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