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Parraguez.-Diego de Huerta Villagutierre.-Don Martin de Zabala. -Ante mí.-Manuel de Toro, escribano de cabildo.

CABILDO DE 24 DE AGOSTO DE 1647.

En la ciudad de Santiago de Chille, en veinte y cuatro días del mes de agosto de el año de mill y seiscientos y cuarenta y siete, la Justicia y Regimiento de esta ciudad se juntaron en su lugar acostumbrado y acordaron lo que se sigue:

SOBRE LOS MAESTROS DE ESCUELA.-Este día se acordó que el sefor capitán don Jorge Zapata, alcalde ordinario de esta ciudad, y el señor capitán don Francisco de Eraso, alférez mayor, atento á la gran necesidad que hay de maestros que enseñen á los niños en las escuelas y estudios, y para su remedio les cometieron que hagan un repar timiento entre los interesados y les apremien á que den lo necesario los vecinos de esta ciudad, de peones y adherentes, y hagan hacer los alojamientos necesarios, así en la Compañía como en San Francisco, que para todo lo necesario se les dá comisión en forma; y asinismo se cometió al señor capitán Diego de Huerta, regidor de esta ciudad, lo susodicho.

Ascensio de Zabala.-Don Antonio Chacón y Quiroga.-Don Jorge Zapata de Mayorga.-Don Francisco de Eraso.-Don Antonio Rodrí guez de Ovalle.-Diego de Huerta Villagutierre.-Don Martin de Zabala.-Ante mí.-Manuel de Toro Mazote, escribano público y de ca. bildo.

CABILDO DE 30 DE AGOSTO DE 1647.

En la noble y muy leal ciudad de Santiago de Chille, en treinta días de el mes de agosto de el año de mill y seiscientos y cuarenta y siete, la Justicia y Regimiento de esta ciudad se juntaron en su lugar acostumbrado y acordaron lo que se sigue:

FIEL EJECUTOR.-Este día aceptó y juró el capitán don Diego de Ribadeneira el oficio de fiel ejecutor y se le entregó la vara por el se for corregidor; y habiéndose tratado de diferentes cosas, se resolvió la resolución de ellas para la venida de Su Señoría.

Y lo firmaron.-Ascensio de Zabala.-Don Antonio Chacón y Quiroga.-Antonio de Barambio.-Don Francisco de Eraso.-Don Diego

Ribadeneira Villagra.-Don Antonio Rodríguez de Ovalle.-Don Juan de Vera.-Diego de Huerta Villagutierre.-Don Martin de Zabala.Ante mí.-Manuel de Toro Mazote, escribano público y de cabildo.

CABILDO DE 6 DE SEPTIEMBRE DE 1647.

En la ciudad de Santiago de Chille, en seis días de el mes de septiembre de el año de mill y seiscientos y cuarenta y siete, la Justicia y Regimiento de esta ciudad se juntaron en su lugar acostumbrado y acordaron lo que se sigue:

COMISIÓN PARA LAS ALCABALAS Y PARA TRAER CARNEROS.-Este día el señor procurador don Francisco de Urbina, procurador general de esta ciudad, propuso cómo á Su Señoría constaba cuán atrasadas estaban las cuentas que debía dar el capitán Juan de Madariaga del derecho de unión de armas de el quinto y sexto año, que, como corregidor que fue de Colchagua, fueron á su cargo, y la necesidad que hay de carneros para dar abasto á la ciudad, cuya notoriedad le releve de prueba, y que Su Señoría provea lo que convenga, y en lo que toca al corregidor de Maule, asimismo se le obligue á que venga á dar cuentas de lo que es á su cargo; y visto por Su Señoría, mandaron que se despache comisión al señor capitán Diego de Huer. ta, regidor de esta ciudad, para que, como tal, pase al corregimiento de Colchagua y Maule y en ellos haga apregonar que ninguna persona mate ningunos carneros en las matanzas, y quien los tuviere les apremien á que los traigan á esta ciudad para el abasto de ella, y de parte de este Cabildo pida á los corregidores de los partidos lo manden ejecutar lo referido; y asimismo notifique al capitán Juan de Madariaga que dentro de diez días de como le fuere notificado, parezca en esta ciudad á dar cuenta de lo que es á su cargo, donde no, se despachará por él y por sus fiadores, á costa de los susodichos; y al corregidor de Maule lo mismo, á quien para parecer á dar la dicha cuenta se le señalan quince días, y pasados, se irá por él á su costa, lo cual se despache en forma, atento á que por no llevar salario no [ha} de pagar medianata, y asimismo recuerde á los dichos corregidores hagan con la puntualidad que conviene la diligencia de los caballos que se les ha encargado.

