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«<leyeren en el dicho Estudio, é para los conservadores, « é el bedel; é lo que mas rendieren las dichas tercias <<< de los dichos diez mil mrs. que lo guardedes para fa«< cer de ello lo que vos mandáredes."

Por esta carta se ve, lo uno como el Rey menciona las mercedes que vos ficieron los Reyes onde Nos venimos en razon del Estudio, expresion apta para significar mas Reyes que su padre y abuelo, en cuyo caso volvemos á encontrarnos cuando menos con el reinado de su bisabuelo D. Alonso el Sabio, y quedarán corroboradas las enunciativas que hemos traido desde la primera de las Partidas; y lo otro, como ya nuestro estudio tenia por ese tiempo no solo cátedras dotadas (salarios de los maestros) sino conservadores y bedel. En efecto el bedel es exigido como uno de los oficios necesarios en todos los estudios mayores por su bisabuelo el ya citado Rey Don Alonso el Sabio en la ley 10, tít. 31, Partida 2., como ya vimos.

Dice mas nuestro jóven Rey D. Alonso XI, en su privilegio, que se ha movido á hacer esta gracia á los valisoletanos por muchos servicios que ficistes á los Reyes onde Nos venimos é á Nos, señaladumente en nuestra crianza. Para que esto se entienda es menester suponer que aun despues de la crianza, siendo ya adulto, cuando la gran Reina Doña María su abuela, regente y tutora, hallándose en esta ciudad (donde comunmente residia y dejó tantas fundaciones) adoleció de la última enfermedad de que Dios fué servido llevarla en el mes de julio de 1321 (4) "mandó llamar (dice su Crónica) á todos los

(1) El Principe D. Juan Manuel, testigo presencial, en su Chronicon publicado por Florez, tomo 2. de la Esp. Sagr., 2.a edic., pág. 219.

Caballeros é Regidores é Homes buenos de la villa de Valladolid, é díjoles como ella estaba muy al cabo é en las manos de Dios, é que su vida seria muy poca. E por tanto que les queria dejar en su encomienda al Rey D. Alonso, su nieto, é que le toviesen é guardasen é criasen ellos en aquella villa, é que non lo entregasen á homes del mundo fasta que fuese de edad cumplida, é mandase por sí sus tierras é reinos (4)."

Confianza memorable á que los nobles valisoletanos correspondieron tan bien y con tanto cuidado, dando al Rey jóven la esmerada educacion que la Reina, su abuela, apetecia, que en los cuatro años que le tuvieron á cargo, y le faltaban para cumplir los catorce, fuera increible si no se viera la instruccion de que le hicieron capaz. Ello es que cuando tuvo cumplidos los catorce en 13 de agosto de 1325, llamó sus Reinos á Córtes generales á esta ciudad para anunciarles como queria salir de las tutorías y regencia, y tomar sobre sí el gobierno de sus pueblos, esperando darles mas gusto que sus tutores; los cuales divididos en partidos de opuestos intereses, con sus guerras intestinas sobre cual habia de llevar el mando, todo lo tenian talado y arruinado. Entónces se mostró tan adelantado é instruido, que causó á todos no poca admiracion al paso que gran consuelo. "Porque él (dice << la Crónica) de su condicion era bien inclinado, tem<«< plado en comer, é bebia muy poco, é era muy apuesto <«<en su vestir, é en todas las otras sus costumbres, é << habia muy buenas condiciones; ca la palabra de él era « bien castellana; é non dubdaba en lo que habia de de« cir. E en cuanto estovo en Valladolid asentábase tres

(1) Crónica de este Rey, cap. 31.

« dias en la semana á oir las querellas é los pleitos que « ante él venian; é era bien avisado en entender los fe«< chos, é de gran poridad, é amaba á los que le servian, <«< cada uno en su manera, é fiaba bien é complidamente << de los que habia de fiar (1).”

He aquí, pues, la crianza que el Rey agradece á los de Valladolid en su citada carta. Pero no solo en esta, sino en una multitud de privilegios, con que despues los enriqueció, derramando sobre ellos á manos llenas todos los géneros de liberalidad que se pueden imaginar. De modo que apenas se halla artículo de interés público para que esta meritísima ciudad no pueda sacar un privilegio suyo; y todos con el generoso reconocimiento de que cuanto es el Rey, lo es por ella, al paso que ella puede muy bien decir, y dice en efecto, que cuanto es, lo es por el Rey, continuo en preconizarlo y publicarlo. Grande en esto mismo y en todos sus rasgos grande de verdad. Su cronista coetáneo no halla fin al encarecimiento de sus prendas (2). En cuya regencia por los valisoletanos año 1322, en el mes de agosto, se celebró en esta ciudad el 8.° Concilio de Valladolid, presidido por el cardenal Guillelmo, legado apostólico, obispo de Sabina, que dió providencias para la propagacion de los Estudios por el reino, mandando los hubiese de gramática y artes en todas las ciudades, y en dos ó tres pueblos de los mas insignes de cada obispado, á cargo de las iglesias mayores y con maestros asalariados de sus frutos y diezmos.

