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agora aquí se puede hacer. Y porque á Martin de Guzman dí de todo lo que aquí digo mas larga razon, á vuestra Majestad suplico le mande dar crédito. Cuya Real Persona y muy alto estado nuestro Señor guarde y con mucha prosperidad acreciente largos tiempos. En Alcalá primero de agosto 1532.

CARTA DE LA EMPERATRIZ AL ARZOBISPO de Toledo.

5 de agosto de 1532.

La Reina. Muy Reverendo in Christo Padre arzobispo de Toledo, Primado de las Españas, Chanciller mayor de Castilla, del nuestro Consejo. Por otras mis cartas os he encargado proveyésedes que en vuestra iglesia y en las de su diócesis se hagan plegarias é otras oraciones á nuestro Señor para que fuese servido de enderezar al Emperador y Rey mi Señor en las cosas tocantes á nuestra santa fee católica en que entiende, y de le dar victoria contra el turco enemigo della que venia por la parte de Ungría á invadir la cristiandad. Agora su Majestad os hace saber por su carta el estado en que quedan las cosas de aquellas partes, y porque hay nueva cierta (1) que ya el turco es entrado en tierra de la cristiandad con poderoso ejército haciendo grande daño, el cual viene enderezado contra Viena ques en el Archiducado de Austria y muy cerca de donde su Majestad está apercibiéndose con grande diligencia para le salir á resistir y ofender. Y pues veis cuanta confianza se debe tener en los sacrificios y devociones de los religiosos y personas eclesiásticas, y otras oraciones del pueblo cristiano,

(1) Lo mismo que si dijera: y que hay nueva cierta.

para que nuestro Señor sea servido de dar á su Majestad la vitoria que se debe esperar que le dará por ser la causa suya, vos ruego y encargo proveais luego con gran deligencia que se hagan y continúen las dichas plegarias, sacrificios y otras oraciones en todas las dichas iglesias, proveyendo ansimismo que en todas las misas mayores y rezadas que en ellas se dijeren, se haga otra oracion particular por ello con gran devocion, y que tambien se hagan procesiones hasta que sea acabada esta empresa en que está puesta su Real Persona, como tenemos por cierto que todos lo harán con la voluntad Ꭹ aficion deben, y por importar tanto al servicio de nuestro Señor Ꭹ bien universal de toda la cristiandad, que en ello recibirémos de vos mucho placer y servicio. De Medina del Campo á cinco dias del mes de agosto de mill é quinientos é treinta é dos años. Yo la Reina. Por mandado de su Majestad. Juan Vazquez.

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que nos

-

En el sobre. Por la Reina. Al muy Reverendo in Christo Padre arzobispo de Toledo, Primado de las Españas, Chanciller mayor de Castilla, del su Consejo.

CARTA DE LA EMPERATRIZ AL ARZOBISPO DE TOLEDO.

27 de setiembre de 1532.

La Reina. Muy Reverendo in Christo Padre arzobispo de Toledo, Primado de las Españas, Chanciller mayor de Castilla, del nuestro Consejo. Vi vuestra letra de 20 del presente, y no os habia enviado á dar las gracias del servicio que decís que enviastes á ofrecer al Emperador y Rey mi Señor para la empresa del turco porque no lo sabia por carta vuestra, mas que me fué dicho lo habian oido á un vuestro. Agora que lo es

que

crebís, lo tengo yo por cierto, y ansí os lo agradezco mucho y lo estimo en lo que es razón, y creo lo hará así su Majestad cuando lo sepa; que cierto ha sido el ofrecimiento y servicio tal y en tiempo que no se debe olvidar á lo demas responderá su Majestad. De Segovia á: 27 dias de setiembre de 532 años. Yo la Reina. Por mandado de su Majestad. Juan Vazquez.

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En el sobre. Por la Reina. Al muy Reverendo in Christo Padre arzobispo de Toledo, Primado de las Españas, Chanciller mayor de Castilla, del su Consejo.

CARTA DEL EMPERADOR AL ARZOBISPO de Toledo (1).

16 de febrero de 1546.

El Rey. Muy Reverendo in Christo Padre arzobispo de Toledo, Primado de las Españas, Chanciller

(1) Era D. Juan Martinez Siliceo, maestro de Felipe 2o, que el Emperador habia nombrado un año antes Primado de las Españas trasladándole de la iglesia de Cartagena á la de Toledo. Y porque la carta de nombramiento, que tambien se halla original en la Biblioteca del Excmo. Señor Duque de Osuna, tiene relacion con la presente, la insertamos por nota. Dice así:

