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hiciese imprimir, ó que testimoniada la remitiese, con informe del concepto, que así de él como de su obra hubiese formado, para que enterado de todo tomase yo la resolucion mas conveniente. Y habiéndose visto en mi Consejo de las Indias la citada carta con la que menciona de 12 de Agosto de 1742, y otra del Marqués del Castillo de Ayza de 8 del propio mes y año, en la que tambien dice que remite la misma historia; y con lo que en su inteligencia y de los antecedentes, dijo, mi fiscal, ha parecido ordenaros y mandaros, como lo ejecuto, que respecto de no ha berse recibido hasta ahora la expresada historia, remitais por duplicado, trasuntos de ella, con informes y censuras de los sugetos mas inteligentes y doctos de esa ciu dad y Provincia, satisfaciéndose del producto de penas de cámara y multas que se imponen por el expresado mi Consejo, el gasto que causaren estos trasuntos; para cuyo fin se da la orden correspondiente por el juez privativo de ella al Sub-delegado que tiene en esta ciudad; y de su cumplimiento, como del recibo de este despacho, me dareis cuenta en las prime

ras ocasiones que se ofrezcan. Fecha en Buen Retiro, á 7 de Febrero de 1747.Yo el Rey.-Por mandado del Rey Nuestro Señor, Fernando Treviño.

DECRETO.

Guadalajara, Julio 23 de 1748-Por presentado: y en atencion al allanamiento que hace esta parte, de sacar el trasunto duplicado antes prevenido de la historia, de la conquista de este reyno, costeándolo de su bolsillo; póngase este escrito en los autos que se han formado sobre este asunto para que se tenga presente el nuevo servicio, y désele la copia que pide de los pareceres que refiere para el efecto que expresa, y juntamente testimonio de este decreto, para que en la referida his toria conste haberse puesto los expresados pareceres de mandato de este Superior Gobierno; y en cuanto á lo demas que esta parte pide, guárdese lo, proveido en auto de 20 del corriente. Decretolo así el M. I. Sr. Presidente, Gobernador y Capitan General de este reyno de la Nueva Galicia, que lo rubricó.-Ante mí.-D. Manuel de la Sierra.

PARECER.

Señor Presidente, Gobernador y Capitan General D. Fermin de Echeverz. Y ha despachado el billete que con fecha del dia de ayer remití á V. S. en vista de su decreto de 3 de Abril proveido en los autos formados para la ejecucion de la Real Cédula de 7 de Febrero de 1747, recibí el escrito presentado por el Lic. D. Matías de la Mota, que con fecha de 5 del corriente me remitió V. S.; y enterado de su contesto y de lo pedido por el abogado fiscal en el asunto, y del estracto que se inserta en el título de Regidor que presentó, me ha parecido exponer á V. S., que teniendo en mi poder la historia que se trata, me dediqué gustoso á su leccion con el deseo de saber el orígen y progresos de esta Provincia de que no se ha escrito en particular; y como fuesen retraente de este justo motivo la diaria asisteneia por las mañanas á la Audiencia; el continuo despacho por las tardes de las muchas comisiones que son de mi cargo y los accidentes habituales que padezco reagravados con lo fatigado y deplorado de

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la vista, no pude en el dilatado tiempo de un año leer, ni hacerme cargo mas que de los primeros 46 capítulos del conjunto de los que se compone suficiente lectura, ya que no para saciar y completar el deseo; para hacer, como hice, juicio de ser una obra muy útil y aun necesaria para el perfecto conocimiento de esta Provincia y de que se pueden muy favorables efectos seguir, como ya me acaeció á mí en ocasion que, por encargo del Señor Marqués de Altamira que lo tenia de su excelencia Ó por Real Cédula, se le ordenó demarcase esta Provincia, me sirvió de mucho alivio la mencionada historia y sus geográficas noticias, para desempeñar en parte la confianza, y valerme de muchas de ellas que, con las demas que inserta, las ca lifico por ciertas y que se acercan á lo mas verídico por haber dicho licenciado solicita do con fatiga y desvelo instrumentos y papeles que se las ministrasen, que consiguió sacando de la librería del convento de S. Francisco de esta ciudad muchos apuntes que dejó un religioso apellidado Tello, que se quiso dedicar á la misma empresa: y de estos y de otros antiguos papeles que

su activa aplicacion pudo conseguir, formó la dicha historia de que tengo hecho el concepto referido.

No es menor el que tengo hecho de su autor, pues en el tiempo de trece años que el mes próximo venidero hará me hallo sirviendo en esta Audiencia, he experimentado que en los negocios que para su agencia y defensa se ha hecho cargo; en las resoluciones que como asesor en algun grado han ido á la Real Audiencia; en las que asociando en ella han dado, y en el despacho de la abogacía fiscal, que con medio sueldo y aprobacion de S. M. obtuvo; la mucha aplicacion, actividad, celo, prontitud y justificacion con que se dedica al cumplimiento de su obligacion, acreditando ser de los mas doctos y expertos abogados de esta corte, y debió dirigida inclinacion, lo que, y el verle propenso á toda obra de piedad, bien público y explendor de su patria, me hizo invitarle con uno de los oficios del cabildo, haciéndole sacar el estracto que se halla en dicho título y con cuyo empleo ha ejecutado su buen deseo, formalizando ordenanzas que no tenia esta ciudad; haciéndose cargo de

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