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Madrid, cuyas ordenanzas se sirvió remitir el Consejo á nuestro informe ahora vengo á reproducir y amplificar estas mismas reflexiones, para persuadir á la Sociedad que este Monte no parece acreedor á la suprema aprobacion de aquel tribunal, por ser un establecimiento inconstitucional, inútil á la misma nobleza para quien se forma, y perjudicial al Estado.

Pero antes de hablar en este delicado asunto, me ha de permitir la Sociedad que haga dos protestas: la una, de que el dictámen que llevo insinuado, lejos de ser sugerido por alguna aversion á la nobleza, es inspirado por el mismo respeto que profeso á esta clase, contra la cual seria temeridad creer preocupado á un hombre, que habiendo nacido en una de las mas antiguas familias de Asturias, y hallándose adornado con enlaces y distinciones que atestiguan el lustre de su cuna, debe estar á cubierto de la nota de parcialidad contra la misma clase que ocupa en el Estado. La otra, que para poner en claro mis ideas, será preciso subir hasta el orígen mismo de la nobleza; buscar su esencia en nuestra antigua constitucion, y derivar de estas fuentes todos los principios que deben servir de apoyo á mi dictámen. Aunque este cuidado podrá parecer superfluo, espero que el efecto haga ver cuanta claridad resul. ta de él á mis ideas. Ninguna diligencia creo escusada, cuando voy á sostener una proposicion que tiene apariencias de paradoja; á desentrañar las verdades que le sirven de apoyo, y á sacarlas del caos en que las han sepultado la preocupacion y la ignorancia. La nobleza, señores, examina da en su acepcion política, no es otra cosa que una cualidad accidental, que coloca al ciudadano en aquella clase de la sociedad que se distingue de las otras por sus funciones peculiares, sus títulos de honor, sus privilegios y sus prerogativas.

Llámola cualidad accidental, porque no fué establecida por la naturaleza, sino por el arbitrio: porque es independiente de las perfecciones naturales del individuo que la posee, y porque habiendo sido inventada por la opinion, fué autorizada por las leyes, y dirigida por los legisladores al complemento de la constitucion política de las monarquías.

A los que poseian esta cualidad; esto es, al cuerpo de la nobleza, fió la antigua constitucion de Castilla la defensa del Estado. Esta era su funcion peculiar. Los nobles poseian las dis

tinciones de su clase, con el gravámen de velar continuamente sobre la pública seguridad. Yo subiré, como he prometido, ab origen de las cosas, para hacerme entender.

En tres clases dividió nuestra antigua constitucion los individuos del Estado: la clase de oradores, esto es, el clero ; la clase de defensores, esto es, la nobleza; la clase de labradores, esto es, el pueblo.

La primera tiene á su cargo las cosas pertenecientes á la religion, y' á sus individuos toca levantar las manos al cielo para rogar contínuamente al Altísimo por la salud del Estado: por éso se llaman oradores.

La segunda debe por instituto velar por la conservacion del mismo Estado, y' á sus individuos toca la defensa del príncipe, del pueblo, y de la religion: por eso se han llamado defen

sores.

A los individuos de la tercera toca cultivar la tierra, labo rear sus productos, y hacer que abunden todas las cosas necesarias á la conservacion de los miembros del Estado: por eso se llamaron labradores. Tal es la division señalada en una de las leyes de Partida, cuyas palabras acotaremos despues (9). Esta constitucion, nacida con el trono de Asturias, y conso lidada despues de la reunion del condado de Castilla á la corona de Leon, siguió acaso en esta division de las clases, mas bien la necesidad que la razon.

Se profesaba generalmente en el Estado el cristianismo: segun él era menester señalar á sus ministros una gerarquía separada; y por eso se formó la clase de oradores.

Estaban los dominios de España ocupados por los Sarrace nos: era preciso hacerles frente á todas horas con las armas en la mano, ó para estender sobre ellos las conquistas, ó á lo me nos para arredrarlos del pais restaurado: esto pedia una clase de defensores.

Los que estaban continuamente dedicados al culto del Altí simo, y los que tenían siempre la espada desenvainada contra los enemigos del Estado, ni podian cultivar la tierra, ni ejer. citar la industria: era pues necesaria otra clase de hombres dedicados á proveer á los demas de las cosas necesarias al uso de la vida, y sobre este principio se estableció la clase Hamada de labradores.

Yo no me detendré á esplicar la esencia de cada una de estas clases, ni el admirable enlace que estableció la constitucion entre ellas. La clase primera y la última no son de nuestro propósito, vamos á examinar solamente la esencia de la segunda; la clase de los defensores, la de la nobleza.

Tres especies de nobleza reconoce nuestra constitucion: una de linaje, otra de sabiduría, y otra de virtud. De todas hace el sabio legislador un digno aprecio; pero particularmente de aquella nobleza que une al lustre del nacimiento, el mucho mas brillante de la virtud. « E esta gentileza, dice una ley de Partida, habian en tres maneras. La una por linage, la otra por saber, la tercera por bondad de costumbres, e de maneras. E como quier que estos que la ganan por sabiduría e por su bondad, son por derecho llamados nobles e gentiles, mayormente lo son aquellos, que lo han por linage antiguamente, é facen buena vida, porque les viene de lueñe, como heredad: e por ende son mas encargados de facer bien, e de guardarse de yerro, e de mal estanza. Ca non tan solamente cuando lo facen resciben daño e vergüenza ellos mismos, mas aquellos onde ellos vienen. E por ende fijos dalgo deben ser escogidos, que vengan de derecho linage de padre e de abuelo, fasta en el quarto grado, a que llaman bisabuelos. E esto touieron por bien los antiguos, porque de aquel tiempo adelante, no se pueden acordar los omes; pero cuanto dende adelante mas de luene vienen de buen linage, tanto mas crescen en su honra, e en su fidalguia. »

Seria muy importuno el empeño de esplicar los grados en que se dividia esta nobleza, y separaban al noble del hidalgo, al hidalgo del caballero, y al caballero del rico-hombre. Estos grados se contenian dentro de la misma clase, y eran como eslabones de una cadena que unia al soberano con el pueblo, y al pueblo con el soberano; sirviendo á un mismo tiempo de apoyo al primero, de escudo y de defensa al segundo.

