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CAPITULO NOVENO.

Concluye la série de los Obispos de Tarazona, desde mediado el siglo XV hasta fines del XVII.

DON JORGE BARDAXI.

Los sucesos de la historia general no pueden menos de ser trascendentales á la particular. La union de las dos coronas de Aragon y Castilla, por el enlace de Don Fernando el Católico con Doña Isabel, marca uno de los periódos mas célebres en la historia general de nuestra patria. Aconteció esto en el pontificado del célebre Obispo Don Jorge Bardaxi, sujeto importante en los sucesos de aquel tiempo, y cuyo pontificado significa tambien el principio de una nueva era para la iglesia de Tarazona.

Inauguró este Prelado un sistema de centralizacion para robustecer el poder episcopal, haciendo en su iglesia lo que los Reyes Católicos en España, transigiendo desavenencias con el Cabildo Y haciendo que este este tratase en adelante á los Obispos con mas decoro. Retiró al Arcediano de Calatayud, sustituyéndole con Vicario, centra

lizando tambien de este modo la jurisdiccion episcopal en aquel vasto territorio, con lo cual principian las luchas que caracterizan esta nueva época de nuestra historia.

Era tambien este Prelado hijo de otro Justicia de Aragon, Don Berenguel de Bardaxi, sucesor de Don Juan Jimenez Cerdan en el Justiciado, como lo fué Don Jorge en el obispado del hijo de este. Llamábase su madre Doña Isabel Ram, hermana de Don Domingo Ram, Obispo de Huesca, y despues Arzobispo de Tarragona y Cardenal.

Fué Don Jorge Prior del Sepulcro de Calatayud, y presentado para la iglesia de Pamplona, pues, siendo esta de canónigos reglares Agustinianos, era apropósito el señor Bardaxi para Prelado suyo; pero no habiendo tenido resultado la presentacion, se le nombró para Tarazona. Hallábase entonces en Florencia de Italia, y comisionó para tomar posesion al Dr. Don Bernardo Pujadas, Arcediano de

Calatayud, su Procurador, Administrador y Vicario general

en 1443.

Habiendo regresado de Italia se dedicó especialmente á terminar los litigios que su antecesor habia dejado pendientes. La indisciplina, que de resultas de los cismas y exenciones habia cundido por todas partes, se dejaba sentir, sobre todo, en los Cabildos. No consta que el de Tarazona gozara exencion del Obispo, aunque es posible que el Papa Luna se la concediera, habiendo sido capitular de ella. Dedicóse el nuevo Obispo á transigir esta desavenencia con su Cabildo, y accedió al nombramiento de conjueces cuando hubiera que corregir ó castigar algun canónigo ó racionero, tomando por norma la concordia que se habia hecho entre el Prelado y Cabildo de Valencia, en 1585, y las adiciones y Bulas de su confirmacion, de todo lo cual hay ejemplares en el expediente (1).

La cláusula mas notable es la siguiente: «Et primo ubi qua»litas criminis exposcet detentio»nem persona Canonici de tali

(1) Armario G. Cajon 1.o Lig. 5.a n. 3 del Arch. del Cabildo.

TOMO XLIX.

»crimine delati, dictus delatus «in domibus Episcopi Tiraso»>sonensis detineatur, dum tamen »in modo et loco detinendi de»feratur persona, secundum qua»litatem, ætatem et alias circuns>>tantias personæ captæ, ad arbi>>trium et conditionem dictorum >> Dnorum. Episcopi vel Offitia»lis ac conjudicum deputatorum »per Capitulum, dum tamen cap>>tus detineatur nomine dicti Dni. >> Episcopi et Capituli.»

Si ocurriese alguna duda se deberia consultar á la iglesia de Valencia, haciendo lo que allí

se usara.

No es menos notable la cláusula relativa á los racioneros, por

la que se ve, que ya entonces tenian participacion con los canónigos en todos los asuntos económicos de la Iglesia, como han venido teniéndola hasta el dia, y que aquellos beneficios eran casi patrimoniales de hecho, pues se daban á los naturales de la ciudad exclusivamente.

«<Item attendentes et conside»rantes quod portionarii Eccle»sic Tirasonensis sunt indigenæ, »naturales et filii procerum et »civium Civitatis Tirasonce, et »in agendis in capitulo super >>communibus actibus, ibidem »fiendis, ut est in arrendalio

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»nibus, locationibus, infeuda» tionibus (1) et aliis ibidem » communiter gerendis intersunt, »in quibus Benefitiati aliarum » Ecclesiarum Cathedralium non »>intersunt nec interveniunt, le»gitimis causis Nos ad id mo>>>ventibus, ideo Nos Episcopus, >> Decanus et Capitulum supra>>dicti statuimus et ordinamus, »quod si enormitas, vel alia »qualitas criminis hoc exposcat, »Episcopus qui nunc est, vel erit >>pro tempore, sententiam defini»tivam super privatione bene»fitii, degradationis, relegatio»nis aut carceris condemnatio»nis, a quinque annis supra >>aut eorum offitiales, seu com>>misarii habeant proferre con>>tra aliquem portionarium præ»dictæ Ecclesiæ, qui nunc sunt, >>vel erunt in futurum, illam »proferre non possint, sine con»judicibus Capituli ad id depu>>tatis.>>

Mas adelante (1458) transigió con el Cabildo algunos puntos de ceremonial, de que se hablará al tratar de la disciplina de esta iglesia.

Con la de Tudela transigió tambien el pleito sobre la cuar

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tacion de diezmos de las tierras que labraban los de Ablitas y Cortes: nombró para ello apoderado suyo al Chantre de Tarazona, y el Dean de Tudela al Chantre de la suya, los cuales, en calidad de árbitros, transigieron aquella diferencia.

