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impedirlas no fué necesario el puñal de Doña Beatriz, pues la muerte repentina del maestre, que espiró en Villarubia en medio de las mas horribles imprecaciones, porque se le arrebataba la vida en el momento de su triunfo, libró á Doña Isabel de este conflicto y en seguida la ocupacion de la ciudad de Segovia por los partidarios de D. Alonso, á consecuencia de la batalla de Olmedo, le proporcionó pasar á unirse con él. La temprana muerte de este jóven príncipe desconcertó los planes de los grandes que le habian elevado al trono, y entonces el turbulento arzobispo de Toledo propuso á Doña Isabel, que se habia retirado á un convento de Avila, que permitiera ser proclamada reina. Lo rehusó sin vacilar, expresando que mientras viviese su hermano D. Henrique, nadie mas que él tenia derecho á la corona, pero entretanto Sevilla y toda la Andalucía se habian declarado por ella, y D. Henrique tuvo que entrar en un convenio con los grandes descontentos. Una conferencia se verificó en los Toros de Guisando á la que concurrieron el rey y su hermana, cada uno con una brillante comitiva de los grandes que formaban su partido. En ella quedó establecido entre otras cosas, que Doña Isabel seria declarada heredera de la corona, y las cortes reunidas en seguida en Ocaña, la reconocieron unánimemente como la sucesora legítima en los reinos de Castilla y Leon.

Doña Isabel, cuya mano desde su mas tierna edad habia sido solicitada por varios príncipes, fijó su eleccion en D. Fernando, heredero de la corona de Ara

gon, á quien su padre el rey D. Juan habia cedido el reino de Sicilia. Los artículos del contrato matrimonial se firmaron el 7 de enero de 1469 y en ellos se estableció, con la mas diligente escrupulosidad, todo cuanto era menester para asegurar la independencia de los dos reinos y para arreglar el ejercicio de la autoridad en cada uno de ellos. Pero este matrimonio disgustaba al rey D. Henrique y especialmente al marques de Villena que resolvió impedirlo por la fuerza, y lo habria conseguido si el infatigable arzobispo Carrillo no hubiese prevenido sus maquinaciones, habiendo logrado apoderarse con un cuerpo de tropas que precipitadamente junto de la villa de Madrigal, lugar de la residencia de Doña Isabel á la que condujo con seguridad á Valladolid. Fernando, que con el disfraz de mozo de mulas habia logrado penetrar en Castilla, pudo reunirse por entre mil peligros con los grandes de su partido en Dueñas, de donde se trasladó á Valladolid y el casamiento se ly celebró el 19 de octubre de 1469; mas por parentesco que tenian los contrayentes, en grado que entónces requeria dispensa del Papa, el arzobispo Carrillo, temiendo no obtenerla, finjió una bula en que se concedia; cuyo artificio descubierto despues, disgustó mucho á Doña Isabel que obtuvo una bula verdadera con aquel objeto.

Henrique IV falleció el dia 11 de diciembre de 1474 y en consecuencia Doña Isabel fué proclamada reina de Castilla en Segovia, donde entónces residia, el 13 del mismo diciembre, pero el tiempo trans

currido desde el convenio de los Toros de Guisando habia causado grande variacion en los ánimos de muchos de los grandes que formaban el partido de Doña Isabel, y varios de los que entonces la hicieron reconocer heredera de la corona de Castilla, ahora se declararon por su sobrina Doña Juana, con el apoyo del rey de Portugal su pariente que vino á Castilla y celebró esponsales con ella, siendo muy de notar que aquel mismo arzobispo de Toledo D. Alonso Carrillo, que con tanto ardor habia abrazado los inteses de Doña Isabel, ahora era el mas decidido partidario de Doña Juana, habiendo ido á unirse al rey de Portugal con 500 lanzas. ¡Extraños cambios de las revoluciones! La batalla de Toro terminó la contienda, y la victoria que se declaró por Doña Isabel la dejó en pacífica posesion de la corona de Castilla, habiendo tomado Doña Juana el hábito en un convento de Portugal, aunque sin dejar de llamarse reina de Castilla.

No es posible en un artículo biográfico describir todos los sucesos de un reinado tan largo y brillante. La conquista de Granada y de Nápoles, la reforma de todos los ramos de la administracion, la represion de los nobles turbulentos, el arreglo de los eclesiásticos, la recopilacion de las leyes, la propagacion de las letras y de todos los conocimientos útiles, el respeto á las autoridades y la preeminencia asegurada á la corona, fueron el resultado de una serie de providencias sabiamente combinadas y ejecutadas con vigor. Pero entre todos los acontecimientos de aquella época de

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gloria y de prosperidad para España, ninguno fué tan notable como el descubrimiento de la América, debido á la proteccion que la reina dió á Colon, y á la persuasion que tuvo de la solidez de los principios en que fundaba sus proyectos.

La felicidad que acompañò á Doña Isabel en todo su gobierno no la siguió en el interior de su familia. Tuvo el sentimiento de ver morir en la flor de la edad á su hijo el príncipe D. Juan, jóven de grandes esperanzas, y de dejar la corona de Castilla á una familia extrangera, por el casamiento de su hija Doña Juana con el archiduque Felipe de Austria. Ella previó todos los males que de aquí iban á resultar, y aunque quiso prevenirlos recomendando en su testamento á sus sucesores que se conformasen á las leyes y usos del reino, que no nombrasen extrangeros para los empleos de él, y que no hiciesen durante su ausencia leyes ningunas de las que requerian el consentimiento de las cortes, una triste experiencia vino en breve á manifestar de cuan poco habian servido estos buenos consejos.

Estos pesares domésticos, aumentados por la demencia en que cayó su hija Doña Juana, que se reconoció desde luego incurable como enfermedad hereditaria, llenaron de amargura los últimos años de Doña Isabel y le causaron la enfermedad de que murió en Medina del Campo el miércoles 26 de noviembre de 1504 poco ántes de medio dia, á los cincuenta y cuatro años de su edad y treinta de su reinado. Se dispuso para la muerte de la manera mas cristia

na, y conservando en sus últimos momentos el decoro que habia tenido toda su vida, no quiso permitir ni aun que le descubriesen los piés para darle la extremauncion, y mandó que su cadáver no fuese embalsamado.

En su testamento previno todo cuanto podia ser conducente al buen gobierno del reino, y dudando si el cobro de las alcabalas se hacia legítimamente, manda se examine, y en caso de no ser así, que las cortes proveyesen de otros medios para cubrir los gastos de la corona, por ser medidas para cuya validez es necesario el libre consentimiento de los súbditos de la monarquía. Recomienda á sus sucesores, de la manera mas afectuosa, el cuidado de sus amigos personales, entre los cuales ocupan un lugar distinguiel marques y marquesa de Moya Doña Beatriz de Bobadilla, la compañera de su infancia. Dispuso que se la sepultase en el monasterio de San Francisco de la Alhambra de Granada "en una sepultura baja que no tenga bulto alguno, salvo una losa baja en el suelo, llana, con sus letras en ella" y añade: ,,pero quiero é mando, que si el rey mi señor eligiese sepultura en otra cualquiera parte ó lugar destos mis. reinos, que mi cuerpo sea allí trasladado é sepultado junto con el cuerpo de su señoría, porque el ayuntamiento que tuvimos viviendo, y que nuestras ánimas espero en la misericordia de Dios ternán en el cielo, lo tengan é representen nuestros cuerpos en el suelo". En cumplimiento de esta disposicion fué conducido su cadáver á Granada, en cuya catedral

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