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el Rey reynaba en Cordoba, y esto no se verificó hasta Junio del 1236.Hase gastado mucho la tinta del original: pero los vestigios y espacio de los numeros indican el final de XXXVIII. y de ningun modo permiten solo el 30.

6 Sabese por aquel docu:mento, que ya era Colegiata el Monasterio de Santa Juliana, y que esto venia con alguna anticipacion, pues no solo tienen titulo de Canonigos los Ministros, sino que se quejaron de faltar el Abad à la contribucion que con titulo de Prebendas acostumbraban dar los Abades à los Canonigos y entonces hicieron Concordia en Burgos en presencia de San Fernando, y de su madre, con otros muchos Eclesiasticos y Seglares, aplicando à cada parte lo que les pareció conveniente, que vino à ser como mitad por mitad.

7 Sabese tambien por el mismo Instrumento, que diez Monasterios de los pertenecientes à Sta. Juliana servian à diez Canonigos de Préstamos: y estos Monasterios daban al Abad sus porciones: los demás Monasterios è Iglesias, rentas y bienes de Santa Juliana, daban tambien la mitad à los Canoni

gos, que eran veinte : pues fuera de los mencionados, habia otros diez que tenian sus Préstamos en las Iglesias y Monasterios alli expresados.Item constan quatro Dignidades, Prior, Chantre, Sacrista, y Magister, que

tenian racion doble: y todo esto califica do esto califica quan bien dotada estaba aquella Iglesia.

8 Si por los años de 1238. se quejaban los Canonigos de no ser atendidos con las con

tribuciones que acostumbraban darles los Abades; claro está que anticipadamente era Colegiata su Iglesia, y que vivian secularizados con repartimiento de bienes, señalados para el Abad y demas miembros de la Iglesia, à los quales fueron defraudando los Abades, y por esto se querellaron los Canonigos, y se formó la citada Concordia.

9 Pero ¿quando empezó la razon de Colegiata, y el secularizarse el Monasterio con division de rentas? No lo he des→ cubierto. Un Memorial impreso por parte de esta Abadía y Colegiata, acerca de su omnimoda esencion, controvertida en nuestros dias, refiere una Bula de Martino V.dada en Junio de su año primero (que fue el 1418.) en que afirma el Papa

ha

haber sido Fundador y primer Patrono de esta insigne Colegial el Señor Rey Don Alfonso de gloriosa memoria, que la doto con veinte Préstamos, que existen hoy agregados à la Mesa Capitular: y añade el Memorial, que la Bula no expresa qué Alfonso fue este; pero que se tiene por cierto haber sido el I. llamado el Catholico (que empezó à reynar en el año 739.) No dice en qué se fundan los que lo tienen por cierto.

10 Sabese por el Obispo Sebastian, que Don Alfonso I. pobló por las partes de Liebana, Trasmiera, y comarcas, hasta la Bardulia: y fue buena ocasion para lo expuesto. En Sampiro (pag.453.del Tom. 14.) leerás la poblacion de Amaya, Burgos, y las partes de Santillana, referido en el reynado de Ramiro II.lo que es fuera de su lugar, pues sin duda pertenecen Amaya y Burgos al tiempo de D. Alfonso III. y juntando con aquellas à Santillana, toca ésta al mismo tiempo,oportuno para la dotacion referida la dotacion referida de los veinte Préstamos, por estar D. Alfonso Tercero mas ensanchado en poblaciones que el Primero. Pero yo no me persuado à que ninguno de estos Alfonsos fuese el fundador:por

que la citada Bula añade: Contra intentionem & voluntatem pia memoria Alfonsi Regis Castella ipsius Ecclesiæ fundatoris: y ninguno de los primeros Reyes Alfonsos se intituló Rey de Castilla hasta el Sexto.

