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ta dicha ciudad y gran parte de la tierra está alborotada y escandalizada, y así sacados, los mande castigar conforme á derecho, con apercibimiento que no lo haciendo así su merced, los dichos señores alcalde y regidores proveerian en ello, y por via de ciudad entenderian en el remedio de ello, por manera que S. M sea servido, y esta ciudad se ponga en pacificacion paz y sosiego, y cese el dicho alboroto y escándalo, que por causa de los susodichos está encendido.

E luego el dicho Sr. teniente de gobernador dijo que él estaba de propósito de poner en lo susodicho el remedio que mas á servicio de S. M., é bien é pacificacion de esta tierra convenga. E luego incontinenti mandó á Diego de Ocaña, escribano público y de su juzgado, que hiciese pregonar públicamente por las plazas y mercados, y por todas las calles públicas de esta dicha ciudad, que todos los vecinos y moradores, estantes y habitantes en ella, viniesen con sus armas á la posada del Sr. gobernador en favor de la justicia, para sacar del dicho monasterio los dichos alborotadores y escandalizadores, so pena de perdimiento de todos sus bienes é indios, é las personas á merced de S. M.

E luego los dichos señores alcalde y regidores mandaron á mí el dicho escribano, que hiciese pregonar lo susodicho por su mandado por esta dicha ciudad, so la dicha pena: lo cual se pregonó este dicho dia en presencia de mí el dicho Diego de Ocaña, de mí el dicho escribano en la plaza pública de esta dicha ciudad, y por las calles acostumbradas de

y

ella, por voz de Francisco Gonzalez, pregonero del concejo de esta dicha ciudad.

En 29 de enero de 1526 años.

En la ciudad de Temixtitan de esta Nueva-España, lúnes veintinueve dias del mes de enero de 1526 años, estando juntos é ayuntados en las casas de Luis de la Torre, vecino de esta dicha ciudad, conviene á saber los nobles señores Juan de la Torre, alcalde ordinario, y García Olguin, y el comendador Leonel de Cervantes, y Hernan Lopez de Avila, y el dicho Luis de la Torre, y Francisco Verdugo, regidores, en presencia de mí Pedro del Castillo, escribano público y del dicho cabildo, Martin Dorántes, criado del muy magnífico Sr. Hernando Cortés, gobernador y capitan general de esta Nueva-España, y sus provincias por S. M., entró en el dicho cabildo, y presentó ante los dichos señores una carta del dicho Sr. gobernador, en que en efecto les decia, rogaba y encargaba que recibiesen por su teniente á Francisco de las Casas su primo: y por los dichos señores vista la dicha carta y todo lo en ella contenido, hicieron traer ante sí la provision que del dicho cargo y oficio el dicho Sr. gobernador enviaba al dicho Francisco de las Casas; é visto que por ella le elige y nombra por su teniente de gobernador y capitan general de toda esta Nueva-España, y revocaba los poderes que para los dichos cargos y oficios dió á Gonzalo de Salazar y á Pero Almindez Chirino, factor y veedor de S. M. en esta Nueva-España, é visto como el dicho

Francisco de las Casas no está al presente en ella, y así mismo como el dicho Sr. gobernador al tiempo que de esta Nueva-España y ciudad salió, dejó por sus tenientes de gobernador y capitan general á los señores Alonso de Estrada y Rodrigo de Albornoz, tesorero y contador de S. M., segun que mas largamente en los poderes que para ello les dió se contiene: por tanto, que por ausencia del dicho Francisco de las Casas, y por no estar en parte donde pueda ser habido para encargarle el dicho cargo y oficio, conforme á la voluntad y provision del dicho Sr. gobernador, y por evitar escándalo y alboroto, que proveian y proveyeron, y elegian y eligieron por tenientes de gobernador y capitan general en nombre de su merced, á los dichos señores Alonso de Estrada y Rodrigo de Albornoz, tesorero y contador de S. M.; les dieron y daban poder y facultad para que en nombre del dicho Sr. gobernador, tengan la gobernacion de esta Nueva-España y mantengan la tierra en paz y justicia, hasta tanto que el dicho Sr. gobernador venga ó provea otra cosa en contrario.