Uno de los sucesos mas importantes de su tiempo fué la ereccion de la iglesia colegial de Borja. Don Pedro el Ceremonioso habia hecho donacion del condado de Borja á Don Beltran Du-Guesclin, condestable de Francia, por privilegio dado en Barcelona, á 9 de Enero de 1366. En 1375 el condestable francés la vendió al Arzobispo de Zaragoza, Don Lope de Luna, en 27.000 florines de oro. Autorizó la venta el Rey Don Pedro de Aragon, pero con la cláusula de poderse quedar con la ciudad cuando diera al Arzobispo la cantidad en que este la compraba.

Pasó despues á poder de Doña Yolanda, mujer de Don Juan I de Aragon. De poder de esta vino á Don Alonso V de Aragon, que compró á la Reina viuda los pueblos de Borja y Magallon, mediante la suma de 20.000 florines, que dieron ellos mismos al Rey por volver á la

»bus et redditibus, et omnia alia »quæ Episcopali congruunt dig»nitati.»

corona. Hizo esta adquisicion el Rey en 1438, y con tanta satisfaccion suya, que elevó á Borja á la categoria de ciudad, y ofreció trabajar para hacerla catedral. Son notables las palabras del Real privilegio, que se hallan repetidas en la confirmacion del que hizo mas adelante Don Juan II, y existe en el archivo municipal de Borja.

Hé aqui las cláusulas del dicho privilegio mas notables en lo relativo á este asunto: «Et quoniam nostrum nomen reg»ni et faustum serenissimae nos >>trae domus Aragonum, more fi»delium et naturalium interna »devotione atque innata ipsa ci>>vitas et eius cives coluere cons»lantia, illud in præcordiis at»que intimis visceribus conser»vando impressum, in ampliorem »>illius honorem et laudem, per >>>nos hæredes et succesores nos»tros promittimus, quod, quan»tum in Nobis erit, vel apud Do>>minum Summum Pontificem, >>vel apud Sacrosanctum Conci»lium Basiliense aut aliud, vices »nostras interponemus quo ad »poterimus efficaces, ut in saepe »dicta Civitate Borgia Sedes et » Catredalis (sic) ecclesia ordi»netur cui praesul praesit et Epis>>copatum habeat certis limiti

La imposibilidad de dotar allí una catedral decente debió hacer que la Reina Gobernadora se contentase con pedir siete años despues la ereccion de una modesta colegiata.

Argaez dice que este pleito sobre catedral se falló por el Nuncio. Es lo cierto que el año 1445 el Papa Eugenio III, á peticion de la Reina Doña Maria, Gobernadora de Aragon, y de los vecinos de Borja, dió comision al Abad de Veruela y al Dean de Tudela para erigir en colegiata la iglesia de Santa Maria de aquella, en que habia entonces 17 racioneros, ademas de otros varios capellanes, debiéndose refundir las raciones en nueve prebendas para un Prior y ocho canónigos (1).

Supone Argaez que ya por entonces solicitó Calatayud tener catedral: no consta que por entonces lo intentara, pues fué en el reinado de Don Juan II cuando se principió esta solicitud.

El pleito del Arcediano Pedro Cormanos quedaba termi

(1) Véase en el apéndice.

nado, y el nuevo Arcediano Pujadas, lejos de ser hostil al Obispo, era partidario y hechura suya. Obtuvo para ello el señor Bardaxi una Bula del Papa Nicolao V, en 1447, en virtud de la cual quedó fija la residencia del Arcediano de Calatayud en la catedral de Tarazona, dándole la tercera silla á continuacion del Dean y Arcediano titular de la iglesia: sobre las dos prebendas que tenia de renta se le señaló la de otras dos mas, viniendo á tener por este concepto la dotacion de cuatro canónigos. El sobrante de la pingüe renta que antiguamente gozaba, se aplicó al fondo de las distribuciones cuotidianas para los que asistiesen al coro.

Los grandes talentos del Obispo Don Jorge hicieron que los Reyes le emplearan con mucha frecuencia en asuntos políticos de legacias y gobierno. En 1447 fué nombrado embajador al Rey de Castilla, en union de otros tres caballeros, con los cuales visitó al Rey en Soria. Al año siguiente fué á Napoles para enterar de los asuntos de Aragon al Rey Don Alonso V, enredado en las aventuras de Italia. Al mismo tiempo visitó al Papa Nicolao V. A la muerte

de este Pontifice fué nombrado por el Rey para ir á cúmplimentar al Papa Calixto III, en union de otros varios Prelados y magnates. Ademas de estas legacias tuvo otros muchos cargos politicos de gran importancia, pues era uno de los personajes mas notables y respetados en su tiempo. Fué Canciller de Aragon, y padrino de pila del Rey Don Fernando el Católico, á quien tuvo en sus brazos al recibir el bautismo. En 1461 fué uno de los 72 que se nombraron en las Córtes para llevar la voz del Reino, durante los disturbios que hubo entre Don Juan II y el Príncipe de Viana. Asistió ademas á otras varias Córtes, y en especial á las que se celebraron el año 1461, en las que fué jurado el Infante Don Fernando el Católico, su ahijado, en la parroquia de San Pedro de los Francos en Calatayud, donde se tuvieron aquellas Córtes.

Murió este gran Prelado en Zaragoza, el dia 9 de Setiembre de 1464, de 1464, de edad muy avanzada. Se le dió sepultura en la capilla de Santiago, que habia construido en la iglesia del Pilar para su padre y hermanos. Se duda si le trasladaron á Ta

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