Ascensio de Zabala.-Don Jorge Zapata de Mayorga.-Pedro Góme: Pardo Parraguez.-Don Diego Ribadeneira Villagra.-Don Juan Liñán de Vera.-Diego de Huerta Villagutierre.-Don Martín de Za

bala.-Ante mí.-Manuel de Toro Mazote, escribano público y de cabildo.

CABILDO DE 13 DE SEPTIEMBRE DE 1647.

En la ciudad de Santiago de Chille, á trece días de el mes de septiembre de el año de mill y seiscientos y cuarenta y siete, la Justicia y Regimiento de esta ciudad se juntaron en su lugar acostumbrado, [y] acordaron lo siguiente:

SOBRE LOS SEIS REGIMIENTOS.-Este día se vieron en este cabildo el auto proveído por los señores presidente y oidores de la Real Audiencia de este reino sobre los seis regimientos que el señor fiscal ha pedido se declaren por vacos, y acordaron que el señor corregidor y el señor don Antonio Chacón, alcalde ordinario, vean á los dichos señores oidores y les den las gracias de lo proveído.

Y lo firmaron.

QUE SE SUBA EL VINO.-Este día acordaron que, atento á la falta que hay de vino bueno, añejo, por ocasión de la falta con el terromoto, el señor fiel ejecutor ponga el vino que fuere bueno á cuatro patacones, y el que no fuere tal lo ponga como fuere, á cuya prudencia se reinite, sin que sea consecuencia para otro año, que el precio á que agora se pone es por la falta que hay.

Ascensio de Zabala.-Don Antonio Chacón y Quiroga.-Don Jorge Zapata de Mayorga.-Don Francisco de Eraso.-Pedro Gomez Pardo Parraguez.-Don Diego Ribadeneira Villagra.-Don Juan Liñán de Vera. Don Martin de Zabala.-Ante mí.-Manuel de Toro Mazote, escribano público y de cabildo.

CABILDO DE 20 DE SEPTIEMBRE DE 1647.

En la muy noble y muy leal ciudad de Santiago de Chille, en vein. te de septiembre de mill y seiscientos y cuarenta y siete años, los se ñores Cabildo, Justicia y Regimiento de esta ciudad se juntaron á cabildo para tratar cosas del servicio de Su Majestad y bien de la república y se trató lo que se sigue:

SOBRE EL ABASTO DE LA CARNE.-En este cabildo se trató que por cuanto la república padece de carne para el abasto de la gente que en ella reside, así por falta de obligado como de carneros que cono

cidamente han faltado con avenidas, y porque se ha apregonado este año mucho tiempo si hay persona que se obligue á dar abasto de carne á la ciudad, no ha habido ninguna que haya hecho posturas, acordaron que se pregone por ocho días si hay personas que hagan posturas y se obliguen á dar abasto á esta ciudad de carne, obligándose doce personas, cada una por un mes, por ser cosa más suave y que puede ser que con este remedio haya quien se obligue, y las posturas que se hicieren se admitan, para que con vista de ellas por este Cabildo se provea y disponga lo que convenga.

