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cias espirituales, llamadas á ejercerla mayor en España con el trascurso de los tiempos.

Creada y establecida la Inquisicion en Francia por el papa Inocencio III., segun en otro lugar espusimos, organizada y reglamentada en el pontificado de Gregorio IX. y en el reinado de San Luis, siendo este pontífice amigo y protector de Santo Domingo y de su instituto de predicadores, existiendo ya en España comunidades de dominicos, y habiéndose infiltrado en Cataluña y otros dominios del monarca de Aragon la doctrina herética de los albigenses, dirigió aquel pontífice un breve (1232) al arzobispo Aspargo de Tarragona, mandándole que para evitar la propagacion de la heregía inquiriese contra los fautores, defensores ú ocultadores de los hereges, valiéndose para ello de los obispos, y de los frailes predicadores y otros varoues idóneos, precediendo con arreglo á su bula de 1231. El arzobispo envió la bula al prelado de Lérida, que la puso inmediatamente en ejecucion.

(1) El que Llorente llama don Espárrago. Hist. de la Inquisic. tom. I., cap. III., art. 1.

(2) En esta bula, promulgada por Gregorio IX. en 1234 contra los hereges de Italia y Francia, se mandaba, además de la pena de excomunion, que los hereges condenados por la iglesia fuesen entregados al juez secular para su condigno castigo, degradando antes á los que fuesen clérigos: que si alguno de los designados en la bula se convirtiese, se le impusiera penitencia y cárcel perpetua:

que los sospechosos de beregía, si no destruian la sospecha por medio de la purgacion canónica ú otra correspondinte, ademas de ser privados de oficio y de sacramentos, no recibiesen sepultura eclesiástica, y si alguno se la diese, incurriera en excomunion, de la cual no sería absuelto sino desenterrando por sus propias manos el cadáver, y haciendo que aquel sitio perdiera el destino de sepulcro para siempre...... etc., etc. Rainald. año 1231, n. 14.

Y como el papa viese que los religiosos dominicanos eran fieles y activos ejecutores de las ideas y de las disposiciones pontificias en lo de inquirir los hereges y castigar la herética pravedad, encomendóles muy en particular la ejecuciou de su bula, y fueron sus auxiliares de mas confianza. En 1235 envió al sucesor de Aspargo en Tarragona una instruccion de inquisidores escrita por San Raimundo de Peñafort, su penitenciario, y religioso dominico español, mandándole se arreglase á ella: y en 1242 en un concilio provincial de Tarragona se acordó y proveyó el órden de proceder los inquisidores contra los hereges en causas de fé, y las penitencias canónicas que se habian de imponer á los reconciliados. Tal fué el principio del establecimiento de la antigua inquisicion en Cataluña, institucion que siguió fomentando el papa Inocencio IV. y los pontífices que le sucedieron, y cuya marcha, alteraciones y vicisitudes iremos viendo en el discurso de nuestra historia (1).

A juzgar por un breve del mismo Gregorio IX. al obispo de Palencia (1236), tambien parece quiso introducirla en Castilla (2) , y ya hemos visto, fundados en el testimonio del insigne historiador y obispo Lucas de Tuy, hasta donde arrastró su celo religioso á

(1) Diago, Hist. del órden de predicadores en la provincia de Aragon, lib. 2.-Monteiro, Hist. de la Inquisicion de Portugal, part. I. -Llorente, Hist. crit. de la Inquisicion de España, tom. 1.

Aguirre, Collect. concil. Hisp. Concil. Tarracon.-Castillo, Hist. de Santo Domingo.

(2) Registro de las epistolas de Gregorio IX. lib. X.-Rainald. Anal. eccos.. año 1236, n. 59.

San Fernando en el castigo de los hereges. En Navarra tuvo ya entrada dos años antes de promediar el siglo XIII., si bien no tuvo todavía una existencia permanente sino en algunas diócesis de Cataluña que confinaban con Francia, en cuyas provincias meridionales funcionaba el tribunal de mas antiguo, con formas mas estables y con mas vigor.

Tal era la situacion de España en lo material, en lo religioso, en lo político, en lo industrial y en lo literario á la muerte de Fernando III. de Castilla, desde cuya época advertiremos ya diferencias esenciales en la condicion social y en la fisonomía de la edad media española.

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