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Ignacio de Espinosa, Ministros del Consejo y Cámara de S. M., y como tales Asistentes de Córtes D. Manuel de Aizpun y Redin, del Consejo de S. M., su Secretario y de la Cámara de Gracia y Justicia y Estado de Castilla, y nosotros D. Agustin Brabo de Aguilera y D. Pedro Escolano de Arrieta, Escribanos mayores de Córtes; y estando todos juntos en la misma sala y en la propia conformidad en que estuvo dispuesta el dia catorce del presente mes en que se celebró la junta para el exámen y reconocimiento de poderes y prestacion de juramento que hicieron los Caballeros Procuradores de las treinta y siete ciudades y villa que tienen voto en Córtes, mandó S. I. que cada uno se sentase en su respectivo lugar, como así se hizo; y luego dijo S. I. que se diese cuenta de la solicitud que á nombre del Reino hizo el Marqués de Villa campo, Procurador de Burgos, el dia diez y nueve despues de la presentacion à S. M. á la apertura de las Córtes, y oir su proposicion, y lo que sobre ella se disponia en la Instruccion del año de mil setecientos trece, lo cual ejecuté yo D. Pedro Escolano de Arrieta; y en su inteligencia se trató y conferenció el asunto por los Señores Asistentes con el debido cuidado y detenida reflexion, uniformemente estimaron que la solicitud del Reino es arreglada y justa, y que se haga consulta á S. M. poniéndolo en su Real noticia, con referencia literal del capítulo de la Instruccion y Real órden que en ella se cita del Señor D. Felipe V, para que en su conformidad se sirva mandar que cese la Diputacion de Millones, y que al Reino se le observen las Regalías que le competen en este asunto, conforme á lo dispuesto en dicha Instruccion. Con lo cual se concluyó y disolvió la junta, de que certificamos y damos fee los infrascritos Escribanos ma

yores de Córtes, como tambien que la consulta se hizo y entregó en el mismo dia al Señor D. Manuel de Aizpun y Redin para pasarla á las Reales manos de S. M.—En testimonio de verdad-Hay un signo-Agustin Brabo de Velasco y Aguilera-(Sigue su rúbrica) -En testimonio de ver-dad-Hay otro signo-D. Pedro Escolano de Arrieta-(Sigue su rúbrica)

MEMORIAL

de los porteros de la Diputacion de Millones y decreto del Señor Gobernador del Consejo sobre que asistan á las juntas de las Cortes como porteros de Reino.

ILUSTRÍSIMO SEÑOR :

El portero de estrados del Reino y los tres porteros de Cámara que sirven en él con todo el debido respeto hacen presente á V. S. I. Que mediante estar convocadas Córtes y celebrarse por esta razon las juntas acostumbradas entre los Diputados de las 37 ciudades de voto, les es correspondiente á sus destinos servir en cuanto sea necesario en dichas juntas como subalternos del Reino; en cuya virtud

Suplican á V.S. I. se sirva mandar se les nombre, segun debe, para que asistan á dichas juntas como porteros del Reino. Cuya gracia por ser de justicia esperan de su mucha justificacion. Madrid y septiembre 28 de 1789-Julian García de la Rosa-Felipe Sala-Rafael Buitrago Juan Manuel de Angulo y Vadillo-(Siguen las rúbricas de los cuatro que firman el memorial)

(Al márgen de este memorial se lee el siguiente decreto del Señor Conde de Campomanes)

Madrid 29 de setiembre de 1789-Ejecútese lo que piden estos interesados, y en su consecuencia y lo dispuesto en la Instruccion del Reino de 1713 y asignacion de sueldos hecha en 1718, se les convoque para la asistencia y servidumbre de las presentes Córtes en el Buen Retiro, para lo cual se pasará este memorial y decreto á los Escribanos mayores de Córtes, sin perjuicio de la asistencia de los porteros de la Cámara-El Conde de Campomanes (Sigue su rúbrica)

ACTO DE LA JURA DEL PRINCIPE DE ASTURIAS D. FERNANDO,

celebrada en el Real Monasterio de San Gerónimo el dia 23 de setiembre de 1789.

