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neis sobre mi como mí señor y padre. Siendo esto ansi, tambien el paternal amor deve à vos señor inclinar á lo que de vos como de buen señor y padre devo esperar: teniendo me por persuadido que V. S. no usará conmigo de semejante plática en la negociacion destos hechos. Pero como quier que sea, so contento de vos entregar todo lo que tengo en Navarra: como por vos ha sido muchas vezes demandado. Mas porque antes se cumpla vuestro servicio y mandado, vos señor suplico: que en lo que me toca á mi como hijo vuestro, é á mis servidores y parciales como vassallos vuestros, no devays aver enojo ser á V. S. suplicado y referido ante. Pues à V. A. plaze dar indulgencia y perdon á las cosas passadas, tambien la pena deve ser remitida y pues con solo zelo de vuestro servizio me dispongo á fazer esto y á obedecer vuestros mandamientos, V. S. debe corresponder à lo que bien mio y de los mios sea: principalmente en la seguridad y libertad de mi persona y porque he sabido dello ser V. A. contento, esto le tengo en mucha merced: é fio en la misericordia de Dios y en la humanidad y clemencia vuestra que esta absencia abrá poca durada. Pero maravillome que V. S. escepta los reynos de Navarra y de Sicilia: como no sea mi voluntad, contra vuestro querer, estar en ellos. Tambien pues V. A. es contento de soltar mis rehenes, sin la libertad de los cuales, la mia ternia por no firme, á V. S. quanto mas humildemente puedo suplico, que del todo libres y francos los mande soltar : y embiarlos á mi y todos los castillos y fortalezas de Navarra sean puestas en poder de gentes de la nacion Aragonesa: ó á lo menos los que he tenido en mi obediencia. Ca si bien en ello V. S. atiende, non seria cosa razonable quitarlos á los que los tienen y entregarlos á sus enemigos. Terné à mucha merced á V. S. que en aquel reyno aya de ser puesto Governador de los reynos desta Corona y libre de passion: ca bien me parece ser esto cumplidero á vuestro servicio y para bien de aquel reyno y los Alcaldes y Merinos y los estados de Navarra hagan juramento y pleito omenage á mi para en seguridad de mi sucession, y heredad. Tanbien suplico á V. A. me mande entregar mi principado de Viana:

y el ducado de Gandía: puesto que V. A. quiere tener á su mano los castillos siquiera porque mis títulos no vayan por el aire: y non tema V. S. ya de mi ca dexadas las razones que Dios y naturaleza quieren, ya estoy tan fasto de males y ausadas de mar que me podeys bien creer. A lo que me ha sido dicho que será dado para mi sustentacion la metad de las rentas de Navarra, deduzidos los cargos ordinarios, terné en mucha merced que esto non me de : antes le suplico me assigne en otra parte qualquier quantidad que le plazerá. Con esto suplico á V. S. quiera disponer del estado y colocamiento de la Princessa mi hermana y mandarle restituyr sus bienes que hija vos es: los hechos de la qual por propios estimo: y tengo en mucha merced á V. S. querer entender en mi matrimonio: como por estos mios y por el embaxador del Rey de Portugal he comprehendido al qual he respondido que non puedo salir del mandado de V. S. Pero suplico á V. A. que prestamente quiera entender en ello que ya es tiempo para vuestro servicio y para mi bien. No se maraville V. S. si esto le torno á suplicar: ca non me parece deservicio vuestro en yo procurar el bien de mis servidores: por no les ser ingrato antes me parece de buena razon, V. A. à los que á mi han servido, e yo á los que á vos, les devamos aquellos servicios galardonar y non les quitar nada de lo suyo. Por ende terné en mucha merced á V. S. que à los mios sus bienes y officios y beneficios, assi ecclesiásticos, como seglares, segun los tenian y posseyan antes destas differencias, les sean entregados y confirmados. Ca non solamente los Reyes soys ministros de la justicia, mas amadores della. Por dar fin à todos estos males passados, esto terné en mucha merced á V. S. y tambien suplico, mande hazer la remission, y perdon general tan estendido, como conviene y porque, como dixe, zelo el servicio de V. A., quanto mas humildemente puedo suplico, quiera aceptar y oyr esta suplicacion dando fe al Visorey: y á mi confessor: y á mossen Bernaldo de Requesens: y á Martin de Yrurita mi patrimonial mis embaxadores: sobre lo que de mi parte en estos hechos suplicaran y diran á V. A.: en cuya proteccion sea Nuestro Señor

continuamente y de mi señor mandad como de obediente hijo. De Mallorcas á XXII de Noviembre: del año MCCCCLIX."

Segun se ve en esta carta el embajador de Portugal pasó á Mallorca á proponer el matrimonio proyectado que merecia ya la aprobacion de D. Juan. Aunque este enlace no era el mas adepto á la voluntad de D. Carlos que deseaba ante todo para esposa á D.a Isabel de Castilla, accedió á los deseos de su padre que la destinaba para D. Fernando duque de Montblanch. Tanto anhelaba la concordia, que no se contentó con esta condescendencia, sino que sabiendo que su madrastra era la que endurecia mas en su contra el ánimo del Rey, dió órden á sus embajadores para que procurasen concertar unas vistas entre él y D.a Juana, en las cuales pensaba reducirla á la razon á pesar del odio que sabia que le profesaba: mas todo fué en vano, pudo mas en la Reina el orgullo que la razon y se negó constantemente á esta demanda.