II Un Privilegio del Rey D. Fernando IV. dado en Valladolid à once dias de Agosto Era 1333. (año de 1295.) da à entender que el primer Rey fue D. Alfonso VII. llamado el Emperador: pues dice asi:,, A vos

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Don Rui Peres, Abat de San,, ta Illana, mio Capellan, et à », vuestros sucesores, et al Ca bildo et à la Clerecía de vuestra Eglesia, et à los vuestros ,, vasallos, otorgo vos, et confirmo vos todos los privilegios et las cartas que vos et ellos avedes del Emperador, ,, et de todos los otros Reyes que fueron ante de mi, &c." Aqui ves que los Privilegios del Cabildo empiezan por el Emperador, y prosiguen por los Reyes sucesores. Parece pues, que aquel fue el que entre los Alfonsos se tiene por fundador de la Colegiata ; pues si huviera sido otro, empezaran por él las Cartas confirmadas.

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12 Otra prueba es, que la primera expresion de Canonigos que hállo en Santillana, es del

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tiempo de aquel Emperador, en la Escritura del fol. 62. del Protocolo (que llaman Regla) por la qual el Presbitero Pedro Ibañez, Prefecto de la Cofradia de S. Domingo de la Barquera, unió la Iglesia y Barca que los tales Cofrades edificaron en honor de S. Domingo, al Abad de Santillana Martin, y à sus Canonigos. Esto fue en tiempo del Emperador: pues aunque la data es alli del año 1078. consta ser diminuta,porque añade reynaba el Rey Alfonso en Toledo, (lo que no se verificó hasta despues de aquel año) ni en tiempo del Alfonso que ganó à Toledo huvo en Santillana Abad Martin, sino Pedro, que consta por las Escrituras presidia alli antes del 1076. y en el 1084. y 1098. El Abad Martin vivia en tiempo de Alfonso el Emperador por los años de 1128. 30. y antes y despues: por lo que la Escritura à favor del Abad Martin y sus Canonigos, corresponde al tiempo del Emperador, que reynó en Toledo, y no al Conquistador Alfonso VI.

13 Creible es que los Alfonsos primero y tercero favoreciesen esta Iglesia quando poblaron el territorio, pues fueron honradores de lo sagrado: pero el mayor auge, y la formąTom.XXVII.

lidad de Colegiata puede redu cirse al Emperador Alfonso VII. porque aun las Cathedrales an tiguas no tuvieron desde luego la perfeccion que fueron recibiendo con el tiempo.

14 Santillana prosiguió despues del Emperador con nom→ bre de Monasterio, como se lee en la Concordia del tiempo de S. Fernando, hasta que perdida la vida comun por la separacion de rentas, llegaron à secularizarse del todo.

15 Desde lo muy antiguo gozaba de grandes esenciones, de no contribuir al Obispo, ni admitir Merino, ni Sayon, &c.. ni pagar pechos, ni portazgos, y que ninguno de esta Iglesia pueda ser compelido por Juez seglar, ni usurpar sus bienes, añadiendo algunos Reyes la expresion de ser Abadía suya, y de su Real Patronato y Fernando IV. la honró con muy particulares expresiones de cosas no publicadas, pues dijo: A vos el Conceio de la Villa de Santa Illana, fincando nos niño et pequeño, quando el Rey D.Sancho nuestro padre finó, que Dios perdone, et abiendo guerra con nuestros ,, enemigos, asi con Christianos, como con Moros, et nos criastes 2 et nos levastes el

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;, nuestro estado et la nuestra ,, honra adelant con los otros „, de la nuestra tierra... En re,, conoscimiento de esto que ", por nos ficiestes et fasedes, ,, otorgamos vos et confirma,, mos vos quantos privilegios ,, et cartas tenedes, &c. Fecho ,, el Privilegio en Burgos en „, 27. de Julio de la Era 1340. (año 1302.) Donde vemos la particular noticia de haberse criado en Santillana el Rey D. Fernando el IV. quando niño, y el zelo con que los de esta tierra miraron por su honor y bien de la Corona. Por esto los Reyes sucesores fueron confirmando estos Privilegios, y los Papas dieron tambien sus Bu

las.

