Colección de documentos inéditos para la historia de España, Volumen 82

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Academia de la Historia, 1884

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Página 117 - Navarra, de Granada, de Toledo, de Valencia, de Galicia, de Mallorca, de Menorca, de Sevilla, de Cerdeña, de Córdoba, de Córcega, de Murcia, de Jaén, de los Algarbes. de Algeciras, de Gibraltar, de las islas de Canaria, de las Indias Orientales y Occidentales, islas y tierra firme del Mar Océano, Archiduque de Austria. Duque de Borgoña. de Brabante y Milán. Conde de Abspurg, de Flandes, Tirol y Barcelona, señor de Vizcaya y de Molina, etc.
Página 117 - Don Carlos por la gracia de Dios, Rey de Castilla, de León, de Aragón, de las dos Sicilias, de Jerusalén, de Navarra, de Granada, de Toledo, de Valencia, de Galicia, de Mallorca, de Menorca, de Sevilla, de Cerdeña, de Córdoba, de Córcega, de Murcia, de Jaén, de los Algarbes, de Algeciras, de Gibraltar, de las Islas de Canarias, de las Indias Orientales y Occidentales, Islas y Tierra...
Página 119 - En fe de lo cual mandé despachar la presente firmada de mi mano, sellada con mi sello secreto, y refrendada por el infrascrito mi consejero y primer secretario de estado y del despacho.
Página 119 - Peñaranda, mis Plenipotenciarios principales, y no estando ambos en el Congreso, concurriendo con el que estuviere otro cualquiera de los demas mis Plenipotenciarios en ausencia, enfermedad ú otro impedimento de los otros, lo tendré por firme y válido en todo tiempo, y desde ahora para entónces lo lóo, ratifico , consiento y apruebo; y me obligo á aprobarlo y ratificarlo en especial forma, dentro del término que se señalare. con las fuerzas, juramentos y demas requisitos en semejantes casos...
Página 516 - ... cumplimiento de lo que así se ajustare y capitulare con' los dichos Plenipotenciarios. Demás desto , les doy autoridad y poder para tratar y concluir en el sobredicho lugar la dicha paz con los confederados y adherentes de la Corona de Francia ó con sus Diputados que tuvieren bastantes poderes, y doy mi fe y palabra Real que todo lo que fuere hecho, tratado...
Página 8 - Legado habrá mano derecha y primer lugar; y en cuanto á que se hagan las conferencias una vez en una casa y otra en la de los franceses, echando suertes sobre cuál será primero, no creo que lo admitirán franceses, pretendiendo, por la sentencia de Roma, estar en posesion de la precedencia, fuera de que en juntándonos corra peligro la negociacion, siendo fácil el picarnos en las conferencias por la poca modestia de los franceses y la soberbia que hoy tienen; y así.
Página 448 - Leg. 2.350.) Los Embajadores extraordinarios y Plenipotenciarios de los altos y poderosos Señores Estados generales de las Provincias Unidas del País-Bajo tienen órden y cargo de negociar y ajus448 tarse con los Sres. Embajadores extraordinarios y Plenipotenciarios del Rey de España, sobre los artículos siguientes: y esto además de los puntos que se entregaron de ántes, y ahora están aumentados y aplicados á un Tratado de paz perpétua: 1.° Que el Cuartel Superior de Güeldres, con todas...
Página 398 - ... obligan respectivamente (el Señor Rey asímismo en particular y á sus sucesores) y para la validacion de la misma obligacion, renuncian á todas las leyes, costumbres y todas otras cosas contrarias á ello. 67. El presente Tratado será ratificado y aprobado por los dichos Señores Rey y Estados, y se entregarán de una parte y otra las ratificaciones despachadas en buena y conveniente forma dentro del término de dos meses; y por si acaso la dicha ratifificacion llegare ántes deste tiempo,...
Página 505 - ... presente á otros futuros que dicta la razon ordinaria de Estado. En cuanto, pues, á las cosas de Alemania, las del Imperio están más turbadas y más peligrosas que jamás, po'rque los progresos de franceses en Flándes y en el Rheno tienen turbados á los alemanes; y como se hallan tan cansados y afligidos de las calamidades pasadas, dan en los remedios 'de la desesperacion, y cada uno piensa á su propia conservacion y no á la universal del Imperio, de donde nace que admiten unos la...
Página 49 - Estado hizo diversas consultas á Vuestra Majestad de mi persona para plaza del Consejo de Italia, para una Embajada á Sajonia, para asistir á la de Inglaterra, y para ir con el duque de Terranova á componer los disgustos entre el Rey de Francia y su madre, y ofreciéndose un negocio muy grave, me mandó Vuestra Majestad jurar de su Secretario, y que interviniese en una junta de los Consejos de Estado y Castilla...

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