En efecto, el cargo de defender al Príncipe, al pueblo y al Estado, se fió á esta nobleza. Pudo muy bien haberse puesto al cuidado de los mas valientes, y no al de los mas ilustres miembros de la Sociedad; pero los legisladores, doctrinados por la meditacion y la esperiencia, creyeron que una funcion tan importante y delicada, especialmente en aquellos tiempos,

debia encargarse á personas sobre cuya fe pudiese reposar mas seguramente la pública confianza. Eligieron por tanto á las personas de claro nacimiento; esto es, á los nobles ó hidalgos de linaje: oigamos en la misma ley la decision y el fundamento de ella (10).

<< E por estas razones, dice, antiguamente para facer caballeros, escogieron los venadores del monte, que son omes que sufren gran lazeria, e carpenteros, e ferreros, e pedreros, porque vsan mucho a ferir, e son fuertes de manos. E otrosi los carniceros, por razon que usan matar las cosas vivas, e esparcen la sangre de ellas. E aun cataban otra cosa en escogiéndolos; que fuesen bien faccionados de miembros, para ser recios, e fuertes, e ligeros. E de esta manera de escoger usaron los antiguos muy gran tiempo. Mas porque estos atales vieron despues muchas vegadas, que non habiendo vergüenza, olvidaban todas estas cosas sobre dichas, e en logar de vencer sus enemigos, vencíanse ellos, tovieron por bien los sabidores, que catasen omes para estas cosas, que oviesen en si vergüenza naturalmente; e sobre esto dijo un sabio, que obo nome Vegecio, que fabla de la Orden de Caballeria, que la vergüenza vieda al caballero que non fuya de la batalla, e por ende ella le face vencer. Ca muchos tovieron que era mejor el ome flaco e sofridor, que el fuerte ligero para correr; e por esto, sobre todas las cosas cataron que fuesen omes de buen linage, porque se guardasen de facer cosa por que podiesen caer en vergüenza. »

Aunque no hay en todo el título de los caballeros ley alguna que no pueda servir á demostrar nuestra proposicion, citarémos aquellas cuyas palabras, por mas claras y decisivas, nos deben escusar de otras citaciones. La ley primera dice: « Que caballeria fue llamada antiguamente la compaña de los omes nobles, que fueron puestos para defender las tierras. » La ley séptima da á los caballeros indistintamente el nombre de fijosdalgo. La décima tercia hablando del escudero que recibe caballería: « E por ende, dice, mandaron los antiguos, que el escudero que fuesse de noble linage, un dia antes que reciba caballeria, que debe tener vigilia. » La décimacuarta, que llama á la caballería cosa noble e honrada : « Pero antiguamente, dice, establecieron, que a los nobles omes ficiessen caballeros,

seyendo armados de todos sus caballos, bien ansi como cuando oviessen de lidiar. »>

De forma que no se puede revocar á duda, que la defensa del Estado, por nuestra antigua constitucion, era una funcion propia y peculiar de la nobleza. No por esto se crea que la constitucion de Castilla no conocia mas nobleza que la dedicada al servicio de las armas; no por cierto: los oficiales de la corona, los altos magistrados, y todos los personajes que formaban la gerarquía civil del Estado, debian ser tomados tambien de la misma clase. Lo que hemos querido persuadir, es que la defensa del Estado se habia fiado esclusivamente á la nobleza, y que ninguno de los que estaban fuera de ella podia entrar en la caballería; esto es, en la milicia alta y constitucional, encargada de la conservacion del Príncipe, de la Religion y la Patria.

Aunque las mismas leyes que hemos citado, pudieran servir tambien para probar que la constitucion queria que esta nobleza fuese rica y poderosa; como este punto nos va acercando mas y mas á nuestro propósito, parece digno de alguna mayor indagacion. En efecto, si no la suponemos acomodada y rica, ¿ de qué se habrá de sustentar esta nobleza, que no debe consumir los bienes del santuario? qué no está hecha á empuñar el arado ni el escoplo? qué se ha de ocupar á todas horas en combatir á los enemigos del Estado?

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Defensores, dice el Rey Sabio, son uno de los tres estados, porque Dios quiso que se mantuviese el mundo. Ca bien ansi como los que ruegan á Dios por el pueblo son dichos oradores e otrosi los que labran la tierra, e facen en ella aquellas cosas porque los omes han de vivir e mantenerse, son dichos labradores: otrosi los que han de defender a todos, son dichos defensores. E por ende los omes que tal obra han de facer, tovieron por bien los antiguos que fuesen mucho escogidos. Esto fue porque en defender yacen tres cosas, esfuerzo, e honrra, e poderio.

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Ve aquí en pocas palabras cifradas las calidades que deben caracterizar al noble, y sin las cuales la nobleza será un nombre vano y sin sustancia. Pero el legislador habló mas claro: prohibió espresamente que se pudiese armar caballero al hombre pobre, por una razon que al mismo tiempo que

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