16 El Rey D. Alfonso VIII. el de las Navas, concedió la Villa de Santillana al Abad y Cabildo en el año de 1209. lo que confirmaron otros Reyes sucesores: pero el Abad y Cabildo la cedieron por otros bienes al Duque del Infantado D. Iñigo Lopez de Mendoza, Marques de Santillana, à quien como Señor de dicha Villa, acudió el Obispo Cartagena para tomar su beneplacito sobre la traslacion de Santa Juliana, hecha en el 1453. como expresa el mismo Señor Obispo en su

Decreto.Siguieronse despues algunas competencias sobre aquel Señorío por parte de la Villa: y tambien las huvo por parte del Cabildo con los Prelados de Burgos acerca de esencion : pero los Excelentisimos Duques perseveran en la posesion del Marquesado, y las competencias de la Iglesia con Burgos tuvieron la novedad de segregarse todo aquel territorio de la Diocesi de Burgos, por la ereccion del Obispado de Santan→ der, que ha sucedido en los derechos de la Dignidad Abacial de Santillana.

17 Tiene hoy esta Iglesia tres Dignidades: Prior, que es la Cabeza del Cabildo: Capiscol,y Tesorero: diez Canonigos, y ocho Racioneros, todos con voto activo y pasivo. Uno de los Canonigos tiene la Prebenda de Magistral, à cuyo cargo estan diez y nueve Sermones en Adviento, Quaresma, y principales Fiestas del año. Otra Canongia hay resumida para la Santa Inquisicion de Logroño: y un Capellan con nombre del Rey, por ser provision suya en qualquiera de sus individuos, con algunos emolumentos y cargas particulares. Provee el Rey todas las Dignidades, Canongías, y Prebendas, à dife

ren

rencia de los quatro meses que tocaban al Abad, y hoy son del Señor Obispo de Santander del mismo modo que pertenenecian à aquel, como tambien las rentas.

El Organista le pagan la Fabrica, Abadía, y Cabildo. El Capiscol pone el Sochantre ; el el Sochantre; el Tesorero al Sacristan.La Fabrica paga dos Niños de Coro, y dos para el Altar.

18 Lo material de la obra es reputado muy antiguo, y suntuoso para los siglos remotos, pues tiene tres naves, y claustro, cuyas basas y pilares, que mantendrian los arcos ya arruinados, son de muy rara construccion. Hanse agregado à la fabrica antigua las modernas de Sacristía, Camarin, y Sala Capitular.

19 En el Camarin hay muy particulares Reliquias, traidas de Treveris y de Colonia por D.Francisco de Prado y Calderon, Conde del Sacro Imperio, natural de S. Vicente de la Barquera, quien las donó à esta Iglesia,como dejó testimoniado el Em.mo Cardenal D. Fr. Juan Alvarez de Toledo, Obispo de Burgos, en 20. de Mayo del 1549.

20 Entre aquellas Reliquías hay tres porciones del Lignum

Crucis, en una de las quales se ve el taladro de los clavos. Hay del cabello y velo de la Virgen: de S. Pablo Apostol: de S. Bartolomé : de S. Lorenzo, y otros. La cabeza de la Santa Patrona

Santa Juliana está en este Camarin: el cuerpo en el Altar mayor al lado del Evangelio, desde que el Obispo D.Alfonso le trasladó alli desde el pavimento de la nave mayor, donde estuvo el sepulcro, y persevera alli la lapida con la cfigie de la Santa, grabada de cuerpo entero, como difunta, teniendo en la izquierda la cadena con que está ligado à sus pies el enemigo.

21 El culto es como en las mas insignes Colegiatas. Cantase el Oficio Divino con pausa y devocion, que en las festividades crece à proporcion de la solemnidad. La Misa mayor y Visperas se cantan siempre con Organo. Los Maytines se cantan por la mañana, à excepcion de Navidad, Corpus, y Tinieblas. Siguese Prima, y alguna Misa cantada de Memorias, si corresponde al dia. Despues Tercia, Misa mayor, Sexta, y Nona. Todos los Capitulares saben el Canto Gregoriano, en que son examinados antes de empezar la residencia. C 2.

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