E luego los dichos señores tesorero y contador entraron en el dicho cabildo, los cuales y cada uno de ellos hicieron el juramento y solemnidad que en tal caso se requiere, y luego los dichos alcaldes y regidores, dijeron, que los obedecian y obedecieron por tales tenientes de gobernador, y juraron en forma debida de derecho, de hacer y cumplir lo que por los dichos señores como tales tenientes les fuese mandado.

Luego los dichos señores tenientes de gobernador dijeron, que en nombre de S. M. elegian y eligieron por alcalde ordinario de esta dicha ciudad, al dicho comendador Leonel de Cervantes, y le dieron la vara de la justicia, el cual la tomó é hizo el juramento y solemnidad que en tal caso se requiere.

E luego los dichos señores tenientes de gobernador, porque dijeron que convenia así á servicio de S. M. y á la egecucion de la justicia, y porque mas y mejor cumplidamente fuese egecutada dijeron, que elegian y eligieron por alcalde mayor de esta NuevaEspaña al Br. Juan de Ortega, y por alguacil mayor de esta ciudad á Andres de Tápia, á los cuales dieron las varas de la justicia, y ellos las recibieron en sus manos, é hicieron el juramento y solemnidad que en tal caso se requiere.

E luego incontinenti, yo el dicho escribano, por mandado de los dichos señores tenientes de gobernador, hice pregonar públicamente en la plaza de esta dicha ciudad, como la justicia y regidores de ella habian elegido y nombrado por tenientes de gobernador y capitan general, por el dicho Sr. gobernador Hérnando Cortés, á los dichos señores tesorero y contador de S. M.: por tanto, que mandaban y mandaron á todos los vecinos y moradores, estantes y habitantes en esta dicha ciudad, que en nombre del dicho Sr. gobernador, los tuviesen y obedeciesen por tales tenientes; pena de muerte, y de ser habidos por traidores, y de perdimiento de todos sus bienes para la cámara y fisco de S. M.; lo cual se pregonó en la plaza públi

ca de esta ciudad, y por las calles y otros lugares de· ella, por voz de Francisco Gonzalez, pregonero público, en haz de mucha gente que presente estaba.

E despues de lo susodicho, este dicho dia, mes y año susodicho, los susodichos señores tenientes de gobernador, por ante mí el dicho escribano, recibieron pleito homenaje de Jorge de Alvarado, el cual lo hizo en manos del dicho Sr. tesorero, una y dos y tres veces; una y dos y tres veces; una y dos y tres veces, segun fuero y costumbre de España, como caballero hijodalgo, de acudir con la fortaleza de las atarazanas de esta dicha ciudad de que le proveyeron por alcaide, con todos los tiros y armas que en ella estuviesen, á SS. MM. airados ó pagados, ó al dicho Sr. gobernador en su nombre: testigos el Br. Juan de Ortega, y Juan Vello, y Gonzalo Cerezo, y otros muchos.

En 3 de febrero de 1526 años.

Este dia, estando juntos en cabildo y ayuntamiento, segun que lo han de uso y de costumbre, en las casas y aposentos del muy magnífico Sr. Hernando Cortés, capitan general y gobernador de esta Nueva-España, conviene á saber, los muy nobles señores Alonso de Estrada y Rodrigo de Albornoz, tesorero y contador de S. M. en esta Nueva-España, y tenientes de gobernador en esta Nueva-España por su merced, y los señores Br. Juan de Ortega, alcalde mayor de esta Nueva-España, y Juan de la Torre, y Leonel de Cervantes, alcaldes ordinarios de esta dicha ciudad,

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