En la villa de Madrid á veinte y tres de septiembre de mil setecientos ochenta y nueve, habiéndose servido señalar S. M. el Señor D. Cárlos IV la hora de las nueve de la mañana de este dia para el acto del juramento que en el Monasterio de San Gerónimo debe prestar el Reino, junto y convocado en Córtes, á su hijo primogénito y heredero el Serenísimo Príncipe de Asturias D. Fernando, nuestro Señor, que se halla en la edad de cuatro años, once meses y nueve dias, acordó el Illmo. Señor Conde de Campomanes, Caballero pensionado de la Real distinguida Orden de Cárlos III, Gobernador del Consejo, que los Señores Asistentes estuviesen á las siete y media

y

en su posada para salir desde ella á las ocho en la forma acostumbrada; y pasados á dicho fin los avisos correspondientes concurrieron con efecto á la misma hora los Ilustrísimos Señores D. Rodrigo de la Torre Marin, D. Pedro Josef Perez Valiente, Caballero del Orden de Calatrava, D. Juan Acedo Rico, Caballero pensionado de la distinguida Real Orden de Cárlos III, D. Santiago Ignacio de Espinosa, Caballero de la propia distinguida Real Orden, Ministros del Consejo y Cámara, y como tales Asistentes de Córtes; el Señor D. Manuel de Aizpun y Redin tambien Caballero pensionado de la misma distinguida Real Orden de Cárlos III, del Consejo de S. M., su Secretario de la Cámara por lo tocante á Gracia y Justicia y Estado de Castilla, y nosotros D. Agustin Brabo de Velasco y Aguilera, dueño propietario de uno de los dos oficios de Escribanos mayores de Córtes, y D. Pedro Escolano de Arrieta del Consejo de S. M., su Secretario, Escribano de Cámara mas antiguo de Gobierno del Consejo, nombrado por S. M. para servir el otro de los oficios de Escribanos mayores de Córtes que se halla vacante; y estando todos juntos en la misma sala interior en que se celebraron las juntas los dias antecedentes, luego que pareció á S. I. ser la hora correspondiente dió la órden para salir, y en su conformidad tomamos el coche los dos Escribanos mayores de Córtes, yendo delante dos Alguaciles de Casa y Corte, montados con sus varas en las manos: seguian á nuestro coche el Señor D. Manuel de Aizpun y Redin en el suyo; á este los Señores D. Juan Acedo Rico y D. Santiago Ignacio de Espinosa, y en el último lugar iba la carroza del Ilustrisimo Señor Gobernador del Consejo, sentado S. I. al testero, y al vidrio los Señores D. Rodrigo de la Torre Marin y D. Pedro Josef

Perez Valiente, llevando dela:.te de la carroza cuatro Alguaciles, montados con sus varas en las manos, y detrás un coche de S. I. con sus pajes. Y en esta forma fué la comitiva por la calle de la Platería, Puerta de Guadalajara, calle Mayor, Puerta del Sol, carrera de San Geronimo hasta el Monasterio de este título, á cuya puerta se apearon todos, habiendo encontrado en el pórtico de la iglesia á los Señores D. Josef de Contreras, Marqués de Contreras, y D. Miguel Joaquin de Lorieri, Marqués de Roda, Caballero pensionado de la distinguida Real Orden de Cárlos III, Ministros del Consejo, nombrados para asistir en calidad de testigos al acto del juramento del Serenísimo Príncipe D. Fernando, nuestro Señor. Entraron todos juntos en dicha iglesia que se hallaba dispuesta en la forma siguiente:

Ocupaba toda la capilla mayor por sus cuatro partes un tablado hecho para esta funcion, que igualaba con el suelo del altar mayor, y estaba todo cubierto de alfombras; en medio habia una grada de ocho escalones para subir, y á los dos lados una barandilla. El ámbito de la misma capilla estaba cubierto de tapicerías, y las tribunas y balcones de la capilla mayor é iglesia, y las paredes de la misma se hallaban adornados de follajes de tafetan en forma de pabellon: al lado de la Epístola, mas abajo del ángulo ó esquina del altar colateral del mayor estaba el Trono Real, y en él dos sillas debajo del dosel para el Rey y Reina, nuestros Señores, con sitial delante: al lado izquierdo del dosel por la parte del cuerpo de la iglesia estaban dos sillas de brazos, una para el Serenisimo Príncipe D. Fernando y otra para el Señor Infante D. Antonio Pascual: entre el altar mayor y el trono de S. M. se hallaba una silla de terciopelo carmesí para el

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