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do el condado de Ribagorza, y con peligro. Dios lo remedie, que para nosotros lo que puede ser de utilidad se nos deshace; dígolo, porque teniamos tratos en Lérida y algunos principales de ella habian ya enviado quien se acordase con S. M. No debió de ser esto tan secreto como convenia; pagáronlo con la cabeza en Lérida nueve vecinos de aquella ciudad y algunos otros en Barcelona, que tambien estaban inclinados á ajustarse con S. M.; los franceses han puesto mas gente en Lérida de presidio.

El de Leganés va á un pueblo que se llama Colmenar Viejo, que está de Madrid cinco leguas; su negocio está suspenso hasta que venga una informacion que se ha hecho contra él en Aragon.

Ayer partió de aquí Almada, que fué el que prendieron en Badajoz, trocado por el marqués de la Puebla. El sentimiento es que debian de haberle colgado, antes que se descubriera quién era. La marquesa le ha regalado y hecho buenos presentes de ropa blanca, dinero, y un vestido muy rico.

Los condes de Chinchon y Oñate partierou en seguimiento de S. M. antes de ayer; luego les seguirá el de Maqueda.

No se ofrece otra cosa de que avisar á V. R. á quien nuestro Señor guarde como deseo. Su amigo de V. R. estuvo conmigo y me dió aquel recado. Adios, que guarde á V. R. De Madrid y Julio 14 de 1643.-Sebastian Gonzalez.-Al P. Rafael Pereyra, de la Compañía de Jesús, en Sevilla.

Lo de los hechizos del Retiro corrió mucho en Madrid y fué fábula, y por eso no lo he avisado, que eso ha dias se dijo. Corren tantas mentiras que hay poco á que se pueda dar crédito. El papel que V. R. pide Ne sequaris turbam no he visto, ni creo será de importancia. El que lo era está prohibido. El correo pasado envié la acusacion

del Fiscal contra el Nicandro (1) que ha sido la piedra de escándalo para el Conde. Dicen está muy contento en Toro, y que visita á los caballeros y hidalgos; acude algunas veces al ayuntamiento como regidor que es de todas las ciudades por merced de S. M.; sale á ver la fruta y elije para sí la que mas le contenta en la plaza: este es ahora su empleo.

Madrid y Julio 21 de 1643.

(Tom. 101, fól. 34 v.o)

El Rey partió á 8 de este de Tarazona para Zaragoza, sin embargo de tener el enemigo tan cerca, que está á 12 leguas, en Estadilla, amenazando á Balbastro; la ciudad y el reino le han suplicado se dé el arzobispado á Don Antonio de Aragon (2).

Los catalanes que con la muerte del Rey cristianísimo habian publicado un manifiesto, donde alegaban las razones que les movian para no jurar á Luis XIV, su hijo, mudaron ya de parecer y le han dado la obediencia, y es de advertir que habiendo comenzado sus primeros encuentros, por no haber ido el Rey nuestro señor á Barcelona en persona á los fueros antes que le jurasen, el año de 1621, luego que entró á reinar no han reparado en eso con los de Francia, pues juraron á padre y á hijo, sin que hubiesen visto á Barcelona, cosa que ellos tienen por gran desafuero.

El Sr. D. Juan de Austria y parte de su casa ha parti

(1) Véase la carta del 7, pág. 151, not a.

(2) Hijo de la duquesa de Cardona y Segorbe, varias veces citada en

estas cartas.

do ya al Escorial en público; es superintendente D. Alonso de Cardona, virey que fué de Mallorca. Trátasele de serenidad; tiene órden de tratar á los grandes de señoría, á los títulos de merced, y á los caballeros de impersonal, y á los demás de vos.