a

« El Rey. Reverendo in Christo Padre obispo de Cartagena del nuestro Consejo, maestro del Serenísimo Príncipe nuestro muy caro y muy amado hijo. Teniendo memoria de vuestra virtud y bondad, y los otros méritos y calidades que en vuestra persona concurren, y del zelo que continuamente habeis tenido al servicio de Dios nuestro Señor, y por la ispiriencia que se tiene de lo bien que habeis gobernado vuestra iglesia, y asimismo acordándonos con el cuidado que habeis enseñado y dotrinado al dicho Serenísimo Príncipe, y el gran amor y aficion que le teneis, y lo que siempre nos ha escrito del contentamiento y satisfaccion que de vos tiene, y especialmente cuando vacó el arzobispado de Toledo; y sobre todo siendo cierto que nuestra conciencia será descargada y esta dinidad bien regida y gobernada, Nos habemos resuelto de nombraros al dicho arzobispado segund lo entenderéis del Comendador mayor de Leon del nuestro Consejo de Estado á quien escrevimos particularmente nuestra determinacion. Rogamos os y encargamos os mucho le deis fee y creencia á lo que de nuestra parte os

mayor de Castilla, del nuestro Consejo. Vi vuestra letra de 27 del pasado, y ya habia dias que teniamos aviso de Juan de Vega como habíades sido nombrado á su Sanctidad de nuestra parte á esta dignidad (1), y propuéstose en consistorio conforme á lo que le enviamos á mandar, y por lo que decís he entendido lo que pasó llegado el breve que os envió para tomar la posesion, y el Comendador mayor de Leon del nuestro Consejo de Estado nos escribió mas particularmente la voluntad y aficion con que respondistes á lo que de nuestra parte en presen-, cia del Serenísimo Príncipe mi hijo os dijo en virtud de nuestra creencia á él remitida, y lo que en ello ofrecistes de hacer, lo cual os agradezco mucho, que no se es

comunicará como si Nos mismo en persona os lo dijésemos, que no dubdamos sino que en aquello haréis lo que se espera de vuestra bondad, conosciendo lo que os habemos honrado, favorescido y acrescentado, y las mercedes que os habemos fecho, especialmente esta ques tan principal, y la voluntad que nos queda para lo que os tocare. Y pues la presentacion se ha hecho á su Santidad, proveeréis lo que conviniere para la expedicion de las bullas.

Ya sabréis como su Santidad por contemplacion y permision nuestra concedió sus bullas en forma para quel dicho Comendador mayor pudiese haber y tener él y sus subcesores perpetuamente el adelantamiento de Cazorla, y como aun despues de despachadas Nos lo tovimos por bien y lo confirmamos por lo que nos tocaba, y mandamos dar nuestras ejecutoriales para que se cumpliese y efectuase; y siendo fallescido el muy Reverendo Cardenal de Toledo, usó dellas con nuestra licencia que tenia. Agora habemos entendido con cuanta conformidad los del cabildo de Toledo han venido en ello y se tomó de nuevo la posesion y la tiene, de que habemos holgado porque la merced que le hecimos, se cumpla y haya efeto sin pleitos y dilaciones. Y porque la razon y obligacion que hay para esto, es la que merescen los muchos y continuos servicios del Comendador mayor, os encargamos_tengais por bien lo que cerca desto está hecho por su Santidad y por Nos para que se guarde y cumpla sin que haya impedimento ni alteracion alguna; que aunque no estoviera en los términos en que está, por haber precedido lo que ha precedido, nos haréis en ello agradable placer y servicio. De Gante 23 de octubre 1545.-Yo el Rey. Por mandado de S. M. Francisco de Eraso.»

(1) El arzobispado de Toledo.

peraba menos de vuestra bondad y del zelo que siempre habemos conocido teneis á nuestro servicio; y así soy cierto lo que en este caso decís que es tan cumplidamente que no dubdamos sino que con efecto lo pornéis en obra, como veemos lo habeis empezado á hacer en lo de los cien mill ducados que nos enviais á ofrescer para la empresa de Argel, que tanto deseais se acabase por ser en servicio de Dios y bien comun de estos reinos y de los naturales dellos; y aunque por esta causa no lo deseamos menos, por el presente estan las cosas en estado que conviene esperar buena sazon. Placerá á nuestro Señor que lo endereszará de manera que brevemente se pueda poner esto en ejecucion y volver las armas contra los infieles, para lo cual ó otra cosa desta calidad creemos haréis lo que decís, y así os agradescemos el uno y el otro ofrescimiento, de los cuales usarémos á su tiempo. Entretanto por cierto tenemos que visto las necesidades que se nos ofrescen, haréis lo de vos

confiamos.

que

Lo mismo decimos en lo que toca á los treinta y cuatro mill ducados que el obispo de Badajoz os dejó. El secresto que se puso por nuestro mandado, proveemos que se alce, que no se ha podido hacer por algunos respectos otra cosa. Allá os defendéreis por justicia.

En lo del adelantamiento de Cazorla habeislo fecho deseaba que

tan bien y á mi contentamiento, por ló que deseaba se efectuase la merced que en esto tengo fecha al Comendador mayor, y no puedo dejar de daros por ello muchas gracias y tenéroslo en particular servicio como lo hago. De Venelo á 16 de hebrero de 1546.-Yo el Por mandado de su Majestad. Francisco de

Rey.
Eraso.

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