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su sabiduría, es el mejor apoyo de nuestros principios : « Ca non tovieron, dice, los antiguos que era cosa muy guisada, que honrra de caballeria, que es establecida para dar e facer bien, fuese puesta en ome que oviese a mendigar en ella, ni facer vida deshonrrada. »

Aun por eso los mismos nombres de Rico home é Fijos dalgo con que las leyes distinguieron á los individuos de esta clase, envolvian en sí otra prueba de la verdad de nuestros principios (11). «E porque otros (dice, hablando de los últimos, una de las leyes citadas) fueron escogidos de buenos logares, e con algo, que quiere tanto decir en lenguage de España, como tambien por eso los llamaron fijos dalgo, que muestra tanto como fijos de bien. »

Es, pues, claro que la constitucion para defender el Estado queria hombres nobles, y para sostener la nobleza queria hombres esforzados, ricos y poderosos.

Si volvemos los ojos á nuestra legislacion, hallarémos mas y mas confirmado en ella este sistema; porque ¿á qué otro fin conspiran los feudos, las jurisdicciones y señoríos familiares, los mayorazgos, los retractos de bienes de abolengo, y otras infinitas instituciones que reprobarian á un mismo tiempo la razon y la política, si no se dirigiesen á conservar en las familias nobles una riqueza, un poderío, sin los cuales no se po drian llevar las distinciones de esta clase? Todo, pues, conspiraba á hacer rica la nobleza, para que fuese capaz de defender gloriosamente el Estado; y este mismo encargo hacia mas indispensable la riqueza de los que debian desempeñarle.

En un tiempo en que solo se trataba de lidiar y hacer conquistas, y en que la obligacion de defender el Estado estaba siempre en glorioso ejercicio, era consiguiente que al desempeño de tan ilustre funcion siguiesen siempre el esplendor y la gloria. Así parece que los mismos Reyes se empeñaban en inventar distinciones para ilustrarla, y esclarecer á los que servian de apoyo á su autoridad, y de escudo á su pueblo. Pero estas distinciones, estos títulos, hacian mas absolutamente necesaria la riqueza á una clase que no los podia sostener sin ella.

En efecto, ¿cómo mantendria la nobleza, sin ricas posesiones, estos altos empleos, estos títulos de honor, estas ilustres

prerogativas, estos privilegios, estas distinciones adjudicadas esclusivamente á su clase por la misma constitucion? Por ventura pudieran unirse alguna vez á la pobreza estos accidentes pomposos que sostiene con dificultad la opulencia misma? Y el honor, este móvil, este principio de las monarquías, este apoyo de la nobleza y su inseparable compañero, ¿no se desdeñaria de confundir estas ideas? Si creia entonces que la honesta y honrada aplicacion al trabajo le manchaba y le deslucia, ¿cómo nos podemos figurar que pudo hacer compatible la nobleza y la necesidad?

Desengañémonos, señores; la constitucion quiere nobleza rica, mantenida del producto de sus patrimonios; no pendien. te de ageno arbitrio, ni librada sobre la aplicacion y el trabajo.

No se crea que siento proposiciones aventuradas. Si las que he dicho lo parecen, dígase la autoridad de la ley que viene en apoyo de ellas. He dicho que la constitucion quiere una nobleza que no libre su subsistencia sobre el trabajo. Hablemos mas claramente: una nobleza incompatible con las obras serviles. Otra ley de Partida lo prueba claramente.

La misma que hemos citado para probar que la pobreza no podia unirse á la profesion de la caballería escluye de ella á todos aquellos que por su misma persona ejercian algun tráfico, no permitiéndoles entrar en la milicia noble, ó arrojándolos de ella en caso de haber entrado: sobre lo cual es igualmente clara la ley 25 del mismo título.

Háblase en ella de las causas por que los caballeros se hacen indignos de las honras de su clase, y se dice así: « E las razones por que les pueden toller la caballeria son estas: asi como cuando el caballero estuviese por mandado de su Señor en hueste o frontera, e vendiese o malmetiese el caballo, o las armas, o las perdiese a los dados, o las diese a las malas mu geres, o las empeñase en taberna, o si a sabiendas ficiese caballero a ome que non debiese serlo, o si usase publicamente el mismo mercaduria, o obrase de algun vil menester de manos por ganar dineros, no seyendo captiuo. >>

Bien sé yo que estas ideas sufrirán el anatema de la filosofía; pero ahora hablo como político, examino la antigua constitucion, sigo sus huellas; y como no trato de hacer la guerra á la honrada aplicacion, sino á la ociosa vanidad, uso gustosamen

te contra esta de las mismas armas que tantas veces se han movido en favor suyo. Pero demos otro paso mas hácia nuestro propósito.

En los tiempos en que florecia la constitucion que hemos descrito, no era muy raro ver abandonada la nobleza como una cualidad gravosa, que al mismo tiempo que imponia obligaciones imposibles de cumplir, sin conveniencias, no permitia buscar las conveniencias como fruto del honesto trabajo. Los nobles, á quienes la fortuna no habia dejado salir de una suerte escasa, abdicaban una clase, cuyas distinciones les servian de estorbo para enriquecerse, y buscando en la clase del pueblo el arbitrio de redimir su necesidad á esfuerzos de la aplicacion, salvaban por este medio su reposo y su vida.