Mucho debe Valladolid, en particular á dos Reyes, á quienes dió al uno crianza, al otro cuna. Alonso XI y Fe

(4) Cap. XLIII.

(2) Capítulos 102, 155, 257, 271, etc.

lipe II. Este la hizo ciudad y silla episcopal; aquel, ciudad sabia y literata. Esto es, hizo sabia á la que le hizo sabio á él. La estableció una nueva Cariath Sepher, sive Civitas litterarum, ciudad de las letras, como la otra de la Escritura Santa (1).

SEPTIMA MEMORIA.

Y es así. Ampliando sus liberalidades con Valladolid y sus Estudios, se interesó con el papa Clemente VI el año 1346 para que faltándoles ya tan poco para serlo, los declarase generales con fuero de universidad en toda forma; y su Santidad convino en ello por su bula (de que ya ántes se habló) expedida en Aviñon á 30 de julio de aquel año, en la cual despues de un grande elogio que hace del pueblo por su explendor, numerosa poblacion y proporciones, y sentando que ya desde lo antiguo (obsérvese esto) habia en él un Estudio floreciente, aunque particular, del que habian salido varones insignes en letras, ahora á súplicas del Rey le crea y erige en Estudio general con los fueros correspondientes de las demás universidades (2): en el cual se enseñen todas las faculta

(1) De cujus denominatione Masius in Josue, cap. 15, página 256, et Serarius in Judic. p. 45. San Hieron. in epitaph. Sanc. Paula: Noluit pergere ad Cariath Sepher, id est, viculum litterarum, quia contemnens occidentem litteram, repererat spiritum vivificantem.

(2) Dignum igitur existimantes, ut in villa Vallisoletana palentina diœcesis, quæ sicut pro parte charissimi in Christo Filii nostri Alphonsi Regis Castellæ et Legionis illustris, nobis fuit expositum, est in Regno Castellæ notabilis, et in ea Studium, licet particulare ab antiquo viguit atque viget, multique ad illam propter commoditates, quæ reperiuntur ibidem, concurrerunt hactenus, et concurrunt,

des á excepcion de la teología, que ésta por ahora la excluye. Y era porque debia hallarse bastante bien proveida en la universidad de París, donde parece queria el Papa se enseñase solo, por la mayor conformidad tan importante en esta primera facultad; pues en la de Salamanca, si se ha de estar á lo que nos informa el docto teólogo de allí Fr. Domingo Bañez, dominicano, cuyo testimonio pondrémos adelante, aun no habia por entónces cátedras dotadas de teologia, habiéndose establecido las primeras por el antipapa Benedicto XIII á fines del siglo XIV ó principios del XV; esto es, entre los años 1381 y 1411.

QUE DEBA ENTENDERSE POR UNIVERSIDAD EN ESTE TIEMPO, Y CUAL SEA LA POTESTAD CONSTITUYENTE.

Entretanto se ve aquí como en medio de que se esceptúa esta ó la otra facultad, no por eso deja de ser un Estudio general; pues el Papa excluye en esta bula la teología, y sin embargo no halla inconveniente en declarar al de Valladolid estudio general y universidad. Prueba de que no es de la esencia de este nombre el que se lean

ac in ea viri valentissimi fuerunt in scientia litterarum effecti, hujusmodi etiam scientiarum muneribus amplietur, ut viros producat maturitate conspicuos, virtutum redimitos ornatibus, ad diversarum facultatum dignitatibus insignitos; ejusdem Regis devotis supplicationibus inclinati, de fratrum nostrorum consilio, auctoritate appostolica statuimus ut in villa Vallis-Oletana prædicta perpetuis futuris temporibus generale Studium vigeat in qualibet licita, præterquam theologica facultate. ... etc. Impresa desde el año 1651, en el apéndice á sus Estatutos fol. 1, donde se podrá ver lo demás, porque aqui solo tomamos las palabras precisas.

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