Afligido sumamente D. Carlos, no solo por esta negativa y por la debilidad con que su padre se humillaba á la voluntad de su esposa, sino tambien por los continuos avisos que recibia de que D. Juan mandaba armar en secreto algunos buques para ir contra él, resolvió huir, y para cohonestar de algun modo su fuga, le envió a decir que por serle incómodo vivir en Mallorca, le señalase algun punto del Rosellon ó Cataluña. Mas antes de la respuesta habia dado el Rey su decision definitiva de concordia, y habiendo aceptado D. Cárlos, no tuvo lugar la marcha proyectada. No accedió el Monarca á todas las peticiones de su hijo, modificó algunos artículos, y negó algunos otros entre los cuales se contaba el referente á la condesa Leonor que à esar de ruegos y razones continuó en el gobierno de Navarra. Tenacidad horrible que demostraba muy á las claras cuan lejos estaba la sinceridad del ánimo de los Reyes de Aragon y que sus antiguos pactos con los Condes de Foix en lugar de haber caducado se sostenian con mayor fuerza. A pesar de la afrenta que esto le atraia, y sin hacer caso de los consejos que le daban, D. Cárlos aceptó la concordia, prometió entregar á su padre todo lo que seguia su voz en Navarra y aun poner en poder del mismo y como en rehenes á

su hermana D.a Blanca y á sus hijos naturales D. Felipe y Doña Ana debilidad funesta que fué la sentencia de muerte de su hermana y tal vez la suya.

Estando el Rey de Aragon en Barcelona declaró el dia 26 de Enero de 1460 con intervencion del Virey de Sicilia, Requesens, de Sada y de Irurita, enviados del Príncipe, las condiciones de concordia en las que manifestó convenir muy à disgusto. En primer lugar debia entregársele toda la parte rebelde de Navarra; perdonaba á su hijo y le recibia en su gracia, amor y bendicion; le permitia vivir en cualquiera de sus reinos menos en Navarra y Sicilia; no podia obligarle á ir á su presencia; le debia restituir el principado de Viana; ofrecia entender en su matrimonio de modo que fuese en servicio suyo y bien del Príncipe; prometia poner en libertad à D. Luis de Beamonte y demas rehenes dentro del mes siguiente á la entrega de la parte rebelde de Navarra á Luis Despuig maestre de Montesa; igual beneficio debian gozar los prisioneros de ambas partes; perdonaba el Rey á los que habian servido à D. Cárlos y debia restituirles las viIlas, patrimonios y mercedes que tenian en tiempo de D.a Blanca; obligábase á no poner en las villas y castillos que estuvieron por su hijo sino aragoneses y catalanes ó de cualquiera otro reino menos navarros; por fin los alcaides puestos desde que el Príncipe se salió de la obediencia de su padre y los que en adelante se nombrasen debian hacer pleito homenage como en tiempo de D.a Blanca. Leida esta concordia en presencia de varios personages de la Corte, fué firmada por D. Juan y por los embajadores en virtud del poder que para ello les envió su señor el 29 de diciembre último.

Este convenio y sobre todo la entrega en rehenes de D.a Blanca, D.a Ana, y D. Felipe desagradó á los beamonteses que decian que su Príncipe se habia humillado en estremo poniendo á su hermana en manos de sus verdugos, y con tal escusa se resistian á entregar las villas y castillos de que eran dueños. Aunque D. Carlos les escribió diciendo que al aceptar estas condiciones antes que todo tuvo presente la felicidad de Navarra y que à no

haberlo conocido asi, no lo hubiera verificado; ni la carta ni Pedro de Sada y Martin de Irurita encargados de llevarla fueron suficientes para convencerles, de suerte que viendo el Príncipe que su padre empezaba á creer que aquella resistencia dimanaba de órdenes suyas, envió à Pamplona un caballero de su casa llamado Gil de Unzue con órdenes tan terminantes, que D. Juan de Beamonte ya no pudo resistir é hizo entregar todas las villas y castillos sujetos à sus parciales.

Concluida ya la concordia y entregadas las plazas fuertes, marchó el Monarca á Navarra y D. Carlos que vivia muy disgustado en Mallorca resolvió usar de la facultad que se le concedia de vivir en cualquier reino de su padre menos en Navarra y Sicilia, y con este motivo se embarcó, y dirigiendo su rumbo á Barcelona, entró en su puerto el dia 22 de Marzo. La fama que por do quier le precedia de su carácter bondadoso, de su generosidad y sobre todo de su infausta estrella, le grangeó el aprecio de los barceloneses que le prepararon un magnífico recibimiento; pero D. Cárlos que sabia perfectamente cuanto herian el orgullo de su padre y de su esposa los obsequios que se le tributaban, rehusó entrar con pompa y se dirigió modestamente al monasterio de Valldonsella donde se aposentó. Sin embargo, deseosa la ciudad de mostrar el regocijo que sentia por su llegada, hizo varios festejos y luminarias los cuales igualmente que las aclamaciones no pudo evitar el Príncipe.

No se engañó este al creer que los obsequios de que era objeto serian otros tantos motivos para encender la cólera del Rey, pues luego que este supo su llegada à Barcelona y que le trataban con los honores de primogénito, tomó como una ofensa que se hubiese movido de Mallorca sin su permiso y mandó desde Olite el 10 de Abril de 1460 á las autoridades de Barcelona y á las demas ciudades y villas del principado á donde fuese su hijo que hasta que él le declarase primogénito no se le hiciesen. mas honores que á cualquiera otro hijo suyo. Mandato que descubria manifiestamente el odio que à su hijo profesaba, al cual causó una afliccion profunda pues veia con dolor que nada ade

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