Es bien notable, pero muy oportuna, una ley del Fuero viejo de Castilla, que contiene la fórmula de esta abdicacion (12). «Dos omes, dice, o tres, o cuatro, o cinco nobles, no pueden haber quinientos sueldos, o trecientos sueldos, e ser hermanos de padre e de madre, o de abolengo. En esta manera si algun ome nobre vinier a pobredat, e non poder mantener nobredat, e vinier a la iglesia, e digier en concejo: sepades que quiero ser vostro vecino en infurcion en toda facienda vostra, e adugere una aguijada, e tovieren la aguijada dos omes en los cuellos, e pasare tres veces sobre ella, e digier dejo nobredat, e torno villano, entonces sera villano, e cuantos fijos e fijas tovier en aquel tiempo, todos seran villanos. »

Esta sabia ley prueba cuan bien supieron nuestros legisladores remediar los inconvenientes que envolvia en sí la misma constitucion: conocieron que siendo la nobleza una cualidad hereditaria, infinitamente multiplicable en la descendencia de los nobles, el empeño de conservarla, como necesaria á la subsistencia del Estado, seria funesto al mismo Estado, si no se señalaba un límite á la escesiva multiplicacion de sus individuos.

Por eso, al mismo tiempo que proveyeron á la conservacion de la nobleza, haciéndola propietaria, y perpetuando en sus primogénitos el patrimonio destinado á la subsistencia de su esplendor, abrieron el paso á aquellos individuos que, no pudiendo aparecer en la sociedad con el decoro necesario á la

nobleza, corrian á confundirse con la plebe, y á esconder en ella su necesidad y su miseria. Máxima respetable, á cuya vista apenas se podria sostener el empeño de retener en el centro de la nobleza á aquella porcion sobrante de ella, que la vicisitud de las cosas humanas y el bien mismo de la sociedad empujan hácia lo circunferencia.

Mientras la sociedad hace las reflexiones á que dan lugar las misteriosas palabras de esta escelente ley, yo me doy priesa por concluir este primer punto de mi discurso, deduciendo de todo lo dicho hasta aquí, que un Monte-pio establecido para socorrer á los hidalgos pobres; dirigido para conservar en Ja nobleza unos individuos que la constitucion escluye de ella, y empeñado en hacer compatible con la miseria y la necesidad unas distinciones que la constitucion solo quiso unir á la riqueza y al poderío, es el establecimiento mas inconstitucional que ha podido imaginarse.

Pero ¡ojalá que de este establecimiento solo se pudiese decir que no era análago ni conforme á nuestra antigua constitucion! Este defecto, aunque grave, pudiera disimularse en un tiempo en que el estado de las cosas era muy diferente. La constitucion misma se ha alterado, y con ella la esencia y las funciones de la nobleza, sus distinciones y prerogativas.

Ya la defensa del Estado está á cargo del soberano que la gobierna. El cuerpo de la nobleza ha crecido en tamaño, pero ha menguado mucho en fuerza y autoridad: varias clases, antes no conocidas, ó que vagaban fuera de él, se le han incorporado y se han hecho capaces de sus prerogativas: todo es ya diferente de lo que fué en lo antiguo. Pero no importa ; yo voy á demostrar ahora que el establecimiento de que se trata, es enteramente inútil á la nobleza, cual hoy existe: á esta misma nobleza para quien se ha erigido y destinado.

A fin de convencer esta verdad, hablarémos segun las ideas de nuestro siglo, y subdividirémos la nobleza, no en aquellas clases que la antigua constitucion señaló dentro de ella, sino en las que la opinion y la misma riqueza las dividen: este método dará la mayor claridad á mis ideas.

En la primera clase pondrémos, no solo á los grandes y señores opulentos, sino tambien á todos aquellos poseedores de mayorazgos que tienen lo necesario para sostener el lustre de

su familia, y dar á sus hijos carreras y establecimientos conformes á ella.

En la segunda, aquellos nobles que por la cortedad de sus mayorazgos, ó por no haber nacido primogénitos, siguieron alguna de las carreras abiertas á la nobleza, y buscaron en ellas un establecimiento proporcionado para vivir con co. modidad, y tal vez para criar y mantener con decencia una familia.

Para la tercera, dejarémos aquellos pobles que ni poseen mayorazgos, ni tienen empleos, ni se les conocen otros medios de subsistir, á lo menos con la decencia de su clase.

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Supongo que para la primera de estas porciones; esto es para la nobleza rica y opulenta, nadie me disputará que es inútil el Monte-pio. Dijera mas bien, que para las familias que comprende, no solo seria inútil, sino tambien indecoroso tal establecimiento, sino hallase que los que se han ascripto á él, no tanto siguieron el impulso del interés, cuanto el de la caridad. Como quiera que sea, señalar socorros á la abundancia, y abrir á la riqueza un asilo, donde solo se ha refugiado hasta ahora la necesidad, me parece una idea que hace bien poco honor á nuestro siglo.

Tambien el Monte es inútil, ó á lo menos no es necesario, para aquella porcion de la nobleza que hemos colocado en segundo lugar. Para el socorro de estas familias el Gobierno ha erigido, dirige y conserva cuidadosamente otros Montes análogos, de cuya duracion no nos deja dudar la confianza que tenemos de su piedad. En esta parte ha resplandecido seguramente el celo de nuestra administracion en el presente reinado. Era muy justo que las familias de los honrados ciudadanos, que habian derramado su sangre por la Patria; que habian guardado fielmente el depósito de sus leyes, ó que le habian sacrificado su estudio y sus tareas en todo el curso de sus vidas, no quedasep espuestas á caer en la mendicidad. Los hijos de estos buenos patriotas eran los hijos del Estado; y cuando el gobierno no les hubiese socorrido por este medio, estaria obligado á buscar otros de socorrerlos y ampararlos. Lo contrario introduciria el desaliento en todos los corazones ahogaria en ellos las semillas del patriotismo, y la nota de injusticia y de ingratitud recaeria infaliblemente sobre la admi

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