Colección legislativa de cárceles: comprensiva de todas las leyes que se hallan en la Novísima Recopilación referentes al ramo y de todas las disposiciones legales y reglamentarias expedidas posteriormente hasta 31 de diciembre de 1860

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Imprenta Nacional, 1860 - 349 páginas
 

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Página 133 - Por tanto mandamos á todos los tribunales, justicias, jefes, gobernadores y demás autoridades, así civiles como militares y eclesiásticas, de cualquiera clase y dignidad, que guarden y hagan guardar, cumplir y ejecutar la presente ley en todas sus partes. Tendréislo entendido para su cumplimiento, y dispondréis se imprima, publique y circule.
Página 170 - Doña Isabel II, por la Gracia de Dios y la Constitución de la Monarquía española, Reina de las Españas, á todos los que las presentes vieren y entendieren, sabed: que las Cortes han decretado, y Nos sancionado lo siguiente: Artículo 19 En todos los dominios españoles habrá un solo sistema de medidas y pesas.
Página 160 - La pena de prision se cumplirá en los establecimientos destinados para ello, los cuales deberán estar situados: para la mayor, dentro de la Península é Islas Baleares ó Canarias; para la menor, dentro del territorio de la Audiencia que la imponga; y para la correccional , dentro de la provincia en que el penado tuviere su domicilio , y en su defecto en la que hubiere cometido el delito. Los condenados...
Página 35 - Si se resolviere que al arrestado se le ponga en la cárcel, ó que permanezca en ella en calidad de preso, se proveerá auto motivado, y de él se entregará copia al alcaide, para que la inserte en el libro de presos, sin cuyo requisito no admitirá el alcaide á ningún preso en calidad de tal, bajo la más estrecha responsabilidad.
Página 134 - No puede ser detenido, ni preso , ni separado de su domicilio ningun español , ni allanada su casa sino en los casos y en la forma que las leyes prescriban.
Página 73 - Los dos ministros recibirán , con separacion de los alcaides, las quejas que los presos dieren de palabra ó por escrito ; y oido en voz el fiscal , acordarán lo que corresponda sobre ello y sobre lo demás que sea propio de la visita ; pasándose á la sala respectiva las solicitudes y reclamaciones que requieran conocimiento de causa. Concluida la visita, los que la hubieren practicado se separarán tambien conforme al artículo 60 (1). CAPÍTULO X. í...
Página 35 - ART. 295. No será llevado á la cárcel el que dé fiador en los casos en que la ley no prohiba expresamente que se admita la fianza.
Página 35 - En cualquier estado de la causa que aparezca que no puede imponerse al preso pena corporal , se le pondrá en libertad, dando fianza.
Página 117 - De Real orden lo digo á VS para su conocimiento y efectos consiguientes. Dios guarde á VS muchos años. Madrid 4o de Febrero d
Página 48 - No puede el Rey privar a ningún individuo de su libertad, ni imponerle por sí pena alguna. El secretario del Despacho que firme la orden, y el juez que la ejecute, serán responsables a la Nación, y castigados como reos de atentado contra la libertad individual.

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