SOBRE LAS CALLES.-Asimismo se trató en este cabildo que por cuanto las calles desta ciudad están barrancosas y con cerros de tierra, en partes procedidas del terremoto que sucedió á los trece de mayo de este año y no se puede andar por ellas sino es con mucha descomodidad y particularmente las mujeres, y en partes hay mu chas paredes que amenazan caerse, por haber quedado tan maltratatadas, de donde puede suceder alguna desgracia ó desgracias, acordaron que los señores de este Cabildo cada uno coja una calle y reconozca las paredes que necesitaren de hacerlas derribar y las hagan derribar al suelo, y limpiar las calles para que estén tratables y se pueda andar por ellas con seguro por las calzadas que había o forma de ellas, y esto se haga con vista del alarife y á costa de las personas interesadas y donde les tocare, conforme á la pertenencia de las casas, mandando con penas á cada vecino ó morador y dueño de casa limpie su pertenencia y derribe en la forma dicha, señalándoles tiempo para ello, con apercibimiento que se hará á costa dellos, sacándoles prendas para la dicha limpia.

Y se entiende que la calle que cogieren ha de ser con las atraviesas della hasta la mitad de la cuadra.

Al señor general don Ascensio de Zabala, la calle de doña María de Córdoba, desde el tajamar hasta el fin.

Al señor capitán don Antonio Chacón, la calle de San Agustín, cogiendo desde el principio al fin.

Al señor capitán don Jorge Zapata la calle de Santo Domingo, en la misma forma.

Al señor capitán don Francisco de Erasola calle de la Merced, digo la calle de Juan de Caso y Salguero, en compañía de el alguacil mayor Antonio de Barambio.

A los señores don Diego Ribadeneira y don Antonio de Ovalle la calle de la Merced.

Al señor capitán Diego de Huerta y señor depositario general, la calle de San Saturnino.

Al capitán Pedro Gómez Pardo ha de ir en compañía del se. ñor capitán don Jorge y capitán don Martín de Zabala con el señor general.

La cañada al señor Manuel de Toro y general don Valeriano de Ahumada.

La calle del Licenciado Diego Felipe (sic) al capitán Felipe de Axpe hasta el río y el presente escribano.

Con lo cual se acabó por hoy este cabildo y lo firmaron los capitulares dél que se hallaron presentes.

Don Antonio Chacón y Quiroga.-Don Jorge Zapata de Mayorga.— Don Francisco de Eraso.-D. Pedro de Salinas y Córdoba.-Pedro Gómez Pardo Parraguez.-Don Diego Ribadeneira Villagra.-Don Antonio Rodríguez de Ovalle.-Don Juan Liñán de Vera.-Don Martin de Zabala.-Ante mí.-Pedro Vélez, escribano público.

CABILDO DE 27 DE SEPTIEMBRE DE 1647.

En la noble y muy leal ciudad de Santiago de Chille, en veinte y siete días de el mes de septiembre de el año de mill y seiscientos y cuarenta y siete, la Justicia y Regimiento de esta ciudad se juntaron en su lugar acostumbrado y acordaron lo que se sigue:

FIEL EJECUTOR.-Este día se nombró por fiel ejecutor por el tiempo acostumbrado] al capitán don Juan de Vera, regidor de esta ciudad, el cual lo aceptó y juró de lo usar como debe y es obligado, y el señor corregidor le entregó la vara de la real justicia.

SOBRE EL ABASTO DE LA CARNE.-Este día acordaron que el señor corregidor y alcalde capitán don Jorge Zapata acudan, atento á la necesidad que hay de abasto de carne para los vecinos, que se ejecu. te la ordenanza de las vacas y señalar la parte dónde y quien la ba de vender.

QUE EL SÍNDICO MAYORDOMO SEA PROCURADOR GENERAL.-Este día se vió una petición presentada por el capitán Felipe de Axpi, síndico mayordomo de esta ciudad, sobre y en razón de decir que le toca el acudir á los pleitos de esta ciudad y á ejercer el oficio de procurador general en sus ausencias, como lo han hecho sus antecesores, y que al Cabildo pasado se presentó y mandaron traer los autos (y eleción fecha en el primer mayordomo, que fue el capitán Bartolomé Fernán

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