Salieron las sentencias contra los que intervinieron en los memoriales en pró y en contra del señor Conde-Duque. A D. Andrés de Mena, que es el que publicó y dió el primero contra el señor Conde-Duque, le condenaron en 500 ducados y en seis años de servicio en Oran y cuatro desterrado del reino. A Diego de Gradille (1), un hombre partiçular que le hizo imprimir y le vendia, en 400 ducados y diez años desterrado del reino. A Domingo Herrera, ugier de la mesa del Rey y criado del señor Conde-Duque, que hizo imprimir el segundo, dos años de destierro del reino; y al impresor en perdimiento de todos los instrumentos. A D. Juan de Ahumada, maestro del Sr. D. Juan de Austria, que le hizo y publicó, se le ha quitado el puesto, mas como su causa pende ante el eclesiástico, no se ha sustanciado aun.

El duque de Arcos envió y entró socorro en Oran.

(1) Así se lee en el original de letra del P. Rafael.

Carta que D. Francisco de Quevedo escribe de Cogolludo, lugar y habitacion del duque de Medinaceli, á Madrid al duque del Infantado, dándole la enhorabuena de la sentencia de tenuta que obtuvo en su favor sobre los estados de Lerma y Cea (1).

« A cabo de los años mil

Corren los Lermas

Por do solian ir.>>

Doy á V. E. el parabien de esta sentencia que en todo Séneca no se halla otra tan buena. V. E. es duque del Infantado, duque de Lerma, duque de Cea y duque de Mandas, que siendo cuatro ducados hacen 44 rs. y un real mes con el de Manzanares. Paréceme que oigo al marquesado de Denia, viendo que no caben de piés los estados en la casa de V. E., decirles que se hagan allá para tener lugar. En fin á V. E. le ven con dos cabezas Mendozas y Sandovales. Gracias a Dios que con el pelo que en profecía juntó V. E., ninguna será calva. Andese V. E. de casa en casa poniendo demandas, como otros demandando, y concédale Dios justicia por su casa, cosa que pocos piden.

La mayor solemnidad de este suceso fué el contento

(1) Hállase en el tomo 101, fól. 36, entre los apuntes del P. Rafael y co piada de su letra. No tiene fecha; pero como la sentencia de tenuta se públicó, segun Yañez Memorias para la vida de Felipe III (prol. pág. 56), en 23 de Junio de este año, nos ha parecido poner la carta del chistoso escritor en este lugar, tanto mas cuanto en dichos apuntes se halla entre una del 25 de Julio y otra del 4 de Agosto.

de mi señora Doña Antonia (1), hija del de Medinaceli, concertada de casar con el primogénito del Infantado.

Yo me estoy dando un baño de pez y resina, y quedo en infusion de cohetes para introducirme en luminarias, que ya no tengo otro modo de lucir sino quemándome. Que Dios guarde á V. E., &c.

Madrid y Julio 28 de 1643.

(Tom. 404, fól. 366.)

Pax Christi, &c. El jueves se votó el pleito sobre el estado del duque de Lerma, &c.; la sentencia fué la siguiente sacada originalmente:

« Fallamos que el remedio de la ley de Toro, intentado por parte de Doña María de Sandoval, condesa de Santa Gadea, en cuanto al mayorazgo de Gumiel de Mer→ cado, y de todo lo demás agregado por el cardenal duque de Lerma, juntamente con el título de duque de Lerma hubo lugar; y ansimesmo declaramos que el remedio intentado por el duque del Infantado en cuanto al mayorazgo de Ampudia, Cea y Lerma, sin que se comprenda cosa alguna de lo agregado por el dicho Duque-Cardenal, hubo lugar. Y mandamos se le dé á cada una de las dichas partes la tenuta y actual posesion de los mayorazgos que á cada uno les van adjudicados, con los frutos y rentas que á cada uno respectivamente les pertenece, desde la muerte del último poseedor hasta la real entrega y restitucion. Y en cuanto á la propiedad, remitimos este pleito al Presidente y oidores de la real Audiencia de Vallado

(1) Hija del sétimo duque de Medinaceli, D. Juan Luis de la Cerda, la cual estaba á la sazon concertada de casar con el primogénito de Infantado.

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