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nador e a los de suso declarados en la forma susodicha, siendo presente el dicho Joan Morcillo, Escribano de Su Magestad; a todo lo qual el dicho Señor Gobernador dixo que lo oyo, e que respondera e que embiara la respuesta en su tiempo e lugar; e mando al dicho Joan Rodriguez Procurador, e a mi el dicho Baltasar Rodriguez de Mexia, Escribano, nos bamos e no le aguardamos, porque como dicho tiene, el la embiara en su tiempo e lugar; todo lo qual, el dicho Joan Rodriguez pedio por testimonio en presencia de los susodichos. Baltasar Rodriguez de Mexia, Escribano de Su Magestad. Joan Morcillo, Escribano de Su Magestad.

E leido e notificado todo lo susodicho de suso declarado, el dicho Joan Rodriguez Barragan en el dicho nombre pedio e requerio al Señor Gobernador Don Francisco Pizarro mande traer ante si la provision original contenida en el dicho requerimiento, que es la que al Señor Gobernador Don Diego de Almagro, su parte, le fue notificada por los dichos Joan Enrriquez y Eugenio de Moscoso e Montoya, en su nombre, para que se la notifique e la guarde y compla como Su Magestad lo manda, e no pase adelante por ninguna via; por quanto el Señor Gobernador Don Diego de Almagro la tiene complida e obedecida, e pediolo por testimonio a presencia de los susodichos; el qual dijo, que Don Diego de Almagro, e quel la da por leida como en ella se contiene, e quel la ha complido el dicho

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Joan Rodriguez segun dicho tiene a todo, lo qual dijo que embiara su respuesta; testigos los dichos: todo lo qual pedio por testimonio el dicho Joan Rodriguez Barragan, e se partio dende a poco sin la dicha respuesta en presencia del Caballero Joan Enrriquez e de Joan Morcillo, Escribano de Su Magestad. Paso ante mi, Beltran Rodriguez de Mexia, Escribano de Su Magestad.

Van sacadas las enmiendas al pie de cada plana.

E yo Baltasar Rodriguez, Escribano de sus Cesareas e Catolicas Magestades, presente fui a todo lo ques dicho es, e segun que ante mi paso bien e fielmente lo fiz escrebir e sacar del original que queda en mi poder, y estando presente por testigos al ver corregir y enmendar este dicho traslado con el original Julian de Umazan e Antonio de Belbao en la Ciudad de los Reyes a seis dias del mes de Setiembre de mil e quinientos e quarenta años; y por ende puse aqui este mi signo e firma que es a tal. Va testado: o diz-treint no vala. En testimonio de verdad, Baltasar Rodriguez de Mexia.

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El qual traslado fue sacado del original, con el qual fue corregido y concertado, y se le dio a la parte del dicho Licenciado Ramirez de Cartaxena, Fiscal de Su Magestad, por mandado de los Señores Presidente e Oydores en virtud de la peticion que presento, del tenor siguiente:

Muy poderoso Señor: El Licenciado Ramirez de Cartaxena, Vuestro Fiscal, cargo que para embiar a

Vuestro Real Consexo de las Yndias, tengo necesidad de unos capitulos que por parte de Don Diego de Almagro se pusieron contra Hernando Pizarro; y de los requerimientos fechos por parte de Don Diego, se ficieron al Marques de Pizarro y el dicho Hernando Pizarro para que se ficiesen la gente que contra el lebantaron, y del titulo que Vuestra Real Persona dio al dicho Don Diego de Gobernador de la Nueva Toledo, e del recebimiento que el Cabildo del Cuzco hizo conforme a la dicha provision al dicho Don Diego, que todo esta ante Don Geronimo Aliaga Escribano de Camara desta Real Audiencia, para presentar en el pleito que en Vuestro Real Consexo de las Yndias contra Vuestra Real Hacienda, Hernando Pizarro, sobre trescientos mil pesos y veinte mil, Vuestra Alteza suplico me mande dar Joan Sanchez de Aguirre, Procurador de las partes, para lo qual, etc. El Licenciado Ramirez de Cartaxena, en los Reyes, a siete dias de Abril de mil e quinientos e setenta y tres años, ante los dichos Señores Presidente, Oidores desta Real Audiencia, en audiencia de peticiones la presento el Licenciado, y los Señores mandaron que se les de el dicho testimonio, citada la parte presente Joan Sanchez de Aguirre; y fue citado para ello ante mi, Don Geronimo de Aliaga, Escribano.

El qual dicho traslado va escrito en limpio, en quarenta y siete fojas, y fueron testigos a lo ver sacar, corregir y concertar Joan Pepino y Diego

Garcia de Paredes; y de como se le entrego a la parte del dicho Fiscal. Joan de Meneses, Escribano; doy fee de ello; fecho ut supra.

Yo Don Geronimo Aliaga, Escribano de Camara de Su Catolica Real Magestad, la fize escrebir por Su Mandado con acuerdo del su Presidente e Oidores. Don Geronimo de Aliaga.

MEMORIAL DE LAS PERSONAS QUE FUERON CONDENADAS EN LAS YNDIAS E PROVINCIA DEL PERÚ, SOBRE LA REBELION DE GONZALO PIZARRO, POR EL LICENCIADO CIANCA, OIDOR DE LA ABDIENCIA REAL DEL PERÚ E JUEZ DELEGADO PARA ELLO (1).

El Licenciado Villalobos, nuestro Fiscal, digo: que demas de las sentencias que en las provincias del Perú se dieron por los nuestros Jueces contra algunas personas que fueron condenados por traydores a pena de muerte, y otros a galeras, y a todos en perdimiento de sus bienes, an venido agora de las dichas provincias otras muchas sentencias contra otros muchos condenados por la rebelion de Gonzalo Pizarro, traydor principal, como consta y paresce por un testimonyo de las dichas sentencias, firmado de Simon de Alçate, Escribano de Sus Magestades, de que hago presentacion. Pido e suplico a Vuestra Alteza me mande dar sus provisiones Reales dirigidas a las Justicias destos Reynos.para que inquieran de los bienes que en ellos tienen, e los secuestren en poder de personas legas, llanas y abonadas conforme a las otras provisiones que se me an dado, para hacer semejantes embargos y secrestos, y pido justicia, etc., y Vuestro Real Oficio imploro. Hay una rúbrica.

(1) Archivo de Indias.-Patronato.

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