Constitución de la monarquía española promulgada en Madrid a 18 de junio de 1837en la Imprenta Nacional, 1837 - 54 páginas |
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Términos y frases comunes
Antonio Baleares BIBLIOTECA DERECHO CELEBRACION Y FACULTADES Congreso Consejo de Ministros Coruña Cuerpos colegisladores Decretar dipu diputado por Alicante diputado por Almería diputado por Avila diputado por Ba diputado por Badajoz diputado por Barcelona diputado por Cádiz diputado por Ciudad diputado por Córdoba diputado por Guadalaja diputado por Guipúzcoa diputado por Huesca diputado por Jaen diputado por Leon diputado por Lugo diputado por Murcia diputado por Navarra diputado por Orense diputado por Oviedo diputado por Sevilla diputado por Toledo drid Félix Fernandez Francisco FUERZA MILITAR NACIONAL García Joaquin José María Calatrava Manuel menor edad Miguel Monarquía MONARQUIA ESPAÑOLA ningun español pos colegisladores potestad provincia de Barcelona provincia de Canarias provincia de Madrid provincia de Murcia provincia de Pontevedra provincia de Teruel provincia de Valencia provincia de Valladolid provincia de Zamora provincia de Zaragoza putado Ramon Regencia REINA GOBERNADORA sancion Secretario Senado Senadores sucesion tado por Tarragona TITULO vacare la Corona vincia
Pasajes populares
Página 33 - A los Tribunales y Juzgados pertenece exclusivamente la potestad de aplicar las leyes en los juicios civiles y criminales, sin que puedan ejercer otras funciones que las de juzgar y hacer que se ejecute lo juzgado.
Página 3 - Doña Isabel II por la gracia de Dios y la Constitución de la Monarquía española, Reina de las Españas ; y en su...
Página 54 - Por tanto mandamos á todos los tribunales, justicias, jefes, gobernadores y demás autoridades, así civiles como militares y eclesiásticas, de cualquiera clase y dignidad, que guarden y hagan guardar, cumplir y ejecutar la presente ley en todas sus partes. Tendréislo entendido para su cumplimiento, y dispondréis se imprima, publique y circule.
Página 31 - Será tutor del Rey menor la persona que en su testamento hubiese nombrado el Rey difunto, siempre que sea mayor de edad y español de nacimiento; si no lo hubiese nombrado, será tutor el padre o la madre, mientras permanezcan viudos. En su defecto, lo nombrarán las Cortes Generales, pero no podrán acumularse los cargos de Regente y de tutor sino en el padre, madre o ascendientes directos del Rey.
Página 6 - Los hijos de padre ó madre españoles, aunque hayan nacido fuera de España. 3.° Los extranjeros que hayan obtenido carta de naturaleza. 4.° Los que sin ella hayan ganado vecindad en cualquier pueblo de la Monarquía. La calidad de español se pierde por adquirir naturaleza en país extranjero , y por admitir empleo de otro Gobierno sin licencia del Rey.
Página 8 - Todo español está obligado á defender la Patria con las armas cuando sea llamado por la ley, y á contribuir, en proporción de sus haberes, para los gastos del Estado, de la Provincia y del Municipio.
Página 23 - La potestad de hacer ejecutar las leyes reside en el Rey, y su autoridad se extiende á todo cuanto conduce á la conservación del orden público en lo interior y á la seguridad del Estado en lo exterior, conforme á la Constitución y á las leyes.
Página 19 - El Rey, y cada uno de los Cuerpos Colegisladores, tienen la iniciativa de las Leyes.
Página 7 - En ellos no se establecerá más que un solo fuero para todos los españoles en los juicios comunes, civiles y criminales.
Página 36 - Todos los años presentará el Gobierno a las Cortes el presupuesto general de los gastos del Estado para el año siguiente y el plan de las contribuciones y medios para llenarlos, como asimismo las cuentas de la recaudación e inversión de los caudales públicos para su examen y aprobación.